65 resultados para Salubridad pública-Administración
Resumo:
Desde 1998 la Corte Constitucional ha declarado en dos ocasiones “el estado de las cosas inconstitucional” ante las precarias condiciones del Sistema Nacional Penitenciario y Carcelario (SNPC), sin embargo, los esfuerzos institucionales por superar dicho estado han tenido efectos nulos o limitados. Prueba de ello son las altas tasas de hacinamiento y reincidencia que siguen manifestándose crónicamente por el deficiente funcionamiento del sistema. Precisamente este diagnóstico con alternativas de solución presume que esta situación se debe a la ausencia de una política pública integral, al partir de la identificación de los principales obstáculos para la construcción de una política pública penitenciaria en Colombia entre los años de 1998 y 2014. El ejercicio antes mencionado se apoya en la utilización de dos herramientas metodológicas a saber: el análisis estructural “MICMAC” y el análisis de involucrados. De los resultados arrojados por estos métodos se elaboran así mismo tres recomendaciones sobre política pública penitenciaria.
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Este documento describe de manera general las políticas conjuntas en materia de lucha contra drogas ilícitas de la Unión Europea (UE), que dan especial atención a las políticas de reducción de demanda. Esto implica que el abordaje que este documento lleva a cabo no considera en particular las acciones individuales que los Estados miembros de la UE implementan en materia de drogas ilícitas. De hecho, a nivel nacional, las políticas de los países que conforman la Comunidad Europea pueden diferir sustancialmente. Por tanto, este trabajo recoge los requerimientos mínimos que de manera conjunta la UE ha establecido para definir las estrategias nacionales de lucha contra las drogas por los países miembros. El documento ofrece una descripción global sobre el espíritu de las políticas europeas con relación a reducción de la demanda de sustancias psicoactivas ilícitas. En ese sentido, se describe la formulación de las políticas, su implementación y evaluación, haciendo un recorrido por los documentos que condensan los acuerdos adoptados de manera consensual en la UE. La definición de las políticas actuales se inicia a finales de la década de los noventa. Este hecho se da por los resultados de la experiencia europea en cuanto a lucha contra las drogas y considerando también las dinámicas del fenómeno en la sociedad. La visión europea respecto de las drogas ha tratado de involucrar un enfoque multidisciplinario para su comprensión y ha pretendido abordar el problema de manera objetiva, mediante la inclusión de los resultados científicos y de investigación en la formulación de sus acciones. De acuerdo con lo anterior, la formulación de las políticas europeas resulta importante básicamente por dos razones: primero, el enfoque comprensivo del problema de las drogas ha llevado a que se le dé un tratamiento desde un punto de vista de salubridad pública. Segundo, la experiencia europea, de acuerdo con los resultados ofrecidos, es exitosa, por lo menos en cuanto al control de niveles de consumo. Si bien se mantienen altos niveles de uso de drogas, los resultados muestran que la prevalencia de dicho uso deja de crecer, al tiempo que se crean mayores oportunidades en cuanto a servicios y opciones de tratamiento para los usuarios de drogas diferentes a las punitivas. Este tipo de tratamiento puede también evitar daños sobre la salud humana relacionados con las drogas como la adquisición de enfermedades e infecciones (VIH, Hepatitis). El documento consta de seis partes incluyendo esta introducción. La segunda parte describe la Estrategia Europea en materia de drogas, definida para el período 2000-2004. La tercera parte considera los mecanismos propuestos como acciones concretas para implementar la estrategia propuesta durante el mismo periodo. Posteriormente se presentan los medios de evaluación final y los resultados de la Estrategia Europea y del Plan de Acción 2000-2004 con relación a la reducción de demanda. En la sección quinta se exponen los objetivos propuestos en la nueva estrategia proyectada hasta 2012, así como algunos de los cambios en relación con la anterior experiencia y sus resultados. Finalmente, la sexta sección concluye.
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La presente investigación analiza la política exterior de los países de la Comunidad Andina de Naciones –CAN-, así como el comportamiento de la organización misma. El objetivo del estudio es identificar, desde el punto de vista político, las razones por las cuales los gobiernos participantes de la CAN incurren continuamente en el incumplimiento de los compromisos adquiridos con la organización.
