976 resultados para bienes culturales
Resumo:
En el ámbito canónico, la noción de bien cultural es de reciente aparición. Durante los años sesenta del siglo pasado se trabajó mucho en la legislación sobre el patrimonio artístico de Italia. Esto dio origen a que la noción de bien cultural fuera ampliamente recibida en el ámbito administrativo y legal en general. El Código de Derecho Canónico utiliza distintas expresiones para referirse al mismo tema. En general usa: bona temporalia cuando se refiere a los actos sobre los bienes eclesiásticos en sentido técnico. Pero la expresión bona culturalia es referida en el canon 1283, 2° para referirse al patrimonio cultural sujeto a la administración. Se trata de bienes culturales de interés religioso...
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Duración (en horas): De 31 a 40 horas. Nivel educativo: Grado
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El trabajo no ha sido publicado
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La teoría económica ha demostrado que en mercados imperfectos la redistribución de la renta puede incrementar el bienestar social y dar lugar a situaciones en las que todos los agentes económicos involucrados puedan mejorar el nivel de bienestar. Se demuestra que la implantación de un regimen fiscal de subvenciones también puede mejorar los efectos en mercados competitivos perfectos, que se derivan de economías externas de escala.
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El artículo forma parte de una sección fija de la revista dedicada a experiencias de aula
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Título anterior de la publicación : Boletín de la Comisión Española de la UNESCO
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En este estudio se analizó la Administración Pública que tiene el encargo de la tutela y revalorización del Patrimonio Cultural, en una perspectiva comparativa entre los dos países. La investigación se dividió en dos partes. Una primera en la que se analizan las soluciones legales adoptadas por los diversos regímenes durante los siglos. Se busca analizar la respuesta legal dada históricamente a los problemática social de la conservación del Patrimonio Cultural y entender las políticas que la Administración había adoptado finalmente. Este histórico viaje terminará con la legislación vigente, y con el análisis de la Legislación inminentemente anterior, que ha sentado las bases de la actual estructura de la Administración Pública, que ejercerá las competencias relativas a la protección del patrimonio cultural. El estudio continúa con una segunda parte en la que, con dos capítulos, se procede a examinar la legislación que regula la organización de la Administración Pública tanto de Italia como de España. En cada uno de los países se analizan todos los niveles territoriales, así como los organismos o instituciones autónomas creadas dentro de los Organismos Públicos de cada Estado. El tercer capítulo supone una comparación y una crítica de ambas organizaciones. Ambas estructuras en ocasiones han surgido a partir de un punto en común, incluso, a pesar de haber tenido evoluciones distintas de conformidad a la especificidad del país, todavía presentan similitudes. Por otra parte, ambos países se han visto perjudicadas recientemente por las políticas relacionadas con los recortes en el gasto público, lo que llevó a la reducción de la Administración Pública, aunque no de un modo tan satisfactorio, como esperábamos. El estudio finaliza con las conclusiones obtenidas tras el análisis concienzudo de ambas administraciones.
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Presentamos una reflexión sobre el abismo existente entre el significado que tienen las declaraciones de Patrimonio Mundial de la UNESCO y la percepción e interpretación que le llega a la sociedad, transmitida por las declaraciones de los políticos que gestionan el Patrimonio y repetidas por los medios de comunicación. Desde que se proclamó la Convención de 1972 (París) el concepto de Patrimonio Mundial ha experimentado una evolución interesante visible a través de los avances que se han producido en materia de conservación y valoración del Patrimonio por parte de la sociedad y traducida en el reconocimiento de nuevas categorías patrimoniales además de los Monumentos y Sitios: Centros históricos, Itinerarios culturales y Paisajes culturales. Analizamos también los desvíos que afectan a los bienes declarados tales como la reproducción de los bienes patrimoniales, la reproducción del arte y la pérdida de autenticidad como ejemplo del gravísimo problema derivado de las implicaciones legales y económicas sobre la propiedad del Patrimonio. Es un problema cultural que afecta al comportamiento de los gestores cuando actúan con los valores colectivos de los bienes patrimoniales, comportamiento que se contrapone con el modo con que la sociedad quiere mantener la autenticidad de su memoria y tener acceso a su disfrute. El cambio de relación de los ciudadanos con los valores de los bienes Patrimonio Mundial, nos permite señalar que la sociedad ha llegado a considerar que el Patrimonio colectivo ya no nos pertenece ya que solo sirve para su utilización turística. Los cambios demográficos, la liberalización y la descentralización del mercado mundial, el turismo de masas, y la explotación comercial del Patrimonio, han acarreado un cambio de condiciones que lo someten a presiones y problemas asociados al desarrollo, antes inexistente. Si hasta el año 2000 los documentos legales y las recomendaciones de UNESCO habían creado un marco de referencia para la preservación de conjuntos urbanos históricos, las dificultades actuales, las presiones, exigen la formulación y aplicación de una nueva generación de políticas públicas que sirvan para reconocer y proteger la estratificación de valores culturales y naturales. Estas presiones han actuado para desarmar la protección del Patrimonio Mundial. Pero es preciso que la población no lo note. Por eso se explica el éxito del invento de Patrimonio Inmaterial como nueva categoría patrimonial.
