52 resultados para Daños y perjuicios.


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El objetivo de este estudio de caso es analizar el agua como factor reordenador del territorio, en el caso específico de las inundaciones sucedidas en el 2011 en el territorio de la Universidad de la Sabana. Durante la ola invernal del 2011 todo el país sufrió las consecuencias de los errores en la planeación de los asentamientos humanos. La no inclusión de la gestión del riesgo dentro del Ordenamiento Territorial, sumado la falta de comprensión de las dinámicas del territorio y del rol del agua como factor ordenador del territorio, causaron inundaciones y desastres naturales que afectaron la vida de miles de ciudadanos, entre eso los estudiantes, profesores y demás afectados por las inundaciones de la Universidad de la Sabana.

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La asfixia perinatal es la principal causa de mortalidad y morbilidad en los recién nacidos en su primera semana de vida. A partir de la implementación de los Objetivos del Desarrollo del Milenio (ODM), se ha logrado disminuir la tasa de mortalidad en niños menores de cinco años en un 35%, entre 1990 y el 2010. No obstante, el reto está en la detección temprana de los factores de riesgo de la madre y el feto, en el manejo especializado de la asfixia y en la creación de estrategias para disminuir las complicaciones, ya que los niños que sobreviven a esta ausencia de oxigeno pueden sufrir encefalopatía hipóxico-isquémica, patología que implica daños severos del sistema nervioso.

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Dados los grandes cambios y desarrollos científicos, económicos y sociales, la industria ha generado avances tecnológicos de gran magnitud que contribuyen con el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes. A pesar de las buenas contribuciones que conlleva dicho desarrollo, se puede ver que soporta igualmente un sacrificio ambiental y social para hacerlos posibles. De acuerdo con el principio que establece la primacía del interés general sobre el particular, se han tolerado legalmente algunos daños ocasionados a los administrados en beneficio de la comunidad; pero lo anterior no puede desconocer las situaciones en las cuales se generan perjuicios que no deben ser soportados por la comunidad. Igualmente, la Constitución política establece mecanismos de protección en cabeza de todas las personas con el fin de proteger sus derechos, dentro de los cuales se encuentran los derechos de tercera generación. Estos derechos son protegidos a través de la acción popular como mecanismo idóneo, eficaz y directo, el cual busca su restablecimiento.

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El presente artículo analiza la razonabilidad del artículo 1006 del Código de Comercio Colombiano que prohíbe que los herederos del pasajero fallecido en un accidente, durante la ejecución de un contrato de transporte, ejerciten acumulativamente la acción contractual transmitida por su causante y la extracontractual por los perjuicios que sufran en razón de dicha muerte. En el escrito se revisa la problemática general de la concurrencia del daño que sufre la persona que fallece con el daño que se infiere a los herederos por el deceso del causante. A partir de esta revisión, se afirma que los dos daños deben ser resarcidos en su totalidad y en el mismo proceso, y que las razones que otrora explicaban la prohibición de acumulación de ambas acciones para cualquier evento, han desaparecido como consecuencia de la afortunada posición de la jurisprudencia a este respecto. Sin embargo, esta afirmación no es válida respecto del contrato de transporte por existir norma expresa en contrario, precisamente el artículo 1006 en comento. Se propone entonces la modificación de esta norma como consecuencia de la ausencia de razonabilidad de tal prohibición, ya que los argumentos que permiten la acumulación de acciones para otros eventos son igualmente aplicables al contrato de transporte.

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En esta publicación se hace una presentación general de las acciones de grupo, con el objetivo de darle al lector herramientas para comprender cuál es la finalidad de este procedimiento y cuál es la razón por la que fue insertado en nuestro ordenamiento procesal como una herramienta especifica para obtener la reparación de los perjuicios masivos de entidad moderada, los cuales no tenían un medio idóneo para su efectiva reclamación. Debido a lo anterior, se realiza un análisis de las dificultades surgidas a partir de este procedimiento, con ocasión de la aplicación de la Ley 472 de 1998 por parte de la jurisprudencia, derivadas particularmente de haber confundido esta acción con la simple acumulación de pretensiones de más de veinte victimas. Dicho análisis se presenta enmarcado en la perspectiva desde la cual, dentro del estricto contexto legal, estas acciones deberían desarrollarse. En una segunda parte, de carácter más práctico, la obra trata los aspectos procesales propios de la acción de grupo que han generado discusiones o dificultades en su aplicación por la jurisprudencia. El libro permite a estudiantes, abogados y jueces adentrarse en este nuevo procedimiento y advertir las dificultades que encontrarán en su desarrollo.

