261 resultados para reglamentación


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Tesis (Maestría en Ciencias de la Administración con Especialidad en Relaciones Industriales) UANL

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Tesis ( Maestría en Derecho Mercantil) U.A.N.L.

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En este texto se presenta un espacio de intercambio de conocimientos desde una perspectiva científica, técnica y jurídica, para contribuir a la protección de los recursos naturales. Debido a la importancia de establecer mecanismos para proteger la biodiversidad y posibilitar la preservación de los conocimientos asociados especialmente al uso de la flora medicinal, la Línea de Investigación en Política y Legislación, del Grupo de Estudios en Sistemas Tradicionales de Salud de la Facultad de Medicina, y la Línea de Derecho Ambiental y Grupos Étnicos, del Grupo de Derechos Humanos de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, desarrollaron este libro a través del cual la Universidad se propone profundizar en el panorama actual de la reglamentación y política –Internacional, nacional y local—respecto a la flora medicinal y al patrimonio cultural inmaterial asociado a esta.

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La teoría financiera define el objetivo básico financiero como la maximización de la riqueza de los accionistas. Al respecto los autores de este trabajo perciben el objetivo básico financiero como la maximización de la riqueza de la sociedad en general. Es claro que lo anterior no resta importancia a la preocupación por incrementar el valor de la riqueza del accionista, pero sí equipara los intereses de los diferentes actores relacionados con las empresas. En esa búsqueda de la maximización de la riqueza de los accionistas se entiende que esta solo es posible maximizando el valor de la empresa. Y el valor de las empresas no depende del valor en libros o el valor de mercado de sus activos, sino está relacionado con la capacidad de generar liquidez para el accionista que represente el retorno esperado sobre los recursos comprometidos en el negocio.

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Lineamientos para una reglamentación de la flora medicinal Tres décadas después de que la Organización Mundial de la Salud (OMS) avalara el uso de las plantas medicinales en los sistemas nacionales de salud, Colombia aún no cuenta con una legislación que le permita proteger y aprovechar su flora medicinal en beneficio de la población. Para subsanar este vacío, el Grupo de Estudios en Sistemas Tradicionales de Salud de la Facultad de Medicina (GESTS) y el Grupo de Investigación en Derechos Humanos de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario decidieron analizar los avances legislativos desarrollados en todo el mundo, con el fin de sentar las bases de una reglamentación nacional que estimule el cultivo, aprovechamiento sostenible y uso terapéutico de las plantas y sus productos derivados.(...) Esta iniciativa cobra mayor importancia ante el incremento de reglamentaciones locales relacionadas con las medicinas herbáceas (...) . Mientras en 1995 sólo 42 de los 193 países miembros de la OMS tenían normas relacionadas con la medicina basada en hierbas, para el 2005 una encuesta realizada en 140 países mostró que en 92 de ellos ya se había reglamentado el uso de plantas medicinales. Se ha extendido tanto el uso de éstas plantas que el mercado mundial de medicinas elaboradas con hierbas basadas en el conocimiento tradicional supera los 60.000 millones de dólares(...)(cerca de la mitad del PIB de Colombia). Ésto se traduce, además, en una preocupación permanente sobre su tráfico y comercio inadecuado (...) , ante el inminente riesgo de extinción biológica de algunas especies, como lo advierten varios estudios de la OMS (...) (...) (*) . Ahora bien, aunque la propuesta de los investigadores podría sentar los lineamientos básicos para un proyecto de ley, la reglamentación no puede convertirse en un punto de llegada, ya que sin importar lo que diga la legislación, la gente seguirá haciendo uso –con viejas o nuevas maneras– de las plantas medicinales. Por tanto, el grupo interdisciplinario de investigadores, propone un marco conceptual que permita entender el universo de la botánica médica, estableciendo las fronteras de su estudio y precisando los lenguajes utilizados por la medicina moderna y la medicina tradicional.

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El documento de investigación número 31 de la Facultad de Administración, titulado “Reglamentación para la administración y supervisión del riesgo operativo en Colombia”, presentó la investigación relacionada con los avances sobre la reglamentación y supervisión de este riesgo hasta febrero del 2006, no sin antes contextualizar al lector respecto al marco teórico, y los avances realizados en países como México y España. Esta segunda entrega se realiza debido a la pertinencia del tema y a la falta de conocimiento por parte de la academia de lo que en el presente ocurre en las empresas. Este documento de investigación, además de presentar la indagación realizada respecto a la reglamentación para la administración y supervisión del riesgo operativo en Chile, Perú y Ecuador, pretende resaltar el trabajo realizado por Andrei Mosquera Torres respecto al sistema administrativo de riesgo operacional para una sociedad comisionista de bolsa. El mencionado trabajo, desarrollado por Andrei Mosquera para optar por el título como Profesional en Finanzas y Comercio Internacional de la Universidad del Rosario, recoge su experiencia respecto a la administración del riesgo operativo (operacional) en una firma comisionista de bolsa.

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Legislación técnico-sanitaria sobre comedores colectivos, dirigida a aquellas empresas públicas o privadas entre cuyas actividades se incluye el servicio de comidas a los clientes; se recogen las normas relacionadas con el libro de visita, cocina, almacenes, comedor, zona de barra, servicios higiénicos y vestuario, personal, y conservación y preparación de alimentos.

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Se transcriben las principales líneas del Reglamento de las Escuelas Técnicas de Grado Medio, aprobado por Orden Ministerial de 7 de mayo de 1962, por el Ministerio de Educación Nacional. Se definen los objetivos de las escuelas, entre otros, 'dar las enseñanzas completas para la formación de los titulados respectivos'. Para cursar en las Escuelas Técnicas de Grado Medio era necesario estar en posesión de algunos de los títulos de Bachiller en cualquiera de sus grados y modalidades, Perito Mercantil, Maestro de Primera Enseñanza, Maestro Industrial u Oficial Industrial, o ser operario clasificado como Oficial de primera o equiparable, con una antigüedad mínima de dos años en tal categoría. La Junta de Profesores es el órgano de consulta y asesoramiento del Director y está integrada por los Catedráticos numerarios, los Profesores encargados de Cátedra, los Profesores especiales y la representación del Sindicato Español Universitario en la Escuela. El personal docente estaría integrado por: Catedráticos numerarios, profesores adjuntos, profesores encargados de cátedra o curso, profesores especiales, ayudantes para clases prácticas, maestros de taller o de laboratorio y capataces. Los medios económicos y el presupuesto con el que contaban la Escuelas estaban constituidos en su mayoría por: tasas y derechos académicos, subvenciones del Presupuesto del Ministerio de Educación Nacional, subvenciones oficiales y particulares, medios propios de la escuela y también por publicaciones. Las enseñanzas impartidas en estas escuelas se organizaban en torno al régimen de la enseñanza oficial, alumnos oficiales, alumnos libres, enseñanzas sin efectos académicos. Por último, estas Escuelas poseían una sección de publicaciones, biblioteca, departamentos y laboratorios con fines especiales y servicio médico.