36 resultados para Derecho político comparado
em Ministerio de Cultura, Spain
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Resumen tomado de la publicación. Monográfico con el título: educación infantil : una puesta de calidad y futuro
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Se presenta una reflexión en torno a los derechos de los padres en la institución educativa. El objetivo del trabajo es dar respuesta a cuestiones como qué se entiende por derechos, en qué se fundamentan, cómo están reconocidos por el ordenamiento jurídico y en qué condiciones se lleva a cabo su ejercicio y protección. Se ofrece una parte introductoria en la que se recogen nociones generales del derecho; luego se detalla en qué consiste el derecho de los padres de alumnos en la Constitución Española (desde la de 1812 hasta la actual), en los tratados internacionales, en el derecho constitucional comparado, en el ordenamiento educativo y en el derecho común. También se explica cuáles son y en qué consisten los derechos de los padres de alumnos y de qué majera se pueden ejercer.
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Se presenta el contenido de la Mesa Redonda organizada por la Revista de Educación y celebrada en el Ministerio de Educación y Ciencia. El objetivo era conocer la opinión de los diversos partidos políticos con representación parlamentaria sobre las cuestiones referentes a la Educación que deberían ser incorporadas al texto constitucional. Los participantes fueron: Don Pedro de Vega (Catedrático de Derecho Político de la Universidad de Salamanca), Doña María Rubies (Convergencia Democrática de Cataluña), Don Manuel Fraile (Unión de Centro Democrático), Don Fernando Morán (Partido Socialista Popular), Don Iñigo Aguirre (Partido Nacionalista Vasco), Don José Manuel González Páramo (Alianza Popular), Don Eloy Terrón (Partido Comunista de España).
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Mostrar la relación sustancial entre democracia, educación y ciudadanía en la sociedad democrática occidental y cómo la propuesta democrática de los valores de la comunidad y la participaciòn ciudadana pueden servir de regeneración a la vida política democrática en la sociedad postmoderna y del bienestar de los albores del siglo XXI. Se estructura en cuatro partes. La primera procede a la aproximación conceptual en torno a la idea, fines y objetivos de la educación y su relación con la política y la organización jurídica de la Comunidad. La segunda desarrolla el discurso ilustrado sobre las propuestas de Rousseau. La tercera parte se centra en la función y reconocimiento de la educación en los regímenes jurídicos históricos españoles desdes la Constitución de 1812 hasta la presente de 1978, tomando como referente el desarrollo del pensamiento político occidental tras la Ilustración y la Revolución Francesa. La cuarta y última parte contiene un análisis de la realidad política y sociológica urgente, globalización y postmodernidad, donde, a través de un sistema de pensamiento de renovación democrática, el denominado republicanismo cívico o pensamiento republicano cívico, incorpora un análisis y propuesta de renovación y participación cívica democrática en los asuntos públicos. En esta compleja realidad contemporánea del siglo XXI, la educación inculca y transmite a la ciudadanía la necesidad de participación en la vida pública, y la asimilación y defensa de los valores democráticos. Por ello, se estima que la educaciòn para el estado democrático se ha transformado en uno de los instrumentos más valiosos para la legitimidad , subsistencia y renovación de los sistemas democráticos occidentales. Este proceso racional inductivo-deductivo se aplica desde la técnica de análisis de textos originales. El método comparado es necesario para buscar la contraposición entre universalismo y particularismo. Junto a la política, la educación representa la base de la cultura del sistema político, establece los fundamentos para que los individuos de una sociedad civil sean conscientes de quienes son y del lugar que ocupan, conozcan sus derechos y deberes, adquieran capacidad de juicio, criterio y decisión, y sean individuos más preclaros y más justos. La gestión de sistemas y políticas educativas por los poderes públicos, surgen con el nacimiento de la Universidades. La educación se convierte en una de las prioridades para las élites gobernantes de las sociedades medievales. Durante el Despotismo Ilustrado y en los albores de la Revolución Francesa, las ideas ilustradas incorporan a la educación una nueva misión de la educación como función pública. La educación del ciudadano democrático debe basarse en los principios democráticos de libertad política, igualdad, justicia y pluralismo político. Por ello, la educación puede representar un instrumento indispensable para el regeneracionismo democrático y social. En la presente propuesta, la educación se inserta en este punto como elemento fundamental y garantía de desarrollo del espíritu democrático y pieza de continuidad de la subsistencia de la comunidad al proporcionar, instruir y velar por el vivere civile de la comunidad política democrática.
