265 resultados para 6399 Otras especialidades sociológicas (Especificar)
Resumo:
Resumen del autor. Resumen en castellano e inglés. Este artículo se incluye en el monográfico 'Educación y Deporte'
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Se comentan algunos aspectos de los estudios de Química en Galicia para que sirvan de orientación a los estudiantes de COU. Los estudios de la licenciatura se dividen en 2 ciclos. Se han de realizar un total de 300 créditos, entre materias troncales, que son comunes a todas las universidades, y materias obligatorias, propias de cada universidad. Además, de las asignaturas optativas vinculadas y no vinculadas a una especialidad, y las de libre elección. El segundo ciclo, con 120 créditos, se divide el alumno puede especializarse en: Química Estructural, Química de materiales, Química del Medio Ambiente, Química de los compuestos Bioactivos o bien elegir asignaturas de todas las especialidades. Por último, tendrá que realizar un proyecto que tendrá un valor de 18 créditos. Después, se realiza una descripción del panorama profesional en la industria, enseñanza, investigación y otras salidas profesionales.
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Número extraordinario 2006, con el título: PISA. Programa para la Evaluación Internacional de Alumnos. Resumen basado en el de la publicación
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Resumen basado en el de la publicación. Monográfico con el título 'Violencia de género y relaciones de poder: implicaciones para la educación'
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Resumen tomado del autor. Monográfico con el título: De inmigrantes a minorías: temas y problemas de la multiculturalidad. Texto completo sólo disponible en el CD anexo o en la versión en línea
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Breve exposición de tres aspectos a tener en cuenta en la reforma universitaria española de la posguerra: el ingreso en la universidad, la enseñanza universitaria de la mujer y el régimen autonómico en la formación de planes de estudio. Sobre el primer punto se propone un examen de la propia universidad para admitir a los alumnos que considere, ante la ineficacia del examen de reválida para este efecto. En cuanto a enseñanza universitaria de la mujer, se plantea la limitación de la formación de las jóvenes españolas únicamente a ciertas especialidades propiamente femeninas, para evitar su masculinización, formación que debería llevarse a cabo fuera del ámbito universitario, en Institutos Femeninos de Enseñanza Superior expresamente creados para ellas. Respecto a los planes de estudio, se formula la conveniencia de que en todas las facultades existieran un grupo de asignaturas obligatorias y otro de libre elección, entre las que se podrían incluir disciplinas relacionadas con las de otras facultades, incluso impartirse en esas otras facultades.
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En los museos se necesita personal especializado para potenciar su desarrollo y difusión. Con este fin se creó la Escuela del Prado, para preparar tanto a directores de instituciones artísticas como para formar personal especialmente preparado para las funciones de regencia en los museos artísticos. La función más importante es la de ser intérpretes entre el artista y el público, para que exista un diálogo cultural, pero aún falta preparación y orientación en este aspecto, sobre todo por la incompetencia de la crítica de arte periodística y por la incomprensiva oquedad de la crítica de arte historicista. Pretende dar con este escrito unas nociones de cómo debería ser la crítica del arte, para lo que establece tres posibilidades de crítica de arte, una determinaciones geográficas o sociológicas, otras arquitectónicas y otra de los significados, y una vez vistas las variedades de significados pasa a revisar la crítica de Van Dyck, su elegancia como categoría estética, y termina con una revisión del caso del Greco.
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Repaso del sistema de la Enseñanza media y la Enseñanza profesional y técnica, hasta la Ley de 16 de julio de 1949, por la que se instaura la Enseñanza laboral, desde el punto de vista educativo, legislativo y sociológico. Se analizan las insuficiencias de la enseñanza media hasta la primera mitad del siglo XX, desde el punto de vista de las necesidades totales de un país, no sólo en España, sino también en el caso de Inglaterra y Francia. En general, los cambios en las clases sociales, sobre todo en las medias y bajas, y en el nivel económico de la población, exigen cambios educativos y de formación de los trabajadores. Con la nueva Ley de Enseñanza laboral se pretende extender la enseñanza media y profesional a la clase media, cuyas consecuencias económico-sociales serían muy beneficiosas para la sociedad española.
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Se realiza un análisis del término 'democratización' para aclarar las condiciones que debe satisfacer el sistema de enseñanza con el fin de contribuir a un proceso de transformación democrática. De este modo, una verdadera democratización del sistema de enseñanza supone a su vez una democratización del sistema político. Se hace referencia a las desigualdades de clases ante la cultura, por lo que el sistema de enseñanza no puede servir de instrumento de democratización, ya que de este modo procedería a perpetuar los privilegios culturales. Se considera que el sistema escolar es un factor de democratización y de movilidad social, sin embargo, se demuestra, por el contrario, que es uno de los factores más eficaces de conservación social, ya que, proporciona la apariencia de una legitimación a las desigualdades sociales, y ratifica con su peso la herencia cultural.
