9 resultados para Protección contra incendios
em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina
Resumo:
Resumen: Lo que se pretende reflejar en este trabajo es la importancia del uso de fosfitos y micronutrientes en el cultivo de soja. El cultivo de esta oleaginosa se ha ido incrementando a lo largo de los últimos años de la mano de la siembra directa, de la genética, del paquete tecnológico para su implantación y protección y del manejo realizado por los profesionales del agro. Este crecimiento en superficie en detrimento de los demás cultivos extensivos que deberían formar parte de la rotación, hizo de la oleaginosa en varias zonas un monocultivo. Esto sumado a la falta de rotación de activos fue generando problemas dentro de los cuales podemos citar: malezas de difícil control, alta presión de enfermedades y plagas. La fertilización, en la generalidad de los casos, está por debajo de los requerimientos por tonelada lograda, generando extracción de macro y micro elementos y agotando los niveles de estos mismos en el perfil edáfico. El aporte de macronutrientes está dado principalmente por fósforo (no en todas las zonas). Asimismo, en algunas zonas dependiendo las deficiencias agregan potasio, azufre y calcio. Así todo se fertiliza por debajo de los rindes objetivos perseguidos, lo cual se comprende que cuando los cultivos superan los mismos, se está haciendo una extracción mayor del sistema suelo que los aportes generados. Lo ideal es realizar un muestreo de cada lote y ambiente, verificar los niveles de nutrientes disponibles y fertilizar pensado en contemplar el rinde perseguido y entregar al sistema suelo un poco más, de manera de hacer una producción no solo rentable en el corto plazo sino sustentable en el tiempo, cuidando el capital suelo. Los macro y meso nutrientes son aportados vía fertilización de base o fondo y la manera más eficiente de aportar los micro elementos, es vía fertilización foliar. Los fosfitos son desde el punto de vista sanitario, la herramienta ideal y complementaria de los fungicidas. Son derivados del ácido fosforoso y tienen dos formas de acción contra los hongos fitopatógenos. Una forma indirecta, aumentando el nivel de defensas de las plantas o Fitoalexinas, impidiendo que las esporas germinen en tejido susceptible. Y una acción directa como fungicidas contra los pseudohongos u Oomicetes. Recordar que los triazoles son una excelente herramienta para controlar hongos verdaderos (Ascomicetes, Basidiomicetes y Deuteromicetes) al igual que las estrobirulinas, pero ambos activos no son específicos para Oomicetes. Generalmente, los fosfitos van combinados con diferentes cationes, que a su vez le confieren diferentes modos de actuar, por ejemplo el fosfito de cobre, actúa desde el punto de vista sanitario elevando las defensas y además presenta el catión cobre como elemento fungistático y bactericida. En el mercado existen diferentes tipos de fosfitos y formas de acción según catión acompañante. Hay fosfitos de Cu, Al, K, Mn, Ca, ect. Uno de los puntos más importantes de los fosfitos es que se translocan vía xilema y floema, llegando rápidamente a los diferentes sitios de la planta. Los fungicidas a diferencia de los fosfitos no pueden realizar la misma labor. Los fungicidas protegen al follaje tratado, pero no al nuevo emergente y el movimiento de los activos se da desde donde impacta la gota asperjada en sentido ascendente, ósea acrópeto, mientras que los fosfitos al recorrer toda la planta realizan una protección integral de la misma. Además, los fosfitos, presentan efecto sinérgico con los fungicidas potenciando la acción de estos. Colaboran en el engrosamiento de tejidos de raíz y tallo, fortaleciéndolos contra el ataque de patógenos. Son de rápida absorción e impactan positivamente en la formación de destinos, como flores y frutos, y fuentes de reservas como raíz. No disponen de valor nutricional para los cultivos extensivos anuales, ya que presentan un tiempo de degradación que excede al desarrollo de estos mismos. Este trabajo, se desarrolla implementando el diseño completamente aleatorio, en el cual la variable respuesta (rendimiento) puede depender de la influencia de un único factor (aplicación de fitoestimulantes), de forma que el resto de las causas de variación se engloban en el error experimental. Se compara los tratamientos contra el testigo, y se hace análisis de la variancia con un nivel de significación del 5%. Dentro de la variable respuesta se analiza el rendimiento en kg/ha. Teniendo en cuenta para este análisis los siguientes datos: 1) Número de granos 2) Peso de 1000 granos Este ensayo consta de cuatro tratamientos y tres repeticiones en un mismo estado fenológico (V10 R2) del cultivo.
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Resumen: El objetivo de este trabajo es analizar la estrategia política del presidente Roberto M. Ortiz durante el período en actividad (1938-1940) para combatir el fraude electoral y normalizar las prácticas electorales e institucionalidad democrática de la Argentina de fines de los años treinta. Se presume que el presidente orientó su proyecto político de una manera aperturista y de diálogo sincero con la Unión Cívica Radical (UCR). Para ello promovió dos estrategias claras: lograr el apoyo de los sectores liberales del Ejército, e intervenir las provincias con prácticas fraudulentas. Su política contra el fraude provocó una situación inédita de erosión de la coalición de partidos oficialistas, base de sustentación del Poder Ejecutivo. Sin apoyo partidario, Ortiz quedó aislado y en clara confrontación con el Senado, dominado por grupos conservadores.
