755 resultados para Víctimas de delitos


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[ES]Este proyecto trata de revisar las diferentes Oficinas de Asistencia a las Víctimas de Delitos (OAVD) de algunas Comunidades Autónomas, desde la situación en la que se encuentran las personas víctimas de delitos que acuden a estos centros, hasta la manera de proceder de los mismos en relación a su labor (asistencia, orientación, protección, ayuda, etc. a éstas); así como de delimitar las funciones que realizan con el fin de subrayar la necesidad de un modelo de atención integral a víctimas de delitos, entendido en un sentido amplio, complejo y diverso

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[ES]El presente trabajo trata sobre los mitos existentes en materia de violencia en la pareja. Se ha llevado a cabo la identificación, análisis y contrastación de los mismos para poder establecer el nivel de realidad que reflejan. De este modo se pretende evitar la estigmatización a las víctimas con falsos estereotipos por parte tanto de la sociedad, como de las instituciones públicas, que dificultan la superación del trauma. Para ello se ha realizado una revisión bibliográfica en profundidad sobre diversas disciplinas relacionadas con la problemática, así como un estudio exploratorio, no representativo, en el que seis víctimas de delitos de violencia dentro de la pareja han contestado un cuestionario. Por medio de estos cuestionarios se ha tratado de poner voz a las víctimas en el análisis de su propio conflicto. Posteriormente se han propuesto diversas medidas a tener en cuenta a la hora de redactar políticas victimales sobre violencia dentro de la pareja, enfocadas sobre todo a la prevención.

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En estos términos, será objeto del presente trabajo, explicar el concepto de los preacuerdos de culpabilidad, sus antecedentes, la diferencia entre estos y el allanamiento a los cargos y, finalmente, explicar la forma de proteger los derechos de las víctimas a lo largo de su celebración.

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La ley de víctimas es la norma creada para la protección de los derechos de las víctimas en Colombia; empero cuenta con falencias respecto del concepto de víctima y su reparación integral. El Derecho Administrativo es la herramienta jurídica para superar dichas limitaciones legislativas.

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El propósito de esta monografía es analizar la transformación del discurso de la política pública de atención y reparación entre los gobiernos de Álvaro Uribe y Juan Manuel Santos. Se estudia cómo las diferentes narrativas o relatos de política pública utilizan estrategias para poder influir en la formulación de la política de atención y reparación. Con base en el análisis narrativo de políticas públicas de Emery Roe, se construye una metodología particular para abordar este fenómeno. De esta forma, se logran identificar estrategias contextuales y discursivas que los relatos dominantes utilizan para posicionarse en el proceso de formulación de la política.

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El propósito de este estudio de caso es analizar la forma en la que la Ley de Víctimas y restitución de tierras del 2011, especialmente el mecanismo de la ruta de reparación colectiva, contemplando un enfoque de género, ha contribuido al empoderamiento de la mujer víctima del conflicto armado en Colombia. Se pretende analizar cómo ha sido el proceso de implementación de dicha herramienta en la organización de mujeres ANMUCIC (Asociación Nacional de Mujeres Campesinas, Indígenas y Negras de Colombia). Por medio de esta investigación se busca identificar cómo se puede llegar a tener una ley en el postconflicto que contribuya al reconocimiento de la mujer a través de su implementación.

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La propuesta que se plantea en este trabajo pretende contribuir a generar un cambio ideológico que se concrete en una estructura procesal alternativa a la tradicional, comprensiva del hombre, que posibilite la introducción de instrumentos que permitan la intervención activa y protagónica de las víctimas, y alcanzar una solución efectiva del conflicto que subyace al delito. Se formula como los sistemas penales de hoy han despojado de su conflicto a las víctimas del delito siendo usurpada su posición por un Estado vindicativo que dirige toda su atención a la persecución y sanción del autor del delito olvidando que el fenómeno criminal es incomprensible sin la presencia de las víctimas. El Derecho Penal moderno ha estado marcado por el olvido del otro, por los derechos pendientes de los vencidos, por la indiferencia ante el sufrimiento. Las coordenadas que se formulan desde la Filosofía, el Derecho Penal, la Criminología y la Victimología, imponen la necesidad de repensar el Proceso Penal en función del ser humano (víctimas y victimarios), de su protección, de sus necesidades y expectativas, como un mecanismo potencial para la transformación de los conflictos. Al hablar de una nueva dimensión del Proceso Penal se realiza un recorrido por los conceptos básicos sobre el proceso, teniendo como punto de referencia las víctimas del delito, a través de una lectura que permita buscar contenidos que lleven a la construcción del Proceso Penal desde una nueva dimensión, para entenderlo como un escenario en el que se desarrolla un encuentro interhumano, afectante y conflictivo, entre las víctimas, la sociedad por y con sus representantes y los victimarios, el cual se orienta a la recreación de nuevas formas de convivencia futura. Referente al Proceso Penal desde y hacia las víctimas, donde se concreta la propuesta de esta investigación, se trata de una invitación a un cambio de la estructura procesal penal, con el fin de establecer un enfoque alternativo tradicional, determinado por tres características fundamentales: comunicativo, resolutivo y re-creador. De igual manera se hace posible la introducción de un instrumento humanizador como es el principio de oportunidad, que garantice la intervención activa de las víctimas en orden a la humanización del proceso, constituyendo un espacio procesal adecuado para la reparación a las víctimas y la resolución consensuada del conflicto.