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Realizar un estudio histórico y no estático de los servicios de orientación en Francia y en España como medio de ofrecer un posible cambio en la actual estructura. Los servicios de orientación escolar. Se inscribe dentro de la metodología comparada de Bereday en la fase descriptiva se ha hecho un inventario sobre la realidad de la orientación en ambos países. En la fase interpretativa se analizan los factores que condicionan la orientación: la perspectiva socioeconómica y la político educativa. En la fase de yuxtaposición se comparan los datos de cada área. Fuentes primarias: publicaciones informativas de los Ministerios de Educación de ambos países; informes anuales de centros de orientación; contactos personales. Fuentes secundarias: bibliografía especializada. Análisis comparativo, método descriptivo, investigación histórica. El origen de la orientación en ambos países se encuentra en el desarrollo industrial. Tanto la reforma de Longuevin-Wallon en 1959 como la de Villar Palasí en 1970, abrieron nuevas perspectivas a la orientación. Esta diferencia de una década, explica el desigual desarrollo de la orientación, siendo este desarrollo frenado por la crisis energética. Mientras que en Francia la orientación está organizada a todas las escalas y en todos los niveles educativos, en España sólo cubre la escala nacional y provincial, y la educación obligatoria, no existiendo casi información escolar. Sobre la orientación profesional se observa en España cierto involucionismo. Mientras que en Francia el Consejo de orientación tiene su propio estatuto, una formación y períodos de rodaje, en España existen notables lagunas en este sentido. En España tampoco existe una regulación metódica del proceso previo al Consejo orientador quedando ésto sometido a la decisión de cada servicio. La reforma de la orientación en nuestro país requiere: una concienciación y una aprehensión más justa de los diferentes factores que intervienen en la orientación; un mayor incremento y diversificación del público al que se debe atender y una mejora en la calidad de los servicios por medio de una mejor adaptación de los métodos a la naturaleza de los problemas planteados en esta materia.
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Resumen tomado de la publicación
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Ponencia del Congreso Internacional de Pedagogía Amigoniana, celebrado en Medellín (Colombia) en 2001. Analiza la problemática del menor infractor y el tratamiento normativo, administrativo y político, de este. Finaliza con una serie de recomendaciones para la actuación en casos relacionados con menores.
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Los organismos internacionales han elaborado ambiciosos planes educativos que están sujetos a un complejo juego de fuerzas entre intereses económicos, agentes sociales y políticas públicas nacionales. Al tiempo se elaboran baterías de indicadores educativos para la evaluación de los planes. Se exponen los objetivos de estas políticas y sus implicaciones educativas y se realizan algunas sugerencias sobre sus posibles logros y limitaciones.
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Resumen tomado de la publicación
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Fundamentar teóricamente el derecho de los padres a la educación de sus hijos y desarrollar las implicaciones pedagógicas, jurídicas y socio-políticas del modelo de política educativa que de este planteamiento se desprenden. A partir de la concepción de los padres como agentes educativos primarios y principales a quienes compete el derecho natural inalienable de la educación de sus hijos, y utilizando, como marco interpretativo de la naturaleza humana y de la sociedad, la filosofía clásica de Platón, Aristóteles, San Agustín y, especialmente, Santo Tomás de Aquino, se plantea la educación como una tendencia al perfeccionamiento para lograr la virtud y la libertad, profundizando en la responsabilidad y el deber de los padres de responder a esta exigencia. Como consecuencia de estos principios, se analiza el derecho a educar del Estado y su incidencia en la orientación de una política educativa que reconozca un papel primordial a la iniciativa de los padres y que asuma la justificación y práctica de la empresa privada como marco socio-económico de las escuelas de iniciativa social, incidiendo, por tanto, en el debate sobre el contenido intelectual, orientación ética, neutralidad y pluralismo interno de la escuela. Se mantiene la vigencia práctica del modelo de escuela con ideario propio que, frente a la escuela neutra, educa en valores permanentes y del esquema socio-político que propugna, frente a la escuela pluralista, el pluralismo de escuela. El derecho de los padres a educar aparece en la perspectiva de la libertad responsable y adquiere una dimensión social activa.
