22 resultados para Episcopal lordship

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Se exponen las características más destacadas de la Declaración de la Comisión Episcopal de Enseñanza y Educación Religiosa, redactado por encargo de la Conferencia Episcopal Española en 1968. Así como, las reflexiones que ofrece este documento sobre el objetivo fundamental de la educación de la educación en general y la cristiana, la visión global del proceso educativo, los problemas especiales desde el punto de vista pastoral, la necesidad de superar muchos prejuicios y conseguir la igualdad de oportunidades para el trabajo y, el análisis del valor educativo de los medios de comunicación social y responsabilidad de la sociedad en materia de educación. Por último, se incluye la presentación de esta Declaración y algunos comentarios sobre el mismo.

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Cuaderno de trabajo planteado en forma de itinerarios por los lugares más emblemáticos de la ciudad de Murcia: La Glorieta, Palacio Episcopal, Calle de la Platería, Trapería y el Casino. En cada uno de estos recorridos se describen los aspectos más significativos o pintorescos del lugar. Acompaña a cada itinerario una serie de actividades. Incluye pasatiempos relacionados con el contenido así como una página final con propuestas de trabajo.

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Descubrir y presentar los documentos de las Cátedras de Latinidad y de la fundación del Seminario Conciliar de San Cayetano de Ciudad Rodrigo. El trabajo de investigación se ha realizado atendiendo a las pautas tradicionales de la investigación histórica. El trabajo está dividido en varios epígrafes, mediante los que se divide la documentación con la que se ha trabajado. La época en la que se circunscribe el estudio es del siglo XVIII al siglo XX. Así, a lo largo de la investigación se tratan las condiciones legales específicas para presentarse a las oposiciones de maestros, las materias de examen y otros temas de interés. Al mismo tiempo, se aborda profusamente el tema que es objeto de estudio: las cátedras de latinidad y la continuidad de las mismas; la cátedra de latinidad del seminario, abono, interes, lámina (1924-1934); los nombramientos de dicha cátedra y los expedientes de los maestros beneficiarios. Asimismo, se estudia la fundación del seminario conciliar de San Cayetano, examinando la escritura de venta del mismo; la documentación de la fundación del seminario conciliar de San Cayetano; el libro que contiene las disposiciones del Excmo. e Ilmo. Sr. Administrador Apostólico, referentes al gobierno y dirección del seminario conciliar; la documentación de la fundación del seminario conciliar; algunos apuntes referentes al regimen literario, disciplinar y religioso del seminario; el libro de la Comisión Episcopal de Seminarios ('Reglamento disciplinar, plan de estudios y reglamento escolar -Valladolid, 1941-'); y la lista de los alumnos matriculados en este colegio. Las Cátedras de Latinidad fueron creadas en 1769 por el Supremo Consejo de Castilla. Lo importante de estas Cátedras, divididas en menores, medianos y mayores, fue la necesidad de que hubiese un profesor de lengua latina. La fundación del Seminario Conciliar de San Cayetano fue una iniciativa de D. Cayetano Antonio Cuadrillero y Mota, que tomó posesión del Obispado de Ciudad Rodrigo el 15 de octubre de 1763, hasta 1777. El seminario fue erigido oficialmente el 25 de noviembre de 1769. Por la Real Cédula de 4 de abril de 1776, se concedió el privilegio de obtener en el seminario el grado de Bachiller, y por otra de 4 de diciembre de 1777 que sus cursos valieran como hechos en la Universidad de Salamanca.

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Estudiar la acción de la Iglesia en la legislación educativa española de 1939 a 1953: comienzo de la guerra civil y firma del Concordato entre el Estado español y la Santa Sede. Concretamente, estudiar la influencia de la Iglesia en la reforma de la enseñanza media de 1938 y 1953. La investigación se divide en tres partes: la primera coincide en el tiempo con los últimos años de la actividad del cardenal Gomá hasta su muerte en 1940. Como temas de mayor interés destacan los aspectos más sobresalientes de la participación de Gomá en asuntos relacionados con la enseñanza, mediante los informes que envía a la Santa Sede, su entrevista con Franco y la relación que mantuvo con la Comisión de Cultura y Enseñanza. Se profundiza también en las dificultades y enfrentamientos de la Iglesia con la Falange para evitar cualquier intento de monopolio estatal, sobre todo, el de la enseñanza. La segunda parte comprende el período más largo que abarca desde finales de 1938 hasta el verano de 1951. Se han investigado las actuaciones falangistas en contra de la ley de 1938 y de los colegios privados, y la respuesta de las órdenes religiosas que se dedicaban a la enseñanza. En la tercera parte, se ha desarrollado con amplitud el período que se extiende desde julio de 1951, cuando Ruiz-Giménez se hace cargo del Ministerio de Educación y decide emprender la reforma de la Ley de 1938, hasta la publicación de la nueva ley de enseñanza media en febrero de 1953. Desde los primeros años de la guerra el cardenal Gomá denunció las pretensiones de Falange para conseguir la centralización del aparato educativo. La política educativa de Sainz Rodríguez supuso un freno importante a los intentos falangistas por apartar a la Iglesia del control del sistema de enseñanza. La Ley de Enseñanza Media de 1938 fue acogida con enorme satisfacción por la Iglesia. Aunque la Ley de 1938 no fue derogada hasta 1953, enseguida surgieron los primeros intentos de reforma. La Falange cuestionó siempre el control educativo de la Iglesia. El Ministerio de Educación Nacional inició reformas con el fin de corregir algunos defectos. Incluso en 1947 tenía ya preparado un Proyecto de Ley de Enseñanza Media que el ministro tuvo que archivar debido a la fuerte oposición de los religiosos. Los defensores de la enseñanza privada siempre creyeron que con la nueva Ley de Enseñanza Media de 1953 reaparecería el viejo concepto liberal napoleónico de que sólo el Estado era el que tenía el derecho y el deber de enseñar. La Conferencia de Metropolitanos desempeñó un papel fundamental en la tramitación del Proyecto de Ley de Enseñanza Media de 1953, pues a raíz de los incidentes originados por la declaración de 8 de diciembre sustituyó a la Comisión Episcopal de Enseñanza, que, durante algún tiempo, no volvió a contar con la confianza del Gobierno. La Ley de 1953 fracasó en su intento por acercar posiciones entre los defensores de la enseñanza privada y aquellos que pedían un mayor control estatal de la enseñanza media. Importó defender más el derecho de la Iglesia a enseñar su doctrina en los centros del Estado, que preocuparse por cómo se impartía su enseñanza, o las condiciones académicas e intelectuales de quienes lo hacían. A pesar de las fuertes tensiones y conflictos entre la Iglesia y el Estado durante los primeros años de franquismo, la jerarquía y el Gobierno estaban condenados a entenderse.

