17 resultados para common good

em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina


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Resumen: Los doctrinarios, a la hora de fundamentar la responsabilidad del Estado, han esgrimido diversas teorías. En el presente trabajo nos proponemos plantear otra mirada al respecto, postulando el bien común como fundamento de la responsabilidad del Estado. Para ello, conceptualizamos el bien común para repasar las distintas respuestas que se han dado en torno al interrogante de por qué el Estado responde. Ello, a fin de demostrar que todas esas respuestas, en definitiva, se cimientan en el bien común. Finalmente, ahondamos en doctrina ius-administrativista, iusfilósofica y de orden jurisprudencial para sustentar nuestra opinión.

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Resumen: La consideración de un determinado modelo matrimonial como socialmente valioso, aquel estable y constituido entre un varón y una mujer, se fundamenta en su incidencia en la consecución del bien común. Los datos empíricos demuestran los efectos beneficiosos que este modelo tiene en adultos casados y, especialmente, en los niños criados por sus padres biológicos unidos en matrimonio armonioso, además de su insustituible importancia como garante y promotor de la renovación demográfica. La ley desempeña un rol pedagógico y ejemplar preponderante en la preservación y fomento de esta concepción matrimonial socialmente preferible. El debilitamiento de este modelo matrimonial es atribuido a algunos factores que han incidido en su desestructuración, destacando la impronta de las ideologías de la desvinculación y de género. La necesidad de promover políticas públicas que tiendan a la recuperación del matrimonio estable entre un varón y una mujer resulta imperiosa para el logro del bien común y la consecuente plenitud integral de los miembros de la sociedad.

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Resumen: El autor sostiene que la búsqueda de nuevos modelos empresariales y de política económica nos invita a redescubrir la filosofía personalista de Maritain. En el núcleo de la obra Humanismo integral (1936) del filósofo francés aparece la idea de que el hombre es una persona "de naturaleza espiritual, dotada de libre albedrío, y por lo tanto autónoma en relación con el mundo". El artículo estudia la naturaleza del bien común temporal, que para Maritain se relaciona con la vida buena de la toda la comunidad –el bien común o bonum commune– tanto en el sentido material como moral. Este bonum commune no es el objetivo final del orden temporal, sino que está subordinado a lo que trasciende el bienestar temporal de la persona humana –la realización de la libertad y la perfección espiritual. En última instancia, el orden nunca se completa. El balance definitivo o telos nunca se obtiene ya que el hombre está siempre en camino.

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Abstract: The paper examines the relationship between Creating Capabilities and political liberalism. Originally founded on the basis of Aristotelian philosophy, the theory of ‘capabilities’ developed by Nussbaum turns to political liberalism in the mid 90’s. Throughout the article, the principles of both perspectives are depicted and contrasted, focusing on the capacity of affiliation, the concept of common good and the idea of freedom. Severine Deneulin argues that the current reality calls for the capabilities approach to be more rooted in a relational anthropology which the Aristotelian ethical tradition is more akin to. This line can be found in Nussbaum’s first approach to the theory of capabilities, where affiliation as an architectonic capability leads to the common good being the end of political action, and practical reason as an architectonic capability leads to reasoning ordered towards the achievement of the common good, to the detriment of individualism.

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Resumen: Desde la perspectiva de la teología moral filial, se ensaya en el artículo una respuesta concreta a algunos problemas sociales emergentes en América Latina, como son la violencia, la pobreza y el hábitat del hombre. La mirada filial, que para el análisis toma consistencia bíblica en algunos textos paulinos, permite considerar de una manera nueva dichos conflictos, relevando de modo más claro su dramaticidad y condición denigrante, pero pergeñando también el camino de una respuesta cristiana y humana. En efecto, cuando el desorden social puede ceñirse teológicamente y este núcleo se focaliza en la negativa del hombre a reconocer el lugar de Dios y, en consecuencia, el lugar del hombre, la respuesta adecuada y eficaz es promover políticamente el que cada uno ocupe el lugar propio como miembro vivo del Cuerpo de Cristo. En definitiva, y es tarea propia del bien común, el empeño social es procurar las condiciones para realizar, en la existencia social, la verdad filial y fraterna.

