1000 resultados para orden público
Resumo:
Cuando una persona se abstiene de usar el dinero para que otra lo haga, se da como fruto de un acuerdo de voluntades, el cual debe ser respetado por ambas partes por el tiempo en el cual su relación jurídica persista
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Este trabajo busca encontrar una solución para aquel consumidor local que ha celebrado un contrato de compraventa internacional de mercaderías, y el bien objeto de contrato tiene un defecto que genera daño. Propone la aplicación de la falta de conformidad, a través de la figura del efecto atenuado del orden público, como una medida que sustituye la responsabilidad por producto defectuoso contenida en la ley 1480
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La obra vincula las instituciones, el orden público y la construcción de una ciudadanía en la Pampa Central con la extensión de propiedades de construcción del Estado que el gobierno federal intentaba concretar en los territorios nacionales -fines del siglo XIX-. Se analizan las instituciones, su constitución, funcionamiento e inconvenientes. Se reconstruyen las relaciones de la incipiente sociedad civil que estaba adquiriendo rasgos de "ciudadanía", pese a la limitación del derecho a la soberanía y representación política, por cuya razón se abocó al reducido poder local, a la conversión del Territorio en provincia y a la presión sobre las instituciones del Estado. Ciertos sectores sociales -vecinos propietarios- participaron en el poder y pudieron incidir en la disposición de un determinado orden público. Se descubre este entramado a través de la cuestión política, la constitución de la esfera pública, el papel de la prensa, y el accionar de sectores gubernamentales y particulares, especialmente en los conflictos sociales. Estas cuestiones se analizan con mayor profundidad en el estudio particular de una institución: la justicia letrada nacional con marcado poder en el Territorio. Se demuestra que esta institución ejerció un papel importante en la extensión de las propiedades que caracterizaron la construcción y consolidación del Estado. El protagonismo judicial a nivel nacional tuvo su correlación en el poder de los jueces y de los juzgados letrados territoriales, basado en: el carácter nacional de estos tribunales, el perfil profesional de sus miembros, una red social y política de los magistrados a nivel nacional y, la debilidad de las demás instituciones del Territorio. Este poder era reconocido y consolidado por la prensa y los vecinos -propietarios, comerciantes y profesionales- interesados en jerarquizar el papel de la justicia.
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La obra vincula las instituciones, el orden público y la construcción de una ciudadanía en la Pampa Central con la extensión de propiedades de construcción del Estado que el gobierno federal intentaba concretar en los territorios nacionales -fines del siglo XIX-. Se analizan las instituciones, su constitución, funcionamiento e inconvenientes. Se reconstruyen las relaciones de la incipiente sociedad civil que estaba adquiriendo rasgos de "ciudadanía", pese a la limitación del derecho a la soberanía y representación política, por cuya razón se abocó al reducido poder local, a la conversión del Territorio en provincia y a la presión sobre las instituciones del Estado. Ciertos sectores sociales -vecinos propietarios- participaron en el poder y pudieron incidir en la disposición de un determinado orden público. Se descubre este entramado a través de la cuestión política, la constitución de la esfera pública, el papel de la prensa, y el accionar de sectores gubernamentales y particulares, especialmente en los conflictos sociales. Estas cuestiones se analizan con mayor profundidad en el estudio particular de una institución: la justicia letrada nacional con marcado poder en el Territorio. Se demuestra que esta institución ejerció un papel importante en la extensión de las propiedades que caracterizaron la construcción y consolidación del Estado. El protagonismo judicial a nivel nacional tuvo su correlación en el poder de los jueces y de los juzgados letrados territoriales, basado en: el carácter nacional de estos tribunales, el perfil profesional de sus miembros, una red social y política de los magistrados a nivel nacional y, la debilidad de las demás instituciones del Territorio. Este poder era reconocido y consolidado por la prensa y los vecinos -propietarios, comerciantes y profesionales- interesados en jerarquizar el papel de la justicia.
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La obra vincula las instituciones, el orden público y la construcción de una ciudadanía en la Pampa Central con la extensión de propiedades de construcción del Estado que el gobierno federal intentaba concretar en los territorios nacionales -fines del siglo XIX-. Se analizan las instituciones, su constitución, funcionamiento e inconvenientes. Se reconstruyen las relaciones de la incipiente sociedad civil que estaba adquiriendo rasgos de "ciudadanía", pese a la limitación del derecho a la soberanía y representación política, por cuya razón se abocó al reducido poder local, a la conversión del Territorio en provincia y a la presión sobre las instituciones del Estado. Ciertos sectores sociales -vecinos propietarios- participaron en el poder y pudieron incidir en la disposición de un determinado orden público. Se descubre este entramado a través de la cuestión política, la constitución de la esfera pública, el papel de la prensa, y el accionar de sectores gubernamentales y particulares, especialmente en los conflictos sociales. Estas cuestiones se analizan con mayor profundidad en el estudio particular de una institución: la justicia letrada nacional con marcado poder en el Territorio. Se demuestra que esta institución ejerció un papel importante en la extensión de las propiedades que caracterizaron la construcción y consolidación del Estado. El protagonismo judicial a nivel nacional tuvo su correlación en el poder de los jueces y de los juzgados letrados territoriales, basado en: el carácter nacional de estos tribunales, el perfil profesional de sus miembros, una red social y política de los magistrados a nivel nacional y, la debilidad de las demás instituciones del Territorio. Este poder era reconocido y consolidado por la prensa y los vecinos -propietarios, comerciantes y profesionales- interesados en jerarquizar el papel de la justicia.
