410 resultados para Patrimonio artístico-Aspectos educativos


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El edificio de la Universidad de Cervera de Lérida quedaría declarado monumento histórico-artístico con el Decreto de 7 de noviembre de 1947, cuya tutela pasaría a manos del Estado y sería ejercida por el Ministerio de Educación Nacional. El edificio era de estilo barroco de 'importación francesa' con 'un matiz hispánico', principalmente en la parte escultórica. La capilla la decoró Jaime Padró, artista de Manresa entre 1780-1787, el retablo era de mármoles de alabastro de diversos tonos y altamente decorativo. Por estos y otros motivos se consideró merecedor del nombramiento que se le concedió.

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Se hace una breve descripción de las pinturas y, vistos los informes favorables de diversos organismos, a propuesta del Ministerio de Educación Nacional se declara Monumento Histórico-Artístico los resguardos con pinturas rupestres del Barranco de Gasulla, que estarán bajo tutela del Estado.

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Monográfico con el título: 'El centro escolar y sus entornos'

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Resumen basado en el de la publicación

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Incluye un anexo con la descripción de las actividades realizadas y las fichas teóricas de las reproducciones artísticas utilizadas. Resumen basado en el de la publicación

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Monográfico con el título: 'Adaptación y accesibilidad de las tecnologías para el aprendizaje'. Resumen basado en el de la publicación

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Transcripción del Decreto de julio de 1943 a través del cual se declaraba Monumento histórico artístico la Iglesia de Santa María la Mayor de Trujillo, Cáceres, de la que se calculaba empezó a construirse en torno a 1252, por registrar su estilo arquitectónico una transición del románico al gótico, de la que destacaba especialmente la Torre Juliana, muestra de arte románico y en cuyo interior contaba con vestigios arquitectónicos posteriores, datados en torno al siglo XV y tumbas de las familias más importantes de Trujillo.

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Por el presente Decreto, se declaraba monumento histórico artístico la Iglesia parroquial de Santa Tecla, en Cervera de la Cañada, Zaragoza, de estilos mudéjar y gótico y cuya tutela recaería en el Ministerio de Educación Nacional.

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Transcripción del Decreto de julio de 1943 mediante el que se declaraba Monumento histórico artístico a la Iglesia del Crucifijo de Puente la Reina en Navarra, de estilo románico, cuya datación se estimaba en el siglo XV y cuya tutela pasaba a ser ejercida por el Ministerio de Educación Nacional.

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Transcripción del Decreto de julio de 1943 a través del cual se declara jardín artístico al palmeral de las inmediaciones de Elche, en Alicante. Por sus características tan singulares, se considera un espacio único digno de protección y reserva, por lo que se decide que su tutela pase a manos del Ministerio de Educación Nacional y al amparo de la Ley del Tesoro Artístico.

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Son los jardines del Generalife los únicos que ofrecían una idea de cómo eran las residencias veraniegas de los reyes granadinos, cuyas características únicas, necesitaban de protección y cuidado continuo bajo la tutela del Ministerio de Educación Nacional, es por esto que se promulga el Decreto que en este artículo se transcribe.

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Por el presente Decreto de 1943, se declaraba Monumento histórico-artístico la Iglesia del Monasterio de las Religiosas Benedictinas de San Plácido, de Madrid. El valor artístico de la iglesia reside en sus pinturas y esculturas tan bien conservadas, por su excelente conservación desde el siglo XVII, por las formas policromadas de los retablos de Claudio Coello, las pinturas murales de Ricci y las estaturas gigantes de Pereyra. Todo ello la hacen meritoria de la protección y tutela estatal.

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Por el presente Decreto de septiembre de 1943, se declaraba monumento histórico-artístico el Arco de Santa María de Burgos por sus características que unían el arte ojival del siglo XIV con el plateresco, por su escalera y por los restos moriscos que decoraban la parte antigua del edificio y en general, por la grandiosidad que ofrecía el conjunto en la ciudad de Burgos.

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Las características del jardín anejo al Palacio del Rey Moro le hicieron ganarse la protección del Ministerio de Educación Nacional, por sus características, que le hacían único en su especie. De configuración irregular, pintoresca, colgado al borde del Guadelevín, por su decoración, su pensil de carácter mudéjar, de jardín escalonado, aprovechando desniveles del terreno, y por la policromía de sus azulejos y mármoles, entre otros tantos detalles, le hacían constituirse como un jardín único en su género y el Decreto que se reproduce, así lo testifica.