58 resultados para Lo Uno
Resumo:
El desarrollo y la realización personal dependen, según el Análisis Existencial, del éxito en la confrontación con los “Temas Existenciales” de la vida. En el Análisis Existencial moderno la multiplicidad de estos temas pudo ser reducida a cuatro estructuras, que es posible considerar fundamentos de una existencia realizada, y pueden servir de modelos para una “pedagogía existencial” como para una “psicología existencial” y psicoterapia existencial, siempre orientada al desenvolvimiento de la persona; su bloqueo o un desarrollo insuficiente llevan, por el contrario, a trastornos psíquicos. La condición existencial del ser humano es básicamente dialógica, los temas fundamentales están en el acuerdo con lo fáctico y las condiciones del Dasein, con el hecho de la propia vida y con sus sentimientos y relaciones, con su propia individualidad (ser uno mismo, autonomía, autenticidad), y en definitiva, con el proceso de llegar a ser, que implica futuro y sentido.
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Resumen: El análisis de los indicadores de ingresos, desigualdad y pobreza en cada uno de los 32 centros urbanos muestra las grandes disparidades regionales de la Argentina. En la Zona Norte del país el ingreso per capita es un 35% inferior al promedio nacional, la pobreza es 4 veces mayor que en la capital y la distribución del ingreso es más desigual. Los datos estadísticos disponibles indican que el crecimiento económico y las políticas públicas que se han implementado recientemente han reducido los niveles de pobreza agregados, pero han tenido poco impacto en las regiones más pobres del país. Por otra parte, el impacto distributivo de las políticas y programas públicos en la Argentina es reducido cuando se los compara con lo que sucede en los países mas desarrollados. Se requiere el diseño y la implementación de nuevas políticas públicas de reducción de la pobreza que se focalicen en los problemas y dificultades específicas que enfrentan las regiones más pobres. Entre ellas se destaca la necesidad de políticas para disminuir la alta informalidad del empleo que caracteriza a estas zonas. Por otra parte, las nuevas políticas deberían transferir las responsabilidades y premiar los esfuerzos propios de los gobiernos locales, reemplazando la actual “cultura de la dependencia” de los programas del gobierno central por un desarrollo institucional local que enfatice la gestión eficiente de las administraciones públicas provinciales y el desarrollo del capital social local.
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Resumen: La esencia de lo que debemos entender por filosofía se encuentra más del lado del quehacer, de la tarea, que del lado de “lo hecho”. Entre el sustantivo (filosofía) y el verbo (filosofar) hay una estrecha relación. Este trabajo se aboca, primeramente, a lo que está antes del quehacer, que se encuentra en la experiencia de ruptura. Luego se propone articular las dos grandes actitudes originarias que se abren a partir de ese momento, una más combativa (lo agonal) y la otra más pacifista (lo ireneico).
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Resumen: En fuentes epigráficas y literarias Vetio Agorio Pretextato es identificado como uno de los representantes más notables de la aristocracia senatorial pagana romana de la cuarta centuria. Dichos testimonios lo presentan como vívida encarnación y real custodio del mos maiorum, la imagen de los óptimos padres de Roma y símbolo de fidelidad a la misión arcana que hizo de los miembros de dicha elite, los legítimos depositarios de la divina tarea de conducir los destinos imperiales. Inferir el verdadero alcance de su figura, construida y trasmitida por sus contemporáneos, constituye el centro de interés de este estudio.
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Integran este número de la revista ponencias presentadas en Studia Hispanica Medievalia VIII: Actas de las IX Jornadas Internacionales de Literatura Española Medieval, 2008, y de Homenaje al Quinto Centenario de Amadis de Gaula.
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Resumen: En estas páginas, Caamaño nos ofrece algunos trazos fundamentales de uno de los autores más interesantes de la teología del siglo veinte en Oriente: Pavel Evdokimov. A la vez que lo pone en relación con sus fuentes principales, nos alcanza una serie de perspectivas de importancia para la interpretación de una estética teológica.
