162 resultados para ARTICULO 16 DE LA LEY 489 DE 1998
em Ministerio de Cultura, Spain
Resumo:
Existe la tendencia a pensar que ambas representaron en la historia de la vida española un momento de ruptura total respecto a los principales aspectos del sistema educativo y de sus distintos niveles. Aunque, parte de esta apreciación es cierta, conviene tener en cuenta que durante la década de los sesenta se fueron creando las condiciones para que esta reforma se materializara. Los dos documentos mencionados no fueron momentos de una política educativa que se improvisaron repentinamente, sino que fueron el fruto de una gestación que duró una década. Otro hecho a tener en cuenta fue la extensión de la obligatoriedad de la escolaridad hasta los catorce años. Y facilitó que al llegar la Ley General de Educación se unificara en un solo ciclo educativo la escolaridad hasta los catorce años, terminando con la división entre los que cursaban la primaria y los que estudiaban bachiller, lo que supuso otra característica de este periodo. Suponía una aproximación real a la democratización de la educación. Pero no hubiera sido posible sin el cambio político. España dejó de estar aislada con el régimen de Franco. Tres hechos lo confirman: Firma del Concordato con la Santa Sede (1953), Acuerdo con Estados Unidos (1953) y entrada de España en Organismos Internacionales ( Organización de las Naciones Unidas en1955, Organización Internacional del Trabajo en 1956, Fondo Monetario Internacional en 1958). Importantes cambios de 1960-1973. Lo que permiten explicar las grandes transformaciones que van a introducirse en Educación como es la ampliación de la escolaridad obligatoria hasta los catorce años; generalización del primer ciclo de la educación secundaria, llamada en la Ley General Segunda Etapa de Enseñanza General Básica. Se rompería así con la tradicional división a partir de los diez años o bien continuar en la Enseñanza Primaria o se iniciarían los estudios de Bachiller; introducción de Formación Profesional de primer y segundo grado en enseñanza media y su comunicación con la Universidad, al permitirse el acceso a estudios de primer ciclo universitario ( diplomaturas ); incremento de centros estatales, equilibrio con la enseñanza privada, predominante hasta entonces; adaptación del sistema educativo al sistema productivo; democratización de la enseñanza media (suben los alumnos de este nivel, el número de becas por el apoyo del estado).
Resumo:
Se amplían el número de becas para el curso 1946-1947 a las Universidades de Madrid y Barcelona; a las de Granada, La Laguna, Murcia, Oviedo, Salamanca, Santiago, Sevilla, Valencia, Valladolid y Zaragoza. Igualmente se ampliaban a las Escuelas del Magisterio Primario y a las Escuelas de Peritos Industriales de Madrid, Barcelona y Tarrasa. A las de Alcoy, Bilbao, Cartagena, Gijón, Las Palmas, Málaga, Linares, Santander, Sevilla, Valencia y Valladolid. Se hacían extensivas a las Escuelas de Comercio, a la Escuela Superior de Bellas Artes y al Conservatorio de Música y Declamación de Madrid.
Resumo:
Transcripción de la Orden por la que se concedían nuevas becas a alumnos de Bachillerato de España en virtud de la aplicación de la Ley de Protección Escolar de 1944. Dependiendo de la provincia la cuantía a percibir era mayor o menor. Los alumnos que solicitaban las becas debían acreditar relevantes condiciones para los estudios e insuficiencia económica para cursarlos.
Resumo:
Mediante esta Orden se establecía el porcentaje de alumnos externos que debían albergar con carácter gratuito, los centros de enseñanza privada según la Ley de Protección Escolar. Quedaba establecido de este modo: El quince por ciento a centros universitarios, Colegios Mayores, Colegios de Enseñanza Media y los de Primera Enseñanza subvencionados por el Estado. El diez por cien: escuelas privadas de enseñanza media. El cinco por cien para los Colegios de Enseñanza Media subvencionados. Las matrículas gratuitas se adjudicarían por un ciclo completo de estudios.
Resumo:
Analizar la situación actual de la formación pretecnológica en Santa Cruz de Tenerife. De los 110 centros escolares de dicha provincia con 16 unidades o más, se realizó una selección aleatoria de 26 centros. Investigación descriptiva en que además se puede hacer un juicio valorativo de la situación de la investigación. A través del cuestionario elaborado para este trabajo, se recabó información de los profesores y los directores de los centros seleccionados sobre la situación de la enseñanza pretecnológica en sus respectivos centros. La formación pretecnológica debe en todo momento estimular el desarrollo coordinado de las facultades mentales y manuales del individuo, en todo momento, al hombre en su totalidad, debiendo despertar en el alumno la admiración y el entusiasmo por los descubrimientos del hombre en el pasado. Se debe estimular la cooperación del trabajo en grupo y la ayuda mutua. Debería buscarse a los problemas, planteamientos distintos, de manera que haya diferentes soluciones para la puesta en común. Organizar experiencias imaginativas a través del currículum escolar integrados que comprometan distintas disciplinas y no confinen la formación técnico-manual a un área o asignatura. Este trabajo presenta muchas limitaciones tanto teóricas como metodológicas, pero no hemos encontrado suficiente apoyatura en los trabajos previos de nivel académico. El ser pionero en este tema es quizás un mérito de este trabajo, pero también la razón fundamental de muchos desaciertos y probables contradicciones.
