56 resultados para Associative tradition

em Biblioteca Digital de la Universidad Católica Argentina


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Resumen: Hacia el 167 a.C., un joven Polibio, se sorprendía de que Roma hubiera podido afi rmar su poderío en la península, resistir los ataques cartagineses y acabar imponiendo sus leyes en Oriente. Probablemente –explica P. Grimal– en ello también haya infl uido que las costumbres y tradiciones romanas contribuían a asegurar una superioridad sobre el resto de las culturas y hacían de Roma una ciudad única entre todas. La familia y la mujer constituyeron parte fundamental dentro de la consolidación de esa estructura socio política y de ello heredaríamos, especialmente a nivel normativo, una sólida tradición jurídico-romana. Sin embargo, la época imperial representó un grave período de crisis en el cual, tomar esposa, dar hijos a la patria y controlar los patrimonios, se convirtió en una importante reafi rmación moral, jurídica y política para la sociedad de su tiempo. En esta forma, se analizarán brevemente algunos conceptos y leyes relevantes –cuyos ecos volveremos a encontrar refl ejados a lo largo y ancho de la España cristiana medieval– los cuales nos ayudarán a adentrarnos en la cotidianidad de este singular período, sus emancipadas mujeres aristocráticas y el derecho privado.

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Integran este número de la revista ponencias presentadas en Studia Hispanica Medievalia VIII: Actas de las IX Jornadas Internacionales de Literatura Española Medieval, 2008, y de Homenaje al Quinto Centenario de Amadis de Gaula.

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Integran este número de la revista ponencias presentadas en Studia Hispanica Medievalia VIII : Actas de las X Jornadas Internacionales de Literatura Española Medieval, 2011, y de Homenaje al Quinto Centenario del Cancionero General de Hernando del Castillo.

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Resumen: Este artículo considera la identificación de los reyes en los epitomes de la Dinastía XIII de Manetón, y su función en las tradiciones historiográficas del antiguo Egipto. A pesar del rechazo de larga data de la Dinastía XXIII de Manetón como ahistórica, aquí se argumenta que los nombres preservados en la Dinastía XIII son parte de una auténtica tradición historiografíca originada con el rey kushita Taharka. El artículo va aún más allá para sugerir razones específicas de por qué la Dinastía XIII fue integrada con otras tradiciones de listas reales, así como una reconstrucción histórica de tal proceso. Más aún, éste análisis identifica funciones específicas para los nombres que aún no han sido identificados, Psammus y Zet, en la versión de Julio Africano del epitome de Manetón. El argumento considera la perspectiva política y cultural de los reyes kushitas que eran responsables de una rama de la tradición de la lista de reyes y ofrece algunas interpretaciones de las prácticas reales kushitas a la luz de estas conclusiones.

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Resumen: Las indicaciones pastorales del Papa Francisco en Evangelii gaudium ofrecen la oportunidad para redescubrir el valor de la categoría ley bajo la guía de la tradición tomista recogida en el documento pontificio. La propuesta moral del Evangelio o ley nueva, siguiendo la sinonimia utilizada por santo Tomás de Aquino, no puede ser reducida a un precepto o una serie de normas; muy por el contrario, revisitando la doctrina del Doctor Común podemos descubrir la necesidad de una hermenéutica sapiencial y profundamente bíblica de uno de los pilares de la moral cristiana. En el camino de la conversión pastoral, el retorno a las fuentes tomistas vuelve a iluminar la reflexión teológica con fecundidad renovada.

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Integran este número de la revista ponencias presentadas en Studia Hispanica Medievalia VIII : Actas de las X Jornadas Internacionales de Literatura Española Medieval, 2011, y de Homenaje al Quinto Centenario del Cancionero General de Hernando del Castillo.