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El trabajo versa sobre la excepción de orden público internacional respecto al reparto de la pensión de viudedad en matrimonios poligámicos. Aplicando el orden público internacional atenuado, es posible el reparto equitativo entre las diferentes esposas.
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Se trata de comprobar si una institución tan clásica del derecho internacional privado está hoy día activa en nuestra realidad jurídica.
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Tít. tomado de principio de texto
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La virtualitat de la formulació de la llibertat civil com a principi de l'ordenament civil català és, precisament, que permet projectar-la sobre qualsevol àmbit en el qual el poder de decisió resti en poder dels particulars. Així doncs, el legislador parteix del respecte per a l'autonomia privada com a eina d'autoregulació d'interessos. A Catalunya, el principi de llibertat civil en la regulació de les relacions familiars és més extens que en el Codi Civil, d'acord amb la pròpia tradició jurídica, palesada en tots els textos legals. La llibertat civil té una àmplia projecció en l'organització de les institucions de protecció de la persona. El legislador ha optat per un sistema de familiar, amb la justa intervenció judicial de control (p.ex., la designació voluntària d'òrgans de protecció té caràcter vinculant pel jutge). El principi de llibertat civil es veu enormement enfortit en la futura legislació representada avui per l'encara Avantprojecte de Llei del Llibre segon Codi Civil de Catalunya. L'Avantprojecte també vindrà a reforçar la llibertat dels contraents o cònjuges pel que fa a l'autorregulació de les seves relacions patrimonials intensificant la possibilitat de pactes abdicatius o limitatius dels drets derivats d'una futura ruptura i introduint una regulació al respecte amb atenció als límits que la doctrina i la jurisprudència ha vingut imposant a les experiències pràctiques en aquest àmbit. Les unions estables no es poden sostreure a l'aplicació dels mínims legals: la llibertat de ser només “de fet” pràcticament no existeix. Ens trobem davant una qüestió d'ordre públic perquè és una nova modalitat de família a la que s'ha de dispensar la protecció constitucional (art. 39 CE). La llibertat es limita a escollir entre que el vincle o unió sigui matrimonial o no. L'Avantprojecte incrementa la intervenció de l'Estat: la llibertat es redueix al contingut dels pactes reguladors de la convivència i de la seva crisi.
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Durante la Edad Media, las professiones iuris eran manifestaciones por las que los intervinientes en un negocio jurídico declaraban cuál era el derecho de su estirpe, al cual deseaban sujetar el negocio en cuestión. En la Suiza de finales del siglo XIX, la terminología fue recuperada para dar nombre a una institución de Derecho internacional privado en virtud de la cual el testador podía elegir limitadamente la ley rectora de su sucesión. Esta moderna professio iuris experimenta un impulso enorme cuando es incluida en el Convenio de La Haya de 1989 sobre Ley Aplicable a las Sucesiones por Causa de Muerte, ya que el texto del Convenio ha servido de modelo a importantes regulaciones posteriores; entre ellas, la Propuesta de Reglamento europeo en materia de sucesiones, que autoriza al causante a escoger expresamente su ley nacional para regir el conjunto de la sucesión, sin que un resultado perjudicial para los legitimarios pueda considerarse contrario al orden público.
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Ya es posible inscribir en el Registro Civil español a los hijos “naturales” de un matrimonio homosexual, nacidos en el extranjero mediante gestación por sustitución. Y ello a pesar de que el artículo 10.1 de la vigente ley española sobre técnicas de reproducción humana asistida declara la nulidad de pleno derecho de los contratos de renuncia a la filiación materna, y ordena con carácter imperativo que en estos supuestos la filiación de los nacidos se determine por el parto. El presente artículo analiza y formula una crítica sobre la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 18 de febrero de 2009 incidiendo en algunas cuestiones relevantes como la seguridad jurídica y el interés superior del menor, al hilo del análisis del supuesto de hecho y de los argumentos esgrimidos en la resolución.