12 resultados para INMEDIACIÓN


Relevância:

20.00% 20.00%

Publicador:

Resumo:

La existencia de disposiciones normativas abiertas en los requisitos de estructuración de una prisión preventiva, provocan un mayor margen de subjetividad en las y los administradores de justicia (fiscales, jueces, juezas). El riesgo, por tal subjetividad, se enfoca entorno a los parámetros, instrumentales o penales, que se pueden utilizar para requerir o disponer la referida medida coercitiva personal, pues en nuestro sistema penal colisionan las corrientes garantista y del derecho penal del enemigo. El presente tema de tesis no ha tenido mayor desarrollo doctrinario, y peor aún análisis práctico en nuestro país. Esto, ha vuelto necesario su estudio y evaluación, con el propósito de poder verificar si los criterios de aplicación de la prisión preventiva responden al Estado constitucional de derechos y justicia que nuestro sistema consagra, o más bien enmascaran un uso irracional o arbitrario de los criterios por los cuales se convierte a una persona en preso preventivo.

Relevância:

20.00% 20.00%

Publicador:

Resumo:

Historia y evolución del proceso civil y de principio de inmediación – Marco teórico del principio de inmediación de la prueba en el proceso civil y mercantil – Marco legal del principio de inmediación de la prueba en el proceso civil y mercantil -- Estudio comparado del principio de inmediación de la prueba en el proceso civil y mercantil – La estructura probatoria en la segunda instancia del proceso civil y mercantil

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

Resumen: Los poderes territoriales predominaron en el nacimiento de los Estados en Europa occidental, en los que se advierten contrapesos entre órganos, de sustento consuetudinario y reconocimiento escrito de derechos. En la aparición y el afianzamiento del constitucionalismo escrito tienen singular importancia la transformación de confederaciones en Estados federales, en Estados Unidos, Suiza y Alemania; así como los procesos de Venezuela, Colombia, México, Brasil y Argentina. Su consolidación resulta de los sistemas de control de constitucionalidad: el difuso, que nace en Estados Unidos; y el concentrado, que comienza en Austria; ambos países federales. En la actualidad los Estados semicontinentales y las regiones de similares dimensiones pueden entenderse como superación del constitucionalismo, pues se ha modificado sustancialmente su ámbito geográfico, el cual resulta esencial para que la representación posea una inmediación suficiente y puedan funcionar los frenos y contrapesos que aseguran la moderación del poder. Una gran autonomía y fortaleza de las instituciones locales, es decir un auténtico federalismo, puede configurar un reaseguro suficiente para los objetivos iniciales del constitucionalismo: que el reconocimiento de los derechos y los equilibrios entre los titulares de poderes locales y centrales tengan la oportunidad de lograrse.

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

Pretende establecer, si la prisión preventiva, realmente cumple con su rol, esto es ser una medida cautelar, o si por el contrario, ha existido o existe excesos en su aplicación, llegando a determinar por tanto, que la prisión preventiva no debe constituir la regla general como expresamente se determina ya que se trataría de un acto arbitrario e injusto el privar la libertada en forma desproporcionada respecto de la pena que correspondería al delito del imputado a quienes cuya responsabilidad no ha sido todavía probado, esto sería una anticipación de la pena totalmente contraria a los principios elementales del Estado Constitucional y de los Derechos Humanos. La tesis se divide en cuatro capítulos; el primero se refiere al análisis de los principales principios que se deben observar y aplicar respecto de la prisión preventiva, siendo el principio de inocencia, excepcionalidad, proporcionalidad, provisionalidad, inmediación, legalidad y el debido proceso; el capítulo segundo, trata de las medidas cautelares, y dentro de esta esfera se analiza a la prisión preventiva, en nuestra realidad, y a la luz de la Constitución y los tratados Internacionales; los presupuestos contenidos en el art. 167 del Código de Procedimiento Penal; los indicios y la evidencia. En el capítulo tercero, se analiza el procedimiento garantista para ordenar la prisión preventiva; la audiencia de control de flagrancia y la audiencia de formulación de Cargos en los delitos no flagrantes. En el Capítulo cuarto, se analiza tres causas penales, y se concluye con las conclusiones y recomendaciones.

