77 resultados para Derecho de tanteo y de retracto


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Incluye selección bibliográfica (p. 267-272) de obras sobre la enseñanza del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, realizada por los profesores de la Universidad de Huelva Emilia Castellano Burguillos y Roberto Fernández Villarino. - Notas a pie de página

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El Área de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Facultad de Derecho de la Universidad de Valladolid ha realizado, con la colaboración de seis de sus profesores durante el bienio 2001-2002, el proyecto que se describe con el objetivo de acercar a los alumnos mediante Internet los recursos didácticos indispensables para el seguimiento de las clases presenciales, entre los que destacan las prácticas de la asignatura, y facilitando un sistema de consultas a través de tutorías on line. Los objetivos perseguidos se han centrado en mejorar la búsqueda de materiales indispensables en el aprendizaje del Derecho del Trabajo, permitiendo acceder en tiempo real a la legislación estatal, europea e internacional; jurisprudencia interna y de la Unión Europea; instituciones parlamentarias, administraciones, consejos económicos y sociales, sindicatos y organizaciones empresariales, institutos de derecho, otras universidades, etcétera; documentos y revistas de relevancia jurídico laboral, y también resolviendo las dudas de los alumnos con igual rapidez. El proyecto ha sido desarrollado en equipo contando con la colaboración de un web master y la experiencia está abierta al futuro ya que la creación de la web no se agota en sí sino que necesita de una permanente actualización de contenidos, en especial el Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. De la evaluación inicial que se ha realizado se observa un importante número de visitas, la utilización de las tutorías on line y un mayor y mejor manejo de los recursos puestos a disposición de los alumnos, así como un desarrollo de sus habilidades en la resolución de los supuestos prácticos. El material elaborado es la página web que puede ser consultada en la dirección URL: http://www.der.uva.es/trabajo/ y los materiales utilizados para su implantación: el servidor que ofrece la UVA y otros medios propios de la Universidad y del Área de conocimiento.

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Según la Declaración aprobada por la Asamblea General de la ONU en 1959, el tercero de los derechos del niño, es el derecho, irrenunciable e imprescriptible, al nombre, entendido éste como apellidos. Y se definen los cinco estados de filiación en los que se pueden encontrar los niños en España. En cuanto al derecho a la nacionalidad, es decir, el derecho de todo individuo a pertenecer a una comunidad determinada, se refleja en el artículo 15 de la Declaración de los Derechos del Hombre; contemplando, también otras situaciones como la de los refugiados y los apátridas.

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Monográfico con el título: 'Abandono temprano de la educación y la formación : cifras y políticas'. Resumen basado en el de la publicación

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Este art??culo forma parte de una secci??n de la revista dedicada a investigaci??n y opini??n

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Título anterior de la publicación : Boletín de la Comisión Española de la UNESCO

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Resumen basado en el de la publicaci??n.

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Resumen tomado de la publicación

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En el Área de Derecho Constitucional de la Universidad Rovira i Virgili (URV) se lleva a cabo una experiencia compleja de simulación en el marco de la disciplina centrada en el núcleo del sistema constitucional en una democracia representativa, esto es, el Parlamento. La experiencia que se presenta se articula al entorno de dos momentos, por una parte, una asignatura extracurricular ofrecida a los estudiantes de la URV llamada Práctica parlamentaria; por otra, la organización, junto con los Servicios Educativos del Parlament de Catalunya, de una simulación parlamentaria para el conjunto de Cataluña, el Parlament Universitari.

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Resumen tomado de la publicación

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Presentar unas bases teóricas que puedan orientar propuestas de educación en derechos humanos comprometidas con el desarrollo personal pleno. En el primer capítulo se hace una aproximación al fundamento de los derechos humanos. También se ocupa del contenido y evolución de los principales documentos de derechos humanos en la historia, así como del actual sistema internacional de protección de estos derechos. El derecho a la educación, además de la educación en derechos humanos, incluye otros componentes que se estudian en el segundo capítulo. El capítulo tercero se centra en la educación en derechos humanos. La educación en derechos humanos es un medio para afirmar la dignidad humana, contribuir al desarrollo personal pleno, fomentar el respeto a los derechos humanos, estimular la participación social y favorecer el respeto a uno mismo y a los demás. En el capítulo cuarto se trata de descubrir cuales son las líneas de pensamiento y actuación de las Naciones Unidas con respecto a la educación en derechos humanos. 1.- El derecho a la educación es un derecho humano que como tal necesita apoyarse en una fundamentación sólida para promover su defensa y respeto incondicional con independencia de la variabilidad de las circunstancias. 2.- Los derechos humanos requieren implicación personal activa en su ejercicio, ligando así el derecho con el deber. 3.- En el sistema internacional, los derechos humanos se incluyen en diferentes generaciones de derechos. Primera generación descansan sobre el principio de libertad. Segunda generación se apoyan en el valor de la igualdad. Tercera generación se asientan en la solidaridad. 4.- El derecho a la educación es recogido en los textos internacionales de derechos humanos como un derecho económico, social y cultural. 5.- El contenido del derecho a la educación viene definido por su dimensión social, su dimensión de libertad y su vertiente colectiva. 6.- La educación en derechos humanos también es la base del derecho a la educación, así como de los demás derechos humanos, ya que con esta educación se hace posible el respeto, promoción y realización de los derechos humanos en la sociedad. 7.- El ejercicio de los derechos humanos en libertad es un modo de participación social de los ciudadanos. 8.- La educación en los derechos humanos posee tres componentes: cognitivo, actitudinal y procedimental. 9.- Con la educación en derechos humanos se trata de conseguir que las personas se comprometan con su humanización como medio para que la convivencia social se rija por los valores de los derechos humanos.

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Educación y derecho son compañeros de viaje, pero ¿a cuál de los dos corresponde señalar su término su camino y el modo de recorrerlo? Si dirigimos una mirada al mundo jurídico podemos encontrar casos en que el papel del derecho ha sido reducido y otras, se ha sobrevalorado y ha encerrado a la educación entre unas normas rígidas que acabarían por atrofiarla. Es verdad que la educación tiene un fin propio, que el derecho no debe señalarle; pero a este corresponde establecer las vías y los modos de una gran parte se su cometido. Cuando la sociedad está en orden, el entendimiento debe ser prefecto; el derecho respetará el fin de la educación y todas las aspiraciones de ésta para conseguirlo con más perfección y más rapidez, aquélla por su parte se acogerá gustosa a los cauces del derecho, porque ambos parten de la misma moral y, es a ésta, a quien le compete cuanto se relaciona con el fin último del hombre, al que deben tender tanto la educación como la regulación jurídica. Así, el papel de la educación consiste en brindar y defender sus fines supremos e intermedios; el del derecho garantizar los derechos naturales de la educación, pero no sólo del derecho a la educación, sino también del derecho de educar y de las condiciones de su ejercicio, anticipándose a la realidad social siempre que sea posible.