245 resultados para Gómez, Carlos Bernabé
Resumo:
La Playa es un sector de la ciudad de Bogotá, donde se encuentra la oferta de músicos informales más grande de Colombia: mariachis, tríos de cuerda y grupos vallenatos. En esta investigación, se analiza la migración de músicos vallenatos provenientes del Caribe colombiano a este sector de la capital del país; se examina el trabajo de estos músicos en La Playa; y se revisa el proceso de consolidación del vallenato como música nacional.
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El Estado Colombiano en los últimos años ha venido sufriendo múltiples condenas por la privación injusta de la libertad, de la que han sido víctimas miles de ciudadanos que luego de pasar varios años en la cárcel son absueltos, conllevando esto a que se presenten una serie de demandas de reparación directa contra el Estado para que sean reparados patrimonialmente por este error, afectando de manera notoria e impactante ocasionando un perjuicio fiscal , pues las demandas por esta causal son las más costosas contra el Estado, según la Agencia Nacional de Defensa Judicial estas demandas a 2013 acumulan aproximadamente 20 billones de pesos en pretensiones. De acuerdo con el preámbulo anterior, se plantea y se responde el siguiente interrogante: ¿Hasta dónde llega la carga de un ciudadano por la privación injusta de la libertad, y cómo debe ser esta reparada administrativamente por el Estado en Colombia? En 5 capítulos, en donde se desglosa el tema y se analizan cada uno de los componentes relacionados con la privación injusta de la libertad se da respuesta al interrogante planteado; En el primer capítulo se inicia dando una visión global de la privación de la libertad en Colombia, sus normas generales y normatividad internacional; en el segundo capítulo se trata sobre los regímenes de la privación injusta de la libertad, posturas por parte de la Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado al respecto, incluyendo la carga de un ciudadano por la privación de manera injusta de su libertad; continuando el análisis, en el tercer capítulo se habla sobre la aplicación del principio de in dubio pro reo y cuando hay lugar a declarar la responsabilidad del Estado por una absolución con base en este principio; en el cuarto capítulo se trata sobre los regímenes de responsabilidad y como se configura la responsabilidad del estado frente a los mismo; y el último capítulo trata sobre la cuantía de las condenas en el momento que el estado debe indemnizar por la privación injusta de la libertad y su diferente evolución presentado las sentencias de unificación sobre la reparación de daños, topes indemnizatorios, entre otros. La jurisprudencia que sobre el régimen de responsabilidad por privación injusta de la libertad avala en la actualidad el Consejo de Estado, establece que es ilegítimo para un Estado Social de Derecho como el nuestro, exigir a los asociados, la asunción de la carga de soportar una investigación penal y la privación de la libertad, bajo el argumento de conservación del interés y seguridad general de la comunidad, en la investigación y sanción de los delitos. La tesis expuesta se sustenta en el carácter fundamental del derecho a la libertad, que obliga al Estado a su cuidadosa protección y defensa, por tanto, cualquier restricción, por corta que sea, siempre que no encuentre justificación, configura un daño antijurídico que debe ser resarcido, análisis que debe realizar en cada caso concreto el juzgador, pues no se trata de condenar al Estado por todas las investigaciones penales en las que se absuelva al sindicado. La responsabilidad del Estado puede originarse en dos fuentes: la falla del servicio o la responsabilidad objetiva por el daño especial, cuando aún sin que se presente falla en el servicio, el Estado deba responder por el daño antijurídico causado por un agente suyo. La privación de la libertad puede ser legal o ilegal; será legal cuando de los elementos materiales probatorios y evidencia física recogidos y asegurados o de la información obtenida legalmente, se pueda inferir