89 resultados para Censura eclesiástica
Resumo:
Se señalan las ventajas e inconvenientes de las dos orientaciones principales de la Ortografía: regulista o usualista. La pimera orientación parte de las reglas ortográficas como base de la estrategia del aprendizaje. La segunda censura el uso de las reglas como metodología didáctica para el aprendizaje.
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Se comentan las relaciones de Cervantes con la censura y el poder pol??tico de la ??poca.
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Se pretende aproximar el cine al centro educativo como recurso de modo que el profesorado pueda mostrar un nuevo contenido al alumnado, enfocado desde una perspectiva cr??tica y de opini??n. Para ello se parte de una introducci??n en la que se estudia el origen y evoluci??n del cine, en la que se analizan las distintas etapas por las que ha pasado para, a continuaci??n, realizar una observaci??n del cine como espect??culo de masas, educaci??n y censura. Seguidamente se analiza el lenguaje del cine y las posibilidades que ofrece para su aplicaci??n en el aula dando una serie de orientaciones metodol??gicas para la utilizaci??n del cine en la Educaci??n Secundaria Obligatoria. Finalmente se presentan unas propuestas de actividades relacionadas con esta materia para ser llevada a la pr??ctica en aulas de ense??anza secundaria.
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Resumen basado en el de la publicación
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Resumen tomado del autor
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Detalles de la organización de la enseñanza primaria a comienzos del siglo XIX, en la que todos los libros de enseñanza debían pasar una censura previa por Real Cédula de 3 de marzo de 1805 y la de 12 de julio de 1830, y caracterizándose por una mayor predilección por los libros franceses de enseñanza que por los españoles. Como personaje representativo en la educación española de esta época se cita a José Herbella de Puga, que propugna una enseñanza general antes de empezar con las especializadas, y a ello dedica su vida preparando grandes obras de referencia, algunas de las cuales no llegaron a publicarse por su excesivo tamaño. Durante el reinado de Fernando VII se intenta avivar la educación popular y se crea una Sección de Ministros encargada de preparar trabajos para la formación de un plan de escuelas de enseñanza general para todo el reino, redactado por el canónigo don Judas José Romo, un plan complejo cuyo objetivo era uniformar la enseñanza de la lectura, escritura, ortografía y doctrina cristiana, en el que la enseñanza sería impartida por eclesiásticos, pero este plan no tuvo fácil aceptación al pasar por la censura y después de varios juicios, se declaró que el informe fiscal de dicho plan excedía con mucho el presupuesto. Así el canónigo hubo de esperar al período constitucional con la libertad de imprenta para poder imprimirlo. Este plan ejecutivo demuestra el interés de la Iglesia española por la instrucción y la educación de los fieles.
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Se enumeran distintas noticias sobre profesores y libros de texto para el estudio y traducción del francés durante la época que va desde finales del siglo XVIII a la época moderna, cuando la lengua francesa se declaró obligatoria en la enseñanza española. Estas noticias han sido extraídas de los expedientes sobre autorización para la enseñanza de la lengua francesa conservados en el Archivo de la Sala de Alcaldes de Casa y Corte. Se tratan de escuelas y profesores privados, que están sujetos a ciertas censuras por parte de los organismos oficiales correspondientes, entre los que cabe mencionar a D. Juan Bautista Burete y su mujer Doña Ana Boves, D. Juan Pedro Tellier, D. Juan Bautista Tievant o Gaspar Lebrun. También fueron objeto de censura los libros de texto utilizado para esta enseñanza, como el Diccionario del abate Gattel o la Gramática francesa de Constantino Letellier.
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Análisis de la crisis católica durante el siglo XVI, de la escisión del protestantismo y de sus tres principales ramas: el luteranismo, el calvinismo y el anglicanismo, describiendo sus principales preceptos, tanto en el ámbito ético, como en la práctica de costumbres, que son totalmente antagónicas a las de los católicos. Ante este cisma, que echa por tierra el principio de autoridad de la Iglesia Católica, se convoca en 1545 un concilio ecuménico para fijar el dogma, la moral y la disciplina católica. Fue un concilio complicado, compuesto de un total de veinticinco sesiones, dividido en tres períodos, presidido por tres papas diferentes: Pablo III, Julio III y Pío IV, al que se conoce como el Concilio de Trento. Las decisiones allí tomadas pueden dividirse en dogmáticas y disciplinares. Las primeras establecen cómo ha de interpretarse las Sagradas Escrituras con arreglo a las enseñanzas de la Iglesia, definen el dogma de la transubstanciación, los siete sacramentos, establece un rito eucarístico unificado conocido como Misa Tridentina, el culto de las reliquias y la existencia del purgatorio. En lo que respecta la disciplina, se regula la jerarquía eclesiástica, desde las atribuciones del Papa hasta el último eslabón de la cadena eclesiástica, las normas para la elección de los obispos, las obligaciones de los sacerdotes, la instrucción y formación del clero, la vida monástica, la clausura de los conventos de monjas, el celibato del clero y la indisolubilidad del matrimonio.
