377 resultados para Pensiones no contributivas


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El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) tiene encomendada la competencia de la gestión de las pensiones de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, así como de las prestaciones sociales y económicas derivadas de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los minusválidos, sin perjuicio de que aquella sea llevada a cabo por las Comunidades Autónomas que hayan asumido las funciones y servicios de este Instituto. Como consecuencia del ejercicio de esas competencias, el Imserso dispone de una amplia información respecto a las prestaciones indicadas. El estudio de dicha información y, en concreto de aquellas variables que permiten definir el perfil del beneficiario tipo de las prestaciones indicadas a diciembre de 2012 se configura como el principal objeto de esta publicación, en la que partiendo de los resultados globales obtenidos para el conjunto del Estado español, se efectúa un análisis comparativo respecto a las distintas Comunidades y Ciudades Autónomas.

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El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) tiene encomendada la competencia de la gestión de las pensiones de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, así como de las prestaciones sociales y económicas derivadas de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los minusválidos, sin perjuicio de que aquella sea llevada a cabo por las Comunidades Autónomas que hayan asumido las funciones y servicios de este Instituto. Como consecuencia del ejercicio de esas competencias, el Imserso dispone de una amplia información respecto a las prestaciones indicadas. El estudio de dicha información y, en concreto de aquellas variables que permiten definir el perfil del beneficiario tipo de las prestaciones indicadas a diciembre de 2012 se configura como el principal objeto de esta publicación, en la que partiendo de los resultados globales obtenidos para el conjunto del Estado español, se efectúa un análisis comparativo respecto a las distintas Comunidades y Ciudades Autónomas.

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Ponencia presentada en las Jornadas sobre Integraci??n Social y Laboral de las Personas con Discapacidad, organizadas por la FUNDACI??N QUINESIA y celebradas en Vigo el 16 de noviembre de 2002

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En este artículo nos preguntamos sobre el papel que juega el lenguaje en la construcción de la relación del trabajador social, como especialista de la intervención sobre lo social y los demandantes de las políticas sociales de transferencia de ingresos, específicamente en la política de pensiones no contributivas. El corpus analizado se compuso de entrevistas realizadas a los profesionales responsables de gestión de pensiones no contributivas en un Centro de Referencia Local del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación; de documentación institucional y de entrevistas a los usuarios de pensiones no contributivas por discapacidad.

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El trabajo compara dos programas de transferencias no contributivas a personas mayores (PTNCPM) en México: uno local (el Programa de la Pensión Alimentaria del Distrito Federal, creado en 2001) y otro nacional (el Programa 70 y Más, impulsado en 2007). Se documenta el proceso de envejecimiento de la población en los países de la Región Norte de América Latina y el Caribe; se revisan los principales instrumentos internacionales sobre los derechos de las personas mayores, así como los marcos jurídicos de ambos programas; se propone una guía para el análisis de los PTNCPM desde un enfoque de derechos, y se lleva a cabo una comparación sobre la base de diversas variables. Entre los hallazgos principales del trabajo se encontraron modificaciones de los criterios de elegibilidad: el programa nacional dejó de lado la universalidad para iniciar un proceso de focalización en 2012; la cobertura alcanzó el 100% en ambos casos y se redujo a casi 60% en el programa nacional y a 82% en el local; las prestaciones monetarias directas e indirectas en el caso local duplican las del nacional; en éste hay un sesgo de género favorable a los varones, mientras que en aquél es favorable a las mujeres; la sostenibilidad financiera está asegurada por ley sólo en el programa local; el presupuesto asignado como porcentaje del PIB es del doble en el caso local con respecto al nacional; y la capacitación de tomadores de decisiones, cuadros medios y personal operativo es fundamental para el mejoramiento y ampliación de los programas. Se concluye que el enfoque de derechos garantiza la institucionalidad y sostenibilidad de los programas, además de un ingreso mínimo universal que promueve la cohesión social.

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En este estudio se realiza un diagnóstico del sistema contributivo de pensiones en Chile y se formulan algunas recomendaciones de reforma, desde una perspectiva de derechos sociales que generan expectativas de satisfacción: el objetivo primordial de un sistema de pensiones es proveer seguridad del ingreso en la vejez y las pensiones contributivas deben reflejar el ahorro realizado a lo largo de la vida laboral para garantizar que, a niveles semejantes de esfuerzo, se obtendrán protecciones similares o proporcionales.

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Este trabajo ha sido presentado en la Universidad del País Vasco y en el VII Encuentro de Economía Aplicada.

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Los sistemas de pensiones públicas de reparto con prestación definida a lo largo del mundo se están convirtiendo a planes de aportación definida capitalizados, donde los agentes eligen sus carteras de acciones y bonos. A fin de hacer más atractivas al público estas reformas, los gobiernos típicamente han proporcionado garantías que reducen la exposición de los individuos a los riesgos de inversión, por ejemplo, una garantía de prestación mínima. En este trabajo se analiza una conversión hipotética del actual sistema español de reparto a un modelo de estas características. El valor de la garantía de prestación mínima se aproxima utilizando datos representativos de la situación española. Con objeto de controlar el coste de esta garantía, se exploran algunas técnicas de gestión de riesgos. La práctica más común, a saber, la sobrecapitalización, es bastante ineficaz. Precisamente por ello, después se presentan dos alternativas: (a) una garantía sobre una cartera estandarizada, y (b) un impuesto contingente (dependiente del estado de la naturaleza) sobre los rendimientos. Los cálculos indican que los compromisos no capitalizados pueden reducirse significativamente, e incluso por completo, bajo ambos enfoques, con tasas de aportación relativamente modestas.

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En un sistema de reparto las pensiones del periodo se financian con las cotizaciones del mismo período, de tal forma que las pensiones de los cotizantes de hoy se pagarán con las aportaciones de los futuros trabajadores. La transición por lo tanto, supone que quienes hoy estamos cotizando deberíamos seguir cotizando y al mismo tiempo, formar nuestro ahorro para el futuro. Otra posibilidad sería aumentar el déficit público. En definitiva, un coste que alguién debe asumir.