razonablemente que el imputado puede ser autor o partícipe de la conducta delictiva que se investiga; además, dicha privación de la libertad, debe tener como fin evitar la obstrucción de la justicia y asegurar: 1º) La comparecencia del imputado al proceso, 2º) La protección de la comunidad y de las víctimas y 3º) El cumplimiento de la pena. Dicha privación legal de la libertad se puede presentar de tres maneras a saber: 1º) En virtud de orden judicial, la cual consiste en orden escrita proferida por un juez de control de garantía con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley. 2º) Sin orden judicial, la cual tendrá lugar cuando no sea posible obtener inmediatamente orden judicial y por los motivos previstos en la ley y 3º) Por captura en flagrancia. (Arts. 296, 297, 300, 301 y 308 de la ley 906 de 2004 C.P.P.); o será ilegal cuando no se cumplan los requisitos anteriormente descritos. La responsabilidad del Estado por la privación injusta de la libertad a un ciudadano no depende del tiempo qué este permanezca en tal situación, sólo basta con demostrar los supuestos o los requisitos que la legislación y la jurisprudencia han determinado para que opere. El Estado debe responder por la legal privación injusta de la libertad a título de desequilibrar las cargas públicas, ya que con ello ocasiona un daño especial al privado legal e injustamente de su libertad, lo especial de dicho daño es que el Estado responda por sus actuaciones ajustadas al ordenamiento jurídico, debiéndose desarrollar este bajo el régimen de responsabilidad objetivo, en el que, el elemento culpabilidad no es tenido en cuenta y lo fundamental para endilgar responsabilidad al Estado es únicamente el daño y su antijuridicidad. El ser privado de la libertad, siendo inocente - así sea que dicha privación se de con apego al ordenamiento jurídico - no es una carga que las personas estén obligadas jurídicamente a soportar; por lo cual los daños producto de tal privación son antijurídicos, naciendo con ellos una responsabilidad para el Estado. Es decir, tal como lo ha reiterado el Consejo de Estado, los ciudadanos no están en la obligación de soportar que estos errores de procedimiento afecten su derecho a la libertad, sin compensación alguna, por el solo hecho de vivir en sociedad; por tanto, cualquier restricción, por corta que sea, siempre que no encuentre justificación, configura un daño antijurídico que debe ser resarcido. La detención preventiva, debe ser concebida, como una medida excepcional que se debe aplicar sólo en circunstancias extremas, pero no como procedimiento regular. Las millonarias indemnizaciones que podrían generarse por estos errores de la Fiscalía hacen de este tema, sin duda, un asunto prioritario para la entidad y para el Estado en general
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Este texto tiene como objetivo presentar una propuesta para el desarrollo de esta habilidad en los estudiantes de y, en general, de estudiantes de educación superior. Contempla dos escenarios: uno relacionado con los supuestos teóricos que soportan el desarrollo de competencias cognitivas, en este caso, la capacidad para pensar críticamente, para formular preguntas pertinentes, de manera clara y concisa, y otro, con la puesta en práctica de estos conocimientos; es decir, la guía conduce al estudiante desde la valoración de sus propias habilidades para el pensamiento crítico, pasando por la reflexión acerca de qué son éstas, hasta llegar a la puesta en escena de las competencias, tanto en esta asignatura como en otras y en la vida cotidiana.Para esto, el documento entrega cinco talleres con ejemplos, que ofrecen sólo esto: ejemplos. Cada docente puede buscar sus propios pre-textos (películas, artículos, libros, documentales, entre otros) para su puesta en práctica. Igualmente, tratándose del desarrollo de la competencia crítica, se sugiere que las situaciones académicas seleccionadas superen los puramente descriptivo/explicativo de manera que constituyan verdaderos potenciadores de habilidades cognitivas, comunicativas y lingüísticas de nivel superior.
