802 resultados para Impuestos-Protestas y apelaciones


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Tesis (Maestro en Derecho Fiscal) U.A.N.L.

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Tesis ( Maestría en Derecho Fiscal ) U.A.N.L.

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Tesis (Maestría en Derecho Fiscal) U.A.N.L.

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Los medios de defensa existen para impugnar resoluciones emitidas por la Administración Tributaria, por lo que se han creado instituciones a las cuales los contribuyentes pueden recurrir para expresar sus inconformidades, entre ellas tenemos el Tribunal de apelaciones de los Impuestos Internos y Aduanas, al cual le compete conocer toda clase de actos definitivos de liquidación oficiosa e imposición de multas que emita la Dirección General de Impuestos Internos. En la ley de Organización y Funcionamiento del Tribunal de Apelaciones de los Impuestos Internos y de Aduanas se establece que el contribuyente cuanta con un plazo de quince días hábiles para interponer recurso de apelación, contados a partir de recibir la notificación de resolución de la Dirección General de Impuestos Internos ó Dirección General de Aduanas. Una vez se iniciado el proceso esta Institución cuenta con un plazo máximo de nueve meses para emitir y notificar resolución. Si el sujeto pasivo sigue presentando inconformidad con la resolución emitida, puede entablar demanda ante la Sala de lo Contencioso Administrativo en un plazo máximo de sesenta días hábiles contados a partir de recibida la notificación de resolución emitida por el Tribunal antes mencionado, dichos plazos están regulados por la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Vale la pena mencionar que la Sala de lo Contencioso Administrativo, no cuenta con un plazo definido para finiquitar el proceso de demanda.

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[Tesis] ( Maestría en Contaduría Pública con Especialidad en Impuestos)

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La presión impositiva ha ido aumentando sin tregua durante los últimos años. Esto es consecuencia de déficits fiscales importantes que requieren para financiarse una mayor tributación. Esto trae aparejado impuestos que no cumplen con los requisitos que debieran, como equidad, proporcionalidad, no confiscatoriedad, tasas notoriamente altas y la creación de tributos de emergencia que, luego, perduran en el tiempo de forma indefinida. Todo esto afecta de forma significativa a la economía de las PYMES, que tienen mayores dificultades que las grandes empresas para enfrentar estas adversidades, y como consecuencia también se ve perjudicada toda la economía (especialmente en el caso de Mendoza, donde mas del 99% de las empresas son mipymes). Esto se traduce en una mayor evasión y una mayor irregularidad impositiva: empleo en negro, transacciones sin el respectivo respaldo documental, declaraciones juradas apócrifas, etc. Como consecuencia de todo lo expresado anteriormente, el trabajo apunta a estudiar la relación entre el elemento impositivo y las pequeñas y medianas empresas de nuestra provincia.

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Fil: Pinedo, Jerónimo. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.

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Fil: Pinedo, Jerónimo. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.

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Fil: Pinedo, Jerónimo. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.

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El presente estudio revisa la caracterización de los enunciados realizativos, deteniéndose en aquellos que no presentan estructura oracional. Así, analizaremos las expresiones no verbales que presentan las características propiamente performativas: construcciones preposicionales encabezadas por núcleos ´locativos`, ´sumativos` y ´sustractivos` y apelaciones enfáticas. En este sentido, podremos determinar el valor de las preposiciones que introducen sintagmas equivalentes a predicados con sentido realizativo. Por otro lado, distinguiremos dos modos de enunciar en relación con la descortesía y la adulación: insultos y halagos. Dichas expresiones se describirán desde una perspectiva gramatical y prosódica, de modo que se atenderá a su capacidad para reproducir enunciados realizativos convencionales y de orientar el acento y la inflexión melódica a la transformación cognitiva y emocional de la realidad del individuo receptor.

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Es un texto elaborado en forma de preguntas con sus respectivas respuestas que contiene tres grandes títulos y que se extracta de la siguiente manera: el primer título da cuenta de la estructura del Impuesto de industria y comercio, con su evolución normativa y jurisprudencial en temas trascendentes como: la actividad industrial, hospitales, clínicas, arrendamiento de bienes in muebles, régimen de propiedad horizontal, actividad inversionista entre otras; así mismo, en el título segundo se habla del impuesto de avisos y tableros, donde se extracta su normatividad y su jurisprudencia y finalmente de manera didáctica se refiere en el tercer capítulo a las minutas más sobresalientes que buscan que el usuario y demás entidades contribuyentes conozcan de manera directa y práctica las actuaciones de la administración municipal.

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Una de las fuentes de financiamiento más importantes para el Estado son los impuestos, ya que a través de ellos obtiene los recursos necesarios para el ejercicio de sus atribuciones. Las empresas individuales y sociales cumplen con dicha obligación pagándolos, situación que hace disminuir sus activos y en muchos casos incurrir en erogaciones innecesarias por el desconocimiento o mala aplicación por criterio inapropiado de lo dispuesto en las leyes relativas a cualquier clase de impuestos. La relación del derecho tributario y la contabilidad, es motivada por la razón de que esta no es llevada únicamente por una necesidad económica privada, sino que responde también a las de carácter público y moral en beneficio del Estado, sus titulares y hasta terceras personas. El Estado, se interesa en la contabilidad primero por la consecución del tributo y segundo, para obtener información financiera útil en la generación de indicadores económicos, es por esa razón que se hace necesario registrar todos los eventos económicos y como las empresas persiguen el lucro, se convierten de esta forma en fuente generadora de tributos. En el presente documento, se analiza el desconocimiento que poseen los profesionales en contaduría pública en cuanto a la aplicación y contabilización de los impuestos específicos y ad-valorem relacionados con bebidas alcohólicas, gaseosas y cigarrillos; ya que estos son contratados como auditores independientes por empresas o sociedades que se dedican a esas industrias. En tal sentido se realiza un diagnóstico de la situación actual y de la aplicación práctica, contable y fiscal de los impuestos específicos y ad-valorem que sirva de guía a los profesionales en contaduría pública o a otros interesados que quieran conocer sobre el tema.En el primer capítulo titulado “Historia de los Impuestos”, identifica el origen de estos abordando primeramente sus inicios, funciones, conceptos, reglas clásicas de los impuestos. Seguidamente se considera la clasificación de los impuestos directos e indirectos, ventajas y desventajas; finalmente se aborda la situación actual de las leyes de los impuestos específicos y ad-valorem relacionados con bebidas alcohólicas, gaseosas y cigarrillos. En el segundo capítulo titulado “Impuestos Indirectos en El Salvador”, se explican los objetivos, conceptos, clasificaciones de los procedimientos utilizados para la aplicación de los impuestos específicos y ad-valorem. En el tercer capítulo titulado “Diagnóstico sobre la aplicación práctica contable de los impuestos específicos y ad-valorem”, se exponen los resultados obtenidos y conclusión de la investigación de campo realizada. En el cuarto capítulo titulado “Casos Prácticos Aplicados a las Diferentes Industrias en Estudio que son Sujetas a Impuestos Específicos y Ad-valorem”, se explica los métodos de contabilización y la forma de aplicar los impuestos; así como también la elaboración de los formularios para declarar los impuestos específicos y ad-valorem. Finalmente en el quinto capítulo, se exponen las conclusiones y recomendaciones sugeridas por los sustentantes a fin de fomentar la importancia de adquirir mayor conocimiento sobre la aplicación contable y fiscal de los impuestos específicos y ad-valorem.