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Esta denominación aparece formalmente con la ley de 1938 y queda condenada a desaparecer en el Libro Blanco, elaborado treinta años después, aunque es ahora cuando está realmente llegando a su término al introducirse el nuevo bachillerato, instituido por la Ley General de Educación de 1970. A lo largo de este periodo, 1935-45 principio y años setenta fin mismo, se produce un proceso muy amplio de transformación social, económica y política en el cual la reforma educativa ocupa un papel preponderante Primera ley de 1938, conviene señalar que era sólo el comienzo de una reforma que pretendía abarcar todos los grados y especialidades de la enseñanza; y que la enseñanza media aparecía como un género del cual el bachillerato universitario sólo constituía una especie. La ley se limitaba a reforma este bachillerato, basándose en la primacía de lo espiritual, tradición y modernidad, elitismo mitigado y formación de la personalidad como principios filosóficos; separación de las funciones docente y examinadora, libertad de enseñanza (más bien en el sentido de libertad de empresa docente), supresión de la enseñanza libre, aproximación del grado de bachiller a la universidad, examen de Estado al término de los estudios, etcétera, como principios jurídicos; cultura clásica y humanística como instrumento formativo con firme base religiosa y patriótica como principios pedagógicos. Los efectos de la ley de 1938 fueron la recuperación y expansión de la enseñanza privada o no estatal, gran impulso y desarrollo de la formación clásica e indiferenciación de los colegios de la Iglesia respecto de los privados. Se suprimía la enseñanza libre. Duró quince años. Se acabó desgastando. En 1950 una nueva enseñanza para una sociedad nueva, ya que España había cambiado y deseo de un nivel de vida distinto, menos diferenciado. Convicción de que más años de estudio proporcionarían más medios de situarse en la vida; extensión de hecho, aunque todavía insuficiente de la posibilidad de seguir estudiando en los niveles no gratuitos con becas y otras ayudas del Estado; esa concienciación demandaba más educación y en 1953 Ley de Ordenación de la Enseñanza Media; las dos primeras finalidades que se le asignaban era el perfeccionamiento técnico de la enseñanza y el servicio a los valores de España. Esta ley frente a la de 1938 no articula un plan de estudios, sino que admite y da entrada a la pluralidad de planes, sobre una base común de división en dos grados: elemental y superior; el primero de cuatro años y el segundo, de dos cursos a los que se añadía un curso pre-universitario, posterior a la obtención del título de bachiller superior; y sobre una base también de materias comunes y optativas, destacando dos ramas en el grado superior: ciencias y letras; el acceso a los estudios superiores a través de unas pruebas de madurez. Efectos, difusión creciente hasta la masificación del grado de bachiller elemental. La última etapa, (1953-1958) supone una democratización y unificación en cuanto a su ruptura definitiva de su carácter minoritario y unificación de los estudios de ese ciclo. En adelante, ese primer ciclo (bachillerato elemental) constaría de cuatro curso (ley de 1953) y sería único para todos los alumno, lo que implicaba la desaparición del bachillerato laboral. Para terminar si comparamos ambas leyes: la de 1938 rompe con la etapa anterior en lo ideológico y en lo jurídico, pero desarrolla y consuma las tendencias pedagógicas anteriores y, la de 1953 se mantiene en la línea ideológica y jurídica de la ley de 1938, a la que intenta perfeccionar, rompiendo con ella en los fines y estructura de la enseñanza y abre las puertas a una organización flexible de los planes de estudios, a una participación , mínima de padres en la gestión de la enseñanza media.