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Objetivo: Determinar la distribución por percentiles de la circunferencia de cintura en una población escolar de Bogotá, Colombia, pertenecientes al estudio FUPRECOL. Métodos: Estudio transversal, realizado en 3.005 niños y 2.916 adolescentes de entre 9 y 17,9 años de edad, de Bogotá, Colombia. Se tomaron medidas de peso, talla, circunferencia de cintura, circunferencia de cadera y estado de maduración sexual por auto-reporte. Se calcularon los percentiles (P3, P10, P25, P50, P75, P90 y P97) y curvas centiles según sexo y edad. Se realizó una comparación entre los valores de la circunferencia de cintura observados con estándares internacionales. Resultados: De la población general (n=5.921), el 57,0% eran chicas (promedio de edad 12,7±2,3 años). En la mayoría de los grupos etáreos la circunferencia de cintura de las chicas fue inferior a la de los chicos. El aumento entre el P50-P97 de la circunferencia de cintura , por edad, fue mínimo de 15,7 cm en chicos de 9-9.9 años y de 16,0 cm en las chicas de 11-11.9 años. Al comparar los resultados de este estudio, por grupos de edad y sexo, con trabajos internacionales de niños y adolescentes, el P50 fue inferior al reportado en Perú e Inglaterra a excepción de los trabajos de la India, Venezuela (Mérida), Estados Unidos y España. Conclusiones: Se presentan percentiles de la circunferencia de cintura según edad y sexo que podrán ser usados de referencia en la evaluación del estado nutricional y en la predicción del riesgo cardiovascular desde edades tempranas.
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En este texto el autor analiza los resultados de la implicación de las tecnologías y herramientas de gestión e identifica el nivel de conocimiento que los empresarios tienen acerca de las mismas. Evalúa su aplicación e impacto, involucrando en la investigación 13 nuevas herramientas y tecnologías de gestión que han hecho su aparición en las organizaciones Colombianas. Presenta una agrupación de las mismas por categorías e introduce el concepto de herramientas de gestión, señalando su diferencia frente a las tecnologías.El libro presenta resultados de investigación y concluye con información y análisis importante en la gestión de las empresas Colombianas. Está dirigido a cualquier persona con interés en temas de dirección de empresa (empresarios, gerentes, directores, estudiantes de pregrado y posgrado, docentes de gestión). El libro parte de una presentación y agrupación de las tecnologías o herramientas de gestión, descripción de los objetivos que persiguen cada una de ellas, metodología de implantación y aspectos fundamentales y señala los resultados de la investigación realizada en empresas localizadas en la cuidad de Bogotá
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Este libro apunta a impulsar estudios sociomusicales y la participación en la comunidad académica internacional que trabaja estos campos. Temáticas y enfoques de los artículos muestran la multiplicidad de esta investigación sobre música y sociedad. Están investigadores de trayectoria como Carlos Miñana sobre músicas indígenas andinas e historiografía del folclor, o Adolfo González y Jorge Nieves sobre música y cultura popular en la región del Caribe. Profesores que han estado configurando sus publicaciones y líneas de investigación como Hugues Sánchez sobre historia musical en el Magdalena Grande o Beatriz Goubert sobre hibridaciones y pedagogías musicales. Michael Birenbaum en su tesis doctoral se ocupa de las intersecciones entre política y música en el Pacífico. Investigadoras que abren nuevos campos como Alejandra Isaza sobre música colonial en Medellín, Alexandra Quintana sobre discriminación de género y mujeres músicas en los festivales de gaitas y Lorena Aja sobre tensiones de la intercuturalidad de las músicas en San Andrés.
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Bajo la denominación de , la presente obra colectiva presenta las ponencias expuestas por los participantes en el Seminario que con el mismo nombre organizó la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario para conmemorar el décimo aniversario de la Maestría de Derecho Administrativo. El seminario tuvo como objetivos ofrecer una retrospectiva de la evolución histórica del derecho administrativo nacional y comparado con los ejes de internacionalización. Protección de los derechos y actuación administrativa y jurisdiccional: presentar una visión reflexiva acerca de los cambios ocurridos en los contenidos del derecho administrativo determinado por las transformaciones del Estado social y democrático de derecho; y mostrar las tendencias contemporáneas de construcción del derecho administrativo como respuesta a la globalización y la internacionalización.
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Este libro es el resultado del compromiso de la Asociación Colombiana de Universidades, (ASCUN), desde su mesa de Políticas Culturales que lidera la Universidad del Rosario y de las Instituciones de Educación Superior que la integran, con la construcción participativa y consensuada de una política cultural para las Universidades del Distrito Capital. Esta publicación registra los enfoques y posiciones de los expertos académicos que participaron en el foro "¿Por qué una Política Cultural en las Universidades", realizado el 8 de septiembre de 2009. De igual forma se pretende establecer unos lineamientos políticos que sirvan de apoyo a la gestión cultural que se realiza en las universidades e invitar al mayor número de instituciones a que se unan al trabajo que se adelanta desde dicha mesa. La Universidad tiene el carácter de creación cultural y, como lo señala Germán Rey, es uno de los "diversos lugares sociales para la construcción, para el debate social, para la gestión y para la evaluación de las Políticas Culturales".
