935 resultados para Justificación de principios de justicia


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El objetivo de este artículo es exponer un paso argumental para una justificación kantiana de la aplicación jurídico-política del principio de la humanidad que sea plenamente compatible con la tesis de la diferencia deontológica entre ética y derecho. Dicho paso se ubica en el nivel metaético de justificación de los principios de justicia en el marco del contrato originario. Específicamente, mi tesis interpretativa consiste en que este nivel se inicia con una teoría de la acción por la cual la descripción de los rasgos de los agentes o personas que participan de él resulta compatible con el 'hecho del pluralismo'

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El objetivo de este artículo es exponer un paso argumental para una justificación kantiana de la aplicación jurídico-política del principio de la humanidad que sea plenamente compatible con la tesis de la diferencia deontológica entre ética y derecho. Dicho paso se ubica en el nivel metaético de justificación de los principios de justicia en el marco del contrato originario. Específicamente, mi tesis interpretativa consiste en que este nivel se inicia con una teoría de la acción por la cual la descripción de los rasgos de los agentes o personas que participan de él resulta compatible con el 'hecho del pluralismo'

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El objetivo de este artículo es exponer un paso argumental para una justificación kantiana de la aplicación jurídico-política del principio de la humanidad que sea plenamente compatible con la tesis de la diferencia deontológica entre ética y derecho. Dicho paso se ubica en el nivel metaético de justificación de los principios de justicia en el marco del contrato originario. Específicamente, mi tesis interpretativa consiste en que este nivel se inicia con una teoría de la acción por la cual la descripción de los rasgos de los agentes o personas que participan de él resulta compatible con el 'hecho del pluralismo'

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A partir de 2011 se ha reforzado el gobierno económico de la UE a través de seis instrumentos legislativos, el llamado Six Pack, que supone fundamentalmente una reforma de la supervisión de la política presupuestaria de los Estados miembros. Más recientemente el Tratado de estabilidad, coordinación y gobernanza de UE de marzo de 2012 (TECGUE) establece un conjunto de normas destinadas a promover la disciplina presupuestaria a través de un pacto presupuestario; a reforzar la coordinación de sus políticas económicas; y a mejorar la gobernanza de la zona del euro. En el presente trabajo se analiza si este modelo basado en una estricta disciplina presupuestaria es compatible con los postulados del Estado social, y más concretamente con los principios de justicia del gasto público. En efecto, a partir de la reforma del art. 135 de la Constitución Española, el principio de estabilidad presupuestaria debe ser interpretado coordinadamente con otros principios constitucionales que en el momento presente están plenamente vigentes y pueden adquirir una nueva función: la de actuar como límite y medida del objetivo de estabilidad presupuestaria. Del mismo modo se analizan los principios de coordinación entre las políticas presupuestarias y de endeudamiento de los Estados miembros en un Estado con una pluralidad de Haciendas, como es el caso español.

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Análisis constitucional y tributario de los métodos objetivos de cuantificación de las bases imponibles tributarias.

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El presente trabajo expone la urgencia de un tercer principio de justicia, el cual amplía y critica la concepción de la Justicia como Equidad de John Rawls. Desde la visión del célebre filósofo liberal, los principios y las ideales son eficientes para la formulación de una teoría normativa de la sociedad, la llamada “sociedad bien ordenada”. No obstante, conceptos como “posición original” y “velo de la ignorancia” de nada servirían ante la realidad de las injusticias sociales y que las instituciones que propenden por la justicia, las cuales son organizadas a partir del “consenso entrecruzado”, no logran un respaldo adecuado debido a un grave problema de diseño en la “estructura básica” de la sociead bien ordenada: la sociedad se desestabiliza por la acción de un inadvertido –por Rawls- “Segundo Velo de Ignorancia” (SVI). Además, la teoría rawlsiana de la Jusitica se basa en concepción de la racionalidad y la razonabilidad, pilares de la sociedad liberal y fundamento imprescindible para la realización de los Principios de Justicia. No obstante, éstas son inoperantes en la vida cotidiana, al ser los seres humanos sobredeterminados por las asimetrias del poder politico y económico, lo que empuja también la adopción de actitudes tales como la ambición, el miedo y el rencor. Estas características, llamadas por Rawls “psicologías especiales”, son incitadas también por la sensación de incertidumbre que viene ante nuestro desconocimiento de lo que sucederá en el futuro...

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[ES] Junto con formas simples de restitución y compensación, se han detectado variantes de las primeras prácticas de justicia restaurativa en las antiguas civilizaciones de Israel, Sumeria, Babilonia y Roma y entre los pueblos aborígenes de Norteamérica y Oceanía. Por su parte, en el siglo XX, principalmente en respuesta a la ola criminal de los años 60 y 70, y buscando alternativas a los métodos tradicionales de tratamiento de los delitos de esa época, comenzaron a emerger programas experimentales que usaban los principios de justicia restaurativa a comienzos de los 70 en Canadá, Estados Unidos, Inglaterra, Australia y Nueva Zelanda.

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Esta monografía es una reflexión moral que parte de los supuestos que lo único cierto es vivir la vida y que la responsabilidad moral es el campo de aplicación sobre el que se mueve el discurso moral. No es una reflexión metafísica, ni tampoco pretende hacer una justificación de principios

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Se realiza un estudio sobre la política de promoción estudiantil, en un contexto de reforma. En primer lugar se define la promoción estudiantil como una función del Estado moderno en su misión de fomentar el bienestar social para configurar una socledad de acuerdo con los principios de justicia, donde tengan acceso a la formación intelectual todos los ciudadanos. A continuación se señalan los antecedentes principales. Posteriormente se establecen las clases de promoción estudiantil, que es importante para fijar la sistemática que refleje dos aspectos o campos de actuación de la promoción estudiantil, ya desarrollados, pero que es necesario impulsar al máximo: el individual y el institucional. Se distingue esencialmente entre promoción escolar individual y promoción escolar institucional. La promoción escolar individual se lleva a cabo a través de la política de concesión de ayudas económicas individualizadas, mediante una variada gama de ayudas y préstamos, siempre en evolución, que recoge en lo posible todos aquellos supuestos en que es necesario actuar por medio de la concesión de ayudas. La promoción estudiantil institucional, responde a la política de concentración escolar en la Educación General Básica, lo cual requiere el establecimiento de servicios de transporte, comedor o escuela hogar, que se financian a través de las ayudas que otorgan los planes de inversiones del PIO. Así se señala que el transporte escolar se estableció en el año 1962. Para concluir se señalan otras acciones desarrolladas por la promoción estudiantil y se reflexiona sobre la igualdad real de oportunidades de cara al futuro.

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Resumen tomado de la publicación