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Esta denominación aparece formalmente con la ley de 1938 y queda condenada a desaparecer en el Libro Blanco, elaborado treinta años después, aunque es ahora cuando está realmente llegando a su término al introducirse el nuevo bachillerato, instituido por la Ley General de Educación de 1970. A lo largo de este periodo, 1935-45 principio y años setenta fin mismo, se produce un proceso muy amplio de transformación social, económica y política en el cual la reforma educativa ocupa un papel preponderante Primera ley de 1938, conviene señalar que era sólo el comienzo de una reforma que pretendía abarcar todos los grados y especialidades de la enseñanza; y que la enseñanza media aparecía como un género del cual el bachillerato universitario sólo constituía una especie. La ley se limitaba a reforma este bachillerato, basándose en la primacía de lo espiritual, tradición y modernidad, elitismo mitigado y formación de la personalidad como principios filosóficos; separación de las funciones docente y examinadora, libertad de enseñanza (más bien en el sentido de libertad de empresa docente), supresión de la enseñanza libre, aproximación del grado de bachiller a la universidad, examen de Estado al término de los estudios, etcétera, como principios jurídicos; cultura clásica y humanística como instrumento formativo con firme base religiosa y patriótica como principios pedagógicos. Los efectos de la ley de 1938 fueron la recuperación y expansión de la enseñanza privada o no estatal, gran impulso y desarrollo de la formación clásica e indiferenciación de los colegios de la Iglesia respecto de los privados. Se suprimía la enseñanza libre. Duró quince años. Se acabó desgastando. En 1950 una nueva enseñanza para una sociedad nueva, ya que España había cambiado y deseo de un nivel de vida distinto, menos diferenciado. Convicción de que más años de estudio proporcionarían más medios de situarse en la vida; extensión de hecho, aunque todavía insuficiente de la posibilidad de seguir estudiando en los niveles no gratuitos con becas y otras ayudas del Estado; esa concienciación demandaba más educación y en 1953 Ley de Ordenación de la Enseñanza Media; las dos primeras finalidades que se le asignaban era el perfeccionamiento técnico de la enseñanza y el servicio a los valores de España. Esta ley frente a la de 1938 no articula un plan de estudios, sino que admite y da entrada a la pluralidad de planes, sobre una base común de división en dos grados: elemental y superior; el primero de cuatro años y el segundo, de dos cursos a los que se añadía un curso pre-universitario, posterior a la obtención del título de bachiller superior; y sobre una base también de materias comunes y optativas, destacando dos ramas en el grado superior: ciencias y letras; el acceso a los estudios superiores a través de unas pruebas de madurez. Efectos, difusión creciente hasta la masificación del grado de bachiller elemental. La última etapa, (1953-1958) supone una democratización y unificación en cuanto a su ruptura definitiva de su carácter minoritario y unificación de los estudios de ese ciclo. En adelante, ese primer ciclo (bachillerato elemental) constaría de cuatro curso (ley de 1953) y sería único para todos los alumno, lo que implicaba la desaparición del bachillerato laboral. Para terminar si comparamos ambas leyes: la de 1938 rompe con la etapa anterior en lo ideológico y en lo jurídico, pero desarrolla y consuma las tendencias pedagógicas anteriores y, la de 1953 se mantiene en la línea ideológica y jurídica de la ley de 1938, a la que intenta perfeccionar, rompiendo con ella en los fines y estructura de la enseñanza y abre las puertas a una organización flexible de los planes de estudios, a una participación , mínima de padres en la gestión de la enseñanza media.
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Contiene una reproducción de dos documentos originales de Juan Ramón Jiménez
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Se estudia la problemática de la existencia de varias lenguas oficiales en España. Esto se denomina Cooficialidad educativa, y se sustenta en el artículo tercero de la Constitución Española de 1978 y en el desarrollo de los Estatutos de Autonomía. El bilingüismo de algunas zonas es un hecho histórico. Lo nuevo, es el reconocimiento de tal hecho cultural y, por consiguiente, el problema de enfocarlo y resolverlo de acuerdo con loa principios de nuestra ley Suprema. De esta forma se profundiza sobre los principios que regulan el idioma castellano o español en la Constitución. El primer párrafo del artículo tercero de la Constitución de 1978 afirma: el castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla. Tras el español, llega el turno a las autonomías políticas y las áreas lingüísticas. El párrafo segundo del artículo tercero de la Constitución de 1978 declara: Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas comunidades autónomas de acuerdo con sus Estatutos. Por último se hace mención a los problemas de la norma y la difusión. Las lenguas vernáculas habladas en las Comunidades Autónomas presentan problemas de diversa entidad en cuanto a la fijación de sus respectivas normas de corrección idiomática. Como elemento final se reflexiona sobre la cooficialidad lingüística y la política educativa. Se trata de uno de los aspectos más conflictivos. Por ello se fijan las bases fundamentales desde las que es posible abordar con seriedad una política educativa que, respetando el marco jurídico establecido por la Constitución y los Estatutos, pretenda formar a los españoles para el ejercicio de la libertad en la solidaridad.
Resumo:
Resumen tomado de la publicaci??n
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Seminario de enseñanza científica y técnica en el que se abordan la organización de los estudios de Ciencias Químicas y las diferentes especializaciones a las que se puede acceder.