Resumo:
Resumen del autor en catalán
Resumo:
En el contexto del periodo que estudiamos claramente se puede apreciar, como el Bachillerato creado en 1938, estuvo en consonancia con el modelo de Estado que se quer??a implantar. En lo pedag??gico se aproxim?? a los planteamientos de a??os precedentes al implantar un Bachillerato formativo, cl??sico, c??clico, etc. y, desde luego, se dio satisfacci??n a los Colegios de la Iglesia al establecer el Examen de Estado, separando as?? las funciones docente y examinadora, poniendo esta ??ltima en manos de la Universidad. El Anteproyecto de 1947, del Ministro Ib????ez Mart??n, en el mismo marco pol??tico e ideol??gico, trat?? de solucionar los problemas detectados y aproximarse a lo que se hac??a en el terreno de la Ense??anza Media en otros pa??ses, aunque a tenor de las reaccioes que suscit??, se ha de pensar que se anticip?? algunos a??os y que, problemas relacionados con los centros de la Iglesia y con la funci??n examinadora de los Institutos, sobre todo, dio al traste con un modelo que hubiera modernizado la Ense??anza Media espa??ola.
Resumo:
Resumen basado en el de la publicaci??n
Resumo:
Analiza c??mo afecta el 'Documento de bases para una Ley de Calidad de la Educaci??n' a la Educaci??n Infantil. Trata cuatro puntos: la divisi??n en ciclos de la educaci??n infantil, la aplicaci??n del adjetivo 'asistencial' al definir el car??cter educativo del primer ciclo de educaci??n infantil, la reducci??n de campos de aprendizaje durante esta etapa escolar, y la omisi??n de la participaci??n de los padres en la educaci??n de sus hijos.
Resumo:
Se transcribe íntegramente el discurso que pronunció el Ministro de Educación y Ciencia, José Luis Villar Palasí, durante la sesión del 28 de julio de 1970, donde fue aprobada la Ley General de ecuación y Financiamiento de la Reforma Educativa por la Cámara.
Resumo:
Es una ley oportuna, necesaria y urgente, que plantea la reforma del sistema educativo y que supone la expansión de la educación preescolar, la introducción de la educación general básica, obligatoria y gratuita y el reconocimiento de la libertad de elección del centro docente. En cuanto a la enseñanza superior, se divide en tres ciclos y se permite el acceso a ella de los alumnos de bachillerato, de formación profesional y a los mayores de veinticinco años que, sin titulación previa, superen las pruebas de acceso. Se dota de medios suficientes a la investigación universitaria, se propugna la participación activa de los estudiantes y con responsabilidad en las tareas conjuntas para conseguir la transformación de las estructuras universitarias y se concede autonomía a las universidades.
Resumo:
Se aborda la figura del maestro en dos significados: el significado posesivo, de plena madurez de la personalidad y el significado transeúnte, de capacidad comunicativa de los valores personales. Es decir, en el primer sentido, el hombre es dueño de su ser; en el segundo, el hombre es dueño o dominador de los demás, para enriquecerlos; sin embargo, este hombre antes de ser maestro de los demás, debe ser maestro de sí mismo. Y es precisamente a esta meta a donde el maestro de los demás debe conducir al alumno. Es la propiedad de la educación.
Resumo:
El articulo 9 de la Ley General de Educación dispone, entres otras cuestiones, facilitar la continuidad del proceso educativo a lo largo de la vida del hombre. En el planteamiento de la enseñanza vertical, para poder promocionar, los alumnos han de superar todos los objetivos, o repetir curso o materia. Para corregir esto están orientadas las enseñanzas complementarias de recuperación que hace mención el artículo 19.3 de la Ley General de Educación. Dentro de estos intentos de solución, se destacan la compensación de puntuaciones o notas; distinción entre materias formativas y complementarias; agrupamiento flexible de alumnos. Un nuevo planteamiento de criterios, nuevos estilos de enseñanza, modos organizativos y métodos didácticos facilitan a los alumnos llegar al nivel de desarrollo que sus capacidades y aptitudes le permiten: individualización del aprendizaje; enseñanza programada; escuela no graduada; pedagogía no directiva son algunas de las estrategias de las Ciencias de la Educación.
Resumo:
Resumen basado en el de la publicación
Resumo:
Resumen basado en el de la publicaci??n.