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Número monográfico: El viaje y sus discursos
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Resumen: El manuscrito 431 de la Biblioteca Nacional de Madrid fue compuesto hacia 1360, al calor de la Guerra Civil que enfrentó a Pedro I y Enrique II. Este códice constituye uno de los mayores testimonios de un intento de formalización escrita, a mediados del siglo XIV, del derecho señorial nunca fi jado ofi cialmente en Castilla. Los textos allí contenidos nunca fueron considerados como una unidad y por lo tanto fueron siempre editados y estudiados separadamente. El artículo se propone identifi car pautas formales que permitan establecer la entidad unitaria basándose no sólo en sus aspectos físicos (tipo de letra, materiales utilizados, lengua, etc.) sino también en líneas internas de signifi cación tanto en el plano sintagmático (relaciones de contigüidad in praesentia) como en el paradigmático (asociaciones que organizan patrones de lectura).
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Resumen: El Derecho del Mar constituye, históricamente, uno de los puntos sobresalientes en la evolución y actualidad del Derecho Internacional ya que, incluso, su aparición y gestación precede a los mismos Estados. En ese sentido, a partir de la denominada “batalla de los libros”, el mar ha sido objeto de arduos y permanentes debates que pueden reflejarse, casi en su totalidad, en la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, realizada entre 1973 y 1982. Sobre estas consideraciones, la propuesta del presente trabajo es analizar una de ellas, como lo es la inmunidad de los buques de guerra extranjeros durante su estadía en puertos de otros Estados. Si bien a priori la cuestión no se manifiesta como compleja, lo cierto es que a 200 años del Schooner Exchange, su debate ha reaparecido, especialmente, a partir del caso de la Fragata ARA Libertad. En razón de lo expuesto, comenzaremos con una breve conceptualización jurídica de los buques y su clasificación, para luego examinar el régimen de inmunidad que poseen los buques de guerra extranjeros y las características que presenta la relación entre éste y el Estado ribereño local. Posteriormente, consideraremos estos aspectos a la luz del caso referido para, finalmente, formular algunas reflexiones considerando todo lo analizado en su conjunto.
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Resumen: Esta ocasión me brinda la oportunidad de realizar algo más que un mero comentario a la Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), “Costa y Pavan c/ Italia”. Es decir, voy a esbozar una toma de postura prescriptiva contraria a la filosofía individualista de fondo del TEDH respecto al presente caso, en base a un discurso jurídico-filosófico. La frivolidad del TEDH a la hora de tratar algunos temas de bioética y bioderecho se enmarca en el uso de un lenguaje políticamente correcto y de cierto consenso pragmático, recubierto en ocasiones de ropajes jurídico-formales, en lo concerniente al amplio artículo 8º del CEDH. Cuestiones vitales en la configuración de la realidad humana que deben tratarse desde una óptica comprometida con uno mismo y con el tiempo que le ha tocado vivir. Con semejante punto de vista resulta clave otorgar a las palabras un contenido, pero sobre ello siempre subyace el miedo a que las palabras acaben diciendo lo que nosotros queramos que digan. En el ámbito jurídico, en ocasiones, ese nosotros puede ser asumido por algún alto tribunal.
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Resumen: El delito penal es aquello que la tradición, vivida en la experiencia de la familia y de la comunidad, permite a cada uno reconocer como un grave alejamiento de lo verdadero, lo bueno y lo correcto. El fundamento de la punibilidad penal es la imputación, el reconocimiento de la pertenencia del delito al sujeto como a su causa. Se intenta mostrar cómo este vínculo del derecho penal con la tradición jurídica sufrió dos rupturas: con el iluminismo jurídico y el kantismo se separó la imputación jurídica de su fundamento moral y con la codificación, se quebró la unidad del derecho penal universal fundado en lo bonum et aequum otorgando prevalencia a la idea de la legalidad esclava de los intereses de los Estados. Al mismo tiempo, se produjo una segunda ruptura: se predica una responsabilidad que se atribuye desde afuera, en forma objetiva, a centros de imputación –con frecuencia colectivos– que realizan la producción industrial. Así, según exigencias de la seguridad y la salud, el derecho penal se transforma en un instrumento de la política criminal y los contornos del tipo penal se operan a través de jueces y fiscales en prevención de las consecuencias futuras del “riesgo” progresivo de la producción industrial. La nota dominante es el “riesgo” colectivo y no el “hecho”.
