14 resultados para DELITO DE DESACATO

em Archivo Digital para la Docencia y la Investigación - Repositorio Institucional de la Universidad del País Vasco


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La seguridad urbana y el miedo al delito son unos de los temas que actualmente más preocupan no sólo a los gestores de las ciudades, sino también a los propios ciudadanos ya que afecta de manera clara a la calidad de vida. Por todo ello se realizó este estudio, a través de una encuesta de 106 personas en la ciudad de Donostia-San Sebastián, para conocer la situación de la seguridad tanto objetiva como subjetiva de los habitantes de la ciudad.

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Criminología ambiental relacionada con los robos y hurtos en comercios, teniendo en cuentael análisis y las estrategias de prevención sobre él.

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Evolución histórica y regulación actual en el ordenamiento jurídico español, tomando como base la Constitución Española de 1978, del delito de violencia de género.

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En los inicios, las primeras disposiciones legales que aparecieron cronológicamente con la finalidad de regular la seguridad del tráfico fueron de carácter exclusivamente administrativo. Sin embargo, ante el notorio incremento del número de accidentes de tráfico, los legisladores optaron por su incriminación penal, lo que suponía la imposición de una sanción judicial más o menos grave con la que se pretendía intimidar al conductor1. La negativa de algunos conductores a someterse a la prueba de alcoholemia generaba problemas a la hora de perseguir los delitos contra la seguridad del tráfico. Por ello, el Código Penal de 1995 aprobado por la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, introdujo esta figura delictiva, a través del artículo 380, sancionando penalmente la negativa a someterse a las pruebas establecidas al efecto, castigándolo como autor de un delito de desobediencia grave, pues, hasta entonces, los conductores que se negaban a someterse a las pruebas de alcoholemia eran sancionados únicamente por vía administrativa2. El artículo 380 del Código Penal disponía que “el conductor que, requerido por el agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de los hechos descritos en el artículo anterior, será castigado como autor de un delito de desobediencia grave, previsto en el artículo 556 de este Código”3. Desde su introducción en el Código Penal, el delito de negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia sólo recibió numerosos reproches por parte de la doctrina. A pesar de ello, la Ley Orgánica 15/2007, de 30 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de seguridad vial, optó por mantener dicho delito, si bien modificó ligeramente la definición legal del mismo, a través del nuevo artículo 383

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El contenido del presente trabajo, se ha realizado tomando como base tanto la evidencia empírica como la literatura que hay sobre el fenómeno del miedo al delito y la percepción de inseguridad ligada a la estructura y al diseño ambiental de una ciudad, o en cómo está ha sido configurada. Del mismo modo, analizar aquellos elementos de índole social que intervienen en toda esta dinámica de construcción de ciudad y vida en las calles, así como de la manera en la que todo lo anterior influye en las decisiones de actuación y uso del espacio urbano de los miembros de una sociedad. El objetivo de todo este entramado tan complicado -dadas sus variabilidades o dada la casuística en la materia-, es ofrecer un acercamiento al tema del miedo al delito y a la percepción de inseguridad ciudadana desde distintos enfoques, así como dar a relucir los resultados recogidos de la encuesta de percepción de inseguridad en algunos barrios de Donostia – San Sebastián, durante el mes de febrero y marzo de 2016. Todo ello con el fin de ilustrar las posibles diferencias de género en esta cuestión, lo que a su vez ha permito llevar a cabo un pequeño acercamiento a la dinámica de trabajo de un estudio empírico.

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[ES]Análisis del delito de estupro en los siglos XIV y XVII en los reinos de Castilla y de Navarra a través de la legislación y las fuentes judiciales.

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Duración (en horas): De 11 a 20 horas. Destinatario: Estudiante y Docente

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[ES]La pena de cárcel, como única respuesta al delito, no constituye ninguna solución para el hecho delincuencial. No es solución para la víctima porque queda en el más profundo de los desamparos. No es solución para el infractor porque la cárcel no sólo no rehabilita sino que puede generar más delincuencia, como lo acredita el alto índice de reincidencia. Finalmente, no es una solución para la Comunidad por los altos costes, no sólo penitenciarios. Sólo integrada con otras respuestas no carcelarias, la respuesta prisional permite un abordaje sensato de la delincuencia. Se aboga, por ello, por una justicia que reconozca la existencia de otras instancias reparadoras como: la mediación, el arbitraje, el diálogo víctima - agresor, etc.

