1000 resultados para Ley 1420


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La clase dirigente argentina se propone 'educar al soberano' a finales del siglo XIX y comienzos del XX con el objetivo de transformar y modernizar de la sociedad. Se comienza en 1870 con la preparación del magisterio, el cuerpo de profesionales que, formados en las escuelas normales para llevar las nuevas aportaciones en materia educativa a las escuelas primarias provinciales y particulares. El segundo gran paso dado es en la Ley 1420 de educación común, obligatoria y laica de 1884. A partir de ahí, el Estado argentino deja su impronta en la educación de los ciudadanos hasta que, en 1915, se impulsa una reforma educativa que acorta la extensión de la obligatoriedad en la enseñanza primaria.. A partir de las fuentes y de la metodología empleada, se plantea como hipótesis de este trabajo, que la educación es considerada por la elite argentina desde 1870 a 1916 como el instrumento más eficaz para formar una nueva sociedad, amparados en un discurso democrático que garantiza una 'escuela abierta para todos los niños del país'. Se piensa en la posibilidad de poder civilizar a todos los sujetos si se concurre a la educación en igualdad de condiciones.. En esta investigación se realiza una aproximación a esta cuestión desde tres apartados centrales, la consideración de la educación como una cuestión de Estado, la conformación de ese Estado docente y, finalmente, la función del Estado educador..

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Fil: Lértora Mendoza, Celina.

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La historia utiliza la línea del tiempo para poder ubicar cronológicamente los acontecimientos, que de alguna forma, nos permiten conocer y comprender etapas claves, que determinaron y condicionaron transformaciones y modificaciones de la vida política, económica y social. Estos cambios están impregnados de cuestiones filosóficas, éticas, epistemológicas, que no se dan al azar, sino que responden a un ideario y a líneas de pensamiento, sostenido y sustentado por la política de estado. En este marco general, la política educativa Argentina, ha tenido sus vaivenes. Comenzando desde la sanción de la Ley de Educación Común N° 1420 hasta la actualidad. Los discursos y las prácticas de la Educación Física escolar se fueron acomodando según la política educativa del momento. En el presente trabajo se realizará un cuadro comparativo de los distintos enfoques y conceptualizaciones entre la Ley de Educación Común N° 1420, la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y la Ley de Educación Provincial N° 13.688. Se intentará visibilizar los posicionamientos de la Educación Física, como disciplina pedagógica, entre las mencionadas leyes

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La historia utiliza la línea del tiempo para poder ubicar cronológicamente los acontecimientos, que de alguna forma, nos permiten conocer y comprender etapas claves, que determinaron y condicionaron transformaciones y modificaciones de la vida política, económica y social. Estos cambios están impregnados de cuestiones filosóficas, éticas, epistemológicas, que no se dan al azar, sino que responden a un ideario y a líneas de pensamiento, sostenido y sustentado por la política de estado. En este marco general, la política educativa Argentina, ha tenido sus vaivenes. Comenzando desde la sanción de la Ley de Educación Común N° 1420 hasta la actualidad. Los discursos y las prácticas de la Educación Física escolar se fueron acomodando según la política educativa del momento. En el presente trabajo se realizará un cuadro comparativo de los distintos enfoques y conceptualizaciones entre la Ley de Educación Común N° 1420, la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y la Ley de Educación Provincial N° 13.688. Se intentará visibilizar los posicionamientos de la Educación Física, como disciplina pedagógica, entre las mencionadas leyes

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La historia utiliza la línea del tiempo para poder ubicar cronológicamente los acontecimientos, que de alguna forma, nos permiten conocer y comprender etapas claves, que determinaron y condicionaron transformaciones y modificaciones de la vida política, económica y social. Estos cambios están impregnados de cuestiones filosóficas, éticas, epistemológicas, que no se dan al azar, sino que responden a un ideario y a líneas de pensamiento, sostenido y sustentado por la política de estado. En este marco general, la política educativa Argentina, ha tenido sus vaivenes. Comenzando desde la sanción de la Ley de Educación Común N° 1420 hasta la actualidad. Los discursos y las prácticas de la Educación Física escolar se fueron acomodando según la política educativa del momento. En el presente trabajo se realizará un cuadro comparativo de los distintos enfoques y conceptualizaciones entre la Ley de Educación Común N° 1420, la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y la Ley de Educación Provincial N° 13.688. Se intentará visibilizar los posicionamientos de la Educación Física, como disciplina pedagógica, entre las mencionadas leyes