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La Superintendencia de Bancos y la Fiscalía General del Estado expidieron dos resoluciones interinstitucionales en el año 2011 por las que se obligó a las instituciones bancarias a reintegrar en favor de sus clientes, víctimas de delitos informáticos, determinados porcentajes de montos de dinero reclamado por ellos. Para expedir las resoluciones se utilizaron una serie de argumentos desde el punto de vista constitucional, civil y del derecho del consumidor. En el ámbito constitucional se mencionó que las instituciones financieras son un servicio de orden público, mientras que en el ámbito civil se hizo referencia a la responsabilidad objetiva. Luego de expedidas las resoluciones quedaron planteadas varios cuestionamientos sobre la legalidad de estas, de manera particular aquellos atinentes a si los bancos en efecto son un servicio de orden público y si, en realidad, en la relación contractual banco-cliente puede aplicarse la denominada responsabilidad objetiva, de acuerdo al ordenamiento jurídico ecuatoriano. Este trabajo busca desentrañar varios términos utilizados en las resoluciones en mención para establecer su legalidad, previo a lo cual fue necesario analizar el tema de los delitos informáticos y las innovaciones incorporadas con referencia a éstos en el Código Orgánico Integral Penal, para determinar cuáles afectan a la banca y sus clientes. Se hace referencia además en el trabajo a varia normativa expedida por la Superintendencia de Bancos mediante la que se dispone a los bancos tomar determinadas medidas para proteger a sus clientes contra el delito informático de apropiación ilícita de fondos.

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En el presente trabajo se desarrolla el testimonio anticipado (anteriormente denominado testimonio urgente) realizado a las presumibles víctimas en los procesos penales en la investigación (anteriormente denominada indagación previa) en el delito de violación, en la cámara de Gésell, para determinar si en su recepción existen vulneraciones a los derechos de la víctima y del procesado. La motivación principal de esta temática, radica en la innegable importancia y beneficio de los testimonios en cámara de Gésell para la protección de los derechos de la víctima, y celeridad procesal; sin embargo, no se puede dejar de lado la protección de los derechos de la o el sospechoso. Se abordan temas primordiales que permitirán esclarecer estas características, respecto al testimonio anticipado-urgente tomado en cámara de Gésell, que al ser un medio probatorio en materia penal, sugiere el análisis del tipo de sistema penal que se encuentra vigente en el Ecuador, que es de vital importancia para determinar los medios probatorios que en materia penal en el Ecuador deben servir de fundamento al juez para emitir su sentencia, en adición con la utilización de medios tecnológicos, que han ayudado a perfeccionar dichos medios (cámara de Gésell). En virtud de lo cual, se podrá establecer el enfoque ecuatoriano respecto a la protección de los derechos de las partes procesales involucradas en un proceso penal, y si la innovación de medios probatorios en el Ecuador, responde o no a la realidad ecuatoriana en razón del sistema penal vigente, o en su defecto a una realidad de un país distinto. Por tanto, se desarrolla y analiza lo expresado por la normativa tanto del derogado Código de Procedimiento Penal, del Código Orgánico Integral Penal, y del procedimiento establecido por el Consejo de la Judicatura en el Ecuador, en el uso de la cámara de Gésell para la recepción de testimonios anticipados de víctimas de delitos de violación, así como el valor que tiene esta prueba testimonial para la determinación de una sentencia condenatoria por parte de las y los administradores de justicia.

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Con la puesta en marcha y desarrollo de los juicios por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar se inaugura un nuevo espacio de intervención para la psicología. El interés por ampliar y profundizar las posibilidades de trabajar en este campo impulsa a llevar adelante una tarea de investigación, conceptualización y desarrollo acerca de los aportes posibles de la psicología a las problemáticas que plantea el abordaje de las víctimas de los delitos de lesa humanidad en el marco de su tramitación judicial. Se analizará la evolución en el campo jurídico de las variables que permitieron el pasaje de la consideración de los delitos cometidos por el régimen militar a su calificación como delitos de lesa humanidad, condición fundamental que les confiere el carácter de imprescriptibilidad, lo cual habilita el relanzamiento de los juicios por estas causas y la consiguiente osibilidad de intervenir desde nuestra profesión. Para ello será necesario tener en cuenta tanto el análisis de las condiciones de inicio del campo de la salud mental y derechos humanos, como los requerimientos y posibilidades actuales del mismo. En este sentido, se presentará el diseño e implementación de un modelo de Dispositivo de acompañamiento activo dirigido a testigos-víctimas y querellantes en juicios por crímenes de lesa humanidad en contexto de acceso a la justicia