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XI, 529 p.

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[EU]Lan honen helburua, gizartean torturari aurre egiteko dauden mekanismoak eta delitu honen errealitatea ikuspegi kriminologikotik aztertzea da. Hiru zatitan banatu da: alde batetik, torturaren oinarrizko ingurumariak. Bertan torturaren historia, kontzeptua eta lege-teistuingurua aztertzen dira delitu honi buruzko ideia orokorra sortzeko. Beste alde batetik, kriminologiaren teorien bidez torturaren delitua azaltzen da, honen zergatia eta prebentzio metodoak ezartzeko helburuarekin. Azkenik, torturaren errealitatearen azterketa burutu da, “Tortura Ikerketa Proiektua (1960-2013)” lana azalduz. Proiektu horretan oinarrituta, kriminologoak giza eskubide bortxaketen ikerketetan ere burutzen duten funtzioa aztertu da.

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IDIOMA: ESPAÑOL Mediante el siguiente trabajo se presenta una visión general del fraude empresarial y en particular de la práctica de manipulación contable. Se analiza la evolución del fraude y la influencia de la crisis económico-financiera sobre el mismo y los tipos de fraude. Una vez introducido el tema, el trabajo se centrará en la manipulación contable y las técnicas más habituales. El presente trabajo es un informe sobre la manipulación contable y sus aspectos éticos y legales. Se procederá al análisis de las motivaciones que llevan a los empresarios a realizar este tipo de delito económico. Posteriormente se analizará la difusión del mismo y la relación de la ética con los comportamientos fraudulentos. Finalmente se plantearán medidas a adoptar para acabar con la manipulación contable.

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[ES]Se aborda la Mediación Penal desde la perspectiva de la nueva normativa que ha entrado en vigor o estará vigente próximamente. Incluye un estudio sobre la supresión de las faltas, la creación de los denominados Delitos Leves en el Código Penal y la incorporación del Principio de Oportunidad. (Reforma del Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal). Especial relevancia del Estatuto de la Víctima del Delito, y la influencia y aplicación a Víctimas de Violencia de Género. Así como la especial consideración a la Justicia Restaurativa en la Mediación Penal. Se elabora un estudio sobre la Mediación Penal en los Anteproyectos de Reforma de 2011 y 2012.

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En este trabajo sobre la disciplina de la Resolución Alternativa de Conflictos se abordarán temas relacionados con la Justicia Restaurativa y el Derecho Penal, ahondando en aquellas situaciones conflictivas en las que existe conducta delictiva pero no existen víctimas determinadas. En especial, la investigación acerca de los delitos sin víctima determinada va dirigida hacia el ámbito de la Seguridad Vial, concretamente hacia aquellas situaciones donde existe delito de conducción temeraria (art. 380 CP). Este trabajo destaca la insuficiencia del Derecho Penal y, por ende, explora si la Justicia Restaurativa puede ser el paradigma idóneo en el que dar respuesta a estas situaciones conflictivas, siendo ésta la hipótesis que se plantea. La primera parte de la investigación está dedicada a aportar una base teórica al lector sobre la Justicia Restaurativa. La segunda parte es el eje de este Trabajo de Fin de Grado, ya que es la parte que se centra en los delitos sin víctima determinada, conteniendo ésta una propuesta de intervención de carácter restaurativo, apoyada por diversos profesionales de la Justicia Restaurativa y de la Seguridad Vial con los que se ha mantenido contacto durante la realización del presente trabajo. La tercera parte está destinada a integrar dicha propuesta en una asociación que trabaja con el modelo restaurativo de justicia. Para ir finalizando, se procederá a comprobar si la hipótesis se cumple o no y, por último, se expondrán las conclusiones extraídas de la investigación