174 resultados para Ley de concursos y quiebras


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Poner a prueba la hipótesis central, que es que la contrareforma de la formación profesional que tuvo lugar con la LGE (Ley General de Educación del año 1970) se puede volver a reproducir con la LOGSE (Ley de Ordenación General del Sistema Educativo del año 1990). Los flujos educativos se analizan a partir de los datos de matrícula del Departament d'Ensenyament para toda Catalunya, desde el curso 1989-90 hasta el curso 2000-01 y a partir de los datos de tres Institutos de Enseñanza Secundaria que habían sido Institutos de FP con la LGE (vaciado de expedientes de la matrícula 1990-91 y encuesta al alumnado matriculado el curso 2001-02). Para contrastar esta hipótesis se han analizado los flujos educativos con la LGE y con la LOGSE. La óptica metodológica sale de la combinación de los paradigmas cuantitativo y cualitativo y de la combinación de las perspectivas micro y macrosociológicas. Se han utilizado técnicas cualitativas, como entrevistas y grupos de discusión con profesorado y alumnado de estos tres centros. Por lo que se refiere a la constitución del itinerario profesional, los resultados apuntan a una presión considerable de la conexión del CFGM al CFGS por parte del alumnado, no así por parte del profesorado, y una presión muy fuerte para diversificar itinerarios en la ESO, sobre todo del alumnado con un buen rendimiento académico. En este sentido, el acceso a la formación profesional vendrá probablemente de los itinerarios de 'preciclos' o bien de la anticipación o de la sanción del fracaso en la vía académica. Esto hace que el número de alumnos en los CFGM con el bachillerato suspendido sea importante (entre un 25 y un 30 por ciento) y que el numero de alumnos que optan por un CFGS porque no obtienen la nota de corte suficiente para estudiar la carrera universitaria que quieren o porque ni se plantean ir a la universidad sea también muy elevado (prácticamente la mitad de los alumnos de bachillerato de los centros estudiados). En este contexto, la acción de la administración refuerza la contrareforma: sancionando los itinerarios dentro de la enseñanza obligatoria (Ley de Calidad) y estableciendo cursos puente entre los ciclos formativos de grado medio y los ciclos formativos de grado superior (decretos del Departament d'Ensenyament de la Generalitat de Catalunya). Este curso, de corte experimental, tiene muchas probabilidades de generalizarse ya que la demanda social es muy grande, como de hecho ya pasó con la ordenación de la FP de los años 70, cuando se permitió conectar la FP1 con la FP2. La conclusión principal es que no se puede hablar de dos vías en el sistema educativo sino de tres: una primera vía de desescolarización (entre una cuarta y una tercera parte de cada generación), una vía de profesionalización (con dos subitinerarios, de escolarización corta o larga) y una vía académica (más propedéutica hacia la universidad o con una posibilidad de conexión con la vía profesional larga). El cambio de sistema no ha hecho variar sustancialmente estas vías, aunque ha modificado las formas. Por ejemplo, con la LGE la FP1 tenía un abandono muy fuerte, sobre todo de los alumnos que no habían obtenido el graduado escolar. Con la LOGSE, la FP queda vetada a los que no obtienen el graduado en secundaria. Esto lleva a una gran paradoja de la FP: no hacerla segregadora significa hacerla más selectiva, y no hacerla tan selectiva le da una función de recuperación de cierto fracaso escolar, pero con el riesgo de ser la 'segunda zona'.

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resumen tomado de la revista