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El presente artículo tiene por objetivo analizar el problema de la reunificación entre la República Popular China y Taiwán en la última década, en el marco de dos hitos: por un lado, la promulgación de la Ley Antisecesión del 14 de marzo de 2005 y, por otro, la firma del Acuerdo Marco de Cooperación Económica el 30 de junio de 2010.

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De acuerdo con la información aportada por el Instituto Nacional de Evaluación (2012), España ha participado en las ediciones de 1990, 2006 y 2011 de PIRLS y en las ediciones de 1995 y de 2011 de TIMSS. Por otra parte, en el año 2009, nuestro país participó por primera vez en el Estudio Internacional de Civismo y Ciudadanía (Instituto de Evaluación, 2010). Finalmente, España participa en el Programa para la Evaluación Internacional de los Alumnos (PISA). Por otra parte, junto a estas evaluaciones internacionales, tanto a nivel estatal como autonómico, se han implementado otras pruebas externas. Esta tendencia se ha visto reafirmada y ampliada por la nueva Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), aspecto que será analizado en esta comunicación. La proliferación de estas prácticas puede ser analizada desde diversas perspectivas. En esta comunicación se realiza una aproximación sustentada en numerosos escritos recientes (Pérez y Soto, 2011, Perrenoud, 2008; Stake, 2006), que advierten sobre los impactos de los sistemas de evaluación en las prácticas de enseñanza. Por otra parte, desde esta aproximación crítica, se sostiene que las evidencias sobre lo que éstas aportan para la mejora de la educación no parecen ser tan abundantes.

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Aclarar en el plano conceptual la relación existente entre los principios jurídicos y las normas de contenido indeterminado y la jurisprudencia remite a dilucidar cómo se exhibe una práctica relevante en el Estado de Derecho cual es la vinculación entre la actividad legislativa y la actividad judicial. La función legislativa identifica delegaciones a la función judicial lo que conjeturamos con potencialidad para provocar inestabilidad en el esquema de regulación de las conductas en un segmento de la realidad dado, pues siempre será necesaria una nueva decisión institucional para cancelar el conflicto. Hemos elegido el derecho laboral. Lo precedente, en una perspectiva, mina una de las notas del Derecho del Trabajo: la auto-composición del conflicto. Sin embargo, la delegación legislativa hace posible, de otro costado, la asignación temática de regulaciones de conducta que colabora en determinar relaciones caracterizadas por la disparidad negocial y por los cambios tecnológicos y de las creencias. Entonces, el rol asignado a la autoridad legislativa y judicial en materia laboral es relevante para abordar el tema y su especial consideración destaca la convivencia, dentro de nuestra cultura jurídica, de dos concepciones fuertemente opuestas acerca del desempeño o función jurisdiccional en un Estado de Derecho así como la concreta actividad intelectiva que se despliega en función de determinar los hechos del caso en conflicto. El enfrentamiento se produce entre aquellos que sostienen una clara deferencia al legislador y aquellos que la soslayan.