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Se trata el tema de la organización de la enseñanza en España comentando varias afirmaciones extendidas sobre la educación española, como la función del Estado respecto de la educación nacional, la necesidad de acción social ante la imposibilidad de implantar un sistema cultural exclusivamente público, las normas básicas y reguladoras de los centros oficiales, la forma de expedir los títulos y diplomas acreditativos, toda la enseñanza debe estar bajo un único mando nacional exceptuando la formación militar y eclesiástica, la necesidad del Estado de disponer de un mecanismo político-técnico bien planteado para llevar a cabo todo el sistema educativo, la legislación de la educación nacional basada en normas básicas y cautelas mínimas y la situación de la Iglesia ante estas cuestiones.
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Se expone la necesidad de una literatura más sencilla, más sana y más española, que pueda ponerse en manos de todos los lectores, para lo cual, se pone de manifiesto la necesidad de matizar la censura y robustecer la crítica. Como medio para fomentar esta literatura de urgencia se propone la creación de más concursos literarios que favorezcan la sencillez, la naturalidad, la higiene moral, la simpatía, la emoción humana y el buen gusto de la literatura.
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Breve exposición de los fundamentos de la historia de las ideas políticas en el siglo XVI, referidas exclusivamente a las doctrinas y hechos de España, cuyo más destacado representante es el Padre Pedro de Ribadeneira, autor del Tratado de la Religión y Virtudes que debe tener el Príncipe Christiano para gobernar y conservar sus Estados contra lo que Nicolás Machiavelo y los Políticos deste tiempo enseñan, donde se insiste en la necesidad de someter la jurisdicción civil a la eclesiástica, contrariamente a lo que Maquiavelo propugna en El Príncipe.
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Declaraciones del Ministro de Educación Nacional, D. Ibáñez Martín, sobre el estudio de la religión en las universidades que deberá desarrollarse durante los cuatro primeros cursos de cada Facultad conforme a la doctrina católica y a las orientaciones y disciplina de la jerarquía eclesiástica. Los profesores podrán ser sacerdotes seculares o religiosos, propuestos por el ordinario de la Diócesis donde esté enclavada la Universidad.
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Se pone de manifiesto la dificultad objetiva del fenómeno de la ilustración hispana. Se aborda la problemática de la introducción de obras extranjeras de educación en España. El Consejo de Castilla con su censura gubernativa y el Tribunal de la Inquisición con sus índices y catálogos, forman una barrera a partir de la Revolución Francesa que impide la introducción en España de obras extranjeras en esta época. Se aborda también la censura sobre los textos de las Universidades, tanto al imprimirlos como al adquirirlos. La Ilustración hispana se caracteriza por ser elitista y minoritaria, y se expone que no niega la penetración y difusión del libro extranjero en España, sino que simplemente reafirma la clase social que lee.
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Se intenta exponer el estado de la cuestión en cuanto a las relaciones entre Ilustración y alfabetización durante la segunda mitad del siglo XVIII. La actuación de los poderes públicos y eclesiásticos en favor de la alfabetización y escolarización produce acciones valiosas pero aisladas y desiguales, sin bases financieras y sin un propósito global. Las estructuras feudales y estamentales del Antiguo Régimen no permiten ir más allá, sobre todo, en un país en el que la alfabetización no es considerada instrumento de control y proselitismo masivo, por existir otros medios más eficaces y menos peligrosos para el orden establecido. La influencia de tales acciones llegó al medio urbano y más a los hombres que a las mujeres. Para el campo, las provincias y localidades aisladas del tráfico comercial y el sexo femenino en general, no existe ni Ilustración ni Luces. Aunque también influye la censura y controles restrictivos sobre la producción impresa después de la revolución francesa. Todo ello, tiene grandes consecuencias sobre la alfabetización y la escolarización en la utopía ilustrada de España.
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Se examina la descentralización del sistema educativo en Noruega en relación con sus consecuencias para la evaluación de los conocimientos. En la primera parte, se analiza la evaluación educativa como ejercicio de poder. Se contrastan dos concepciones de lo que se define como evaluación: los alumnos individuales frente a los conocimientos comunes. Se esboza una concepción de la evaluación como creación de conocimientos y censura de significados. En la segunda parte, se examina el papel de la evaluación en un sistema educativo de poder descentralizado. Se plantea la cuestión de si la descentralización del poder administrativo implica una descentralización del poder para determinar la calidad, el valor y la validez de los conocimientos transmitidos por el sistema educativo. La tendencia hacia la descentralización está relacionada con la moderna crisis de legitimidad y con la cuestión de los conocimientos objetivos frente a los conocimientos relativos.