27 resultados para significado-designação-e-sentido
Resumo:
El concepto de legalización fue desarrollado recientemente por el neoliberalismo institucional como una forma especial de institucionalización de las relaciones internacionales. Los autores neoliberales caracterizan la legalización a partir de las categorías utilizadas por H. L. A. Hart para distinguir el derecho de otros mecanismos de control social, como el poder y la moral. En Hart, estas categorías responden a una finalidad normativa: reconstruir teóricamente el derecho como un sistema independiente de la voluntad y de las convicciones de quienes lo interpretan y aplican. Sin embargo, esta separación entre lenguaje y práctica jurídica desconoce importantes contribuciones de la tradición analítica en filosofía del lenguaje, en cuanto a la relación entre lenguaje y realidad. En particular, termina reduciendo el derecho a simples formas y textos vacíos, y con ello desconoce que a través de las prácticas jurídicas se va dando significado a los textos normativos.Adoptar esta visión del derecho al estudio de las relaciones internacionales tiene, al menos, una consecuencia metodológica: el simple análisis formal del texto de los tratados no permite comprender el efecto del derecho internacional en el comportamiento de los Estados. Para entender las relaciones entre el derecho internacional y el comportamiento estatal es necesario describir la manera como se construye el significado de los textos a través de la práctica jurídica de los Estados. En tal sentido, resultaría útil redefinir la agenda de investigación neoliberal en relación con la legalización y enfocarse en la forma como los Estados y los tribunales internacionales construyen el significado de los tratados y demás normas internacionales.-----The concept of legalization was recently developed by neoliberal institutionalism as a special kind of institutionalization of international politics. Neoliberals built the concept of legalization using the analytical tools developed by H. L. A. Hart to distinguish law from other mechanisms of social control, like power and morals. Within Hart’s theory, such tools have a normative function: theoretically rebuilding law as a system of rules that is independent from the will and the beliefs of those who interpret and apply legal rules. However, Hart’s resulting separation of legal texts from legal practice obscures important contributions that the analytical tradition in philosophy of language has made to the understanding of the relation between language and reality. Specifically, such a separation reduces law to simple forms and texts disregarding the extent to which legal practice gives meaning to legal texts.Adapting Hart’s conception of law to International Relations has at least one important methodological consequence: the formal analysis of treaties cannot explain the influence of international law over state behavior. To understand the influence of international law on state behavior, one must previously describe the relation between legal practice and the meaning of legal texts. Thus, a redefinition of neoliberal research agenda on legalization should focus on the way States and international courts construct the meaning of treaties and other international norms.
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El presente artículo describe el origen histórico que ha tenido el sistema bicameral en los regímenes representativos y en el contexto de las democracias contemporáneas, también el cauce seguido por éste en los distintos modelos de Estado, con especial énfasis en el caso mexicano.-----This article describes the source that has taken the bicameral system in the historical representative regimes and in the context of the democracies contemporary, so as also the path followed in the different models of States, putting special emphasis on the mexican political system.
Resumo:
Existe una fuerte preocupación por parte de los Estados acerca de la cuestión migratoria. En tanto en que ésta se convierte de una fuerza generadora de transformaciones sociales, políticas y económicas, también representan un reto para el Estado tradicional que bajo contextos democráticos no favorece sin embargo institucionalmente la implantación de modelos más pluralistas que favorezcan la inclusión de los migrantes bajo ciertas condiciones. La dificultad de implementar estos modelos radica no sólo en los posibles resultados de las nuevas relaciones que se generan, sino también en la combinación sistemática de hábitos y estructuras sociales que generan una cultura, siendo el significado simbólico de la identidad —pública y privada— la que da sentido al proceso adaptativo y asimilatorio de esos migrantes. Por lo que la migración ha tenido un efecto bipolar, por una parte favorece la propiciación de flexibilidad institucional que favorezca un sistema más plural en sentido político, por parte de los estados, pero también ha impulsado la idea de que existen identidades colectivas ajenas a lo nacional, que ponen en riesgo la cohesión social dentro de un Estado-nación.-----There is a deep concern of the Governments with respect to the migration issue. While it is moving from being a force generating social, political, and economical transformations, it also represents a challenge to the traditional State which despite its democratic framework, it however does not institutionally favor the implementation of more pluralist models which promote the inclusion of migrants under certain conditions. The obstacle to implementing these models lies not only on the potential results of the new relationships created, but also on the consistent blend of customs and social structures which generate a culture, being the symbolic meaning of the –public and private– identity which provides a purpose to the adaptation and assimilatory process of those migrants. Due to the bipolar effect of the migration, on the one hand it favors the promotion of an institutional flexibility which fosters a more politically plural system on the States’ side, and on the other hand it has boosted the notion of the existence of collective identities alien to nation-wide matters, which compromise the social consistency within a nation-state.