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Resumen: La autora centra su artículo en lo que considera la dimensión práctica del liderazgo empresarial propuesta por el documento pontificio: el actuar tendiendo a la virtud. Se destaca la importancia que el documento pontificio concede a las virtudes fundamentales en el desarrollo del bien común en el marco de la ética empresarial, que va más allá de un mero código de conducta. La vida virtuosa florece cuando el hombre descubre su verdadera vocación y la asume en cada una de sus acciones. El artículo expresa las cualidades de esa virtud, y las razones por las cuales la cultura empresarial debe tomar raíces en ella

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Resumen: ¿Cuál es el precio justo para la asistencia social? Este artículo muestra que la medición económica efectuada en mercados basados en el valor de los servicios prestados podría responder esta pregunta. La medición económica puede hacer lo mismo en distintos campos del trabajo social aplicando diferentes métodos, tales como ofertas públicas o negociaciones calificadas. Después de dar un breve panorama teórico, se presentan y analizan en detalle dos proyectos alemanes. El artículo muestra cómo la introducción de mecanismos de negociación en la asistencia social expresados en términos de resultados pueden traer efectos positivos para las finanzas públicas, así como también para el bien común.

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Resumen: El artículo analiza el principio de subsidiariedad en la dirección de personas y gestión intra-empresa en base a la aplicación propuesta en el documento pontificio La vocación del líder empresarial: una reflexión. En primer lugar, analiza a la empresa y al líder empresarial como agentes sociales que deben practicar una caridad inteligente que contribuya al bien común. Luego, se centra en el diseño organizacional, y en su sistema de incentivos y políticas corporativas y en el debate acerca de la posibilidad de atribuir o no responsabilidad moral a la empresa en tanto grupo humano organizado. La autora postula que si bien la organización actúa muchas veces como condicionante de la libertad de sus integrantes, es importante destacar que esto no debe ser determinante, y que un verdadero líder debe actuar regido por el principio de subsidiariedad

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Resumen: El autor enfatiza la calidad moral del mundo de los negocios; destacando la importancia del reconocimiento de la vocación cristiana del empresario que lo dignifica y le impone obligaciones. Luego explica las ideas que considera claves en el documento: la afirmación de que el líder de negocios tiene un llamado divino para administrar los recursos y que es además un agente de la justicia. A continuación, sostiene que el líder debe respetar la dignidad humana y el bien común, para lo cual debe seguir seis principios rectores. Finalmente, destaca la parte final del documento, “Examen de conciencia”, como el aporte más valioso, puesto que invita a los líderes empresariales a llevar a la práctica laboral su vocación cristiana

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Resumen: El autor plantea un recorrido por el pensamiento católico medieval sobre los bosques, los animales y el subsuelo. Da cuenta de cómo filósofos morales como San Antonino de Florencia, Francisco de Vitoria, Domingo de Soto y San Francisco de Asís, entre otros, contribuyeron grandemente al pensamiento económico. Luego, dedica un apartado al análisis sobre cómo la teoría del dominio y la propiedad privada se aplica a los bienes de la naturaleza. Además, el autor se refiere también a la cuestión relativa a la propiedad del subsuelo. Finalmente, destaca que en ninguno de los postulados de tales filósofos se contempla el daño a la naturaleza como tal, sino en relación al impacto sobre la persona humana y el bien común.