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La presente tesis, demuestra que la acción de grupo, consagrada en el Artículo 88 de la Constitución Política de Colombia y en la Ley 472 de 1998, es un mecanismo idóneo y efectivo de reparación en casos de graves violaciones a los derechos humanos v.gr. desplazamiento forzado. Para ello, en una primera parte, se presentan algunos antecedentes internacionales de esta acción, como lo son los International Mass Claims Processes y las Class Actions anglosajonas, que evidencian los casos de procedencia y los requisitos que se han establecido a nivel internacional para que una acción colectiva pueda proceder para indemnizar esta clase de violaciones. Posteriormente, en una segunda parte, se analizan los principales aspectos procesales de la acción de grupo, como lo son, por ejemplo, la conformación del grupo, la representatividad adecuada, el termino de caducidad de la acción, la notificación de la demanda, la publicación de la sentencia y el estimativo de perjuicios, entre otros aspectos, que a nivel sustancial y procedimental muestran que la acción de grupo es un mecanismo adecuado para indemnizar in integrum a las víctimas de las graves violaciones a los derechos humanos. Por último, se establece que el estándar internacional de reparación que es empleado en el sistema interamericano de protección de derechos humanos (Restitución, indemnización. rehabilitación, satisfacción, garantía de no repetición y proyecto de vida) puede ser aplicado de manera adecuada y efectiva a través del empleo de la acción de grupo.

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En el presente trabajo se estudia la responsabilidad precontractual del Estado en el marco del proceso de licitación pública, haciéndose un paralelo con el régimen del derecho privado. Se comienza delimitando la etapa precontractual, identificándose los estadios más relevantes descritos por la doctrina, con el fin de desentrañar la verdadera naturaleza de los actos que se producen para formar la voluntad contractual. Definido lo anterior, se pasa al análisis de los intereses que son tutelables en dicha etapa y las consecuencias jurídicas que se siguen de su vulneración. En esa línea, se considera posteriormente el tema de la forma de reparar los daños causados en la fase precontractual, y cuando se trata de indemnización, el monto de la misma. Finalmente, se emprende el análisis de las acciones judiciales disponibles en el ordenamiento jurídico colombiano, que pueden activarse cuando se han desconocido los principios y reglas que rigen la actividad precontractual de la Administración Pública.

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Recientemente el mundo ha sido testigo de como las celebridades del espectáculo aparecen en los medios de comunicación comentando sobre asuntos políticos y humanitarios, el motivo de dichas apariciones es que cada día los famosos están interviniendo en temas internacionales de orden político y diplomático en un esfuerzo por solucionar algunas de las más graves crisis a las que se enfrenta el mundo en las últimas dos décadas, este fenómeno es conocido como Diplomacia de celebridades. El presente es un análisis acerca de este concepto en cuanto a su origen, desarrollo y alcance, apartir de la óptica del poder blando y ciertas condiciones que permiten la existencia del fenómeno, tales como el avance de las tecnologías digitales y de comunicación, fama de alcance global y nuevos espacios y actores en el ejercicio de las Relaciones Internacionales. La hipótesis sostiene que los famosos realizan una actividad no oficial y utilizan elementos como el poder blando, el dinero y los medios de comunicación para realizarla, tal y como lo haría una ONG. Ellos se identifican con una causa o un tema y utilizan los medios de comunicación como infraestructura para adentrarse en los escenarios de política internacional y promoverla a nivel de gobiernos y opinión pública. Usualmente los emprendimientos sociales y políticos de las celebridades suelen ser efectivos, sin embargo se enfrentan a campos donde su inexperiencia puede llevarlos al fracaso, la falta de comprensión de situaciones muy complejas puede considerarse otra limitante a la que se enfrentan los famosos, puesto que su mensaje o sus esfuerzos se distorsionan al no conocer los matices de una situación y de esta manera generar más perjuicios que beneficios.