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

Elaborada con base en el estudio crítico del ordenamiento jurídico ecuatoriano, las orientaciones doctrinarias y las prácticas inquisitivas de los operadores procesales de mayor relevancia para el tratamiento de cada uno de los temas, plantea los elementos de análisis necesarios para comprender, a profundidad, la forma en que el juicio oral debe desarrollarse para lograr un enjuiciamiento penal respetuoso de los derechos humanos y el debido proceso. En ese contexto, el trabajo inicia con una breve revisión de los antecedentes que marcaron el inicio del sistema acusatorio a lo largo de la historia, a objeto de mostrar su estructura, fundamentos y lógica en que funciona, así como los principios constitucionales y procesales que dan sustento a su actuación, de modo que, más adelante y en la línea de estas reflexiones previas, da a conocer las razones jurídicas y estratégicas por las cuales se trata de una etapa central y clave dentro del Estado democrático. Así, luego de la identificación y valoración de las falencias que afectan la aplicación efectiva de principios tales como inmediación, imparcialidad y contradictoriedad, efectuada en función de las disposiciones normativas que los regulan, la investigación continúa con el reconocimiento de los defectos o falencias que en ellas se generan y que dan lugar a prácticas inquisitivas por parte de los operadores procesales, de tal manera que, en ese entorno, se proponen algunos correctivos necesarios para superar tales dificultades, y, finalmente, concluye con la exposición de algunas ideas que sintetizan las líneas de reflexión seguidas a lo largo de la tesis.

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

En el Ecuador los sujetos procesales que intervienen en un juicio penal, tienen el derecho a producir la prueba necesaria que les permitirá a los jueces de los tribunales de garantías penales determinar si existió o no infracción penal y conforme a esto dictarán la sentencia correspondiente. En el presente trabajo estudiamos diferentes temas relacionados con la prueba, como su conceptualización, actividad probatoria, necesidad de la prueba, objeto, efectos, elementos, medios de prueba, actos de investigación y de prueba, anticipos jurisdiccionales de prueba, pruebas valederas, reglas de exclusión de las pruebas ilícitas, todo esto se lo aborda en los dos primeros capítulos para que el lector tenga conocimientos básicos de la prueba penal y con ello pueda comprender de una mejor manera la parte práctica que se la aborda en el tercer capítulo en donde nos referimos a las audiencias orales de juzgamiento sustanciadas por los tribunales de garantías penales en las cuales algunos operadores de justicia, fiscales y abogados, cometen a veces errores, por falta de conocimiento de la prueba penal, los cuales sacamos a relucir para enmendar los mismos y prevenir problemas futuros; se menciona que en las audiencias debe existir la inmediación de los litigantes con los jueces del tribunal de garantías penales, además los sujetos procesales deben hacer uso de su derecho a la defensa lo que conlleva al derecho a contradecir la prueba formulada por la contraparte. Se hace énfasis a que la carga de la prueba recae en la Fiscalía, además se aborda el tema de la valoración de la prueba y se concluye la investigación con una serie de conclusiones con la finalidad que se tomen en cuenta para que no se vulneren derechos y mejore la administración de justicia.

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

En la Asamblea Nacional Constituyente de 1998, al expedirse la Constitución Política, en el Art. 194 se adoptó el sistema oral sobre la base de los principios procesales de presentación y contradicción de la prueba, dispositivo, concentración e inmediación y otros que de manera expresa constan en la Carta Fundamental, como el principio del sistema - medio constante en el Art. 192. Del modo como la doctrina conceptualiza al principio dispositivo por su naturaleza, limita al juez y tribunales el que éstos puedan disponer de oficio la práctica de pruebas, sin embargo de lo cual, en el Código del Trabajo se ha prescrito que el juez y los tribunales de última instancia puedan disponer ese tipo de pruebas, lo cual ha generado dudas y debates sobre aquello. A efecto de generar mayores niveles de seguridad jurídica y teniendo en cuenta el principio protector que tutela el derecho del trabajo, sería trascendente que al mismo nivel constitucional se contemple la facultad a jueces y tribunales de última instancia para que dispongan la práctica de pruebas de oficio cuando lo creyeren necesario, a fin de que la legislación ordinaria lo desarrolle con claridad y con ello se ponga fin a las dudas existentes y a un debate que está hasta hoy latente.

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

El Art. 169 de la Constitución Política de la República dice: “El sistema procesal es un medio para la realización de la justicia. Las normas procesales consagrarán los principios de simplificación, uniformidad, eficacia, inmediación, celeridad y economía procesal, y harán efectivas las garantías del debido proceso . No se sacrificará la justicia por la sola omisión de formalidades”. El fin inmediato de la ley procesal es entonces la aplicación de la disposición legal al caso concreto. Lo que se busca en todo este andamiaje constitucional es hacer cumplir los derechos que el Estado garantiza a todo ciudadano, cuales son el derecho al debido proceso, la defensa en juicio , y a una justicia sin dilaciones. El objetivo del trabajo es analizar las causas que dan origen a las nulidades por omisión de solemnidades tanto en el ámbito sustantivo como en el procesal. Si la declaración es en el orden sustantivo, se analizará los motivos que dieron lugar a esta anormalidad. Pero si la declaración es en el campo procesal, entonces se estará frente a la omisión de solemnidades de otra índole, este tipo de anormalidades se presentan cuando existen vicios en el procedimiento, un defecto en el trámite. La investigación enfrenta el estudio de la nulidad y la ineficacia a partir de una concepción integral y dinámica, agrega otros problemas complejos que parten de la ley procesal, siempre de interés público, cuya correcta aplicación “ constituye la garantía del proceso” .

