7 resultados para Concilios y sinodos-Valladolid, España (Provincia)
Resumo:
Este artículo analiza la televisión en relación con la lengua de signos en España durante los años 2010-2012. Para ello se ha partido de los datos publicados sobre la presencia de la lengua de signos en la televisión estatal desde que la Ley General de la Comunicación Audiovisual impuso a los operadores las obligaciones de emisión, en 2010. La mayoría de los canales ha incorporado la lengua de signos siguiendo las directrices de la legislación nacional e internacional. ¿Cuáles son las motivaciones que han inspirado estos desarrollos legislativos y cuáles son las estrategias de las empresas de televisión que las implantan? Se trata de favorecer la accesibilidad a la televisión a las personas sordas que utilizan la lengua de signos. Pero también alrededor de esta lengua se articula la identidad cultural de la comunidad sorda. El objetivo del estudio ha sido evaluar en qué medida la televisión en lengua de signos constituye una expresión cultural de la comunidad sorda. Este análisis pone de manifiesto que mayoritariamente la incorporación de la lengua de signos que hacen los canales se ha planteado como práctica que favorece la accesibilidad alejándose de la perspectiva sociocultural.
Resumo:
En este artículo se muestran algunos resultados principales de una investigación centrada en el análisis de los procesos cognitivos y metacognitivos implicados en la composición escrita por parte del alumnado sordo y oyente procedente de dos contextos escolares (España e Italia).
Resumo:
El Cermi recibió en 2011 el mandato de realizar el seguimiento de la aplicación de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en España. El documento que se reseña aquí corresponde al informe de 2012 y consta de cuatro partes. En la primera, se repasa la Convención artículo por artículo, señalándose las vulneraciones, buenas prácticas y resoluciones judiciales relativas a cada uno de ellos, así como propuestas de mejora. El segundo capítulo analiza estadísticamente las quejas recibidas por el Cermi y hace balance de la actuación de esta ONG en la defensa de los derechos de las personas con discapacidad. El tercer apartado del documento examina los informes presentados en torno a esta cuestión por la Oficina Permanente Especializada del Consejo Nacional de la Discapacidad, y los Defensores del Pueblo estatal y autonómicos. Finalmente, se recoge el informe de la Clínica Jurídica llevada a cabo por el Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas en torno al trato dispensado a un joven de nacionalidad marroquí con discapacidad sobrevenida.
Resumo:
Con la entrada en vigor de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (en adelante, CDPD), el CERMI asumió las funciones de organismo independiente para el seguimiento de la aplicación de la Convención en España1. En el marco de estas funciones se elabora el sexto Informe de Derechos Humanos de España, correspondiente al año 2013. El informe se configura principalmente como una herramienta de divulgación de las situaciones de discriminación que todavía sufren las mujeres y los hombres con discapacidad, con el objetivo de sensibilizar a los grupos de interés a través de la denuncia y reivindicación de los derechos que consagra la CDPD. Las fuentes de conocimiento son varias, principalmente: las consultas y denuncias recibidas en el propio CERMI como organismo independiente de seguimiento; las acciones emprendidas como consecuencia del trabajo propio de la Entidad; las personas y entidades colaboradoras, tanto del movimiento asociativo como pertenecientes a los distintos ámbitos jurídicos; y las noticias publicadas en prensa o difundidas en redes sociales que han originado una investigación por parte del CERMI.
Resumo:
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) presenta, un año más, su informe sobre discapacidad y derechos humanos, que analiza la aplicación en España de la Convención Internacional sobre los Derechos Humanos de este colectivo. Al igual que en ediciones anteriores, se ha tomado como fuente las consultas y denuncias de vulneración de derechos de personas con discapacidad recibidas ante el propio Cermi; las acciones emprendidas como consecuencia del trabajo propio de la entidad; las consultas y denuncias de personas y entidades colaboradoras, tanto del movimiento asociativo como pertenecientes a distintos ámbitos jurídicos; y las noticias publicadas en prensa o difundidas en redes sociales, así como la actividad de los diferentes operadores jurídicos.
El informe, correspondientea 2014, consta de cuatro partes. El capítulo central y el más extenso analiza la efectividad de los derechos de las personas con discapacidad, siguiendo el orden de los artículos de la Convención. El examen incorpora una síntesis del artículo, seguido de una descripción de la situación de las personas con discapacidad en ese ámbito; las vulneraciones o denuncias recibidas por el Cermi o por otros operadores jurídicos; los avances en el cumplimiento de los derechos, así como propuestas de mejora. El siguiente apartado del documento analiza los informes con consultas o quejas en torno a esta cuestión presentados por la Oficina de Atención a la Discapacidad (OADIS), y los Defensores del Pueblo estatal y autonómicos. Finalmente, se recogen dos observaciones del Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones relativas al igual reconocimiento como persona ante la ley, y a la accesibilidad.
Resumo:
La misión del CERMI es articular y vertebrar el movimiento social español de la discapacidad para alcanzar la plena ciudadanía en igualdad de derechos y oportunidades. Dentro de esta misión, y en calidad de organismo independiente para el seguimiento de la aplicación de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (en adelante Convención o CDPD), se incardina este VIII Informe 2015 que describe la situación de los derechos humanos de las personas con discapacidad en España.
La inclusión de las personas con discapacidad como ciudadanas y ciudadanos de pleno derecho en igualdad de oportunidades, tal y como consagra la Convención, es una labor que le corresponde a toda la sociedad. Por ello, la información que contiene el presente informe permite, a través de la denuncia y la reivindicación, que los operadores jurídicos en particular y la sociedad en general, tomen conciencia de estas realidades vulneradas, y que por tanto puedan conocer los ámbitos de actuación necesaria y de respeto obligado.
Resumo:
Se presenta el primer estudio del proceso de adaptación transcultural y comprobación de las propiedades psicométricas de la versión española de la Escala de Intensidad de Apoyos (SIS) de Thomson et al., publicada por la Asociación Americana de Retraso Mental (AAMR) en 2004. La SIS es un instrumento de planificación exclusivo y novedoso, diseñado para ayudar a los profesionales a determinar las necesidades de apoyo que las personas con discapacidad intelectual manifiestan en su vida cotidiana. Parte de la teoría de que toda persona es única y requiere su propio sistema de apoyos para prosperar. El estudio consta de dos partes: la primer, el proceso de adaptación transcultural; y la segunda, el análisis de las propiedades psicométricas de la versión española de la Escala con una muestra de adultos con discapacidad intelectual. Los análisis sugieren que es un instrumento fiable y válido en España. La publicación inminente de la Escala SIS en lengua española (Verdugo, Arias e Ibañez, 2007) permite confirmar en una amplia muestra, y con mayor rigor aún, los resultados aquí descritos.