86 resultados para TRADUÇÕES JURÍDICAS


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Investigación histórica donde se analiza el papel jugado en el desarrollo de los estudios de derecho por parte de las Academias jurídicas existentes en la Universidad de Oviedo durante el reinado de Carlos III. La ejecución del Plan de Estudios de 1774 supuso la incorporación a la Universidad de las tres Academias privadas que entonces existían en Oviedo. En esta investigación, a partir de la documentación manuscrita conservada se abordan tres aspectos. En primer lugar, la denominación de la Academia, pues en el Plan de Estudios de 1774 se identifica como 'Academia de Leyes y Cánones', en las actas universitarias elevadas a la Diputación del Principado, figura como 'Academia de Ambos Derechos' y en el dilatado proceso de reglamentación de la misma en el recurso elevado al Consejo de Castilla se describe como: 'Las dos academias de Cánones y Leyes de la Universidad de Oviedo'. En segundo lugar se repasa, el régimen legal que, conforme a dicho Plan de Estudios de 1774, establece minuciosamente la organización interna de esas Academias y sus actividades, así como la creación de otras dos Academias de carácter voluntario, una de las cuáles se vincula directamente con la formación en la práctica procesal y en los conocimientos del Derecho público. Por último, se analiza el conflicto surgido a raíz de una modificación en 1782 del reglamento vigente a partir del proceso de selección de su presidente o gimnasiarca, que originó un recurso al Consejo de Castilla, implicando más tarde a la Diputación del Principado, conflicto que no produjo resultados traumáticos.

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Este proyecto didáctico tiene como marco global la Educación Ambiental dentro de un enfoque interdisciplinar y utilizando como referente la cultura canaria. Participan 10 profesores pertenecientes a tres Centros de bachillerato y tres de formación profesional, en la isla de Tenerife. Objetivos: -Elaborar materiales didácticos con diferentes soportes tecnológicos para su difusión entre el profesorado y aplicación en el aula. -A través del estudio de la problemática del agua en Tenerife, investigar activamente los distintos elementos del complejo cultural con escasa o nula valoración social y/ o en peligro de desaparición. -Introducir en el aula el respeto por el patrimonio natural, asumiendo las responsabilidades que supone su conservación y mejora. -Despertar la curiosidad por descubrir y percibir con sentido crítico la importancia y utilidad del agua, su condición de recurso escaso... -Valoración y recuperación de elementos etnográficos relacionados con la cultura del agua. -Analizar las implicaciones económicas, sociales y político jurídicas de la problemática del agua. -Trascender y hacer partícipes a la familia y a la sociedad en general de las actividades que se realicen dentro y fuera del aula. -Potenciar la colaboración de los distintos seminarios que tengan inerés en el tratamiento interdisciplinar y conjunto del estudio del agua en Tenerife. La experiencia del trabajo desarrollado durante el curso se dividió en distintas fases: Fase I. Hipótesis de trabajo iniciales. Fase II. Recogida de datos. Fase III. Trabajo de campo. Fase IV. Elaboración de materiales. Fase V. Puesta en práctica. Material elaborado: Itinerario Pico del Inglés-Charca Tahodio, cuaderno de guía del alumno y diapositivas. Diario de sesiones del grupo. Dossier de prensa sobre el agua. Exposición fotográfica. Colección de mapas de Tenerife. Entrevistas y texto actuales sobre la problemática del agua. Recopilación de datos actuales de diversas instituciones y empresas. Visitas a instituciones y empresas. En todo este trabajo se ha intentado valorar no sólo la conexión existente entre lo previsto y lo ejecutado, sino el grado de acierto y eficacia conseguidos con los recursos y estrategias utilizados. Apoyados en una serie de recursos que permitían corregir y revisar lo actuado hasta el momento: Cuaderno de notas de campo, diario de sesiones y autoevaluación de las fases. Valoración muy positiva teniendo en cuenta la importancia de los materiales curriculares elaborados en un sólo curso y a la vez experimentados/evaluados en el aula.

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El autor plantea y argumenta la necesidad de relacionar lo jurídico y lo educativo para deshacer algunos estereotipos comunes que imposibilitan la visualización de los aspectos y posibilidades educativas de la norma jurídica y los progresos en el trabajo interdisciplinar.

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Crédito variable de Ciencias Sociales para Educación Secundaria Obligatoria. El objetivo es dar una visión general de lo que es el mundo del Derecho y de la Justicia, concentrado en nuestro ordenamiento jurídico. No se profundiza en ninguna técnica jurídica, ni en las ramas de Derecho existentes. Lo principal es dar una visión general de la existencia de técnicas específicas y de las diferentes ramas del Derecho. El crédito se reparte en cinco unidades didácticas: 1) El Derecho en el Estado moderno y en el Estado español. 2) Derecho civil. 3) Derecho penal. 4) Derecho mercantil y fiscal. 5) Derecho laboral. En cada unidad se ofrece información para el profesor y ejercicios para el alumnado.