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Estudiar la acción de la Iglesia en la legislación educativa española de 1939 a 1953: comienzo de la guerra civil y firma del Concordato entre el Estado español y la Santa Sede. Concretamente, estudiar la influencia de la Iglesia en la reforma de la enseñanza media de 1938 y 1953. La investigación se divide en tres partes: la primera coincide en el tiempo con los últimos años de la actividad del cardenal Gomá hasta su muerte en 1940. Como temas de mayor interés destacan los aspectos más sobresalientes de la participación de Gomá en asuntos relacionados con la enseñanza, mediante los informes que envía a la Santa Sede, su entrevista con Franco y la relación que mantuvo con la Comisión de Cultura y Enseñanza. Se profundiza también en las dificultades y enfrentamientos de la Iglesia con la Falange para evitar cualquier intento de monopolio estatal, sobre todo, el de la enseñanza. La segunda parte comprende el período más largo que abarca desde finales de 1938 hasta el verano de 1951. Se han investigado las actuaciones falangistas en contra de la ley de 1938 y de los colegios privados, y la respuesta de las órdenes religiosas que se dedicaban a la enseñanza. En la tercera parte, se ha desarrollado con amplitud el período que se extiende desde julio de 1951, cuando Ruiz-Giménez se hace cargo del Ministerio de Educación y decide emprender la reforma de la Ley de 1938, hasta la publicación de la nueva ley de enseñanza media en febrero de 1953. Desde los primeros años de la guerra el cardenal Gomá denunció las pretensiones de Falange para conseguir la centralización del aparato educativo. La política educativa de Sainz Rodríguez supuso un freno importante a los intentos falangistas por apartar a la Iglesia del control del sistema de enseñanza. La Ley de Enseñanza Media de 1938 fue acogida con enorme satisfacción por la Iglesia. Aunque la Ley de 1938 no fue derogada hasta 1953, enseguida surgieron los primeros intentos de reforma. La Falange cuestionó siempre el control educativo de la Iglesia. El Ministerio de Educación Nacional inició reformas con el fin de corregir algunos defectos. Incluso en 1947 tenía ya preparado un Proyecto de Ley de Enseñanza Media que el ministro tuvo que archivar debido a la fuerte oposición de los religiosos. Los defensores de la enseñanza privada siempre creyeron que con la nueva Ley de Enseñanza Media de 1953 reaparecería el viejo concepto liberal napoleónico de que sólo el Estado era el que tenía el derecho y el deber de enseñar. La Conferencia de Metropolitanos desempeñó un papel fundamental en la tramitación del Proyecto de Ley de Enseñanza Media de 1953, pues a raíz de los incidentes originados por la declaración de 8 de diciembre sustituyó a la Comisión Episcopal de Enseñanza, que, durante algún tiempo, no volvió a contar con la confianza del Gobierno. La Ley de 1953 fracasó en su intento por acercar posiciones entre los defensores de la enseñanza privada y aquellos que pedían un mayor control estatal de la enseñanza media. Importó defender más el derecho de la Iglesia a enseñar su doctrina en los centros del Estado, que preocuparse por cómo se impartía su enseñanza, o las condiciones académicas e intelectuales de quienes lo hacían. A pesar de las fuertes tensiones y conflictos entre la Iglesia y el Estado durante los primeros años de franquismo, la jerarquía y el Gobierno estaban condenados a entenderse.

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Presenta un análisis y sugiere varias ideas sobre los itinerarios que establecen las Bases de la Ley de Calidad de la Educación. En un primer apartado plantea que, para conseguir una educación de calidad que asegure una real igualdad de oportunidades a todos los alumnos ante el hecho educativo, antes debe definirse la razón de la diversidad y de la falta de estímulos del alumnado. Habiendo analizado este aspecto, se centra en los itinerarios que propone la Ley de Calidad y responde a las siguientes cuestiones: ¿son solución al problema general de la educación actual en la ESO? Y en caso de serlo ¿es segregadora esta propuesta y, por tanto, injusta? En caso de no serlo ¿su actual formulación es la más adecuada? ¿Hay otras alternativas?¿Aportan alguna novedad las propuestas alternativas? Finaliza con una propuesta para solucionar el problema de la baja calidad de los estudios de ESO.

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Presenta un análisis de distintos aspectos que recoge la Ley de Calidad y que, teóricamente, vienen a mejorar el malestar entre el profesorado. Éstos son: el respeto a la dignidad de los profesores, las medidas de apoyo al profesorado, los incentivos económicos para estimular la tarea del profesorado, la educación compensatoria, los Programas de Iniciación Profesional o la prueba general de bachillerato.

