10 resultados para Liberalismo.
em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina
Resumo:
Resumen: Este artículo expone ciertos ejes del debate contemporáneo en torno al liberalismo político y la neutralidad estatal para intentar una recapitulación crítica que permita arrojar luz sobre la posibilidad de una posición que concilie el respeto a la pluralidad contemporánea y a ciertos principios constitucionales con la no abdicación del rol que la política debe tener en el fomento de la “vida buena” (lo que en la tradición de la filosofía política anglosajona se ha designado como “perfeccionismo”). El artículo explora, al menos preliminarmente, sobre qué premisas se asentaría dicha conciliación, a través del análisis de la justificación del “perfeccionismo” y del tratamiento del tema del paternalismo estatal, la coerción y el fomento. Se analizan las ideas de Rawls así como las de algunos de sus críticos, en especial de Sandel y – sobre todo– de Raz, dado que es un autor que abre las puertas a la posibilidad de un liberalismo “perfeccionista”, fiel a los principios del liberalismo político clásico, pero que abandona la exigencia de “neutralidad” ante distintas concepciones del bien.
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Resumen: Los avances del liberalismo conmovieron, en buena medida, a la filosofía cristiana. Efectivamente él consagró el valor de la libertad como aspiración máxima y, en su nombre, se intentó sacudir el yugo de la autoridad y la Iglesia no quedó al margen, por lo que los católicos se replantearon muchas de sus posiciones, a fin de poder brindar las respuestas sociales que la sociedad estaba reclamando. Fue así que apareció la tercera escolástica, concebida como un movimiento de renovación contra el liberalismo que lo había invadido todo. Los propulsores de esta corriente decidieron restaurar en las escuelas y universidades la filosofía de Santo Tomás. La Argentina sufrió también las embestidas del liberalismo, lo que impulsó a los católicos a prepararse para plasmar soluciones en las más diversas áreas, con la idea de fondo de imponer el catolicismo como el principio organizador del medio social, argumentando que esa había sido la tendencia histórica en el país. Así fue como la tercera renovación escolástica, o neotomismo, penetró en la Argentina a fines del siglo XIX y en el XX, y se impuso tanto entre los seminaristas como en la Universidad de Córdoba y particularmente en su Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Durante los últimos años del otoño decimonónico la neoescolástica estuvo presente en muchas de las tesis presentadas en la Facultad de Derecho, siguiendo, en este aspecto, una tradición de la universidad cordobesa, la que predominaba también entre ciertos profesores. En este trabajo rastreamos los fundamentos del poder político que se encuentran en esos trabajos, refiriéndonos, por un lado, a la visión del grupo sobre el orden, a la igualdad y el progreso y, por otro, a los derechos del hombre.
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Abstract: The paper examines the relationship between Creating Capabilities and political liberalism. Originally founded on the basis of Aristotelian philosophy, the theory of ‘capabilities’ developed by Nussbaum turns to political liberalism in the mid 90’s. Throughout the article, the principles of both perspectives are depicted and contrasted, focusing on the capacity of affiliation, the concept of common good and the idea of freedom. Severine Deneulin argues that the current reality calls for the capabilities approach to be more rooted in a relational anthropology which the Aristotelian ethical tradition is more akin to. This line can be found in Nussbaum’s first approach to the theory of capabilities, where affiliation as an architectonic capability leads to the common good being the end of political action, and practical reason as an architectonic capability leads to reasoning ordered towards the achievement of the common good, to the detriment of individualism.
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Resumen: Es insuficiente para comprender adecuadamente las causas sociales, políticas e ideológicas de la incorporación del matrimonio civil obligatorio a nuestra legislación, el analizar el período histórico próximo a la sanción de la ley 2.393. Por ello hemos organizado la investigación en tres capítulos: “Los matrimonios entre personas de distinta religión”, “Católicos y liberales” y “La Ley de Matrimonio Civil”. El primero abarca la problemática, las distintas soluciones y la legislación aplicable, en el Río de la Plata, desde el tiempo de la colonia hasta la sanción del Código Civil. El segundo, la concepción filosófica de los hombres de la generación del ochenta, protagonistas de la sanción de la ley 2.393, las dos corrientes de pensamiento enfrentadas por su concepto del hombre, la libertad y el Estado, la posición de la prensa, los criterios sustentados por los doctorandos de la época, el fenómeno inmigratorio y el proceso de secularización. Por último, el proyecto de ley, sus repercusiones en la sociedad, en la prensa, el clero y la opinión pública; y su tratamiento en el Congreso de la Nación. Buscamos discernir las causas verdaderas y principales y las ficticias que llevaron a la introducción del matrimonio civil en el derecho argentino, para ello no solo hemos consultado las fuentes habituales, sino que hemos examinado gran cantidad de fuentes originales de la época. Entre ellas, a) la totalidad de los artículos publicados en los diarios La Prensa y La Nación durante el período 1870–1888; b) las Cartas remitidas por el Obispo de Buenos Aires, Monseñor Aneiros y por el Obispo de Córdoba, Fray Reginaldo al Senado de la Nación; c) Actas de las Sesiones de las Cámaras de Diputados y Senadores y d) las tesis doctorales de Francisco Barroetaveña, Daniel Goytia, Julio Sánchez Viamonte, Leopoldo Tahiér, Federico Valdez, Alejandro González Vélez y Alejandro Garramuño.
