62 resultados para Estado argentino


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"En esta nota se revisan algunas tendencias recientes del comercio mundial, y la perspectiva reciente del comercio exterior argentino de bienes. Según datos de la OMC, el crecimiento del comercio mundial se había reducido 2,0% en 2012 – frente al 5,2% registrado en 2011 –, para luego mantener un ritmo lento durante 2013 a causa de la reducción de la demanda mundial de importaciones, asociada a la desaceleración económica europea. La desaceleración del comercio en 2012 y 2013 ha sido atribuida principalmente al lento crecimiento de las economías desarrolladas y cierta incertidumbre acerca del futuro del euro, hoy en buena medida superada. La escasa producción y el elevado desempleo en los países desarrollados, junto a una mayor inequidad y situaciones de pobreza derivadas de la crisis, redujeron las importaciones y el crecimiento de las exportaciones en las economías desarrolladas y en desarrollo. La evolución económica más favorable registrada en Estados Unidos en 2013 se vio contrarrestada por la persistente debilidad de la Unión Europea, donde las economías periféricas de la zona euro siguieron experimentando dificultades e incluso las principales economías de la zona continuaron en recesión..."

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Resumen: Los avances del liberalismo conmovieron, en buena medida, a la filosofía cristiana. Efectivamente él consagró el valor de la libertad como aspiración máxima y, en su nombre, se intentó sacudir el yugo de la autoridad y la Iglesia no quedó al margen, por lo que los católicos se replantearon muchas de sus posiciones, a fin de poder brindar las respuestas sociales que la sociedad estaba reclamando. Fue así que apareció la tercera escolástica, concebida como un movimiento de renovación contra el liberalismo que lo había invadido todo. Los propulsores de esta corriente decidieron restaurar en las escuelas y universidades la filosofía de Santo Tomás. La Argentina sufrió también las embestidas del liberalismo, lo que impulsó a los católicos a prepararse para plasmar soluciones en las más diversas áreas, con la idea de fondo de imponer el catolicismo como el principio organizador del medio social, argumentando que esa había sido la tendencia histórica en el país. Así fue como la tercera renovación escolástica, o neotomismo, penetró en la Argentina a fines del siglo XIX y en el XX, y se impuso tanto entre los seminaristas como en la Universidad de Córdoba y particularmente en su Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Durante los últimos años del otoño decimonónico la neoescolástica estuvo presente en muchas de las tesis presentadas en la Facultad de Derecho, siguiendo, en este aspecto, una tradición de la universidad cordobesa, la que predominaba también entre ciertos profesores. En este trabajo rastreamos los fundamentos del poder político que se encuentran en esos trabajos, refiriéndonos, por un lado, a la visión del grupo sobre el orden, a la igualdad y el progreso y, por otro, a los derechos del hombre.

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Contenido: La anorexia y la bulimia como causas psicopatológicas de nulidad matrimonial / C. Baccioli – El acuerdo de 1957 / R. Bosca – Algunas consideraciones acerca de las presunciones jurídicas : aportes de la filosofía del derecho canónico / A. D. Busso – Los nuevos movimientos eclesiales y su encuadramiento canónico en la Iglesia particular / M. D. Colombo – Las relaciones diplomáticas entre el gobierno argentino y la Santa Sede : notas históricas sobre un posible concordato (1853-1892) / J. G. Durán – Abusos sexuales cometidos por clérigos y admisión al Orden Sagrado ¿un problema de homosexualidad? / R. D. Medina – Obispos y sexualidad : los cánones de Elvira como instrumento de disciplinamiento social / S. Panzram – Requisitos de prueba, la exigencia de un mínimo de prueba y la notoriedad en el derecho procesal medieval (siglos IX-XII) / M. Schmoeckel – Algunas consideraciones alrededor del canon 221 / H. A. von Ustinov – Notas – Documentos – Sentencias – Actualidad – Recensiones

