1000 resultados para estatuto de la víctima de delito
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Tesis (Doctora en Derecho con orientación en Derecho Procesal) UANL, 2014
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La presente investigación deja al descubierto que para llegar a los modelos de procedimiento penal actual, que gozan de una contundente humanización y teorías de vanguardia que incluyen a la víctima dentro de su dinámica, la humanidad tuvo que recorrer un largo camino de aciertos y desaciertos en sus formas administrar justicia penal y mantener el equilibrio de sus sociedades. Colombia ha sido parte de estas transformaciones y avances, y muestra de ello es la implantación del nuevo sistema penal acusatorio a partir de la Ley 906 de 2004 que incluye a la víctima del delito dentro de un nuevo rol protagónico y participativo a lo largo del desarrollo del proceso penal. Sin embargo, el presente estudio permite argumentar que dada la precariedad de la implantación del sistema y la falta de un despliegue adecuado de tiempos, recursos y planes de desarrollo humano, el modelo ha encontrado en la práctica algunas falencias que le impiden una aplicación efectiva de lo preceptuado por el legislador. Asimismo, la naturaleza propia del sistema acusatorio deja varios cuestionamientos acerca de la participación efectiva de las víctimas y los afectados, y finalmente, el papel del Estado como garante de los derechos de todos los ciudadanos en concordancia con los mandatos constitucionales queda en entredicho por la desprotección a la que se ve sometida la víctima en la práctica cuando el proceso penal no cumple el fin de justicia.
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El presente estudio expone la regulación del nuevo delito de "atti persecutori" introducido en el Código Penal italiano. El Decreto Legge 11/2009, de 23 de febrero, convalidado por el Parlamento italiano mediante la Ley 28/2009, ha incluido un nuevo art. 612 bis al CP italiano. Con la inclusión de dicho delito entre los que protegen la libertad del individuo Italia se incorpora a la corriente político-criminal que propugna la criminalización del stalking. La incriminación de dichas conductas de acoso constituye una orientación iniciada en Estados Unidos a principios de los 90, que ha colonizado otros países del Common Law y que finalmente ha llegado a la Europa continental. En este trabajo se analizan básicamente los elementos del tipo del nuevo delito italiano. Sin embargo, no se deja de atender ni a la previa conceptuación de este fenómeno ni a otras medidas protectoras de la víctima del stalking que se incorporan al ordenamiento italiano mediante la presente Ley.
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El objetivo principal de este estudio es profundizar en el concepto de desistimiento y los factores de protección, primero a nivel teórico y después a nivel empírico. El estudio consta de dos partes, una primera descriptiva del perfil del menor desistente, y una segunda hecha con encuestas, donde se evalúan les dimensiones de la competencia emocional en un grupo de adolescentes infractores. A partir de una muestra de 288 adolescentes infractores, 86 reincidentes y 202 desistentes, de las comarcas del Baix Llobregat, Garraf, Alt Penedès y algunos municipios del Anoia, se analizan las diferencias sociodemográficas, criminológicas y del recorrido educativo hecho en la Dirección General de Justicia Juvenil. A continuación participan en el estudio por encuesta una muestra de 101 adolescentes, 45 reincidentes y 56 desistentes, procedentes de los programas de mediación, medio abierto e internamiento. Los adolescentes desistentes en el delito obtienen puntuaciones superiores a los reincidentes, siendo estas diferencias estadísticamente significativas en la dimensión de competencia social y en la puntuación total de competencia emocional.
