627 resultados para Predios urbanos-Administración Pública-Itagüí (Antioquia, Colombia)


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Siguiendo la metodología de Marco Lógico, durante el proceso de formulación del proyecto, se pudo identificar como un problema central la poca voluntad que existe en amplios sectores de la población en materia de legalización de predios, convirtiéndose este un problema central, tanto para las administraciones territoriales, como para la población. Para las administraciones territoriales y entidades encargadas de llevar el registro de predios y sus mutaciones, esto es un asunto importante, ya que es con base en los registros de predios legalizados que se establecen buena parte de los ingresos tributarios y se orientan varios de los programas sociales, incluidos los de vivienda. Mientras que para los sectores de la población que se han abstenido de iniciar procesos, la no legalización de predios redunda en pérdida de beneficios o en la dificultad para acceder a ellos. La metodología de Marco Lógico, permitió evidenciar que las principales causas del problema son la desconfianza y el desconocimiento en la población, por lo cual en el presente trabajo se definió como alternativa de solución la del diseño de un servicio de asesoría personalizado que contribuya en la solución del problema, sensibilizando e informando a la población simultáneamente.

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Poco a poco y con el desarrollo de las fuerzas productivas y el desarrollo del conglomerado social como algo más que islas humanas, se empieza a pensar cómo se racionaliza el espacio de relación humana

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La investigación consistió en establecer el grado de cumplimiento de los Convenios suscritos por el Estado Colombiano con la OIT, en armonía con la legislación nacional para dar cumplimiento al programa de entrega de tierras a los pueblos indígenas de Colombia durante el período comprendido entre 1966 – 2009, adelantado por las Entidades Administrativas del Estado, e ilustrado con el caso del resguardo de Cristianía.

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La gestión del riesgo de desastres ha cobrado importancia en los últimos años a causa de las devastadoras consecuencias de los distintos desastres naturales. Por eso, esta política pública se ha establecido en las administraciones públicas de los diferentes países; en Colombia se ha implementado a través de la Ley 1523 del 2012. Sin embargo, no se ha podido hacer una inclusión integral en todas las entidades territoriales. Entonces, la presente investigación pretende demostrar los factores presentes en el sistema de respuesta a emergencias, en dos importante departamentos del país, que influyen en la inclusión integral de la gestión del riesgo de desastres en la administración pública departamental.

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La problemática que aborda este trabajo comprende el análisis de las implicaciones y del significado de la reafirmación del trámite de los recursos administrativos como un requisito de procedibilidad que el particular debe agotar para poder acudir a la jurisdicción administrativa cuando pretende dirimir una controversia originada en una decisión adoptada por una autoridad pública. Nos preguntamos, si con ello, se cumplió todo aquello que inspiró a los precursores de la expedición del nuevo código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo. La investigación se desarrolló a partir de un plan de trabajo divido en dos partes. En la primera, se analizó la doble connotación que caracteriza a los recursos administrativos, así como la evolución, la efectividad y la importancia de aquellos de cara a los privilegios de la administración pública. También se abordaron las modificaciones que el legislador ha efectuado a esta herramienta de autocontrol de las decisiones administrativas y la jurisprudencia expedida por el Consejo de Estado y la Corte Constitucional en esta materia. En la segunda parte, con el fin de establecer si la reafirmación del agotamiento del recurso de apelación como requisito de procedibilidad para acudir a la jurisdicción administrativa, traduce los propósitos del legislador al expedir el nuevo código administrativo y de lo contencioso administrativo, se plasmaron aspectos que debieron considerarse en esta reforma, en el marco de las tendencias de un Estado Social de Derecho y de la problemática de la congestión judicial que intenta afrontar el legislador. En ese marco, se explicaron los aspectos que permitieron constatar que los propósitos del legislador se desdibujaron al mantener la obligatoriedad de agotar los recursos administrativos para que el particular pueda someter una controversia a la jurisdicción administrativa.

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En el presente trabajo se estudia la responsabilidad precontractual del Estado en el marco del proceso de licitación pública, haciéndose un paralelo con el régimen del derecho privado. Se comienza delimitando la etapa precontractual, identificándose los estadios más relevantes descritos por la doctrina, con el fin de desentrañar la verdadera naturaleza de los actos que se producen para formar la voluntad contractual. Definido lo anterior, se pasa al análisis de los intereses que son tutelables en dicha etapa y las consecuencias jurídicas que se siguen de su vulneración. En esa línea, se considera posteriormente el tema de la forma de reparar los daños causados en la fase precontractual, y cuando se trata de indemnización, el monto de la misma. Finalmente, se emprende el análisis de las acciones judiciales disponibles en el ordenamiento jurídico colombiano, que pueden activarse cuando se han desconocido los principios y reglas que rigen la actividad precontractual de la Administración Pública.

