5 resultados para DELITOS CONTRA LA PERSONA - POLITICA GUBERNAMENTAL - COLOMBIA


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[ES]Este Trabajo de Fin de Grado (TFG) está relacionado con las prácticas efectuadas en la Guardia Municipal de San Sebastián (País Vasco) y pretende analizar las órdenes de protección concedidas a víctimas de violencia de género inmigrantes y nacionales para comprobar si existe alguna diferencia en cuanto a su aplicación. Asimismo, se pretende analizar el procedimiento efectuado por este cuerpo policial y servicios sociales en estos casos, así como el perfil de la víctima y el agresor. Por otra parte, se procura analizar aspectos controvertidos de la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral de la Violencia de Género. Para ello, se utilizara una metodología mixta. Por una parte de corte cualitativo realizando cuatro entrevistas (a dos víctimas, una agente de policía y una trabajadora social) para ahondar más respecto a este tema. En segundo lugar, desde una perspectiva cuantitativa se explorará la base de datos de la Guardia Municipal en materia de violencia de género para realizar un análisis estadístico. Finalmente, se abordaran las conclusiones a las que se ha llegado con este trabajo y se propondrán mejoras de cara a futuras investigaciones y a la operatividad de la Guardia Municipal.

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[ES] El trabajo analiza cómo la estrategia de la biopolítica actual se vale de un supuesto conocimiento empírico del cerebro para el gobierno de los sujetos en sociedades liberales avanzadas. Explora la creciente difusión del saber-poder neurocientífico, las posturas más representativas y su impacto en la definición de lo humano. Mediante una metodología cualitativa de análisis de discurso de materiales audiovisuales, se identifican una serie de estrategias discursivas y metáforas cognitivas, que resultan altamente operativas en y para el discurso "neuro". Estos aspectos dan como resultado, la posibilidad de que los sujetos perciban una necesidad de cambio epistémico.

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En los inicios, las primeras disposiciones legales que aparecieron cronológicamente con la finalidad de regular la seguridad del tráfico fueron de carácter exclusivamente administrativo. Sin embargo, ante el notorio incremento del número de accidentes de tráfico, los legisladores optaron por su incriminación penal, lo que suponía la imposición de una sanción judicial más o menos grave con la que se pretendía intimidar al conductor1. La negativa de algunos conductores a someterse a la prueba de alcoholemia generaba problemas a la hora de perseguir los delitos contra la seguridad del tráfico. Por ello, el Código Penal de 1995 aprobado por la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, introdujo esta figura delictiva, a través del artículo 380, sancionando penalmente la negativa a someterse a las pruebas establecidas al efecto, castigándolo como autor de un delito de desobediencia grave, pues, hasta entonces, los conductores que se negaban a someterse a las pruebas de alcoholemia eran sancionados únicamente por vía administrativa2. El artículo 380 del Código Penal disponía que “el conductor que, requerido por el agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de los hechos descritos en el artículo anterior, será castigado como autor de un delito de desobediencia grave, previsto en el artículo 556 de este Código”3. Desde su introducción en el Código Penal, el delito de negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia sólo recibió numerosos reproches por parte de la doctrina. A pesar de ello, la Ley Orgánica 15/2007, de 30 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de seguridad vial, optó por mantener dicho delito, si bien modificó ligeramente la definición legal del mismo, a través del nuevo artículo 383