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La aprobación parlamentaria del proyecto de la Ley de Cualificaciones y Formación Profesional, ha dotado al sistema de Formación Profesional de una herramienta nueva para su gestión. Se comenta brevemente la estructura de esta herramienta, las posibilidades que abre y su oportunidad, al tiempo que su posible evolución.

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Se describe en qué consisten las cualificaciones profesionales y cómo se evalúan y acreditan. En primer lugar se analiza la perspectiva europea del sistema de cualificación profesional y se describe el concepto 'cualificación profesional' -un conjunto de competencias con significación en una profesión que se puede lograr por la formación o la experiencia laboral y acreditar a través de su correspondiente reconocimiento, evaluación y certificación-. Después se centra en como define las cualificaciones la Ley de Cualificaciones y la de Formación Profesional. Finalmente se analiza la acreditación y evaluación de la competencia profesional y se presentan las distintas fases y recursos para llevar a cabo estas acciones.

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Resumen tomado de la publicaci??n

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Estudia las relaciones entre la sociedad y la educación en La Rioja Republicana no solo registrando y describiendo los aspectos políticos e institucionales de la educación sino profundizando en la política educativa como línea dominante de la historia general y educativa de este tiempo. Papel que desarrolla la provincia de La Rioja en la estructura pedagógico-educativa, social y cultural de la Segunda República. Referido el marco histórico social, aparecen dos grandes temas de la república en La Rioja: el primero supone un gran cambio político que produce un cambio en el sistema educativo. El segundo esta referido a la influencia de la escuela en los cambios sociopolíticos del momento. Surge así un gran debate pedagógico en La Rioja. Este conlleva una importante reforma del sistema educativo. Bibliografía general. Archivos públicos y privados de La Rioja. Análisis del nuevo estilo de administración educativa que comporta el proceso de republicanización. Examen de las principales repercusiones en La Rioja para buscar un claro avance en orden a conseguir una profunda renovación pedagógica. Escuela unificada, laica y activa. Fuerte renovación pedagógica: Logroño pionero en la creación del museo pedagógico provincial. Gran esfuerzo económico de los gobernantes por mejorar la escuela. Especial preocupación en La Rioja por la mejora de la primera enseñanza. definición de la ley de congregaciones y confesiones religiosas. Tres vertientes importantes en La Rioja para la reforma del magisterio: fusión de la normales existentes, cursillos de selección y numerosa cantidad de actividades para la formación de maestros en ejercicio. Creación de escuela de adultos y de centros culturales: Ateneo riojano, Círculo Logroñes, Asociaciones de maestros, etc.. La Rioja contribuye de manera activa en el modelo reformista republicano aunque existen notables diferencias con el resto del territorio: formación del maestro en ejercicio, política de extensión cultural y ensayos de renovación pedagógica. Se desarrolla un ciclo innovador, tal vez de los más decisivos y amplios de nuestra historia contemporanea. Fecha de finalización tomada del código del documento.

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Selección variada de propuestas para animar fiestas en cualquier grupo, pero especialmente en colonias, campamentos y colegios. Se estructura en cuatro partes, la primera presenta obras de teatro pensadas para veladas, alternando con otros números de música o texto. La segunda parte explica qué es una sobremesa, los elementos de que consta y cómo organizarla. La tercera parte ofrece materiales para sobremesas: juegos, concursos y acertijos. La cuarta y última parte son sugerencias para animar y organizar fiestas, veladas y sobremesas.

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Los vídeos fueron emitidos en el año 1992 por Telemadrid en los espacios dedicados a los 'Servicios Públicos'. -- 'Ponte en su piel : racismo y xenofobia' tiene una duración de 34' 18'' y 'La otra cara del SIDA' tiene una duración de 52' 17''

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Precede al tít. de la cub.:'FOL'

