5 resultados para Cerralbo, Enrique de Aguilera y Gamboa, Marqués de, 1845-1922 viajes Navarra 1891
em Universidad de Alicante
Resumo:
La tesis doctoral tiene como objetivo la edición, traducción y estudio de la obra de viajes autobiográfica Nişāb al-ajbār wa-taḏkirat al-ajyār del converso al islam Abd Allāh Ibn al-Şabbāḥ, peregrino asceta que recorrió el mundo árabe musulmán en el s.XV, en base al manuscrito unicum en árabe depositado en la Bibliotèque Nationale de Túnez. En primer lugar se hace una edición diplomática del unicum, con abundantes apreciaciones y correcciones en notas a pie de página de la riḥla (relato de viajes). En segundo lugar, se aporta una traducción al español y, por último, se incluye un estudio en el que se pone de manifiesto el origen setabense del autor, se fija una cronología para el autor y obra, se estudian las peculiaridades lingüísticas del unicum así como las fases en la composición de la obra y se estudian las ilustraciones de la Meca, Medina, Hebrón y Jerusalén que están reflejadas en el manuscrito
Resumo:
En este trabajo analizaremos la traducción de los nombres propios en una obra de Jules Verne. La novela elegida se titula Veinte mil leguas de viaje submarino y pertenece a la colección Los viajes extraordinarios. Dadas las características de este autor, muy descriptivo, encontramos un gran número de nombres propios y nos preguntábamos, en primer lugar si son varios los traductores que han traducida esta obra y, en segundo lugar, si todos habían optado por las mismas traducciones en cuanto a los nombre propios. Contestadas estas dos preguntas, teníamos a nuestra disposición cuatro traducciones distintas de este libro. Su publicación no dista mucho en el tiempo, pero, ¿lo hace la traducción? Para averiguarlo hemos intentado contactar con las editoriales, pero como veremos no siempre ha sido posible. Por último quedaba analizar las traducciones que esos cuatro ejemplares habían proporcionado de los nombres propios buscados y ver las diferencias entre ellas.
Resumo:
Los viajes combinados han ocupado tradicionalmente un lugar destacado dentro de la amplia gama de servicios ofrecidos por los operadores turísticos. Por ello, el Consejo de la Unión Europea adoptó en 1990 la Directiva 90/314/CEE, de 13 de junio, relativa a los viajes combinados, las vacaciones combinadas y los circuitos combinados, con el fin de eliminar, o cuanto menos mitigar, la especial situación de indefensión en que se encontraba aquél que los contrataba. Desde la aprobación de esta Directiva han pasado casi veinticinco años y ante el surgimiento de problemas derivados de la aparición de nuevos modelos de negocio y formas de contratación de los servicios turísticos que ni siquiera se plantearon en aquel momento, se ha hecho necesaria la revisión de una normativa a todas luces obsoleta e incapaz de proteger adecuadamente a los usuarios de estos servicios. Así, el 9 de julio de 2013 la Comisión Europea aprobó la Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a los viajes combinados y los servicios asistidos de viaje, por la que se modifican el Reglamento (CE) nº 2006/2004 y la Directiva 2011/83/UE y por la que se deroga la Directiva 90/314/CEE. El objetivo de este trabajo se centra en analizar las modificaciones propuestas por la C C omisión respecto al ámbito de aplicación de la Directiva 90/314/CEE y su posible repercusión en las legislaciones internas, sobre todo teniendo en cuenta el enfoque de armonización máxima que se pretende dar al nuevo texto.