La promoción o progreso continuo del alumno.
Data(s) |
17/05/2013
17/05/2013
1972
18/09/2007
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Resumo |
El articulo 9 de la Ley General de Educación dispone, entres otras cuestiones, facilitar la continuidad del proceso educativo a lo largo de la vida del hombre. En el planteamiento de la enseñanza vertical, para poder promocionar, los alumnos han de superar todos los objetivos, o repetir curso o materia. Para corregir esto están orientadas las enseñanzas complementarias de recuperación que hace mención el artículo 19.3 de la Ley General de Educación. Dentro de estos intentos de solución, se destacan la compensación de puntuaciones o notas; distinción entre materias formativas y complementarias; agrupamiento flexible de alumnos. Un nuevo planteamiento de criterios, nuevos estilos de enseñanza, modos organizativos y métodos didácticos facilitan a los alumnos llegar al nivel de desarrollo que sus capacidades y aptitudes le permiten: individualización del aprendizaje; enseñanza programada; escuela no graduada; pedagogía no directiva son algunas de las estrategias de las Ciencias de la Educación. |
Identificador |
0506-872X http://hdl.handle.net/11162/78618 EC R-458 |
Idioma(s) |
spa |
Relação |
Vida escolar. Madrid, 1972, n. 138 ; p. 37-41 |
Direitos |
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Palavras-Chave | #proceso de aprendizaje #progreso escolar #promoción #educación permanente #sistema educativo #proceso de datos |
Tipo |
Artículo de revista |