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

A través de este trabajo científico, nos interesa saber: ¿Se aplica la técnica de mediación en las controversias individuales de trabajo en el cantón Loja? Los objetivos específicos que perseguimos son: a) estudiar el impacto de la aplicación del principio de inmediación en el proceso oral laboral en el cantón Loja; b) definir la utilización de la técnica de la mediación en las controversias individuales de trabajo en el cantón Loja; c) analizar el tratamiento dado a las controversias individuales de trabajo suscitadas en el cantón Loja a partir de la implementación del sistema oral hasta el año 2008. Bajo estas directrices en el capítulo primero, se conceptualiza el sistema oral, se recurre a la historia para ubicar el desarrollo del sistema, se tratan los principios procesales que revisten al proceso por audiencias, para finalmente revisar la mediación, técnica que ha tenido su despunte a partir de los años 90 en Latinoamérica. En el segundo capítulo, las controversias o conflictos de trabajo son estudiados en forma general, y el 5 tratamiento especifico que reciben en la legislación ecuatoriana. En el último capítulo, la problemática radica en los juicios laborales instaurados en el Juzgado del Trabajo del cantón Loja, desde su creación, esto es desde la aplicación del sistema oral hasta el año 2008. Finalmente, se hace alusión a casos reales, para descubrir las bondades del sistema oral laboral; para concluir con las conclusiones pertinentes.

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

El recurso de casación desde la perspectiva de la doctrina penal y en especial desde la óptica práctica del órgano de jurisdicción penal, tiene por objeto reparar los errores de derecho en que pudo haber incurrido el juzgador al momento de pronunciar sentencia por una parte y, por otra, coadyuvar a la unificación normativa a fin de garantizar la correcta aplicación de la ley. Sin embargo cabe señalar que este instituto procesal penal, en los últimos tiempos ha presentado una inusitada evolución que nace de la aplicación de los sistemas neoconstitucionalistas que propenden a la constitucionalización del derecho penal originando que la naturaleza del recurso de casación se transforme y evidencie rasgos netamente garantistas que trascienden el propio fin con el único objetivo de implantar a los derechos como el principio mismo de su esencia. Es evidente que una institución de la complejidad de la Casación, destinada a velar por la exacta y correcta observación de la ley, a unificar la jurisprudencia y a controlar el sistema judicial, no puede haber surgido espontáneamente, sino que como ya lo analizaremos, es el resultado de la incorporación de varios principios jurídicos, doctrinarios y prácticos de los sistemas judiciales; cuya aplicación corresponde al más alto tribunal de justicia, a fin de que sus fallos sean acatados y de esta manera cumplir con el objetivo básico que no es sino la defensa del derecho objetivo, la reparación del agravio sufrido a través de una sentencia que puede ser anulada total o parcialmente, cuando es evidente el vicio de “in juricidad” por errores en la aplicación del derecho. La investigación que planteamos, no trata de desarrollar una nueva teoría sobre el tema, ya que existen varios escritores que lo han abordado desde diferentes perspectivas, sin embargo, consideramos que la visión de este recurso en el Ecuador, cambió a raíz de la implementación del sistema acusatorio oral, porque los principios de inmediación y contradicción que rigen la presentación de la prueba en la audiencia oral de juzgamiento, originan que las sentencias sean el producto de la percepción directa del juzgador sobre los hechos narrados, lo que de alguna manera debería contribuir a acrecentar la confianza en el hacer judicial, es por ello, que pretendemos ilustrar la doctrina y describir la normativa vigente sobre la casación a fin de comprender su naturaleza y función, lo que nos releva de realizar análisis críticos por necesarios que sean.

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

Durante las dos últimas décadas, los países de Latinoamérica incluyendo Colombia venido reestructurando sus codificaciones procesales de manera paulatina, han establecido sus posiciones desde diversos planes reformistas de justicia que han dirigido algunas agencias internacionales.

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

El libro Oralidad y proceso presenta a la comunidad académica y a los profesionales del derecho reflexiones teóricas y prácticas acerca de la implementación de la oralidad en el proceso penal y laboral, asimismo las expectativas de su implementación en los procesos civil, de familia y contencioso administrativo. De antaño es la discusión alrededor la ineficacia del proceso, la mora judicial y la consecuente violación del derecho de acceso a la justicia y el debido proceso constitucional. En ese sentido se pregunta: ¿será acaso la oralidad el remedio a estos males? ¿la implementación de la oralidad será garantía de eficacia del proceso, ¿reducen los sistemas de procesamiento orales los índices de morosidad judicial Y en consecuencia, al potenciar la inmediación, la concentración, la contradicción y la publicidad\' se fortalece el derecho fundamental al debido proceso constitucional?