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Resumen: El hispanista francés Georges Cirot fue el primero en emplear el término “maurofilia literaria” (maurophilie littéraire) en 1938 para referirse a la representación del valor y la nobleza de los moros en la literatura española del siglo XVI. Pero como señaló Ramón Menéndez Pidal (1957, 202), ya en los siglos XIV y XV los castellanos se habían sentido atraídos por los musulmanes de Granada, por su exótica civilización, su lujo en el vestir, la espléndida ornamentación de sus edificios y su modo de cabalgar, armarse y combatir. Francisco Márquez Villanueva (1984, 117-118) indicó que aunque la literatura maurófila del siglo XVI fue elaborada bajo el signo avanzado del humanismo cristiano, cuyas características fueron “el inconformismo y la sensibilidad para toda suerte de realidades en divergencia del mundo oficial”, las raíces de la maurofilia literaria se encuentran en el viejo romancero fronterizo y morisco elaborado en el siglo XV. En su opinión, el Romancero fue la patria de la “maurofilia pura” y es donde encontramos un cuadro de referencias temáticas “hecho de toponimia y onomástica, armas, indumentaria, policromía y cabalgadas” tendiente a caracterizar al moro como un ser refinado y superior. Para María Rosa Lida (1960, 355), en cambio, la imagen caballeresca del moro se remonta a don Juan Manuel, pues en sus obras aparecen las cortes musulmanas como “centros de molicie refinada y suntuosa”. En efecto, en el Libro de los estados se afirma el valor del moro como guerrero y en el Conde Lucanor aparecen una serie de reyes moros magnánimos y discretos. Sin embargo, el árabe como personaje sabio o “ejemplar” figura ya en una de las fuentes del Conde Lucanor, la Disciplina clericalis, obra compuesta a principios del siglo XII por el judío converso Pedro Alfonso. Por otra parte, el análisis de la representación de los moros en textos épicos, Avengalvón en el Poema de mio Cid y Almanzor en la Los siete infantes de Lara, nos permite descubrir un importante e insoslayable antecedente de la maurofilia de los últimos siglos de la Edad Media

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Resumen: El presente trabajo tiene por objetivo estudiar una selección de proverbios que aparecen en El Criticón de Baltasar Gracián, obra en la que Andrenio y Critilo realizan un viaje alegórico que los hará encontrarse con maravillas y engendros. Evitando toparse con los “hombres çancones” y “mujeres tijeretas”, observarán con tono crítico el mundo que los rodea donde nada es lo que parece. A partir de la interpretación de una selección de refranes que nos remite a la tradición paremiológica medieval, los examinaremos en su contexto para comprobar cómo cada elemento apunta a un objetivo, previamente establecido por el autor, dentro de una obra ingeniosa y ejemplificadora.

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Resumen: El common-law inglés tiene una herencia cristiana increíblemente rica. Los juristas ingleses más prestigiosos –incluyendo a Blackstone, Coke y Fortescue– frecuentemente partían desde la fe cristiana a la hora de iluminar y desarrollar lo que ahora son ya principios bien establecidos de la doctrina del common-law. Por consiguiente, este sistema fue desarrollándose históricamente con una particular referencia a la tradición cristiana del derecho natural. Este artículo demuestra cómo el common-law inglés fue mayoritariamente inspirado y desarrollado por estos principios cristianos de la teoría del derecho natural y cómo estos principios todavía subsisten válidos para la interpretación del common-law aun en el presente.

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Resumen: La realidad manuscrita del texto medieval implica asumir la problemática en torno al concepto de texto con el que habrá de trabajar el editor al pretender establecer el texto crítico de una obra determinada. Las diferentes concepciones en torno a dicha ontología textual influyen en el tipo particular de trabajo ecdótico que se pretenda realizar. El artículo pretende, a partir del caso de la edición de la Crónica de Sancho IV, proponer un modelo de edición que contemple las variantes que la obra fue manifestando a lo largo de su tradición con el objetivo de dar cuenta de la naturaleza mutable del texto medieval en función de su intencionalidad política.

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Resumen: Los avances del liberalismo conmovieron, en buena medida, a la filosofía cristiana. Efectivamente él consagró el valor de la libertad como aspiración máxima y, en su nombre, se intentó sacudir el yugo de la autoridad y la Iglesia no quedó al margen, por lo que los católicos se replantearon muchas de sus posiciones, a fin de poder brindar las respuestas sociales que la sociedad estaba reclamando. Fue así que apareció la tercera escolástica, concebida como un movimiento de renovación contra el liberalismo que lo había invadido todo. Los propulsores de esta corriente decidieron restaurar en las escuelas y universidades la filosofía de Santo Tomás. La Argentina sufrió también las embestidas del liberalismo, lo que impulsó a los católicos a prepararse para plasmar soluciones en las más diversas áreas, con la idea de fondo de imponer el catolicismo como el principio organizador del medio social, argumentando que esa había sido la tendencia histórica en el país. Así fue como la tercera renovación escolástica, o neotomismo, penetró en la Argentina a fines del siglo XIX y en el XX, y se impuso tanto entre los seminaristas como en la Universidad de Córdoba y particularmente en su Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Durante los últimos años del otoño decimonónico la neoescolástica estuvo presente en muchas de las tesis presentadas en la Facultad de Derecho, siguiendo, en este aspecto, una tradición de la universidad cordobesa, la que predominaba también entre ciertos profesores. En este trabajo rastreamos los fundamentos del poder político que se encuentran en esos trabajos, refiriéndonos, por un lado, a la visión del grupo sobre el orden, a la igualdad y el progreso y, por otro, a los derechos del hombre.