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A raíz de la Reforma de la Seguridad Social (ley 10/91 - Ley 60/91- Ley100/93 y sus decretos reglamentarios), las instituciones de salud se vieron en la necesidad de crear estrategias completas de servicio, con el fin de adaptarse a las nuevas exigen
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Con la finalidad de mantener la mirada financiera equivalente entre las partes - lo que responde a la relación entre el derecho y la economía- no en vano la Ley 1150 de 2007 contempló dentro de su articulado el restablecimiento del equilibrio económico y financiero del contrato. Por su parte, el Decreto Nacional 0734 del 13 de abril de 2012 –hoy derogado por el Decreto 1510 de 2013- impuso la obligación a las entidades del Estado de incluir los riesgos previsibles en los estudios previos pero sólo aquellos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato que pretenda celebrar la Entidad Pública contratante. Aunado a lo anterior, el Decreto Nacional 1510 del 17 de julio de 2013 también contempla la teoría de los riesgos dentro de su articulado. No obstante lo anterior, la normatividad legal pese a su esfuerzo, no puede regular todas las situaciones, prueba de ello, es que para los contratos de prestación de servicios profesionales la disposición legal en lo que respecta a los riesgos previsibles resulta ser innecesaria por la naturaleza misma de éstos y otras razones que se abordo a fondo. Es así como las actuaciones que se desplieguen en la contratación Estatal deben funcionar sobre una lógica económica, por ello, resulta pertinente investigar sobre la eficacia o no de incorporar los riesgos previsibles que puedan afectar el equilibrio económico en los contratos de prestación de servicios profesionales cuando la ejecución de éstos depende exclusivamente del desarrollo intelectual que corre por cuenta del contratista.
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Este documento tiene el objetivo de presentar los resultados del diagnóstico de eficiencia en 26 municipios de Panamá durante la implementación del Programa de Gobierno Electrónico de la Organización de los Estados Americanos –oea– denominado Municipios Eficientes y Transparentes –MuNet–. Este diagnóstico se efectuó en los gobiernos municipales para obtener una visión general sobre factores relacionados con el manejo financiero y administrativo, las compras y obras públicas, la prestación de servicios públicos y los trámites que efectúa el gobierno municipal. Inicialmente se realizará una revisión sucinta del concepto de eficiencia dentro del contexto de gobierno electrónico. Posteriormente se describirá el contexto general y la metodología empleada en los municipios participantes del programa MuNet en su segunda fase de implementación en Panamá.
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Con sustento en la propuesta de una teoría general de los convenios de la administración, el autor examina esa categoría general, así como sus dos grandes especies: los convenios celebrados entre las mismas entidades públicas (interadministrativos) y los convenios que la administración pública celebra con los particulares (administrativos). Desde ese examen, que identifica los rangos jurídicos de cada una de tales figuras, explora la tipología existente en el derecho positivo en relación con unas y otras. Con base en dicha aproximación, aborda, por ejemplo, el estudio de los convenios y contratos celebrados con organismos de cooperación internacional y con entidades estatales cooperativas, los convenios de organización, el convenio de delegación de funciones, los convenios administrativos de colaboración, los convenios administrativos de interés público y los convenios y contratos regulados por las normas de ciencia y tecnología. El presente trabajo- adelantado con el rigor académico propio de una tesis de maestría en derecho administrativo-, aunque parte necesariamente del derecho de los contratos estatales y sus leyes básicas (80 de 1993 y 1150 de 2007), al considerar que los convenios van más allá de un simple acuerdo de voluntades, desborda ese campo y avanza en el estudio del identificado por el autor como derecho de la organización de la administración pública, que tiene fundamento especial en la Ley 489 de 1998.
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Se analiza la Sentencia T-025/04 de la Corte Constitucional, estableciendo la relacion con la política pública de atencion al deslazamiento en Bogotá en la administración de Luis Eduardo Garzón. Periodo 2004-2007.
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En el presente trabajo se estudia la responsabilidad precontractual del Estado en el marco del proceso de licitación pública, haciéndose un paralelo con el régimen del derecho privado. Se comienza delimitando la etapa precontractual, identificándose los estadios más relevantes descritos por la doctrina, con el fin de desentrañar la verdadera naturaleza de los actos que se producen para formar la voluntad contractual. Definido lo anterior, se pasa al análisis de los intereses que son tutelables en dicha etapa y las consecuencias jurídicas que se siguen de su vulneración. En esa línea, se considera posteriormente el tema de la forma de reparar los daños causados en la fase precontractual, y cuando se trata de indemnización, el monto de la misma. Finalmente, se emprende el análisis de las acciones judiciales disponibles en el ordenamiento jurídico colombiano, que pueden activarse cuando se han desconocido los principios y reglas que rigen la actividad precontractual de la Administración Pública.