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El Sistema de Desarrollo Administrativo y sus alcances en la actual Ley de Administración Pública. Antes de la Ley 489 de 1998 las entidades de la Administración Pública no trabajaban en forma coordinada y la colaboración interinstitucional era deficiente, lo cual se ha corregido con la entrada en vigencia de la citada norma. Con la aplicación del Sistema de Desarrollo Administrativo creado por la Ley 489 de 1998, las entidades de la Administración Pública del Orden Nacional y Territorial, deben aplicar un conjunto de políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional para la gestión y manejo de sus recursos humanos, técnicos, materiales, físicos y financieros, tendientes a fortalecer su capacidad administrativa y su desempeño institucional. Las Políticas de Desarrollo Administrativo fueron plasmadas en el artículo 17 de la Ley 489 de 1998 y reagrupadas por el Decreto 3622 de 2005, en cinco ítems para su mejor comprensión y aplicación: 1) Política de Desarrollo del Talento Humano Estatal. 2) Política de Gestión de la Calidad 3) Política de Democratización de la Administración Pública. 4) Política de Moralización y Transparencia de la Administración Pública y 5) Política de Rediseños Organizacionales. Las anteriores políticas junto con el Plan Nacional de Formación y Capacitación constituyen los Fundamentos del Sistema de Desarrollo Administrativo de que trata el artículo 16 de la Ley 489 de 1998, las cuales se aplican actualmente en los 19 Sectores Administrativos de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional. En el Orden Territorial la aplicación del Sistema de Desarrollo Administrativo ha sido parcial y los resultados aún no están consolidados. Nuestra investigación pretende que con el conocimiento claro del tema, a través de una adecuada planificación de los recursos de las entidades públicas, orientado a fortalecer la capacidad administrativa y el desempeño institucional de las entidades públicas, se administre mejor el Estado.

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La implementación de los procesos de contratación pública electrónica permite aprovechar las ventajas de los avances tecnológicos en el manejo de la información y las telecomunicaciones, con el fin de aumentar la eficiencia y la eficacia de los procesos de contratación estatal, así como la transparencia de los mismos. En ese sentido, el presente trabajo de investigación se centrará en analizar si, de acuerdo con nuestro modelo jurídico, el procedimiento administrativo electrónico como “equivalente funcional” del procedimiento administrativo tradicional, posibilita la simplificación y racionalización de trámites en los procesos de contratación que adelanta la Administración Pública, permitiendo la realización de los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, eficiencia, celeridad, imparcialidad y publicidad.

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Los recursos humanos en las organizaciones del Estado son quienes le dan vida a la administración pública, y son los llamados a conducir e innovar los procesos de consolidación de políticas que permitan el eficaz cumplimiento de los compromisos del Estado con la sociedad. Sus cualidades y capacidades son propias de una persona al servicio de un fin público, cuyo objetivo no responde a principios de rentabilidad u ganancia, sino a una vocación un tanto altruista que se soporta en los valores de la igualdad, moralidad, economía, eficiencia, celeridad, imparcialidad y publicidad. En Colombia, la manera de conducir y gestionar los recursos humanos dista grandemente de ser lo que la Constitución del 91 había dispuesto que fuese la función pública. Los empleados del Estado, quienes son los encargados de realizar las funciones administrativas en el marco de un régimen laboral, han sido paulatinamente suplantados y desplazados por el uso desmedido de la institución conocida como “contratos de prestación de servicios”, que por su naturaleza puede, legalmente utilizarse solo de manera excepcional para facilitar y contribuir al cumplimiento de los fines del Estado. Durante el gobierno de Álvaro Uribe, el abuso de esta forma de contratos de prestación de servicios tomó gran relevancia, dándole una aplicación generalizada, y evadiendo los límites de la excepcionalidad y temporalidad con que fue concebida dicha figura, al punto de hallar que en algunas entidades del Estado el número de contratistas sobrepasó al número de empleos.

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El documento expone el análisis de la supervisión de los contratos estatales celebrados por las entidades autónomas del orden nacional a partir del marco legislativo vigente.