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La presente obra se divide en dos secciones. La primera presenta una visión de la vida y la obra de Carlos Lozano y Lozano y en la segunda aparecen algunos de sus escritos más notables, especialmente los que muestran su visión de los terrenos del derecho y de la historia. En la primera parte se mencionan algunos datos sobre la familia de Lozano, tras lo cual se recorre sus estudios en el Colegio del Rosario; donde fue alumno, colegial y secretario. En 1925 se retira del Rosario para viajar al Perú, donde su padre Fabio Lozano Torrijos se desempeñaba como Embajador. Lozano continúa sus estudios en Italia y en Francia y vuelve a Colombia, en postrimerías de la llamada República Conservadora, para ocupar un puesto de vanguardia en las posiciones del Estado colombiano, principalmente del Parlamento, durante el primer gobierno de López Pumarejo, para desempeñar la Legalización de Colombia entre el gobierno de Francia. En el siguiente gobierno, de Eduardo Santos, ocupó el Ministerio de Justicia y la embajada de Colombia ante el gobierno del Brasil, donde alcanzó altísimos reconocimientos tanto en el terreno diplomático como en el cultural.
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Este libro presenta el entorno revolucionario de finales del siglo XVIII y primera mitad del siglo XIX, a través del pensamiento y la acción del cura cartagenero Juan Fernández de Sotomayor y Picón, Cura de Mompós y rector del colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, quien vivió en los años que dieron nacimiento a la República de Colombia. Se desempeñó como cura revolucionario, como político de Mompós, de Cartagena de Indias, ante el Congreso de las Provincias Unidas del Congreso Nacional y de la Convención de Ocaña, como educador y como obispo republicano en la diócesis de su ciudad natal.En esta obra se busca, a través de la prosopografía histórica, estudiar a un gran personaje ideólogo y dirigente de la revolución de independencia de Colombia, como lo fue el cura Juan Fernández de Sotomayor y Picón, en sus roles de actor social y político; quien, junto con otros personajes de su época, en la primera mitad del siglo XIX, configura un grupo revolucionario en defensa de la democracia, la igualdad, la libertad y el demoliberalismo. Para dicho propósito se analizan las redes de poder.
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Este texto presenta un estudio científico y jurídico sobre la genética y el derecho penal, con el objeto de realizar un pequeño aporte para la superación de la polarización política y moral de los debates sobre la genética y el derecho, que sólo ha conducido a una desafortunada paralización de la regulación sobre el tema que aumenta los riesgos para la salud humana y el equilibrio de los ecosistemas. Ante una problemática tan compleja, el derecho moderno no plantea una solución unitaria, sino una metodología a través de la cual cada sociedad democráticamente pueda adoptar sus propias decisiones frente a la salvaguarda de su patrimonio genético.
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Por medio de esta obra se pretende exponer una teoría general de la contratación pública enfocada a la elaboración de los principios generales que la desarrollan. Para ello, se realiza un estudio multidisciplinario desde la óptica del derecho administrativo, el derecho constitucional y el derecho internacional para lograr una visión más amplia sobre las temáticas abordadas. En el primer capítulo se establece la relación entre la contratación pública y la administración pública, exponiéndose la influencia de la primera en la formación paulatina de un concepto materia de la administración pública. El segundo capítulo, tiene por objeto la determinación del concepto de la contratación pública y su evolución, lo cual será el punto de partida para la construcción de la obra. El tercer capítulo examina los principios de la función pública y los principios de la contratación pública; en este capítulo se hace un especial énfasis en un estudio jurisprudencial del alcance de cada uno de los principios y sus consecuencias jurídicas concretas.