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El Sistema de Desarrollo Administrativo y sus alcances en la actual Ley de Administración Pública. Antes de la Ley 489 de 1998 las entidades de la Administración Pública no trabajaban en forma coordinada y la colaboración interinstitucional era deficiente, lo cual se ha corregido con la entrada en vigencia de la citada norma. Con la aplicación del Sistema de Desarrollo Administrativo creado por la Ley 489 de 1998, las entidades de la Administración Pública del Orden Nacional y Territorial, deben aplicar un conjunto de políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional para la gestión y manejo de sus recursos humanos, técnicos, materiales, físicos y financieros, tendientes a fortalecer su capacidad administrativa y su desempeño institucional. Las Políticas de Desarrollo Administrativo fueron plasmadas en el artículo 17 de la Ley 489 de 1998 y reagrupadas por el Decreto 3622 de 2005, en cinco ítems para su mejor comprensión y aplicación: 1) Política de Desarrollo del Talento Humano Estatal. 2) Política de Gestión de la Calidad 3) Política de Democratización de la Administración Pública. 4) Política de Moralización y Transparencia de la Administración Pública y 5) Política de Rediseños Organizacionales. Las anteriores políticas junto con el Plan Nacional de Formación y Capacitación constituyen los Fundamentos del Sistema de Desarrollo Administrativo de que trata el artículo 16 de la Ley 489 de 1998, las cuales se aplican actualmente en los 19 Sectores Administrativos de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional. En el Orden Territorial la aplicación del Sistema de Desarrollo Administrativo ha sido parcial y los resultados aún no están consolidados. Nuestra investigación pretende que con el conocimiento claro del tema, a través de una adecuada planificación de los recursos de las entidades públicas, orientado a fortalecer la capacidad administrativa y el desempeño institucional de las entidades públicas, se administre mejor el Estado.
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El presente trabajo expone el nivel de complementariedad existente entre los principales postulados que defienden los enfoques clásico y moderno de la Administración Pública.
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Los recursos humanos en las organizaciones del Estado son quienes le dan vida a la administración pública, y son los llamados a conducir e innovar los procesos de consolidación de políticas que permitan el eficaz cumplimiento de los compromisos del Estado con la sociedad. Sus cualidades y capacidades son propias de una persona al servicio de un fin público, cuyo objetivo no responde a principios de rentabilidad u ganancia, sino a una vocación un tanto altruista que se soporta en los valores de la igualdad, moralidad, economía, eficiencia, celeridad, imparcialidad y publicidad. En Colombia, la manera de conducir y gestionar los recursos humanos dista grandemente de ser lo que la Constitución del 91 había dispuesto que fuese la función pública. Los empleados del Estado, quienes son los encargados de realizar las funciones administrativas en el marco de un régimen laboral, han sido paulatinamente suplantados y desplazados por el uso desmedido de la institución conocida como contratos de prestación de servicios, que por su naturaleza puede, legalmente utilizarse solo de manera excepcional para facilitar y contribuir al cumplimiento de los fines del Estado. Durante el gobierno de Álvaro Uribe, el abuso de esta forma de contratos de prestación de servicios tomó gran relevancia, dándole una aplicación generalizada, y evadiendo los límites de la excepcionalidad y temporalidad con que fue concebida dicha figura, al punto de hallar que en algunas entidades del Estado el número de contratistas sobrepasó al número de empleos.
Resumo:
La investigación aborda la problemática del contrato estatal atípico a partir de un marco teórico, con el fin de encontrar los contratos estales atípicos en la práctica pública, y a partir de allí realizar un análisis de su contenido de acuerdo al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.
Resumo:
La investigación consistió en establecer el grado de cumplimiento de los Convenios suscritos por el Estado Colombiano con la OIT, en armonía con la legislación nacional para dar cumplimiento al programa de entrega de tierras a los pueblos indígenas de Colombia durante el período comprendido entre 1966 – 2009, adelantado por las Entidades Administrativas del Estado, e ilustrado con el caso del resguardo de Cristianía.
Resumo:
El objetivo del presente trabajo es análizar cómo la evaluación docente se llevó a cabo durante los dos períodos presidenciales de Álvaro Uribe, bajo el Decreto 1278 de 2002, el cual expide un nuevo Estatuto de Profesionalización Docente.