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Resumen: La crueldad, el prejuicio y los estereotipos eran algo común en la mirada que tenían los romanos de los demás pueblos. En el caso particular de los griegos, la visión que los romanos tenían de ellos era ambivalente: por un lado, admiraban a los escritores, a los filósofos, a los artistas, pero, por el otro, tenían en muy baja consideración al resto de los griegos. Marcaban una gran diferencia entre la Grecia clásica y su herencia y sus sometidos, los griegos contemporáneos. El Satyricon de Petronio, aunque no es una excepción dentro de la tradicional xenofobia contra los restantes pueblos, presenta con relación a los griegos una peculiaridad que lo distancia de la mayoría de los escritores latinos. La causa de esta singularidad quizá podría hallarse en el espíritu filohelénico de la corte de Nerón, de la que Petronio era el elegantiae arbiter.
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Resumen: Dolor y muerte son acontecimientos naturales e inevitables en la vida humana. Sin embargo, su consideración varía a lo largo de la historia de la humanidad debido a modificaciones culturales. Desde una perspectiva hedonista, ni uno ni otra parecen tener sentido. La experiencia de la muerte aparece o bien como una paradoja inaceptable o bien como la liberación de una existencia desesperante. Sólo recobrando el sentido trascendente de la vida puede el hombre encontrar un significado al dolor y aceptar con naturalidad y esperanza la muerte.
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Resumen: El texto analiza el lugar que los principios jurídicos han tenido a lo largo de la historia del Derecho y especialmente su importancia en la perspectiva del actual neoconstitucionalismo. Además, se detiene en la relación de los principios con las reglas y los valores, a fin de dilucidar si aquellos términos se identifican o se diferencian, y las consecuencias jurídicas que de uno y otro caso podrían derivarse.
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Resumen: El proceso penal de cuño acusatorio no solo es trending topic dada su inminente implementación, sino que también constituye el hashtag más representativo de una Constitución imbuida por el principio republicano de gobierno, la división de poderes y la premisa de no autocontrol. La imparcialidad miliaria de un sistema respetuoso de la separación de funciones (acusación, defensa, juicio) solo puede conquistarse en un modelo de este signo, que a través de otros principios potencia la expresión constitucional al máximum. Empero, un “derecho penal líquido” ligado umbilicalmente a un principio de oportunidad emparentado al modelo acusatorio, nos abre el camino hacia nuevos interrogantes sobre los peligros inherentes a una incertidumbre e inestabilidad normativa, que impedirían solidificar la ley en un bien perdurable. Es que el encumbramiento de una oportunidad oscurantista conduce a la banalización de la justicia, el imperio de la arbitrariedad y una selectividad vacua de contrapesos. De modo que, sin resortes aptos, los vasos capilares y derechos contenidos en la Constitución Nacional resultarán indefectiblemente afectados. Pues si el proceso penal no contempla mecanismos de coagulación eficaz, la liquidez caótica de la ley penal propenderá a desangrar y disolver la manifestación constitucional. Por tanto, el desafío de los ingenieros de los sistemas de administración de justicia consiste en ajustar los paradigmas procesales a los dictámenes de la Ley Materna, con el afán de que ese dar a cada uno lo suyo, definido por el bien común político, se vuelva realidad en cada intervención del Poder Judicial y permita superar falaces antinomias