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Contenido: Los requisitos psicológicos en el penitente y en el confesor para la eficacia del Sacramento de la Reconciliación / C. Baccioli – La belleza de la verdad sobre el matrimonio : comentario al discurso del Santo Padre a la Rota Romana el 27 de enero de 2007 / J. Bonet Alcón – Servidores de la verdad : la función pastoral de los patronos en los juicios de nulidad matrimonial / A. W. Bunge – Los derechos y las obligaciones del clérigo en la sociedad civil a la luz del Código de Derecho Canónico / A. D. Busso – El celibato : don, propuesta y tarea. (La necesaria madurez humana y el Derecho) / J. Fronza – Iglesias, medios de comunicación y libertad religiosa en la República Argentina / J. G. Navarro Floria – El régimen canónico de los bienes de propiedad de las personas jurídicas privadas / H. A. von Ustinov – Notas – Sentencias – Actualidad – Recensiones

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Resumen: Proponemos un análisis crítico de los fundamentos que sustentan la llamada “Ley de Muerte Digna” incorporada en la Ley que consagra la regulación de los derechos del paciente, historia clínica, consentimiento informado, (Art. 2º, inc. “e” párr. 2º de la Ley 26.529 modificada por la Ley 26.742), que introduce en nuestro país la existencia real de un sistema eutanásico formal sin fundamentos de orden científico, éticos e incluso jurídicos. ¿Es moralmente lícito suprimir la vida del enfermo terminal?, ¿la legalización de esta práctica eutanásica es la primera piedra de una nueva “cultura” de la vida? Entendemos que la llamada “tesis de la autonomía”, fundante de la reforma legislativa en cuestión, desde una óptica Bioética personalista, merece serias objeciones bioéticas ya que puede distorsionar gravemente el ejercicio de la medicina y la relación médico paciente.

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Decía Tomás de Aquino que “lex non est ipsum ius, proprie loquendo, sed aliqualis ratio iuris” 1: “[…] la ley no es el mismo derecho, propiamente hablando, sino cierta racionalización del derecho”. En concordancia con esto, entre nosotros enseñaba Alberdi que “saber, pues, leyes, no es saber derecho”, dado que “las leyes no son más que la imagen imperfecta y frecuentemente desleal del derecho que vive en la armonía viva del organismo social”, del cual hay que “conocer su genio, su misión, su rol”, porque “es el alma, la vida, el espíritu de las leyes” 2. Esto lleva, según el maestro argentino, a que “en materia de leyes, no se puede hacer nada, si no se sabe el derecho”3. El derecho no es la ley, entonces, pero sin embargo la ley tiene una relación estrecha con el derecho, del cual a veces es su causa eficiente, como ocurre con las materias de mero Derecho Positivo, y otras, es una suerte de causa ejemplar, cuando refleja la justicia natural de las cosas. La causa final inmediata de toda ley, por otra parte, debe ser el derecho, y la mediata, el bien común. El hecho, entonces, de que las leyes tengan una función segunda con respecto al derecho no las vuelve menos importantes. El conocimiento de las leyes, así, no es algo ajeno al oficio del jurista, sino que es un elemento fundamental para la búsqueda de la justicia en los casos concretos...