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El desarrollo de la formación académica en vía aérea difícil concluyó en el texto que se presenta ahora bajo el nombre de AIRE, Apoyo Integral Respiratorio en Emergencias. Este proyecto se inició hace 5 años con el objetivo de desarrollar un curso adquirieran las aptitudes y los conocimientos necesarios para el manejo básico y avanzado de la vía aérea del paciente urgente. Así mismo, respondió a la necesidad creciente de entrenamiento para el manejo avanzado de la vía aérea en el entorno de los servicios de urgencias intra y extra hospitalarias por parte de los médicos generales, especialistas en Medicina de Emergencias, Anestesia, Cirugía General, Medicina Interna, y de todo el personal relacionado con el cuidado del paciente crítico. Fue así como un grupo de conformado por dos emergeciólogos, cuatro residentes de Medicina de Emergencias y una terapeuta respiratoria comenzamos a convertirnos en facilitadores para el aprendizaje de este difícil tema.
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Resumen: •Antecedentes: La uveítis pediátrica no infecciosa tiene el potencial de desencadenar severas complicaciones visuales y su manejo farmacológico convencional está asociado a importantes efectos secundarios. 1 Infliximab (INF) y Adalimumab (ADA), son dos medicamentos biológicos disponibles para el manejo de la uveítis pediátrica refractaria. Se unen específicamente al TNFα y previenen la unión del mismo con los receptores celulares; interacción directamente implicada en el proceso inflamatorio y el subsecuente daño tisular. 2,3 •Métodos: Se realizó estudio de tipo cohorte retrospectiva mediante revisión de historias clínicas de 35 pacientes pediátricos diagnosticados con uveítis durante los años 2009-2015. Se comparó control de la inflamación ocular, tiempo de respuesta y eventos adversos en pacientes tratados con ADA o INF con dosis bajas de Metotrexate vs. Metotrexate (MTX) como única terapia. •Resultados: El 45.7% de la población estudiada correspondía al sexo femenino, cuya edad promedio de inicio de síntomas y de diagnósticos fue de 9 años. El 80% de los casos fueron uveítis idiopáticas, seguido por Vogt-Koyanagi-Harada (8,5%) y AIJ (5,7%). El 91,4% presentó compromiso ocular bilateral y se documentaron 2 casos de ambliopía. El 12,9% de los pacientes que recibieron MTX como tratamiento de primera línea requirieron escalonamiento terapéutico por presentar eventos adversos (Elevación de enzimas hepáticas e intolerancia gastrointestinal (GI)). El tiempo promedio para alcanzar control de la inflamación con MTX fue 9 semanas, y para Adalimumab fue de 8,75 semanas (P: 0,90). Se comparó la capacidad de controlar la inflamación del MTX vs Anti-TNF, y no se observaron diferencias significativas (P: 0.88).
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Esta tesis se ocupa de analizar la eficacia de la cláusula de solución de controversias contractuales dispuesta en la contratación estatal que es financiada con recursos del Banco Mundial –regla de excepción a la aplicación del Estatuto General de Contratación Pública– pues en las normas de contratación de dicho organismo, se ha previsto que ante un conflicto contractual corresponde a un conciliador (versión 2008 de las normas Banco Mundial) o a un mediador (versión 2013) “tomar una decisión” para resolver la controversia con fuerza vinculante para las partes. La reflexión aborda el papel del “conciliador” o “mediador” según las facultades que le atribuyen las normas del Banco Mundial y su distinción respecto al concepto legal que prevé el ordenamiento nacional, donde el conciliador o mediador no toman decisiones y en consecuencia no es clara la forma de acudir a estas figuras. El reto nos lleva a considerar dos alternativas de aplicación de la cláusula para hacerla eficaz: el primero, considerar a la mediación como una figura autónoma regulada en el contrato por autorización de nuestro Estatuto de Contratación Estatal y de los Convenios suscritos con organismos internacionales, a partir de la cual se reconozca la producción de los efectos indicados por el Banco Mundial en cabeza del mediador; en segundo lugar y para desatar el efecto útil de la cláusula, considerar a la mediación como figura análoga a la amigable composición, y tramitar la solución de controversias bajo esta figura.