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El tema del narcotráfico ha sido ampliamente tratado, así como el caso de las drogas en Colombia, pero la afectación de dicho problema no ha sido analizada desde la República Dominicana y mucho menos desde la relación bilateral entre esta y Colombia. Aunque el tema es de gran relevancia en la agenda internacional, así como en la agenda interna de cada uno de estos Estados, no es el tema principal en la relación bilateral, donde los asuntos comerciales tienen mayor importancia, aún cuando hay ciertos mecanismos que buscan eliminar el tráfico ilegal de estupefacientes. En esta investigación, se busca dar un diagnóstico de las relaciones bilaterales y de aquellos instrumentos existentes, específicamente aquellos implementados desde la acogida internacional del término responsabilidad compartida en el año 1998 hasta el año 2010, para determinar la efectividad de los mismos y de aquellos factores que no son precisamente resultantes de las relaciones bilaterales pero que sí afectan de una u otra manera el tráfico de drogas ilegales entre estos dos países. Así, se buscará encontrar las debilidades, en los instrumentos bilaterales entre Colombia y República Dominicana y hacer recomendaciones para hacerlos más efectivos.

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El presente informe parte del concepto de sistema significado-uso acuñado por Arturo Escobar. El mencionado autor afirma que a escala local se le han atribuido unos usos diferentes a la biodiversidad, que corresponden a unos sistemas de significados de la realidad material y social distintos a los asignados por el capitalismo. La principal diferencia entre unos y otros es la externalización de la naturaleza; para las comunidades locales existe una continuidad indispensable entre el orden humano y el mundo natural, mientras que para la realidad constitutiva entre modernidad y capitalismo, la externalización de la naturaleza se traduce en su apropiación sin límites (Escobar, 1997, p. 50). Mientras los diferentes actores partan de sistemas interpretativos diferentes van a competir significados y usos disímiles en la relación con la naturaleza (Escobar, 1996, p. 27). En este orden de ideas, Escobar identifica diversos sistemas de uso-significado y a cada uno le asigna un régimen de producción de la naturaleza. El primer régimen que identifica es el de la naturaleza orgánica, el cual es encarnado por las comunidades locales y sus prácticas productivas tradicionales; el segundo es el de la naturaleza capitalizada y se refiere a los modelos económicos que se aproximan a las regiones como despensas naturales, en cuanto instalan una capacidad locativa para la explotación y abandonan la región una vez agotados los recursos naturales, dejando a su paso daños ambientales irreparables. El último régimen que identifica es el de la tecnonaturaleza, el cual se refiere a aquellas formas naturales producidas por la intervención tecnocientífica en el nivel molecular, por medio de las nuevas biotecnologías (recombinación genética, cultivo de tejidos, entre otros); éste representa un nuevo régimen de producción de lo natural, donde esto último entra a ser producido por la tecnología (Escobar, 1997, p. 28).

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La complejidad que supone abarcar el estudio de la responsabilidad patrimonial del Estado en el ámbito médico sanitario, hace preciso prestar atención a ciertos temas que resultan especialmente relevantes y que han sido decantados jurisprudencialmente por el Honorable Consejo de Estado. De esta manera el presente trabajo desarrolla temas descollantes y novedosos en materia de imputabilidad como viene a ser la prueba de la falla médica mediante la teoría "res ipsa loquitur"; la prueba del nexo causal a través de la prueba indiciaria y la teoría de la probabilidad preponderante. Así mismo se estudian los diversos tipos de daños antijurídicos que pueden darse dentro de la prestación médica a cargo del Estado, destacando especialmente la lesión al derecho a recibir una atención oportuna y eficaz, la pérdida de una oportunidad debida a la no obtención del consentimiento informado del paciente, lo que supone, a su vez, el cercenamiento del derecho de este a elegir someterse o no a determinado tratamiento, previo valoración de pros y contras de la terapia sugerida por el galeno (principio de no agravación). Así mismo se analizanlas hipótesis de daños antijurídicos derivados del error en el diagnóstico, la falla por la omisión de las entidades de control y vigilancia, falla en gineco-obstetricia, así como las hipótesis de responsabilidad objetiva del Estado por óblito quirúrgico, para finalmente tratar el tema novedoso del alea terapéutica con sus particulares características y eventual aplicabilidad en el sistema jurídico colombiano.

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Estudio sobre el llamamiento en garantía con fines de repetición, como mecanismo jurídico para exigir la responsabilidad patrimonial de los agentes estatales, enfocado en las causas de su ineficacia y sus posibles correctivos.