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La comunicación que presentamos se basa en el importante movimiento ciudadano desarrollado en defensa de la Vega de Granada para reflexionar sobre un aspecto que nos parece cada vez más preocupante: la falta de un consenso social, cuando no rechazo, sobre la protección de los bienes culturales de carácter territorial, especialmente los paisajes culturales, mediante la legislación de Patrimonio Cultural. Este rechazo, que hemos denominado BICtitis, está teniendo un impacto significativo en los principios de protección del Patrimonio Cultural: el predominio de los instrumentos de planificación urbana y territorial sobre las declaraciones de Patrimonio, la naturalización de los bienes culturales territoriales o la excesiva importancia otorgada a la opinión de la población afectada. Una vez identificados todos estos efectos nocivos, realizamos una serie de propuestas para defender la validez de la utilización de la legislación del Patrimonio Cultural en la preservación de los bienes de carácter territorial.
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Los materiales poliméricos han experimentado una gran evolución en las últimas décadas, debido al auge de las investigaciones en torno a la síntesis de nuevos materiales y a los avances de las tecnologías asociadas a sus sistemas de procesado. Estas circunstancias han propiciado la aparición de una amplia gama de productos que presentan gran interés en numerosos ámbitos: embalaje (industria alimentaria, fármacos, productos químicos), construcción, diseño, calzado, textiles y por supuesto también en el campo de los Bienes Culturales. Este último uso se extiende desde su empleo en una variada producción artística (pintura, escultura, instalaciones, etc.), hasta su aplicación en procesos de conservación preventiva y en tratamientos de restauración de Bienes Culturales. En relación a su uso en conservación preventiva, están muy introducidos dentro del contexto de la manipulación, exposición, almacenamiento, embalaje y transporte, bien sea como sistemas de sujeción, soporte, aislamiento o protección. En cuanto a los tratamientos de restauración es habitual su uso como adhesivos, consolidantes, recubrimientos y soportes. Sin embargo, en general, estos materiales no han sido desarrollados para su empleo específico en el ámbito de la Conservación y Restauración del Patrimonio, sino que tienen otros usos industriales. Esta circunstancia hace necesaria la realización de estudios previos para conocer su composición, propiedades y comportamiento a largo plazo y, de esta manera, poder establecer unas recomendaciones de uso y estudiar la compatibilidad del material con la obra...
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Título anterior de la publicación : Boletín de la Comisión Española de la UNESCO
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En nuestra comunicación, pretendemos abrir un debate sobre conceptos básicos en materia de Patrimonio, su soporte teórico y las prácticas desarrolladas desde 1972 (Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial Natural y Cultural) y desde 2003 (Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial). Si es posible afirmar que en más de una ocasión la percepción e interpretación de muchos bienes declarados no se han ceñido exactamente a lo dispuesto en la declaración de 1972, y sí en la del 2003, nosotros proponemos reflexionar sobre las posibles razones de ello. Alguna puede venir dada por la impropia formulación de los tipos (material/inmaterial) de Patrimonio Cultural y ello basándonos en el segundo Considerando de la Convención de 2003: “Considerando la profunda interdependencia que existe entre el Patrimonio cultural inmaterial y el Patrimonio material cultural y natural”. Por ello queremos presentar un breve análisis de bienes incluidos en la Lista del Patrimonio Mundial y alguno de los bienes incluidos en la Lista representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad: El Misterio de Elche (2008), El Espacio Cultural de la Plaza Jemaa el-Fna (2008), Las fiestas indígenas dedicadas a los muertos (2008) y La Dieta mediterránea (2014). Esta comparación de bienes de ambas listas nos permite reflexionar sobre las diferencias y semejanzas de los considerados dos tipos de bienes patrimoniales -Patrimonio material versus Patrimonio inmaterial- y analizar las diferentes maneras de relacionarse con cada uno de ellos tanto las administraciones estatales y locales como los ciudadanos particular y comunitariamente. Presentamos unas conclusiones provisionales que giran en torno a la mayor o menor implicación, en el conocimiento y en la pervivencia del bien, de los ciudadanos y de las diferentes comunidades. Se trata de acceder al conocimiento y valoración de los bienes culturales a través del conocimiento y empeño de la investigación, o a través de la experiencia y la vivencia de las personas y sociedades. En unos casos los ciudadanos son sujetos, u objetos pasivos, mientras que en otros son sujetos activos y directamente interesados en la vigencia, preservación y difusión del bien. Así se explicaría mejor la actitud natural e inevitable en la conservación y gestión de unos bienes por parte de los ciudadanos o la “libertad” de actuación más descontrolada de los gestores públicos.