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El proyecto de investigación se propone el análisis de la Ley 9848 de “Protección de Salud Mental” promulgada en la Provincia de Córdoba a fines del 2010. En ese sentido, se aborda el enfoque de derechos humanos y su contribución al nuevo paradigma de salud mental presente en esa Ley; así como también el movimiento de desmanicomialización, en cuanto anclaje teórico de la misma. Todo lo anterior con el objetivo central de revisar la currícula de la formación de grado de la carrera de psicología en la Facultad de Filosofía y Humanidades de la Universidad Católica de Córdoba, a fin de proponer las transformaciones pertinentes y la posibilidad de una presencia transversal y como contenido específico de esta Ley en ese plan de carrera; toda vez que la hipótesis de trabajo formulada anticipa su ausencia y postula que sólo mediante esta imbricación entre la nueva Ley y la currícula de los alumnos, se logrará formar profesionales capaces de comprender y actuar en base a las profundas implicancias de esta normativa en la práctica profesional de la salud pública. Para propender al cumplimiento de ese propósito, el proyecto examina las concepciones teóricas sobre los procesos de salud-enfermedad; la evolución histórica de la política social sobre salud mental en Argentina; las experiencias nacionales e internacionales de desmanicomialización, y sistematiza los aportes teóricos de Michel Foucault sobre la locura, que sirven de sustento teórico al movimiento social de desmanicomialización.

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Se estudia el procedimiento de impugnación de disposiciones y resoluciones autonómicas, regulado en el título V de la LOTC, en desarrollo del art. 161.2 CE. En el mismo, el Gobierno central goza de la legitimación activa para impugnar cualquier actividad infralegal, normativa o no, de una Comunidad Autónoma, por motivo de una inconstitucionalidad no competencial. Se trata de una impugnación residual de otros procedimientos, como el recurso de inconstitucionalidad o los conflictos positivos de competencia. El Gobierno central ostenta, así, importantes instrumentos para frenar la actividad de las Comunidades Autónomas en su integridad, en una asimetría procesal que dota a los órganos centrales de unos poderes “preventivos” no imprescindibles. De esta manera, se manifiesta una concepción de la organización territorial del Estado español, no deferente con las Comunidades Autónomas. El desarrollo extensivo que se ha realizado del art. 161.2 CE, asignándose al Gobierno central un papel prepotente y asimétrico respecto de los órgano autonómicos, se estudia desde la perspectiva técnico-jurídica del procedimiento jurisdiccional y desde el trasfondo político del mismo que tiene su máxima expresión en el auto que inadmite la impugnación contra el “Plan Ibarretxe” (Auto 135/2004, de 20 de abril).

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El present treball| estudia l'efecte dels discursos mediàtics en les reformes promogudes en la Llei de Responsabilitat Penal del Menor. Entre 2003 i 2003, 4 esdeveniments delictius, comesos per menors, van causar fort impacte segons l'opinió pública espanyola. A partir de la teoria de l'agenda-setting, observem una transferència de rellevància de l'agenda dels mitjans cap a l'agenda pública que, posteriorment, es va fer present a l'agenda política. Entenem que els professionals de la política van legislar sota la immediatesa d'aquests esdeveniments i el seu eco mediàtic, no contemplant principis constitucionals, en una clara accepció de populisme punitiu.

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Este artículo pretende contribuir al debate sobre el papel que desempeñan los adherentes y activistas y, de modo especial, a intentar plantear de nuevo el problema de su influencia dentro del partido. Para ello se revisa el trabajo de May (1973), sus posteriores desarrollos empíricos, y se intenta comprobar su validez en los principales ejes que marcan la competencia política catalana. Una vez comprobada la existencia de disparidades ideológicas en el caso catalán, el papel se centra en discutir algunas de las limitaciones del modelo de May. Ello permite, a su vez, sugerir la necesidad de elaborar un nuevo modelo de conflicto partidista que tenga presente tanto las relaciones de poder verticales (entre dirigentes y activistas) como horizontales (entre los mismos dirigentes). Para mostrar empíricamente las debilidades señaladas en el modelo de May, el análisis termina con un caso estudio que intenta ilustrar la dificultad de asociar disparidades con conflicto interno.

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Aquest treball descriu i s’analitza el procés d’aprovació de la Llei de la Corporació Catalana de Mitjans Audiovisuals, així com la seva impulsació i la posada en funcionament de tal legislació. Després de fer un repàs al context pel qual sorgeix la llei, es fa un anàlisi de les controvèrsies que ha generat, al voltant de l’independència política que busca, amb menys o més èxit l’ens que engloba els mitjans de comunicació públics de Catalunya.