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Con la puesta en marcha y desarrollo de los juicios por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar se inaugura un nuevo espacio de intervención para la psicología. El interés por ampliar y profundizar las posibilidades de trabajar en este campo impulsa a llevar adelante una tarea de investigación, conceptualización y desarrollo acerca de los aportes posibles de la psicología a las problemáticas que plantea el abordaje de las víctimas de los delitos de lesa humanidad en el marco de su tramitación judicial. Se analizará la evolución en el campo jurídico de las variables que permitieron el pasaje de la consideración de los delitos cometidos por el régimen militar a su calificación como delitos de lesa humanidad, condición fundamental que les confiere el carácter de imprescriptibilidad, lo cual habilita el relanzamiento de los juicios por estas causas y la consiguiente osibilidad de intervenir desde nuestra profesión. Para ello será necesario tener en cuenta tanto el análisis de las condiciones de inicio del campo de la salud mental y derechos humanos, como los requerimientos y posibilidades actuales del mismo. En este sentido, se presentará el diseño e implementación de un modelo de Dispositivo de acompañamiento activo dirigido a testigos-víctimas y querellantes en juicios por crímenes de lesa humanidad en contexto de acceso a la justicia

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Con la puesta en marcha y desarrollo de los juicios por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar se inaugura un nuevo espacio de intervención para la psicología. El interés por ampliar y profundizar las posibilidades de trabajar en este campo impulsa a llevar adelante una tarea de investigación, conceptualización y desarrollo acerca de los aportes posibles de la psicología a las problemáticas que plantea el abordaje de las víctimas de los delitos de lesa humanidad en el marco de su tramitación judicial. Se analizará la evolución en el campo jurídico de las variables que permitieron el pasaje de la consideración de los delitos cometidos por el régimen militar a su calificación como delitos de lesa humanidad, condición fundamental que les confiere el carácter de imprescriptibilidad, lo cual habilita el relanzamiento de los juicios por estas causas y la consiguiente osibilidad de intervenir desde nuestra profesión. Para ello será necesario tener en cuenta tanto el análisis de las condiciones de inicio del campo de la salud mental y derechos humanos, como los requerimientos y posibilidades actuales del mismo. En este sentido, se presentará el diseño e implementación de un modelo de Dispositivo de acompañamiento activo dirigido a testigos-víctimas y querellantes en juicios por crímenes de lesa humanidad en contexto de acceso a la justicia

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Colombia ha sido escenario de disputas violentas por poder político y económico entre diferentes sectores. Del mismo modo, el país también ha manifestado una debilidad muy significativa en cuanto a su memoria histórica, hecho que se ha traducido en la segmentación del país entre quienes tienen conocimiento y conciencia acerca del conflicto interno armado y aquellos que parecen considerarlo como una serie de eventos violentos que se da en un contexto ajeno, en una suerte de país paralelo. Por lo tanto, el interés de este trabajo es el de participar en la construcción de una memoria histórica que permita al lector evidenciar y dimensionar el alcance de las acciones gubernamentales en relación a la verdad, justicia y reparación de las víctimas de violaciones a los derechos humanos

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Nova et Vetera, ISSN 1692 - 5866, Año 8 No. 5 (Febrero 25 - marzo 03 de 2013)

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La presente investigación deja al descubierto que para llegar a los modelos de procedimiento penal actual, que gozan de una contundente humanización y teorías de vanguardia que incluyen a la víctima dentro de su dinámica, la humanidad tuvo que recorrer un largo camino de aciertos y desaciertos en sus formas administrar justicia penal y mantener el equilibrio de sus sociedades. Colombia ha sido parte de estas transformaciones y avances, y muestra de ello es la implantación del nuevo sistema penal acusatorio a partir de la Ley 906 de 2004 que incluye a la víctima del delito dentro de un nuevo rol protagónico y participativo a lo largo del desarrollo del proceso penal. Sin embargo, el presente estudio permite argumentar que dada la precariedad de la implantación del sistema y la falta de un despliegue adecuado de tiempos, recursos y planes de desarrollo humano, el modelo ha encontrado en la práctica algunas falencias que le impiden una aplicación efectiva de lo preceptuado por el legislador. Asimismo, la naturaleza propia del sistema acusatorio deja varios cuestionamientos acerca de la participación efectiva de las víctimas y los afectados, y finalmente, el papel del Estado como garante de los derechos de todos los ciudadanos en concordancia con los mandatos constitucionales queda en entredicho por la desprotección a la que se ve sometida la víctima en la práctica cuando el proceso penal no cumple el fin de justicia.