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La enseñanza será el eje de la política del primer bienio republicano y seguirá rigurosamente los altibajos de la vida del país. No existió programa, pero su ausencia no quiere decir que los hombres de la república no tuvieran ideas concretas sobre la reforma de la enseñanza que anhelasen practicar. Su idea principal se hallaba diluida en el pasado reciente y de manera más directa, en el pasado liberal. De ahí que el respeto al pasado fuera el primer requisito y después reforma educativa con dos decisiones: presencia activa del socialismo histórico con un esquema docente definido en sus congresos y aportación técnica de la Institución Libre de Enseñanza, que desde 1876 pugnaba por reactivar el cuerpo de la enseñanza española. Pero la reforma de la enseñanza inviable si no se realizaba, precisamente, una reforma política con la adopción de sistemas democráticos. Sustituir el esquema docente, dotarlo de nueva organización imbuirle de un nuevo espíritu y finalmente, encajarle en la realidad económica y ocupacional del país que se estaba forjando, no era tarea fácil. Se pretendía sentar las bases de una verdadera educación popular y el Ministerio montó un programa basado en la escuela única que afectaría a todos los niveles de la enseñanza (desde primaria hasta el universitario). Escuela gratuita y obligatoria para primaria y becas para el resto. Para hacer todos estos principios efectivos era preciso elevarlos de rango a través de una constitución y así, se hace con la de 1932 donde se deja claro que la enseñanza es laica. Tras la creación de edificios faltaba el principal problema, renovar la figura del maestro, a través de cursos de formación con un nuevo plan y el económico, al incrementarse su sueldo. Pero había que ampliar el ámbito de la escuela a toda España y así, nacieron las Misiones Pedagógicas bajo la tutela de Cossío. Los obstáculos fueron patentes desde el principio. Al disolverse la Compañía de Jesús, la extensa red de instituciones culturales que mantenían pasaron a manos del Estado y exigió un programa de inversiones para su puesta a punto, pero en 1933, Ley de Confesiones y Congregaciones Religiosas por la que se las impedía ejercer la enseñanza. Finalmente, crisis y el proceso de implantación de la escuela se ve truncado por uno de sus pilares fundamentales: el sentido laico que se quería dar a la educación española. Todo se iba a paralizar y este bienio iba a ser sustituido por la bandera de la revisión. Una vez más, la educación dejaba las puertas abiertas a la esperanza.

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Ley de 1953 y la 72 del Reglamento de 1955, cuyos artículos dicen que podrá recurrirse ante el Consejo de Ministros cuando contra las resoluciones ministeriales de clasificación de centros autorizados, denegatorias de la petición de reconocimiento, de revocación de centros autorizados o reconocidos o de sanción que lleven consigo la clausura del centro. Quedan fuera las decisiones del Consejo de ministros cuando éste, reconozca por Decreto lo solicitado por el particular interesado, la inexistencia de órgano superior en la vía gubernativa impida continuar la tramitación y cuando el Consejo de Ministros rechace la propuesta favorable hecha por el Ministerio. Es un recurso sin justificación al ser jerárquico y poder interponerse cuando la decisión emane de autoridad por encima de la cual exista otra superior y ser las decisiones ministeriales las que ponen fin a la vía gubernamental. Tiene tres requisitos: posibilidad que entraña petición re revocación resolutoria; idoneidad, que supone la existencia de resolución ministerial contra la inferior que se recurre que viene de la inferior y ; causa, que se identifica con la existencia de un recurso administrativo lesionado El interesado puede recurrir ante el Consejo de Ministros en un plazo concreto, ante la Subsecretaria de la Presidencia del Gobierno como Ministerio coordinador y único. El tiempo es de quince días a partir de la fecha de notificación de la orden recurrida, por duplicado y por escrito. Existen dos clases de efectos: interposición del recurso que no interrumpe los efectos derivados de la decisión recurrida, ni el Centro podrá funcionar como tal y de la resolución del mismo por Consejo de Ministros. Finalmente señalar que agotada la vía gubernativa, la única posible es la contencioso-administrativa con la interposición del recurso pertinente.

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Se dan a conocer los resultados de una experiencia que desarrolla el Electromagnetismo partiendo de la segunda ley de Ampère relativa a la acción entre corrientes: ley fundamental, acción mutua entre dos corrientes, acción de una inducción sobre una corriente, acción de una inducción sobre una carga en movimiento, inducción creada por un elemento de corriente, ley de Biot y Savart, inducción creada por una corriente rectilínea indefinida, inducción en el centro de una espira circular e inducción creada por una carga en movimiento.