52 resultados para DERECHO FUNDAMENTAL

em Ministerio de Cultura, Spain


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Estudia la educación como un derecho fundamental inherente al hombre. Se parte de la consideración del fenómeno educativo como hecho social y se analizan los conceptos extrajurídicos que constituyen el objeto del correspondiente derecho (educación, enseñanza, instrucción...) para pasar a su consideración jurídica a la luz del concepto de dignidad humana y bajo la perspectiva de los valores superiores del ordenamiento constitucional español. El derecho a la educación necesita no sólo ser garantizado sino ser promovido en condiciones de igualdad. Se analiza, a continuación, la profunda interdependencia educación-democracia y se hace un estudio de su concepto, caracteres, límites y contenido específico de este derecho. Se completa con capítulos de enfoque histórico, administrativo y de filosofía del derecho internacional y procesal. El fenómeno de la educación constituye una institución social esencial para la vida del hombre por cuanto es el instrumento de cultura de las jóvenes generaciones.

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Monogr??fico con el t??tulo: "La participaci??n de las familias en la escuela"

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Estudio sobre la Teoría General del Servicio Público y el Derecho a la Educación. Estudio jurídico-administrativo de la Educación en España; se comparan también las Constituciones de Alemania, Francia, Grecia, Italia y Portugal. La enseñanza como derecho humano fundamental, en Constituciones y convenios internacionales, y las posturas de los distintos partidos políticos, conducen a la Teoría General del Servicio Público y finalmente a determinar la naturaleza jurídico-administrativa entre enseñanza estatal o pública y enseñanza no estatal o privada. Declaraciones, convenios internacionales, Constitución y leyes españolas, Constituciones extranjeras, manifiestos de partidos políticos, documentos sobre educación, legislación y bibliografía. Análisis de documentos, legislación y revisión histórica. 1. La cultura implica educación y ésta enseñanza. Con frecuencia se habla de derecho a la cultura y a la educación cuando en realidad se habla de derecho a la enseñanza. 2. El Derecho a la Educación es un derecho fundamental que se debe salvaguardar en toda circunstancia. 3. Todas las fuerzas políticas confluyen en la libertad de enseñanza frente a un monopolio ideológico. Divergencia entre partidos de izquierdas que abogan porque el estado se haga cargo de la enseñanza, y los partidos de derechas que defienden la independencia total de la enseñanza privada. Todos defienden la gratuidad, la obligatoriedad y la descentralización. 4. La enseñanza es una actividad técnica, de interés general, también se da con regularidad. Es por tanto un servicio público, aunque no se da la continuidad. 5. La enseñanza privada no es un servicio público por no ser la administración titular de la misma.

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Resumen tomado de la revista. Ponencia presentada en las Jornadas La normalització lingüística a l'ensenyament i a l'àmbit sindical, que tuvieron lugar en la sala de actos del edificio Anselm Turmeda del campus de la Universitat de les Illes Balears los días 3 y 4 de octubre de 2002. Artículo publicado también en Revista de Llengua i Dret, núm 29, Barcelona, julio de 1998

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Resumen basado en el de la publicación

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La progresiva expansión de la actividad políticas en todos los sectores de la vida social es un hecho. El sector educativo no es una excepción. Después de realizar unas precisiones terminológicas sobre el término 'política educativa', analiza: el ordenamiento jurídico de la educación; la constitucionalización de la educación como derecho fundamental y la prospectiva de la constitucionalización del derecho de todos a la educación..

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Realiza un análisis de la autonomía organizativa de los centros escolares dividiéndolo en dos puntos. En primer lugar, analiza el derecho fundamental de creación y dirección de centros educativos, la interpretación jusrisprudencial y la autonomía y libertad de dirección según refleja la legislación. El segundo punto analiza la organización de los tiempos escolares, cómo se dividen, cómo ha ido evolucionando su regulación legal, competencias y normativas sobre su regulación, interferencias en la regulación, y la regulación normativa según comunidades autónomas, presentada de forma comparativa al final del artículo en forma de tabla.

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Resumen tomado de la publicaci??n

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Se plantea la autoridad del profesor como un elemento básico del proceso educativo. Pese a ello, la autoridad del profesor ha estado muy cuestionada en las últimas décadas. Se observa también una pérdida de autoridad en la dimensión académica: se cuestionan decisiones académicas como los aprobados y suspensos, llegando a perder competencias profesionales. Se reivindica el reconocimiento de la condición de autoridad pública del docente en el ejercicio de su función. Se quiere transmitir a los poderes públicos y a la sociedad la idea de que sin el reconocimiento de la autoridad del profesor, no puede desarrollarse el derecho fundamental a la educación establecido en el artículo 27 de la Constitución, que establece el derecho a aprender de los alumnos, y para los docentes, el derecho a enseñar.

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Se estudia del régimen jurídico de las universidades de titularidad privada en el vigente ordenamiento educativo español, como concreción del derecho fundamental a la libertad de enseñanza en la esfera universitaria. Se analizan las fuentes normativas implicadas: trabajos parlamentarios para la elaboración del art. 27 de la Constitución de 1978 y las disposiciones contenidas en el Real Decreto 557/1991 de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de universidades y centros universitarios. Se delimita la noción de función docente y su relación con el dereho a la libertad de enseñanza en la esfera universitaria. Se analizan los requisitos para el reconocimiento de las universidades privadas, su autonomía y puesta en funcionamiento. Se elabora un perfil histórico-jurídico de las universidades de fundación eclesiástica.

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Estudiar las líneas generales de la política de la educación de adultos en España, para encontrar nuevas vías que cubran las necesidades de educación en la sociedad actual. Se analiza el concepto de educación permanente, su origen y evolución, y se investiga la contribución de los organismos internacionales como la UNESCO, el Consejo de Europa, la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico y otros al desarrollo de dicho concepto. Hace un exhaustivo análisis histórico de la legislación correspondiente desde 1857 hasta 1987, que muestra cómo se ha ido configurando esta educación en España y las ideas de la política social y pedagógica que le sirven de base, hasta llegar a considerar la educación de adultos como un derecho fundamental de la persona. Se basa en documentación emanada de los organismos internacionales como la UNESCO, el Consejo de Europa y la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico, en el Boletín Oficial del Estado y en información obtenido gracias a la asistencia a diversos Congresos y Jornadas. Primero analiza el contenido para fijar la terminología conceptual y la formulación de las proposiciones científicas sobre el tema. También utiliza una metodología histórica para conocer la evolución y desarrollo de la Educación Permanente y la Educación de Adultos desde sus orígenes hasta hoy. La obsolescencia de los conocimientos, los nuevos desafíos de convivencia y organización social y la aparición de nuevas tecnologías exigen una formación y perfeccionamiento profesional.

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El artículo forma parte de un monográfico sobre la ciudad educadora

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Trata el tema de las sentencias judiciales en favor de la educación en favor de la libertad de enseñanza de los centros. Sostiene que las sentencias del Tribunal Supremo de Justicia vienen a desmontar la teoría planificadora, determinando que la libertad de elección de centro es un derecho fundamental que debe ser garantizado por los poderes públicos de una manera práctica y real.

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Este artículo se encuentra en el monográfico: La educación en el siglo XX