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Resumen: El populismo ha sido considerado comúnmente, en oposición al liberalismo, como un fenómeno contrario a la institucionalidad y la democracia. Esta visión peyorativa del populismo es redefinida por Laclau y Mouffe, quienes sostienen que la participación del pueblo en este tipo de sistemas políticos es lo que garantiza el valor democrático del mismo, pese a que dicha participación no se produzca por medios convencionales. En este trabajo se presentarán brevemente los principios en los cuales se basan la democracia liberal y el populismo, para poder así observar las críticas que Laclau y Mouffe realizan sobre ambos sistemas, estudiando su viabilidad y el alcance de sus propuestas.
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Resumen: A finales de la década del treinta, especialmente luego de la visita de Maritain en 1936 a la Argentina, surgieron con mucha fuerza una serie de debates dentro de los círculos intelectuales católicos argentinos. Uno de los temas tratados, entre otros, fue el valor de la democracia y, especialmente, su posible justificación como sistema político y su concordancia con las enseñanzas de la Iglesia. Sin embargo, aun aquellos que defendían la democracia no representaban un grupo homogéneo: tanto las fuentes intelectuales a las que recurrían como los fundamentos antropológicos de sus argumentaciones eran diversas. El presente artículo se propone desarrollar la defensa de la democracia que hicieron R. Pividal y A. Duhau, dos de estos intelectuales católicos. Como intentaré demostrar, aun cuando coinciden en resaltar el valor de la democracia y su plena concordancia con el catolicismo, la recurrencia a autores diversos (Maritain y a través de él la oposición a Maurras y Rousseau en un caso y Adam Smith y el Liberalismo escocés en el otro) generan que las argumentaciones de uno y otro difícilmente coincidan en mucho más que en esa positiva valoración que hacen del sistema democrático.
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Resumen: El presente ensayo teórico se orienta a revisar las concepciones de sujeto de uno de los sistemas teóricos de economía-política que han tenido mayor influencia hasta el presente. El padre del liberalismo (Adam Smith) sustentó una teoría de sujeto cartesiano (moderno), es decir, un verdadero sapiens sapiens racional y autoconsciente. A través de la psicología cognitiva, los Premios Nobel en economía Kanheman y Tversky presentan una nueva variante de homoeconomicus, enriquecida con aportes de la ciencia experimental, modificando sustancialmente aquella vieja concepción de hombre como ser racional que signó casi todo el pensamiento moderno. Dadas estas “recientes revisiones” teórico-metodológicas, gestadas a la luz de la denominada ciencia de la mente, es que se hace indispensable re-pensar las viejas nociones de sujeto que sirvieron de cimiento al sistema económico y político, antes citadas. Para tal fin, se propone efectuar una sinergia teórico-metodológica entre dos disciplinas científicas: la economía y la psicología. Dicho sincretismo podría proporcionar las bases para una nueva disciplina científica integradora, que muchos teóricos ya han denominado neuro-economía. Es por esto que en el presente trabajo se propone realizar una crítica fundamentada de una de las teorías económicas vigentes, haciendo principal hincapié en los supuestos psicológicos y antropológicos. Finalmente, se intenta re-pensar un nuevo modelo de homoeconomicus, articulando los principales supuestos de la economía actual con algunos de los aportes de la psicología cognitiva, la biología y las neurociencias cognitivas, que redunde en un nuevo paradigma integrador denominado psiconeuro- economía.
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Resumen: Este trabajo aborda el concepto de Nación y otros relacionados con la noción de soberanía en el lenguaje político hispanoamericano para el período 1808-1814. Se analizan algunos trabajos que dan cuenta de los diversos significados asociados a este concepto en los procesos revolucionarios americano y español. Las distintas concepciones sostenidas por los actores sociales del período señalado se vinculan luego en perspectiva con su posible derivación como proyección de la Nación en la cultura constituyente de Cádiz.
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Resumen: El artículo aborda el “derecho a la jurisdicción” desde una perspectiva iusfilosófica. Para tal fin define su concepto, describe las diferentes perspectivas teóricas tales como la positiva o necesaria del realismo, la negativa y contingente del marxismo y la irrelevante del liberalismo. Luego aborda sus fundamentos, alcances y obstáculos para su ejercicio apropiado. El abordaje de estas cuestiones permite advertir que el derecho a la jurisdicción no es sólo una problemática del derecho procesal sino que constituye una pieza clave del Estado de Derecho Constitucional.
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Contenido: La verdad (I). La verdad en sí misma y en las cosas / Octavio N. Derisi -- Carácter racional de la libertad / Octavio N. Derisi -- Libertad política : liberalismo y tomismo / Héctor H. Hernández -- Hilemorfismo y corporalidad / J. E. Bolzán -- Fenomenología de la sensación / Gabriel Chalmeta -- La teoría relacional de la personalidad según J. Nuttin / William R. Darós -- Notas y comentarios -- Bibliografía