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En este artículo se compilan cuatro artículos que escribió Unamuno para el Boletín de la Institución Libre de Enseñanza: 'Acerca de algunas costumbres económico-jurídicas infantiles', que reflexiona sobre la posibilidad de rastrear la filogenia (evolución de la especie) en la ontogenia (el desarrollo del individuo) e intenta detectar en algunas 'supervivencias' que aparecen en juegos infantiles trazos de una organización jurídica y económica primitiva. El segundo artículo 'Sobre la enseñanza del clasicismo', refleja las ideas pedagógicas respecto a la enseñanza de las lenguas clásicas en la universidad. El tercero, 'Comentario', escribe en memoria de Francisco Giner fundador de La ILE. Y por último 'Boyscouts y footballistas', trata de la educación física, el juego y ciertas formas ritualizadas de patriotismo.

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La llegada de los juristas al ámbito de la psicopedagogía tiene en España una vía regia en el campo krausoinstitucionista. El pedagogismo que caracterizó los objetivos de grupo y la pertenencia al entorno del derecho de algunos de sus más significativos representantes favorecieron las aportaciones teóricas y prácticas de los juristas españoles al discurso psicopedagógico, encauzándose casi siempre sus intereses en el curso amplio de la cuestión social, que adquiría nuevas perspectivas en todos los frentes ideológicos de la intelectualidad española conforme se iba desarrollando la intuición comtiana de la física social. En su contra, el discurso balmesiano, crítico con krausistas y neokantianos, situaba la cuestión social en un marco sociopolítico que había de inspirar en buena medida las estrategias del catolicismo social hasta el período de entresiglos.

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Resumen basado en la publicación

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Próximamente se publicarán las ponencias de las 'Jornadas sobre Derecho e Informática'

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El objetivo del trabajo es diseñar un plan que organice, sistematice y promueva la formación permanente de los coordinadores de actividades académicas de las escuelas de educación secundaria, en el contexto de una región particular de México, el estado de Jalisco. Establece las bases teóricas tratando con amplitud los siguientes temas: los cambios en el nivel de secundaria (ES) y las bases jurídicas de la formación permanente en México; el coordinador de actividades académicas de ES como sujeto de formación; la situación actual de dichos coordinadores y su perfil ideal; la educación permanente y la formación permanente; etapas, paradigmas y estrategias en la formación del profesorado; y la formación permanente del profesorado de ES. Partiendo de este análisis, elabora la propuesta, delimitando las estrategias con que se cuenta para hacerla funcionar, la forma en que se llevará a cabo la evaluación y la previsión de las posibles dificultades a las que habrá que enfrentarse.

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El objetivo general es realizar una aproximación a la realidad jurídica española en la que se encuentra el joven delincuente para analizarla e intentar aportar posibles soluciones desde el campo de la psicopedagogía. La hipótesis de trabajo es que el derecho penal de menores en España resulta desfasado y pobre en contenidos dadas las características de la época, por lo que se hace necesaria una renovación, para lo que se recurrirá tanto a perspectivas jurídicas como sociales, psicológicas y pedagógicas. En el cuerpo del trabajo se pueden distinguir dos partes: en la primera de ellas (corresponde a los dos primeros capítulos) se intenta dar una visión general del fenómeno 'delincuencia juvenil' y sus causas. En el capítulo primero se aclaran conceptos: a qué se llama delincuencia juvenil, qué conceptos se incluyen dentro de esta terminología, enfoques aportados por diferentes ciencias,..., en el segundo capítulo, se analizan las posibles causas de este fenómeno social, dando una visión de conjunto, al margen de las escuelas o autores determinados. En la segunda parte (capítulos 3-5) se profundiza en aspectos jurídicos relacionados con el tema, sus diferencias y las aportaciones de la psicología, añadiendo a esto un tipo determinado de alternativa reeducativa, basada en los principios del condicionamiento operante. Concretamente el capítulo tercero analiza la legislación de la época y su puesta en práctica a través de Tribunales Tutelares de Menores, plasmando las críticas y alternativas de autores relacionado con el derecho y la educación. Los dos últimos capítulos (4 y 5) pueden considerarse como alternativas psicológicas y pedagógicas en orden a establecer un marco jurídico renovado, si se tiene en cuenta lo que puede recoger el derecho juvenil de estas dos disciplinas, en cuanto a la comprensión y ayuda que debe prestarse al joven delincuente en orden a su reinserción social. La metodología utilizada es reeducativa, basada en la modificación de la conducta, por su novedad, buenos resultados y posibilidad de evaluar de manera rápida y continuada los progresos del individuo. Las conclusiones son: 1. Un derecho anacrónico, creado en 1948, y, que al margen de pequeñas modificaciones no ha sufrido ningún cambio sustancial, es el encargado de 'acoger' al muchacho que por determinadas circunstancias (miseria, afán consumista, situación familiar desestructurada,...) cae en las redes del delito. A partir de aquí, los acontecimientos se desencadenan vertiginosamente, fomentando un círculo vicioso de consecuencias generalmente funestas. 2. La legislación española resulta incompetente en cuanto que no contempla cuestiones tan importantes como el análisis socio-psicológico profundo del joven delincuente, y sin embargo establece una mayoría de edad penal a los 16 años, no tiene presentes los avances psicológicos que realizan la personalidad delincuente, crea o mantiene macroinstituciones donde las carencias del individuo se acentuan y su aprendizaje delictivo crece en progresión geométrica, pasa por alto las técnicas reeducativas más modernas y su implantación paulatina en el marco español.

