La promoción o progreso continuo del alumno.


Autoria(s): Pulpillo Ruiz, Ambrosio Jacinto
Data(s)

17/05/2013

17/05/2013

1972

18/09/2007

Resumo

El articulo 9 de la Ley General de Educación dispone, entres otras cuestiones, facilitar la continuidad del proceso educativo a lo largo de la vida del hombre. En el planteamiento de la enseñanza vertical, para poder promocionar, los alumnos han de superar todos los objetivos, o repetir curso o materia. Para corregir esto están orientadas las enseñanzas complementarias de recuperación que hace mención el artículo 19.3 de la Ley General de Educación. Dentro de estos intentos de solución, se destacan la compensación de puntuaciones o notas; distinción entre materias formativas y complementarias; agrupamiento flexible de alumnos. Un nuevo planteamiento de criterios, nuevos estilos de enseñanza, modos organizativos y métodos didácticos facilitan a los alumnos llegar al nivel de desarrollo que sus capacidades y aptitudes le permiten: individualización del aprendizaje; enseñanza programada; escuela no graduada; pedagogía no directiva son algunas de las estrategias de las Ciencias de la Educación.

Identificador

0506-872X

http://hdl.handle.net/11162/78618

EC R-458

Idioma(s)

spa

Relação

Vida escolar. Madrid, 1972, n. 138 ; p. 37-41

Direitos

Cuando no se especifique otra condición, los documentos incorporados a Redined a texto completo, se hallan bajo las condiciones de uso de sólo lectura y únicamente podrán ser citados con reconocimiento del autor(es). Para cualquier otro uso, deberá solicitarse el permiso del autor (es)

Palavras-Chave #proceso de aprendizaje #progreso escolar #promoción #educación permanente #sistema educativo #proceso de datos
Tipo

Artículo de revista