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La frecuencia con que el trabajo femenino es objeto de racionalización y de intentos de controlarlo, hace que tales intentos y la resistencia opuesta a ellos sea bastante significativa desde el punto de vista económico y político, por no citar su importancia educativa en las aulas ¿Cómo es en la actualidad el trabajo remunerado femenino? Tal trabajo está estructurado alrededor de dos tipos de división. En primer lugar el trabajo femenino no se sitúa en una división vertical de la mano de obra, en la que las mujeres como grupo están en desventaja frente a los hombres en cuanto al salario y condiciones laborales. En segundo lugar, está integrado en una división horizontal del trabajo, en cuya virtud las mujeres se concentran en determinados tipos de ocupaciones. Así, un Estados Unidos son mujeres el 78 por cien de las personas que realizan trabajos de oficina, el 67 por cien de servicios, el 64 por cien de los profesores, etcétera. Frente a esto, las mujeres suponen menos del 20 por cien de todos los cargos administrativo, ejecutivos y directivos americanos. Cifra que en Gran Bretaña representaba hace una década menos del 10 por cien. Por lo que las conexiones entre esas dos divisiones son bastante notables. Los sectores de empleo competitivos y de bajo nivel salarial muestran un gran porcentaje de mujeres en ambos países.
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No se trata de hace un estudio exhaustivo sobre el problema de la enseñanza del derecho en Roma, sino de un simple replanteamiento y su posible interpretación en las diferentes etapas desde sus orígenes hasta el siglo VI después de Cristo. Es curioso saber que Roma, el pueblo jurista por excelencia, no tuvo escuelas oficiales de derecho hasta la época bizantina, hasta el periodo de su vejez, y su derecho preclásico y clásico fue debido a valores individuales sin organización alguna. En los primeros tiempos el saber jurídico se conservaba en los colegios pontificales, familiarmente con carácter religioso, y por los propios grupos gentilicios, ya que lo social predominaba sobre lo político. Después, se va extendiendo de modo particular hasta convertirse en la base de la civilización occidental. En el Bajo Imperio, se convierte en función pública y el derecho penetró en todos lo órdenes.
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Estudio comparado del tratamiento educativo de diecinueve constituciones contemporáneas de otros tantos paises iberoamericanos. Conocer el soporte legal con vistas a profundizar en el conocimiento de una realidad social más amplia y de uno de sus elementos de organización fundamentales: la educación. 19 constituciones vigentes de los siguientes estados iberoamericanos: Argentina, Bolivia, Colombia, Costa Rica, Cuba, Chile, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, República Dominicana, Uruguay y Venezuela. El trabajo se divide en tres bloques. El primero se ocupa de ofrecer un marco teórico (concepto de utopía, el Estado y su expresión constitucional y el contexto histórico, político, social y cultural iberoamericano). El segundo se ocupa del análisis comparado que comienza por el estudio descriptivo de los diecinueve textos constitucionales para continuar con un análisis pormenorizado de los temas educativos en esos mismos textos, agrupándolos en siete categorías: fundamento y marco legal, principios de educación, estructura del sistema, educación superior, organización del sistema, fines y contenidos y educación, sociedad y cultura. El tercero se ocupa de la elaboración de las conclusiones del trabajo. Fuentes primarias legislativas y bibliografía. Investigación comparada. Análisis de contenido. Frecuencias y porcentajes. Diagramas de barras y cuadros. En el marco de la sociedad global a la que tantos análisis contemporáneos hacen referencia, la extensión de un modelo de funcionamiento económico de funcionamiento y gestión de fondos económicos y ayudas internacionales no permite, para su libramiento, otra opción que la del reconocimiento de un sistema de gobierno democrático y la garantía de una serie de derechos, entre los que ocupa un lugar destacado el de la educación. Así se recoge en los textos constitucionales que ven aumentadas sus utilidades y disminuida su adaptación al medio y a la realidad a la que se deben.