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Analizar la jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de enseñanza durante los años 1931 y 1997. Se estudia la jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de enseñanza durante la Segunda República, la Dictadura y la Democracia desde la promulgación de la Constitución hasta 1997. Es un estudio jurisprudencial pero con referencias doctrinales constantes atendiendo a las que han sido objeto de controversia. La jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de enseñanza durante el período republicano es practicamente inexistente. La confesionalidad del régimen franquista se proyecta sobre la regulación de la enseñanza al contener referencias más o menos explícitas a la inspiración católica de la enseñanza en todas las leyes educativas del momento. El Franquismo reconoce a nivel institucional el derecho a una educación básica pero no se constituye como un deber; y limita las libertades educativas por confesionalidad e ideologización de una enseñanza supeditada al principio fundamental del Estado. La constitución vigente recoge el derecho a la educación cuando regula la enseñanza básica gratuita y el acceso a niveles no obligatorios en condiciones no discriminatorias; y la libertad de enseñanza con la libertad de creación de centros docentes, el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral de acuerdo con sus propios convicciones, el derecho de libre alección del centro docente y la libertad de cátedra. EL Tribunal Supremo reconoce el deber de los poderes públicos a garantizar la calidad de la enseñanza; y el derecho de recibir enseñanza en la lengua materna respectiva pero dependiendo de la edad del alumno, de las posibilidades del centro y de la existencia de otros centros en que puedan cursarse las enseñanzas en la lengua elejida. Considera que la apertura y funcionamiento de los centros se sometan al principio de autorización administrativa que debe estar reglada; y que el establecer criterios prioritarios para el acceso a centros sostenidos con fondos públicos, no es inconstitucional y no supone trabas para la elección del centro docente pues refuerza tal derecho en los casos en que no es posible atender a todas las solicitudes. Habilita a todo docente el resistirse a cualquier mandato que les obligue a una determinada orientación ideológica. La libertad de cátedra incluye el derecho a fijar el programa de la asignatura. La administración no asume ninguna posición empresarial en el ámbito de la relación laboral existente entre el titular del centro y el profesor, su responsabilidad se limita al pago de salarios. Un profesor religioso no ostenta la cualidad de funcionario ya que su nombramiento depende de la autoridad eclesiástica, aunque su relación jurídica se establece con el Estado y no con la Conferencia Episcopal.

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Texto íntegro del documento 'La enseñanza de la religión en la escuela', elaborado en 1979, a partir de la aprobación de la Constitución española y los Acuerdos entre la Santa Sede y el Estado español, por la Comisión de Enseñanza de la Asamblea Episcopal Española, para aclarar cuestiones como la legitimidad y finalidad de esta enseñanza en las escuelas, diferenciada propiamente de la catequesis, y que supuso el inicio de un proceso de renovación y de integración curricular, cuya culminación no ha concluido todavía.

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Este libro desarrolla una serie de sugerencias para elaborar el Proyecto Curricular del área de religión y ética de la etapa de primaria y las Programaciones de Aula; además presenta ejemplos de unidades didácticas.

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En la Port.:San Pedro Apostol y Jesús, María y José. Sagrada familia. Fecha de edición aproximada. Ejemplar fotocopiado.

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Resumen basado en el de la publicación. Contiene solucionarlo y glosario de términos

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Se ofrecen una serie de orientaciones como complemento del programa del primer curso de Religión para el Bachillerato Elemental. Se detalla el contenido de dicho programa y se indica el modo de aplicarlo en las clases de Religión.