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Introducción: This article provides a historical interpretation of Catholic social economy (also called Social Catholicism) in an attempt to give a Christian form to capitalism. The aim of this writing is to reflect on the evolution of Catholic economic thought and to offer some foreseeable development in light of the experience that characterized the early stages of this movement. By Catholic social economy, the author does not mean the social doctrine of the church, but the whole set of scientific work of Catholic scholars, with their different orientations and acceptance by the official documents of the holy soil. Roman Catholicism is the only religion that has produced wide and continuous scientific research about political economy. This should not be considered an anomaly, because the positivistic attitude of modern economics tends to crowd out the classic unitary view of man and of a good life that characterizes Catholic anthropology. As a consequence, it can be considered an attempt to address scientific research in a way compatible to the Catholic view of the “social nature of man”, and not an attempt to resist or to contrast the role of science. The fundamental concepts of this stream of research have been the idea of natural law intended as a moral order (vs. the equilibrium of conflicting strategies), the social nature of man (vs. individualism and individual autonomy) and the role that charity and justice assume for individual behaviour inspired by the common good (vs. freedom and laissez faire)...

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Resumen: Este artículo se propone estudiar la vinculación entre matrimonio y bien común, a partir del debate en la Argentina de la ley 26.618 de legalización de las uniones homosexuales como matrimonio y de los lineamientos propuestos por Benedicto XVI en Caritas in Veritate. Se advierte una claudicación en la búsqueda del bien común que obedece a diferentes factores, sobre todo el relativismo cultural. Se propone una noción de bien común que respeta la dignidad de la persona y su dimensión social y se consideran las contribuciones del matrimonio al bien común. Se advierte cómo la ley 26.618 concede a las uniones de personas del mismo sexo beneficios propios del matrimonio entre varón y mujer sin que se cumplan las funciones sociales de esa institución. También se proponen algunas condiciones de la vida social que favorecen al matrimonio para que así contribuya al bien común, con especial referencia al ámbito de la legislación, las políticas públicas, los medios de comunicación, la empresa y el mundo del trabajo y la ciencia y la tecnología. Finalmente, se consideran los obstáculos que surgieron en el reciente debate legislativo por la aparición de un laicismo militante y la contribución de las religiones al bien común desde una sana laicidad en esta materia.

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Resumen: En este ensayo, el autor plantea el tema de las relaciones entre el Estado y las escuelas de la sociedad civil. En 1993 la Ley Federal de Educación estableció que las escuelas públicas y privadas aportan por igual al bien común de la sociedad. Sin embargo, en los últimos años, esta idea ha dado pie a la creación de un proyecto de re-estatización de la educación privada que Torrendell denuncia puesto que en caso de efectivizarse, cercenaría la participación de la sociedad civil en el ámbito educativo. Frente a esto, debe reconocerse el valioso papel de las escuelas privadas que enriquecen a la sociedad con su pluralismo democrático.

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Resumen: El artículo analiza el Capítulo Cuarto titulado “La ley natural y la ciudad”, del Documento de la Comisión Teológica Internacional sobre la ley natural y considera sus grandes temas centrales: el bien común, con particular atención a la naturaleza social de la persona humana, el principio de finalidad, la relación entre bien común y bien individual y el contenido del bien común político; la ley natural, con una referencia a la nueva escuela anglosajona del derecho natural; la cuestión de la moral y el derecho natural, considerando la noción de derecho, lo natural del derecho y los derechos humanos; las relaciones entre derecho natural y derecho positivo, con referencia a la prudencia jurídica y el orden político y el orden escatológico. Se analizan las grandes notas del capítulo, vinculadas con las enseñanzas del realismo jurídico clásico, se muestran otras lecturas para fundar la actualidad y riqueza del Documento y se formulan conexiones con autores de actualidad.

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Resumen: El common-law inglés tiene una herencia cristiana increíblemente rica. Los juristas ingleses más prestigiosos –incluyendo a Blackstone, Coke y Fortescue– frecuentemente partían desde la fe cristiana a la hora de iluminar y desarrollar lo que ahora son ya principios bien establecidos de la doctrina del common-law. Por consiguiente, este sistema fue desarrollándose históricamente con una particular referencia a la tradición cristiana del derecho natural. Este artículo demuestra cómo el common-law inglés fue mayoritariamente inspirado y desarrollado por estos principios cristianos de la teoría del derecho natural y cómo estos principios todavía subsisten válidos para la interpretación del common-law aun en el presente.