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El interés de este estudio de caso es comprender y explicar la apropiación del espacio público urbano no sólo como un vínculo cotidiano entre el territorio y sus ciudadanos, sino, además, como un proceso dialéctico que, genera significado, identidad y apego al lugar. En este sentido se analizan las formas de apropiación nocturnas del Parque de los Hippies a partir de una muestra poblacional de jóvenes entre 18-28 años, a la luz de los parámetros de Enric Pol y Tomeu Vidal. Evidenciando que desde un acercamiento cotidiano a la realidad urbana, que reconozca la significación histórica, social, cultural y económica de los territorios, así como las dinámicas de convivencia y conflictos que se presentan en dichos espacios, se puede, desde el enfoque de gestión y desarrollo urbanos, generar recomendaciones para movilizar acciones que resalten y preserven los valores urbanos multidimensionales del lugar; fortalezcan algunas de sus formas de apropiación y, promuevan la convivencia entre las distintas formas y sus actores.
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Este trabajo tiene como propósito diseñar el plan de formación, a partir de las competencias que deben ser desarrolladas por los distintos profesionales que asumen el rol de Coordinador ó responsable del programa de Salud Ocupacional en la DIAN
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La conformación de comunidades alternativas comúnmente se genera tras el abandono voluntario de ciudades occidentales modernas y actualmente está cobrando mayor importancia a nivel mundial. Por lo general las comunidades alternativas se caracterizan por ser asentamientos humanos que buscan integrar todos los aspectos de la vida en un entorno saludable, en el que se promueve la auto-sostenibilidad. Las causas de tipo político, económico y espiritual que motivan esta decisión en ciertos grupos de personas, relejan una posición no solo crítica sino también activa frente a la sociedad contemporánea. El presente estudio de caso pretende identificar estas causas y articularlas para presentar una crítica a la sociedad occidental moderna, sociedad en la cual se le ha dado preponderancia al método científico para explicar incluso el origen de los seres humanos, reconociendo la razón como modo supremo de conocimiento y olvidando por tanto que existe otro modo de conocer superior y previo a la razón.
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A partir de febrero de 2014, la historia de la República Bolivariana se fracturó. El descontento popular, la protesta social y las marchas pacíficas son reprimidas como consecuencia de un abuso de poder por parte del gobierno del presidente Nicolás Maduro. Las redes de información y comunicación, en los términos de Margaret Keck y Kathryn Sikkink, han jugado un papel fundamental para poner en evidencia las violaciones sistemáticas a los DD.HH., siendo estos el factor principal que vulnera la estabilidad política de la democracia venezolana. En este sentido, el desconocimiento de las garantías fundamentales, el deterioro de la democracia constitucional y el papel multiplicador de los actores transnacionales, han logrado visibilizar ante la comunidad internacional un déficit en materia de DD.HH. y con ello la debilidad de Venezuela como gobierno democrático.
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Puede entenderse la ciudad como una manifestación de las disputas surgidas desde el plano de lo social. En ese mismo sentido surge el concepto del derecho a la ciudad, entendido en términos generales como aquel que se tiene para decidir el tipo de urbe y su organización. Así, este derecho ha estado limitado a la construcción de espacios propicios para la acumulación de capital, para una élite minoritaria capaz de configurar la ciudad, generando un caos urbano que se evidencia en la segregación socio-espacial, abultando las arcas de los poderosos a la vez que se aíslan a las mayorías trabajadoras del ejercicio el derecho a cambiar y reinventar la ciudad para satisfacer sus necesidades y garantizar sus sueños.