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Resumen: El presente trabajo estudia la recepción del Libro de Séneca contra la yra e saña, romanceamiento castellano medieval del diálogo De ira de L. A. Séneca, en el marco de la actividad cultural del siglo XV. Para ello tendremos en cuenta la presencia de la traducción en los inventarios de las bibliotecas nobiliarias, las tres únicas copias manuscritas conservadas (mss. Esc. N.II.8, S.II.14 y T.III.3), los testimonios indirectos que proceden de la obra de Fernán Pérez de Guzmán y la presunta reelaboración del humanista Nuño de Guzmán
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"Bajo democracia, durante los ‘90 Perú y Argentina abrieron sus economías como una de las políticas que los sacarían de décadas de decadencia relativa. Esta liberalización fue unilateral pero ambos países consolidaron sus reformas con obligaciones que asumieron en el GATT/OMC. Argentina además se asoció al Mercosur implementando un arancel externo común altamente coincidente con los valores establecidos unilateralmente..."
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Como dice el título de la presente disertación, abordaré la situación de la libertad de expresión en el sistema interamericano de protección de los derechos humanos y su incidencia en el derecho interno de los Estados parte. Voy a dividir esta presentación en tres partes: 1) Una breve descripción del sistema interamericano dentro del marco del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, como núcleo del nuevo paradigma del Estado Constitucional de Derecho; 2) Una descripción de la situación de la libertad de expresión en el mencionado marco; 3) Por último, terminaré con algunas reflexiones personales. Como se puede apreciar, la primera y segunda parte son más descriptivas del cuadro de situación y la última más reflexiva de la misma desde el punto de vista filosófico.
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La Ley de Riesgos del Trabajo (LRT) se puso en vigencia en el 1996 con el objetivo de incentivar la prevención de accidentes, mejorar la protección de los trabajadores y eliminar distorsiones del mercado del trabajo que favorecían el empleo en negro. Habiendo transcurrido 14 años se registran algunos logros significativos, como la caída en la cantidad de siniestros, pero en los últimos años ha habido un creciente aumento de la litigiosidad, en parte motivado por la falta de actualización de aspectos claves contemplados en la propia ley. Para no volver al regresivo sistema vigente antes de la reforma y erradicar la litigiosidad espuria, es necesario recomponer rápidamente las reglas básicas de funcionamiento del sistema
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Resumen: Es habitual que en la fundamentación de derecho de la privacidad se acuda al valor de la dignidad humana, pero cuando los autores realizan esa vinculación suelen entender a la dignidad hu - mana como justificada en la mera autonomía del sujeto. Para este punto de vista que denominamos visión moderna, en el ámbito de los derechos fundamentales existe un amplio e indefinido campo de libertad, y esta libertad es o sería el derecho básico en sí mismo, o derecho fundamental por antonomasia. Esto significa la concepción del derecho entendido bajo su faz subjetiva. El derecho como un mero poder cuyo límite está en el poder o la facultad de otro, y el Estado como arbitrador de esos poderes subjetivos en pugna. Sin embargo, los derechos fundamentales entre los que se encuentran el derecho a la intimidad y a la privacidad, el derecho al resguardo del honor y de la imagen, encuentran su justificación en lo justo objetivo y en la dignidad humana. La dignidad como un valor que da sentido se justifica cuando es entendida con una apertura a la trascendencia de la persona, y a un fin objetivo al que dicha trascendencia se encamina.
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En junio de 2013, la Organización de Estados Americanos (en adelante, la “OEA”) adoptó las Convenciones Interamericanas en Contra del Racismo, la Discriminación Racial y Todas las Formas Relacionadas de Intolerancia (en adelante, “CCDI”). Entre otras cosas, estos nuevos instrumentos –que al tiempo de escribir estas líneas no han sido ratificados por ningún Estado de la región– tendrán el efecto de ampliar enormemente la extensión de las llamadas categorías prohibidas de discriminación más allá de lo que hoy existe en los tratados vigentes que tocan la materia, además de crear un amplio rango de nuevas obligaciones y deberes para los Estados partes en el sentido de promover la igualdad y eliminar la discriminación y la intolerancia. Aún cuando existen múltiples aspectos de esta convención que son susceptibles de ser criticados desde una perspectiva jurídica y de política pública, este ensayo lidia exclusivamente con la cuestión de la novel definición legal de la “intolerancia” como un acto o expresión prohibida, y con los deberes que asumirán los Estados en relación con la misma...
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Contenido: Editorial – Derecho de familia : Garantías de la libertad y la internación de enfermos mentales / José Atilio Álvarez – Concubinato / Julio César Capparelli – Cooperación jurisdiccional contra el tráfico internacional de niños / María Susana Najurieta – El nombre y la protección de la identidad / Mario J. A. Oyarzábal – El proceso de adopción y el derecho a la identidad : reflexiones acerca de la aplicación de los artículos 321, inciso h, y 328 del Código Civil / María Cristina Diez – Topografía elemental de los procesos de familia / Hernán Pagés – Violencia familiar : la exclusión del hogar conyugal como medida cautelar autosatisfactiva en los procesos de familia / Maximiliano Camus – El régimen de comunicación de los hijos con el padre no conviviente : consecuencias y posibles soluciones de las denuncias por abuso sexual de uno de los padres contra el otro / Diego Iparraguirre – La anorexia : su relación con el art. 203 del Código Civil / María Elisa Petrelli ; María Egidia Galíndez – La lesión subjetiva y la ancianidad / María Elisa Petrelli de Aliano – Los tribunales de familia como operadores de crisis : entrevista con el Dr. Lucas C. Aón – Crecer persona / Enrique E. Fabbri SJ – In Memoriam -- Recensiones