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Contenido: Presentación -- Parte I. Contribuciones especiales con motivo del 35º Aniversario de la Revista: El derecho privado entre dos Bicentenarios : a propósito de los treinta y cinco años de Prudentia Iuris / Gabriel Limodio -- Breviario de la legislación civil (1980-2015) / Marcelo U. Salerno -- La transformación del derecho penal argentino / Guillermo J. Yacobucci -- Tendencias, cambios y desplazamientos en el campo jurídico / Roberto A. Punte -- Derecho administrativo y ética : una visión luego de treinta y cinco años / Pedro Coviello --- Parte II. Cátedra Internacional Ley Natural y Persona Humana: ¿Hacia un estado mundial de derecho global? / Daniel A. Herrera -- La persona humana en el Código Civil y Comercial, artículos 17 y 19 : una reflexión filosófica / Héctor Padrón -- "De F.A.I., a M.A.D. : el derecho a la vida en la Corte Suprema de Justicia de la Nación" : workshop del 19 de noviembre de 2015 / Jorge Nicolás Lafferriere -- Parte III. Estudios doctrinales : Hegel y la disolución de la tradición de la ley natural : el apogeo del gnosticismo moderno / Félix A. Lamas -- El aborto en la ley europea : derechos humanos, derechos sociales y la nueva tendencia cultural / Grégor Puppinck -- Hacia una política criminal integradora / Carlos M. Romero Berdullas -- La doctrina del control de convencionalidad : dificultades inherentes y criterios razonables para su aplicabilidad / Juan Alonso Tello Mendoza -- Parte IV. Notas y comentarios : Habla ahora o calla (forzosamente) para siempre : las Convenciones en contra de toda forma de discriminación e intolerancia y su amenaza a la libertad de expresión en los estados americanos / Tomás Henríquez C. -- The art of human rights : enriching the life of the law school through drawings and other visual resources / Santiago Legarre -- Las citas de leyes y otras normas : legislación comparada y nuevo Digesto Jurídico Argentino / Fernando M. Toller -- "Paradiso, Campanelli" y un contrato internacional de maternidad subrogada ante el TSribunal Europeo de Derechos Humanos / Julieta Monteroni -- Parte V. Documentos -- Recensiones

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Resumen: El presente artículo analiza y compara el discurso verbal de El Grito Argentino (1839) y Muera Rosas! (1841-1842), dos periódicos antirrosistas publicados en Montevideo por jóvenes intelectuales emigrados de la “generación del 37”. Distribuidos secretamente en Buenos Aires y las provincias del litoral, su propósito era movilizar a los sectores antirrosistas en contextos de crisis del gobierno de Juan Manuel de Rosas. Este estudio focaliza especialmente en los distintos recursos proselitistas empleados así como el público al que ambos estaban destinados. Con el apoyo de fuentes históricas y correspondencia de la época, el artículo también aborda las relaciones que los jóvenes emigrados mantenían entre sí y con los dirigentes unitarios también exiliados en la Banda Oriental.

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En la presente disertación abordaré el periplo que desarrolla el Estado de Derecho desde la aparición de los Estados modernos hasta la actualidad, mostrando algunas situaciones paradójicas a las que ha dado lugar y analizando las distintas justificaciones que se han realizado en el pensamiento filosófico político y jurídico. Voy a dividir esta presentación en dos partes: 1) Una breve descripción del desarrollo histórico del Estado de Derecho moderno hasta la actualidad, señalando sus distintos modelos y sus principales características, junto con algunas paradojas en el Estado de Derecho actual; 2) Un breve análisis de las distintas justificaciones teóricas respecto al Estado de Derecho, especialmente centradas en su versión actual de Estado Constitucional de Derecho. Por último terminaré con algunas reflexiones personales. La primera parte es más descriptiva del cuadro de situación y la segunda, más reflexiva de la misma desde el punto de vista filosófico.

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Contenido: Abreviaturas y citas – Artículos: Los sacramentales de la Iglesia, el matrimonio y la familia / J. Bonet Alcón – Los consejos de asuntos económicos / A. W. Bunge – I beni culturali di interesse religioso in Italia : la collaborazione tra autorità ecclesiastiche e autorità civil / G. Feliciani – El Opus Dei y sus tribunales / C. I. Heredia – Errore e simulazione circa la sacramentalità del matrimonio nella realtà dell’odierna società postcristiana / M. F. Pompedda – Notas – Jurisprudencia – Actualidad – Legislación particular argentina -- Recensiones

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Jansenismo e ilustración católica en Hispanoamérica / Edberto Oscar Acevedo -- El temor brasileño a Rosas y a Oribe / Adriana Mirel Clavijo -- Estado, Universidad y política en la modernización argentina, 1927-1930. El aporte de lo regional al proceso nacional / Miguel Ángel De Marco (h) -- Entre la bilateralidad y las estrategias regionales de política económica. La Argentina y el Cono Sur durante la Segunda Guerra Mundial, 1940-1941 / Beatriz Figallo -- Educación socialista, modernización, modernización científica y organización sindical durante el gobierno de lázaro Cárdenas en México (1934-1940) / Ana María Kapelusz-Poppi -- La universidad y la política en la modernización argentina, 1918-1930 / Hebe Carmen Pelosi -- Los aportes de los investigadores pioneros a la arqueología del Noroeste Argentino / Paola Silva Ramundo -- Reseñas Bibliográficas -- Índices de Temas de Historia Argentina y Americana Números 1 a 10