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Este texto ilustra la interacción entre violencia estructural y actores marginales para ver cómo lo primero crea lo segundo, y cómo, a su turno, la dinámica de estos actores les permite articularse y/o fugarse de sus condiciones. Si los actores de un espacio social determinado pueden llevar a cabo una acción que mínimamente los reproduce, sus condiciones y las relaciones de poder, esto es, una acción reflexionada, podría generar un cambio. Pero para no quedarse en los extremos viendo las maquinarias del poder sobre unos sujetos y sus acciones diarias, siempre condicionadas por aquellas, se puede comprobar el ámbito de autonomía de las decisiones que movilizan su acción, y medir el poder de esta tanto individual como colectiva, amarrada a unos fines: hacia la reafirmación de la identidad o en procura de lograr un cambio
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Este texto representa el esfuerzo combinado de dos lógicos, dos filósofos y un lingüista. Esta empresa fue inspirada por la convicción de los autores de que la lógica y el lenguaje son inseparables, en particular en lo que respecta al análisis del significado. Una región interdisciplinaria emerge entre los límites de la filosofía, la lógica y la lingüística. Lógica, lenguaje y significado: lógica intensional y gramática lógica es una introducción a este campo, el cual aplica los sistemas lógico-formales al estudio del significado del lenguaje natural. El libro comienza con una introducción de los distintos principios de la semántica intensional y luego presenta varias lógicas intensionales, tales como la lógica proposicional modal, la lógica de predicados modal y la lógica temporal. También introduce la teoría de tipos, la lambda-abstracción y la sintaxis categorial.
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A lo largo de esta investigación se analizaron comparativamente tres experiencias auto-definidas como de Educación en Derechos Humanos, a saber, una organización no gubernamental, la Escuela de Derechos Humanos de Cinep; un colegio oficial de la ciudad de Bogotá, la IED Eduardo Umaña Mendoza; y un movimiento social, el Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado-Capítulo Bogotá. En lo fundamental, se analizaron los procesos de constitución de cada escenario, los discursos, y las prácticas políticas y pedagógicas a la luz de un enfoque antropológico de la Educación en Derechos Humanos. Lo que he denominado el enfoque o mirada antropológica de esta noción, implica, por una parte, una aproximación etnográfica alrededor de los discursos, las prácticas y los sentidos que los protagonistas movilizan en cada escenario con respecto a lo educativo, a los Derechos Humanos y a los sentidos de la Educación en Derechos Humanos, y por otra, la distinción entre la diversidad de redes de significado que precedieron su proceso de institucionalización, a lo cual denominaré campo simbólico, y su cohesión como un campo de saber dotado de claves analíticas propias. Campo simbólico y campo de saber operan como dos momentos analíticos diferenciables. A través del primero, se hacen evidentes las representaciones políticas, sociales y culturales heredadas del “mundo bipolar” y de la guerra fría que en términos generales exponen una defensa a ultranza de los valores y principios de la democracia liberal y de la lucha anti-comunista. Por otra parte, la noción de campo de saber permite 6 esbozar las trayectorias que le han permitido a la Educación en Derechos Humanos recrear nociones como la de sujeto de derechos o pedagogías de la memoria, claves que sin lugar a dudas cohesionan un cuerpo de saber ciertamente autónomo, dotado de fronteras porosas y móviles. La distinción entre una y otra esfera de análisis permite trazar cuando menos tres rutas de emergencia e institucionalización de la Educación en Derechos Humanos que, como se expondrá en el análisis de las experiencias, no trascurren paralelamente sino en medio de superposiciones, intersticios y desplazamientos. Así, se hacen plausibles las huellas del colonialismo, permanentemente ligadas a voces disonantes que eventualmente arrojan pistas en torno a una Educación en Derechos Humanos capaz de impugnar su propia institucionalización.
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Esta investigación se interesa por los delitos de blasfemia, reniego y proposiciones, perpetrados en el tribunal inquisitorial de Cartagena entre 1610 y 1660, contextualiza a estos delitos dentro del panorama general de las actividades inquisitoriales, realiza una propuesta interpretativa acerca de los significados sociales que estos delitos tuvieron dentro de su contexto y de las particularidades que se presentaron en su proceso.