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Realizar un análisis comparativo de los proyectos educativos de Condorcet y Quintana. Explica las cuestiones más significativas de la Ilustración, para conocer la situación educativa francesa en el siglo XVIII, estudia el desarrollo y las características generales de la Revolución francesa para establecer una relación con la educación que defiende Condorcet, después realiza un encuadre histórico-cultural de Manuel José Quintana, en el cual, analiza la decadencia del antiguo régimen, las aportaciones educativas de otros autores de la época y examina el proyecto educativo de Quintana denominado Informe de la Junta. Y finalmente establece una comparación entre los planes de estudio de Condorcet y Quintana. 1) Quintana, en su proyecto Informe de la Junta, defiende el alcance de la enseñanza a todos los ciudadanos, y con ello no sólo se refiere a la adquisición de nuevos conocimientos, sino también a facilitar y garantizar la conservación de los ya obtenidos. Asimismo, Condorcet, en su proyecto Rapport, afirma que la enseñanza debe ser posible para todos. 2) Respecto a la educación de la mujer, Condorcet defiende la total igualdad de ambos sexos y por lo mismo pretende que exista igual instrucción. Mientras que Quintana opina que lo que debe recibir una mujer, pensando en su futuro limitado a esposa y madre, es una buena educación privada o doméstica. 3) Según Quintana, el Estado tiene la obligación de no negar a nadie su derecho a la instrucción, puesto que es lo que se exige a todos para admitirlos en el ejercicio de los derechos del ciudadano. El Estado costeará solamente los estudios de las primeras letras, el pago se haría a través de los diversos municipios, y en caso de ser insuficiente, la diputación añadiría lo que faltase. Esta idea ya estaba presente en el proyecto de Condorcet, proponiéndose una enseñanza gratuita para los niveles de primaria y profesional. Dicha subvención se haría por las aportaciones del horario público. 4) Quintana defiende que es preciso que cada uno tenga el arbitrio de buscar los conocimientos en donde, como y con quien le sea más fácil y agradable su adquisición. Con ello se abre un nuevo camino para crear centros privados, que suplan las deficencias de la escuela pública. Condorcet tampoco establece el monopolio estatal, al contrario, reconoce y defiende la existencia de centros docentes particulares. Las motivaciones que llevan a ambos a aceptar la escuela privada son diferentes. De un lado, Quintana pretende suplir deficiencias que con una única vía no se conseguirían, de otro, Condorcet ve la enseñanza privada como un estímulo para la estatal, debido a la competitividad que de otro modo no se podría establecer. 5) Respecto a la obligatoriedad, en el plan de Quintana, se exige a todos los ciudadanos la enseñanza de las primeras letras, mientras que Condorcet, influenciado por las ideas revolucionarias francesas, no se atreve a imponerla obligatoria, para no atentar así contra la total libertad de los ciudadanos. A pesar de ofrecer buenas ideas, tanto Condorcet como Quintana, sus proyectos no se pusieron en práctica. El proyecto Rapport de Condorcet no se llevó a cabo, debido a que al día siguiente de su presentación estalló la guerra en Francia, el proyecto Informe de la Junta de Quintana, tampoco a causa de la inestabilidad y de los avatares políticos españoles durante los siglos XVIII y XIX. Sin embargo, ambos proyectos han sido en gran manera válidos, no sólo como estímulo y orientación de ulteriores planes educativos franceses y españoles respectivamente, sino que pueden considerarse bandera de principios político-educacionales cuya proyección llega hasta nuestros días, en el caso concreto español, el Informe presentado por Quintana traza las directrices por donde caminarían durante medio siglo las elaboraciones jurídicas posteriores.