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En els darrers temps, tan a nivell doctrinal com legislatiu, han augmentat progressivament els esforços encaminats a dotar de la deguda protecció processal la víctima d'un delicte. Sens dubte, la situació ha millorat notòriament d'uns anys ençà. No obstant, la proliferació de textos legals relatius a la matèria potser acabi provocant l'efecte contrari al que inicialment es tenia en ment. En altres paraules, el desconcert que pot causar a una víctima que les seves possibilitats d'intervenció siguin variables d'un procés a un altre no afavoreix gens ni mica el dret que té a una tutela judicial efectiva. En aquest treball es posa de relleu la situació prenent com a punt de referència dues de les reformes processals més recents que han incidit en matèria d'atenció a la víctima: les Lleis 8/2002 i 38/2002 sobre judicis ràpids i de modificació del procediment abreujat i la Llei 5/2000, reguladora dels processos de menors. Aparentment, els judicis de menors tenen poc a veure amb els d'adults, però, precisament per aquesta distància entre ells, resulta significatiu l'acostament que es podria produir en l'àmbit de la protecció de la víctima. Un dels objectius d'aquest treball és justament demostrar els aspectes en els quals es podrien unificar les normes referents a la matèria. Un cop aconseguit en aquests processos, no sembla que hi hagi cap obstacle que impedeixi postular la unificació pretesa en aquesta investigació de forma general. Una qüestió diferent és que en alguns punts no sigui possible dur a terme la unitat esmentada de forma immediata i resulti necessària una reforma legal. Ara bé, tan sols atenent a la legislació vigent, existeix l'opció de fer un gran pas en la direcció apuntada. Només cal canviar la manera com s'està practicant l'acte d'oferiment d'accions en l'actualitat. Això vol dir que no es limiti a la simple comunicació d'un escrit de difícil comprensió per algú no expert en dret, que la víctima firma sense entendre’n la transcendència. La importància d'aquest acte en relació a la tutela efectiva del perjudicat per un delicte, permet desenvolupar el contingut previst a la legislació processal per adequar-lo a les necessitats del seu destinatari. És aquí on s'obre un ampli ventall de possibilitats, que poden arribar a l'extrem de convertir l'acte de l'oferiment d'accions gairebé en una informació completa de totes les oportunitats d'actuació que tindrà una víctima en un procés i el que implica cadascuna d'elles. L'Administració Autonòmica hi pot jugar un paper important. Tenint en compte que les recents reformes processals han previst fer recaure en l'actuació de la Policia Judicial bona part de la pretesa major atenció a la víctima, ja que s'imposa de forma preceptiva que sigui aquesta autoritat la que ofereixi sempre en primer terme les accions a la víctima, seria molt oportú que la Policia Autonòmica fes ús d'un formulari d'oferiment d'accions adaptat a les necessitats de la víctima d'acord amb el que s'apunta en aquesta obra. De fet, a fi efecte que sigui d'utilitat, l'objectiu últim d'aquest treball és establir les bases que serveixin per a l'elaboració del model de formulari postulat.
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A partir de la declaración de Foucault según la cual éste reconocía ¿no haber escritomás que fi cciones¿ se trata de desentrañar el estatuto de la fi cción en su pensamiento y lalegitimidad de su uso en el pensamiento crítico. El propósito de este trabajo es mostrar quelejos de deslegitimar la indagación histórica de Foucault, el discurso fi ccionante halla suautoridad en la concepción nitezscheana de la verdad. Ésta se opone tanto a la concepciónrepresentativa como a la concepción heideggeriana de la verdad, la cual trata también desortear la representación.Nuestro análisis se centra con este fi n en el texto introductorio a La verdad y lasformas jurídicas en el que Foucault ofrece un comentario de Sobre verdad y mentira ensentido extramoral.
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Tesis (Maestría en Derecho Penal) U.A.N.L.
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UANL
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La discusión del Estatuto de la Oposición entre el gobierno de Juan Manuel Santos y el partido de oposición Polo Democrático Alternativo (PDA), alrededor de garantías, como el acceso a los medios de comunicación, derecho a réplica, seguridad, financiación, entre otras, permite analizar la postura del PDA en estas discusiones, teniendo en cuenta su desarrollo histórico como partido y la configuración del régimen, en un país donde se tergiversa y malinterpreta la labor de los partidos que se declaran en oposición.