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El manejo del trauma abdominal supone el reto de realizar una anastomosis o sutura intestinal en pacientes comprometidos hemodinámicamente. La decisión de cirugía de control de daños ante la presencia de acidosis, hipotermia y coagulopatía es evidente, sin embargo la situación no siempre es tan clara. En individuos con trauma se desarrollan cambios moleculares e inflamatorios por inadecuado balance entre aporte y demanda de oxígeno, que afectan el proceso de reparación de los tejidos con el riesgo de aparición de fístulas. Una forma rápida y práctica de detectar esta hipoperfusión es midiendo la saturación venosa de oxígeno (SVO2) y el Lactato Sérico. OBJETIVOS: Establecer correlación entre los valores de SVO2 transoperatorio y la aparición de fístulas intestinales en pacientes intervenidos por trauma abdominal. MATERIALES Y METODOS: Estudio de cohorte prospectivo que analiza diferentes variables en relación con la aparición de fistulas en pacientes con trauma abdominal que requieren suturas en el tracto gastrointestinal, haciendo énfasis en los niveles de SVO2. RESULTADOS: Los pacientes con falla anastomótica, presentaron un promedio de SVO2 más baja (60.0% ± 2.94%), versus los no fistulizados (69.89% ± 7.21%) (p =0.010). Todos los pacientes de la cohorte expuesta (SVO2<65%), presentaron dehiscencia de la anastomosis (RR =39.8, IC95%: 2.35,659.91, p<0.001, Test exacto de Fisher). El valor predictivo positivo de la saturación (<65%) fue de 57.14% (IC 95%: 13.34%, 100%) y el valor predictivo negativo fue de 100% (IC 95%:81.75%, 100%). La sensibilidad fue de 100% (IC 95%:87.50%, 100%) y especificidad de 91.89% (IC 95%: 81.75%, 100%). En el análisis bivariante determinó que el índice de trauma abdominal, el nivel de hemoglobina y el requerimiento de transfusión de glóbulos rojos, son factores de riesgo directamente relacionados con la falla de la anastomosis en pacientes con trauma abdominal CONCLUSIONES: - Hay una fuerte relación entre la falla en la reparación intestinal y SVO2 < 65%. - El pronóstico de una anastomosis intestinal está directamente relacionada con el estado hemodinámico y la perfusión tisular al momento de la intervención quirúrgica. - El nivel de SVO2 puede apoyar al cirujano en la decisión de realizar o no una reparación en víscera hueca al momento de intervención quirúrgica en un paciente con trauma abdominal.

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Esta monografía pretende realizar un análisis desde la experiencia de Brasil de los elementos que debe contener el diseño de las directrices para la producción de biocombustibles en Colombia, centrados en la importancia de estructurar un modelo sostenible que le permita a Colombia consolidarse como productor eficiente a nivel mundial en la materia. La hipótesis que se prueba a lo largo de la monografía plantea que para entender qué elementos intervienen en el diseño de las directrices (entendidas como el conjunto de normas o instrucciones que determinan las condiciones de generación de biocombustibles, en este caso un marco legal que incentive y establezca reglas claras en la materia, innovación, capacidad de expansión, infraestructura y construcción de mercados) para la producción de biocombustibles en Brasil, es necesario realizar un análisis que involucre elementos agrícolas como el desarrollo rural, aspectos energéticos, entre los que se encuentran la seguridad energética, la dependencia frente a la volatilidad de los precios del petróleo y la disminución de los costos de los combustibles, y medio ambientales como la reducción de la emisión de gases invernadero, los daños derivados de la producción de petróleo y la protección de zonas forestales. Sin dejar de lado los tres momentos de la producción de biocombustibles: la siembra, producción y uso.

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A través de la política ambiental del país, guiada por los principios constitucionales que rigen el tema ambiental, se han concebido unos instrumentos de punición, reparación y mitigación para contrarrestar los daños ambientales producidos por el hombre. Entre otras normas, el artículo 80 de la Constitución Política, le impone al Estado, representado por las autoridades ambientales, el deber de mitigar, sancionar y exigir la reparación de los daños causados al ambiente, debido a que los recursos naturales renovables le pertenecen a la nación, forman parte del patrimonio natural y aseguran el desarrollo sostenible, la calidad de vida y la seguridad alimentaria de los colombianos.