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Contenido: La ley y la gracia según Santo Tomás de Aquino / I. Andereggen – Algunas sugerencias para la interpretación del canon 1095, 2º / J. M. Serrano Ruiz – El Concilio Plenario Latinoamericano y los Sínodos Argentinos de principios del siglo XX / N. C. Dellaferrera – Las fuentes del Derecho Público Eclesiástico en el Concilio Vaticano II y en el Código de Derecho Canónico / A. D. Busso – Jurisprudencia – Actualidad – Documentos – Legislación particular argentina

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Resumen: La historia de la Iglesia Católica en Uruguay ha sido un tema controversial. Los cultores de la “historia oficial” y la gran mayoría de los historiadores profesionales lo relativizaron considerándolo un asunto menor, con relevancia exclusivamente en el ámbito de la historia de la cultura o de las ideas. Las iniciativas de la propia institución en pro del conocimiento de su pasado han sido exiguas. En este artículo ensayamos un revisión crítico-descriptiva de la producción sobre el tema, con los objetivos de: a) dar cuenta del estado de la cuestión a partir de un relevamiento exhaustivo y representativo de las publicaciones realizadas especialmente por religiosos uruguayos y extranjeros; y b) esbozar algunas explicaciones en torno al escaso interés que el asunto ha generado

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Una atenta lectura del “Título Preliminar” del Anteproyecto del Código Civil y Comercial y sus Fundamentos presentado por la Comisión integrada por los Dres. Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Aída Kemelmajer de Carlucci, en cumplimiento del Decreto presidencial Nº 191/2011, muestra una cuestión relevante para la Teoría general del derecho desde el punto de vista ius-filosófico: que tal reforma integral colocará a nuestro ordenamiento jurídico privado en la vía de la llamada “constitucionalización del derecho”...

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Resumen: Es insuficiente para comprender adecuadamente las causas sociales, políticas e ideológicas de la incorporación del matrimonio civil obligatorio a nuestra legislación, el analizar el período histórico próximo a la sanción de la ley 2.393. Por ello hemos organizado la investigación en tres capítulos: “Los matrimonios entre personas de distinta religión”, “Católicos y liberales” y “La Ley de Matrimonio Civil”. El primero abarca la problemática, las distintas soluciones y la legislación aplicable, en el Río de la Plata, desde el tiempo de la colonia hasta la sanción del Código Civil. El segundo, la concepción filosófica de los hombres de la generación del ochenta, protagonistas de la sanción de la ley 2.393, las dos corrientes de pensamiento enfrentadas por su concepto del hombre, la libertad y el Estado, la posición de la prensa, los criterios sustentados por los doctorandos de la época, el fenómeno inmigratorio y el proceso de secularización. Por último, el proyecto de ley, sus repercusiones en la sociedad, en la prensa, el clero y la opinión pública; y su tratamiento en el Congreso de la Nación. Buscamos discernir las causas verdaderas y principales y las ficticias que llevaron a la introducción del matrimonio civil en el derecho argentino, para ello no solo hemos consultado las fuentes habituales, sino que hemos examinado gran cantidad de fuentes originales de la época. Entre ellas, a) la totalidad de los artículos publicados en los diarios La Prensa y La Nación durante el período 1870–1888; b) las Cartas remitidas por el Obispo de Buenos Aires, Monseñor Aneiros y por el Obispo de Córdoba, Fray Reginaldo al Senado de la Nación; c) Actas de las Sesiones de las Cámaras de Diputados y Senadores y d) las tesis doctorales de Francisco Barroetaveña, Daniel Goytia, Julio Sánchez Viamonte, Leopoldo Tahiér, Federico Valdez, Alejandro González Vélez y Alejandro Garramuño.