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Motivada por entender a cabalidad y profundizar dentro del contexto investigativo algunos aspectos trascendentes del derecho procesal penal, me he propuesto analizar objetivamente y con detenimiento la génesis, el desarrollo y el ejercicio de los der
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El Estatuto sobre la lectura elaborado por el Comité Internacional del Libro consta de cinco artículos en los que se reflexiona sobre la manera de proteger e impulsar el libro y la lectura. En el artículo 1 se presenta la lectura como derecho universal y aspecto clave para acceder a nuestra herencia cultural y científica, a la participación social y el éxito económico y para desarrollar la capacidad crítica y la creatividad individual. El artículo 2 se centra en las oprtunidades de lectura. Hace hincapié en el hecho de facilitar los primeros contactos con ella, el acceso en las escuelas y también propone que forme parte de la educación en artes y cultura general de los jóvenes. El artículo 3 reclama el apoyo por parte de los gobiernos, escritores, editores, bibliotecas y medios de comunicación, entre otros. El artículo 4 expone la necesidad de información y cooperación. Finalmente, el último artículo concluye destacando el interés universal del libro.
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Desde el inicio del periodo democrático, el colectivo docente ha reivindicado la elaboración de una norma que adaptase la normativa general de los funcionarios públicos a las características propias de la función docente. Los grandes cambios en las tecnologías de la comunicación y la información, los avances del conocimiento, los cambios en las familias con la incorporación de la mujer al mundo del trabajo, la integración en una Unión Europea y las nuevas titulaciones universitarias hacen que los docentes tengan un perfil nuevo. En el Estatuto Básico del Empleado Público de 2007, se articuló el marco normativo común para todos los empleados públicos. En este mismo Estatuto Básico se decía que podría dictarse una norma específica para adecuarlo a las especificidades del personal docente. Cinco años después no se dictó esa norma. El Estatuto Docente debe ser como la estructura de un gran edificio, la estructura de la profesión docente en todo el territorio español. Se entiende el Estatuto como una norma básica, a partir de la cual en cada Comunidad Autónoma se concreta y desarrolla la profesión docente. Éste debe establecer unas condiciones suficientes y dignas para la profesión docente. Por último, se aboga por un necesario sistema de promoción profesional integral.
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Resumen basado en el de la publicación
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Con los cambios que se dan continuamente en las leyes tributarias, es menester encontrar una solución para poder evitar que se produzcan con gran frecuencia los delitos tributarios y que al juzgar tengamos leyes claras y eficaces. Que estos temas sean una fuente de consulta para el contribuyente. a) La cultura tributaria en nuestro país, es prácticamente nueva, porque si bien ya existía en nuestros códigos las leyes tributarias, la sociedad no tenía amplios conocimientos y poco a poco se han venido incluyendo en el quehacer de la sociedad y uno de los objetivos de este estudio es profundizar en el estudio de lo que se trata el delito tributario. b) El delito tributario debe ser sancionado, y otro de los objetivos es conocer el procedimiento penal tributario, analizar la jurisdicción y competencia. El delito aduanero de contrabando consiste en el ilícito y clandestino tráfico internacional de mercancías, o en todo acto de simulación, ocultación, falsedad o engaño que induzca a error a la autoridad aduanera, realizados para causar perjuicios al fisco, evadiendo el pago total o parcial de impuestos o el cumplimiento de normas aduaneras, aunque las mercancías no sean objeto de tributación. Existe consenso a nivel general, y con ello me refiero a la Comunidad Internacional por reducir los delitos aduaneros, con el fin de fomentar la honestidad y concretar el Principio de Legalidad, mantener el de Igualdad y la competitividad. Por cuanto se trata constantemente de mejorar las políticas tributarias y cubrir los vacíos legales que encontramos, es imprescindible tomar medidas para erradicar este problema. Existen avances en este campo como el incremento de las verificadoras en el control tributario que es importante todos los medios para mejorar el sistema. Con este trabajo se quiere hacer una investigación sobre la legislación, la jurisprudencia y la doctrina que los tratadistas han proporcionado sobre el ilícito tributario, haciendo una armonización de la ley tributaria con la ley penal.
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Fil: Parra, Fabiana. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.