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Estudio comparado de la problemática de la autonomía universitaria en el escenario iberoamericano, enfocando la autonomía en tanto que instrumento de poder político y la atracción del mercado que impone a la Universidad nuevos paradigmas formativos e investigadores en el marco de la globalización. La autonomía universitaria en Latinoamérica. Se comienza abordando la autonomía universitaria como proceso de conformación de estructuras de poder por parte de sectores sociales, políticos e ideológicos. Se pasa al marco teórico y metodológico en el que se contextualiza el estudio en los escenarios históricos políticos y sociales, la historia de las universidades en el contexto europeo, latinoamericano y caribeño con menciones al norteamericano. Las funciones vinculadas a la autonomía universitaria se tratan en el marco de las conclusiones de la Conferencia General de Educación Superior en el siglo XXI de la Unesco, en el de las reformas universitarias y la lucha por el poder con ejemplos de las universidades: Autónoma de México, Central de Venezuela, Autónoma de Santo Domingo. Para finalizar se abordan los desafíos de la autonomía universitaria. Fuentes bibliográficas, legislativas, documentales y estadísticas. Investigación teórica. La lucha en el siglo XX por la autonomía universitaria supone la participación activa por la democratización social y política, participación en la que los estudiantes ocupan un papel protagonista. El desafío actual para las universidades consiste en dar respuesta a la interactividad en el ámbito de las comunicaciones, la transdisciplinariedad de los saberes y la globalización de los mercados. La producción y generación de conocimiento ya no es exclusiva de las universidades.
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Realizar un estudio comparado de la función inspectora en Educación en la Unión Europea. Abordar la lenta gestión en el tiempo del concepto de la función inspectora, la notable ampliación de funciones y constatar el funcionamiento del sistema educativo. Marco histórico de la supervisión desde los griegos hasta la actualidad. Analizar funciones y tipos de supervisión educativa. Las nuevas funciones de la inspección definidas en relación, al sistema como eje innovador, al profesorado como agente de participación y al medio como agente de participación. Destacar las notas características en la inspección; Oportunidad, Continuidad, Progresividad, Sistematicidad, Comprensividad, Solvencia profesional. Desarrollar las características básicas de cada uno de los doce paises que conforman la Unión Europea. Profundizando en los casos de Inglaterra, Francia y España en la Unión Europea articulándose en tres aspectos, referido a las características comunes sobre la inspección educativa, referido a las características propias sobre la inspección educativa. La inspección debe tender a la profesionalización y que el docente que la realiza tenga una dedicación exclusiva. Los inspectores son y deben seguir siendo el nexo de unión existente entre los centros escolares y la Administración educativa. Debe hacer cumplir la ley. Deben ser ayuda para el docente cuando estos tengan dificultades para desarrollar su actividad educativa. Inspección y supervisión vienen a significar lo mismo. La inspección es necesaria para el control y asesoramiento administrativo y también para la evaluación y asesoramiento técnico. El inspector realiza una función de defensa del derecho a la educación de todos los ciudadanos. Esta función institucional ha ido requiriendo una especialización más específica, con el doble objeto de garantizar lo establecido educativamente. Esta actividad exige estar desligada de actuaciones superficiales y aisladas, será un seguimiento técnico que constantemente ha de estar facilitando tanto información a los responsables de la toma de decisiones como asesoramiento directo a los que llevan a cabo la labor docente.