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El acelerado desarrollo experimentado en los últimos años por las TIC, ha generado procesos de transformación fundamentales en las relaciones humanas, la economía, la cultura, la política e inclusive las costumbres. Tomando como punto de partida el concepto de Manuel Castells (2002), en el que manifiesta que la revolución de las TIC dada su capacidad de penetración en todo el ámbito de la actividad humana, entre ellas la obtención de conocimiento, es el punto de entrada para analizar la complejidad de la nueva economía, la sociedad y la cultura en formación, éste proyecto de investigación tiene como objetivos: i) Determinar el impacto que tiene la Sociedad del Conocimiento en el mercado accionario en Colombia y ii) Establecer por qué se considera al mercado accionario como un mercado especulativo. El documento inicia con un marco teórico en el que se analizan los conceptos que responden a dos tradiciones de pensamiento distintas: La Sociedad de la Información y la Sociedad del Conocimiento, y se abordan los rasgos centrales que actualmente las definen; analizando las transformaciones que llevaron a su origen y el modo en que se ha intentado unificar sus características bajo un único término. Seguidamente se realiza una contextualización del mercado accionario en Colombia haciendo una descripción de sus principales participantes y las características de cada uno de ellos. Posteriormente se describe el impacto que tienen los principales índices bursátiles utilizados en el mercado accionario y por último se hace una descripción desde diversos autores respecto del concepto de especulación.

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Actualmente en Colombia no se realizan los suficientes estudios logísticos para analizar aspectos importantes y relevantes de cada uno de los sectores del país, esto se debe en parte a la limitada tecnología e información que poseen cada uno de estos, este es el motivo por el cual se realizará una investigación sobre el perfil logístico del sector de fabricación de papel y cartón, con el fin de mejorar la información pertinente y así ayudar tanto al país como a las empresas que se desenvuelven en este entorno, para que de esta manera logren solucionar los problemas que se puedan presentar en cuanto a la implementación logística y así llegar a obtener mejoras y ayudar a la productividad y competitividad de Colombia. Se escogió este sector debido a que este es uno de los destacados a nivel país y con potencial de crecimiento a corto plazo, ya que realiza aportes a las actividades económicas, la productividad y competitividad de Colombia en proporciones de gran escala. Este sector pertenece al código CIIU 210 según la clasificación del “código industrial internacional uniforme” siendo uno de los más competitivos del país. Por otro lado se realizará un análisis del sector en el mundo para así lograr identificar problemas y oportunidades en el país para incrementar su eficiencia en diferentes aspectos logísticos como el transporte, almacenamiento, tiempos de producción, entre otros. Para esto se tendrán en cuenta diversas variables como la balanza comercial, el Producto Interno Bruto y la productividad que tiene actualmente el país.

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La metodología para desarrollar esta investigación se apoyará en la Perspectiva Legal, la Teoría Moralista, la Perspectiva Cultural, y la Perspectiva Institucional desarrolladas en el marco teórico del anteproyecto de esta monografía. Igualmente se contemplará la revisión de fuentes secundarias y la realización de tres entrevistas estructuradas. Esta monografía se dividirá en cinco partes: El primer capítulo se centrará en una construcción teórica del concepto de Cultura de la Legalidad que se utilizará en este trabajo, concepto que involucra autores tales como, Leoluca Orlando, Antanas Mockus, Michel Focault y Larry Nucci entre otros. El segundo capítulo se referirá a los diferentes componentes de la Cultura de la Legalidad para combatir la corrupción. El tercer capítulo desarrollará el fenómeno de la corrupción administrativa en la Administración Pública mediante una sugestiva transformación de la ecuación de Robert Klitgaard. El cuarto capítulo examinará el Estatuto Anticorrupción (ley 190 de 1995) desde los diferentes componentes de la 4 Cultura de la Legalidad, para así determinar la importancia de un marco cultural y moral articulado a la legislación colombiana para combatir la corrupción a largo plazo. Y por último, se incluirán algunas conclusiones y recomendaciones producto de esta investigación.

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Antes de la Ley 489 del 29 de diciembre 1998, las entidades de la Administración Pública no estaban todas legalmente organizadas por sectores administrativos. Es apenas con la Reforma Administrativa de 1992, derivada de las facultades concedidas por el artículo 20 transitorio de la Constitución de 1991, que se empieza a hablar del tema: sectores de Justicia (Decreto 2157 de 1992 y Ley 10 de 1990), Salud (Decreto 2164 de 1992), Comercio (Decreto 2350 de 1992, Minas (Decreto 2119 de 1992), Educación (Decreto 2127 de 1992 y Ley 115 de 1994), Comunicaciones (Decreto 1901 de 1990), Transporte (Decreto 2171 de 1992) y Medio Ambiente (Ley 99 de 1993). En el año de 1997, en el gobierno Samper, se expidió la Ley 344 del 27 de diciembre de 1996 y se hablaba entonces de sectores de la Administración Pública. Con la expedición de la Ley 489 de 1998, se crearon los sectores administrativos integrados por un Ministerio o Departamento Administrativo y sus entidades adscritas y vinculadas, tal como está contemplado en el artículo 42.