923 resultados para Teoría de la argumentación


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Fil: Arca, Claudio Mauricio. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.

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Presentar alguno de los argumentos que justifiquen la necesidad de ampliar la investigación de la actividad humana con una teorización de la mente y las clases sociales. No se sigue una estrategia meramente expositiva sino más bien la referencial, es decir, basándose en la obra de Jürgen Habermas se pretende demostrar que sus graves debilidades y limitaciones se deben, precisamente a la no consideración de las dimensiones anteriormente citadas. Este trabajo se estructura de la siguiente forma. A) Exposición (en la primera y segunda parte) de los temas centrales que constituyen las obras de Habermas, principalmente desde el enfoque comunicativo; B) Crítica a los puntos más deficientes de dicha argumentación, y propuesta de superación de dichas debilidades con el análisis de una teorización de las clases sociales y de la mente. A) Concepción científica: Habermas se interesa por superar el imperialismo de la referencia formal o analítica de la ciencia, es decir, en fundamentar la base metodológica de la investigación social sin recurrir a las limitaciones empírico-analítico de las ciencias de la naturaleza. B) Teoría de la mente: en la teoría de Habermas, la posibilidad de realizar una teorización de la mente (teniendo en cuenta, PE, los desarrollos de la Psicología Cognitiva) es totalmente rechazada; tal pretensión es imposible según este autor, porque el análisis de las razones adquiere un carácter trascendental, ajeno al mundo, que sólo es accesible mediante una actitud participativa nunca mediante una actitud objetivante. Así se pone de manifiesto el caracter dualista de la teoría de Habermas. C) Clases sociales: otro error de Habermas sería el de obviar la problemática de las Ciencias Sociales, por considerarla poco operativa. Esta limitación da lugar a una serie de problemas serios para la teoría de Habermas, ya que, por ejemplo, en relación al tema de la hermeneútica y la interpretación, resulta fundamental tener en cuenta las diferencias existentes entre los diversos grupos de individuos. D) Teoría de la acción comunicativa: en la acción comunicativa el lenguaje no solo cumple la función de entendimiento, sino también la función de coordinar las acciones de los sujetos, así como la función de socializar a dichos sujetos.

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Se propone un enfoque de la formación del profesorado basado en interpretaciones del comportamiento y aprendizaje del profesorado. Este enfoque, que recibe el nombre de modelo realista, se fundamenta en los resultados obtenidos en diferentes investigaciones que muestran que gran parte del comportamiento de un profesor tiene orígenes irracionales e inconscientes. Esto limita el valor de la teoría como base para la enseñanza. Se aclara por qué la reflexión es tan importante para los profesores y se analiza qué aspectos son importantes para estimular la reflexión. Todo esto conduce a una visión específica del papel que desempeña la teoría en la formación del profesorado. La esencia de la argumentación es que necesitamos una perspectiva más holística sobre los profesores y la enseñanza. Aplicando esta perspectiva holística, introduciré un modelo de niveles de reflexión que facilita la integración en la enseñanza de lo profesional y lo personal.

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El ensayo tiene seis partes. En una primera expondré la teoría de la norma jurídica de acuerdo con el positivismo jurídico; en la segunda parta contrastaremos esta teoría con la teoría de la norma en neoconstitucionalismo; en la tercera parte analizaremos el rol de los derechos fundamentales en ambas teorías; en la cuarta sección, afirmaremos que la argumentación jurídica tiene vital importancia para la garantía de los derechos fundamentales en la aplicación de las normas por parte de los juzgadores; en quinta parte aplicaremos la teoría de la norma al caso del Impuesto al Valor Agregado (IVA), haciendo referencia a un caso resuelto por la Corte Constitucional colombiana (me encantaría señalar una sentencia de la Corte Constitucional ecuatoriana, pero no existe aún sobre esta materia). En una penúltima parte, haré una breve referencia al control difuso de constitucionalidad y a una sentencia de la Corte Constitucional del Ecuador que sostiene que solo existe control concentrado en el Ecuador. Finalmente, sintetizaré las ideas centrales del ensayo.

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Resumen: El autor propone en este artículo reflexionar sobre algunos aspectos del libro The Idea of Justice de Amartya Sen a la luz d e la obra del filósofo italiano Antonio Rosmini, difusor de la expresión “justicia social” en los orígenes del pensamiento social católico. En primer lugar, el autor muestra las coincidencias de Sen y Rosmini sobre el lugar de la razón en el análisis de la idea de justicia social frente a los planteos puramente emocionales y pragmáticos. En segundo lugar, propone una comparación entre las críticas que desarrollan Sen y Rosmini a las denominadas por el primero “teorías trascendentales” de la justicia y a los llamado s “cambios estructurales” así como la necesidad de cambios graduales para llegar a una sociedad justa. En tercer lugar, intenta mostrar cómo la opción por las personas y sus capacidades elegida por Sen puede ser iluminada y profundizada desde la teoría rosminiana de las capacidades. En cuarto lugar, describe el giro cognitivo que propone Sen para las instituciones y las políticas públicas. Finalmente, el autor enuncia algunas objeciones que pudieran hacerse al planteo propuesto en el artículo junto con unos comentarios finales sobre las mismas.

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Resumen: En el debate público acerca del aborto hay muchos buenos argumentos en su contra. Sin embargo, no todos tienen la misma relevancia práctica, a la hora de incidir en las decisiones colectivas en la materia. Diversas clases de motivos hacen que algunas de esas buenas razones no tengan hoy en día suficiente fuerza persuasiva para generar convicciones sociales relevantes sobre el punto. En consecuencia, la argumentación debe estar a la altura de la cultura de nuestro tiempo, si se quiere defender eficazmente los buenos principios. Debemos escoger cuidadosamente solo los mejores argumentos, conforme lo sugieren las reglas de la ciencia pragmática. Indagar cuáles serían los argumentos más convenientes en esta materia, constituye el propósito de este trabajo.

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Resumen: La “Nueva Escuela del Derecho Natural” (NEDN) pretende ser una “recuperación” de laTeoría clásica de la ley natural”. Sus principales representantes son G. Grisez, J. Finnis, J. Boyle, R. P. George y W. May. A ellos se agregan varios pensadores de Estados Unidos y Canadá como R. Shaw, R. Lawler, J. C. Ford, R. A. Connor, T. Kennedy, entre otros. Esta escuela se endilga la recuperación de la versión “auténtica” de Tomás de Aquino de la ley natural, por una reinterpretación de la misma, al entender que ella ha sido deformada por teólogos morales posteriores. En una primera etapa, el trabajo aborda las posiciones centrales de la NEDN, principalmente de Germain Grisez y John Finnis, sin desatender a sus seguidores y críticos. En segundo lugar, y por el planteo de la NEDN, se hace preciso el ocuparse de las fuentes del entredicho, a saber, el concepto de ley en Tomás de Aquino y su impostación en la naturaleza y en la racionalidad práctica.