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Resumen: En 2012 se cumplen 50 años del inicio del Concilio Vaticano II, inaugurado por el Papa Juan XXIII el 11 de octubre de 1962. Es un dato reconocido el importante papel que desarrollaron muchos teólogos a lo largo de los diversos debates conciliares. Entre ellos destaca la figura de K. Rahner. Su principal contribución se dirigió a los asuntos eclesiológicos. Menos conocido es su aporte a los debates que, iniciados en octubre de 1962, conducirían, recién en 1965, a la aprobación de la Constitución Dei Verbum. Luego de una breve introducción, me detengo, en primer lugar, en el informe que Rahner preparó en noviembre de 1962 en contra del Esquema preparatorio, De fontibus revelationis. En un segundo momento, describo otro texto, el llamado “Esquema Rahner – Ratzinger”, elaborado en la misma época, pensado como un texto alternativo al oficial. En tercer lugar, destaco algunas ideas centrales de una conferencia de Rahner de 1963, titulada “Escritura y Tradición”. Finalmente, analizo el número noveno de Dei Verbum que, como se advertirá, muestra que las posiciones bíblico-sistemáticas de Rahner se direccionaban en el sentido de la llamada mayoría conciliar.

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Resumen: Se plantea, en primer lugar, el estado de la cuestión de la índole de la Filosofía Política como filosofía práctica, desde sus inicios en la tradición clásica griega hasta la actualidad. En el pensamiento griego se destaca Aristóteles con la justificación del ejercicio de la racionalidad práctica en los asuntos políticos. En la modernidad la filosofía práctica sale de escena, privándosela de legitimidad epistemológica. Por último, se valora una interesante propuesta en el pensamiento alemán del siglo XX por rehabilitar la filosofía práctica en clave aristotélica. Frente al estado de la cuestión se retoma a Aristóteles desde la lectura tomasiana de lo político y de la Filosofía Política. Su propósito ha sido el de salvar la verdad y la certeza de la Filosofía Política, la posibilidad de juicios de verdad y falsedad en el orden moral y político y, en especial, afirmar su validez normativa como saber filosófico, analizando la comunidad política en esa posibilidad de ser considerada como objeto-científico- filosófico-práctico-moral.

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Resumen: En el presente trabajo se estudia y analiza el pensamiento iusfilosófico de Juan Alfredo Casaubón, unos de los autores iusnaturalistas más significativo de la Argentina en el siglo XX. Heredero de la tradición clásica que conocerá en los famosos Cursos de Cultura Católica y, posteriormente, en la Pontificia Universidad Católica Santa María de los Buenos Aires, de la cual será uno de sus profesores fundadores. Abogado, docente, juez, investigador, padre y esposo. Su pensamiento, si bien se puede encuadrar en la Tradición Central de Occidente, tendrá diversas particularidades que le darán a su pensamiento una nueva impronta a la filosofía jurídica. Se ha tratado de sintetizar el pensamiento casaubiano en diez tesis principales que reflejan en su estricta medida todo el corpus de este filósofo argentino. Previo al desarrollo iusfilosófico del autor, se ha tratado de encuadrar su posición filosófica general y, luego, jurídica, a través de su concepción iusnaturalista. Por último, se hará un pequeño homenaje a este gran pensador en el marco de la filosofía argentina del siglo XX.

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Resumen: Santa Gertrudis se ubica en el punto de inflexión en que la unidad tradicional entre teología y vida espiritual comienza a debilitarse. Contemporánea al desarrollo de la escolástica, pertenece sin embargo al mundo monástico, donde la integración entre la vida y la teología, se cultiva y se defiende. Su vida se nos presenta como la de aquélla en quien se cumple la finalidad teológica que subyace a toda vida cristiana: la comprensión vital del misterio por la experiencia de íntima comunión con lo divino. Su doctrina ilumina el núcleo de la fe a partir de las fuentes de la liturgia, la revelación y la tradición patrística, asimiladas a través de su experiencia espiritual. Esta se expresa en la originalidad y precisión teológica de sus visiones y oraciones, vertidas en un lenguaje afectivo y simbólico, en el equilibrio de su doctrina espiritual y en su hondo sentido de Iglesia. Su experiencia constituye una mística dogmática, eclesial y esponsal, cuya universalidad y actualidad la hacen apta y atractiva al público creyente y no creyente de hoy