39 resultados para DESPIDO


Relevância:

20.00% 20.00%

Publicador:

Resumo:

La institució de l'acomiadament col·lectiu s'ha vist afectada per la reforma operada pel Reial Decret-llei 3/2012, de 10 de febrer, i la seva posterior convalidació com a Llei 3/2012, de 6 de juliol, de mesures urgents per a la reforma del mercat laboral. Els nombrosos pronunciaments i interpretacions proposades per diferents sectors judicials i doctrinals han convertit la regulació legal i reglamentària dels procediments d'acomiadament col·lectiu en un focus d'especial interès, sobretot tenint en compte la profunda crisi econòmica per la qual travessa Espanya. A causa d'això, podem assentar que gran part dels impediments al creixement de l'economia espanyola eren conseqüència de les febleses que mostrava el model laboral. És per aquest motiu que en el present treball ens dediquem a estudiar les diverses modificacions normatives dels expedients de regulació d'ocupació, prestant especial atenció als aspectes relatius a l'eliminació de la tradicional autorització administrativa (excepte pels casos de força major), a la significativa reconfiguració de les causes econòmiques, tècniques, organitzatives i productives que justifiquen l'extinció dels contractes de treball, al període de consultes, a la informació a facilitar als representants dels treballadors en el propi, a les actuacions de l'Autoritat Laboral per vetllar per la seva efectivitat del període de consultes podent realitzar funcions d'advertiment, recomanació i assistència a les parts, al renovat contingut de l'informe de la Inspecció de Treball i Seguretat Social, als plans de recol·locació i a les mesures d'acompanyament social assumides per l'empresari, entre d’altres. En definitiva, mitjançant el treball realitzat a continuació podem endinsar-nos a aquesta qüestió de forma més profunda i composar així un anàlisis extens sobre la reforma efectuada en 2012 en matèria d'acomiadaments col·lectius.

Relevância:

20.00% 20.00%

Publicador:

Resumo:

Tesis (Maestría de Derecho Laboral) U.A.N.L. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, 1987.

Relevância:

20.00% 20.00%

Publicador:

Resumo:

La cuestión de la ejecución del despido colectivo se ha modificado hasta crear una modalidad absolutamente novedosa para el despido colectivo. El hecho de que se prevea que lo rige la regulación sobre el procedimiento de conflictos colectivos.

Relevância:

20.00% 20.00%

Publicador:

Resumo:

La presente investigación, que lleva por título El Despido Ineficaz en la Legislación Ecuatoriana, busca, analizar la nueva normativa que regula lo correspondiente a los despidos generados a ciertos grupos considerados vulnerables, que día a día luchan para que sus derechos sean respetados y reconocidos, ya con la Constitución de la Republica se ha generado muchos logros en cuanto a los derechos exigidos por los trabajadores, sin embargo, no ha cesado la arbitrariedad por parte de los empleadores, que sin justa causa, de un día para otro los empleados son despedidos de sus puestos de trabajo. Con las reformas al Código de Trabajo, plasmadas en la Ley Orgánica para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar, los dirigentes sindicales, trabajadoras embarazadas y en estado de maternidad, se ven beneficiados, y respaldados jurídicamente, con una especial protección, frente a los despidos, de los cuales han sido víctimas, mismos que se los ha hecho, sin tener motivo alguno. Es por ello, que al desarrollar este interesante tema, que ha sido de gran aporte para el ámbito social, específicamente para el ámbito laboral, es mi labor como estudiante egresada de la Facultad de Derecho, analizar, la normativa con la finalidad de aportar un mejor conocimiento sobre la misma, y porque no decirlo, hacer hincapié, en la amplia protección y reconocimiento de derechos fundamentales que como trabajadores se les garantiza.

Relevância:

20.00% 20.00%

Publicador:

Resumo:

La publicación de una nueva ley, trae consigo la derogatoria total o parcial de otra ley y con ello, la imperiosa necesidad de conocer aquella reforma que cambia la realidad jurídica respecto de la materia que rige. Tal es el caso de la Ley Orgánica de Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar, publicada en abril de 2015, que modificó el Código de Trabajo y la Ley de Seguridad Social, siendo uno de los temas más relevantes de esta reforma, el despido ineficaz. El tema de estabilidad laboral absoluta en Ecuador, era únicamente una ilusión para los trabajadores, y a palabras de un gran catedrático de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad de Cuenca, Doctor Jorge Morales, la estabilidad absoluta era “simples mariposas amarillas”; sin embargo, desde abril del 2015, la estabilidad absoluta pasó de la teoría a la praxis, aunque únicamente para un grupo mínimo de trabajadores, representantes sindicales y mujeres embarazadas o asociadas a su condición de maternidad;debido que, por su condición de vulnerabilidad en el marco laboral, la Reforma transformala estabilidad relativa manifestada en el despido intempestivo de estos trabajadores en ineficaz. “La ley, una vez publicada se presume conocida por todos y no podrá alegarse ignorancia por ninguna persona”, todos los ciudadanos dentro de la circunscripción para la cual rige la nueva norma, tenemos la obligación de informarnos sobre tal, siendo este, el motivo y objetivo principal de la presente investigación, otorgar a la ciudadanía un análisis profundo de la reforma laboral precisamente sobre las disposiciones que regulan la aplicación, alcance, causas y efectos del despido ineficaz.

Relevância:

20.00% 20.00%

Publicador:

Resumo:

Corte Constitucional - sentencia de tutela: de cumplirse tres requisitos, el empleador no puede despedir al empleado cuando sufra un accidente laboral.

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

Trabalho de Projecto submetido à Escola Superior de Teatro e Cinema para cumprimento dos requisitos necessários à obtenção do grau de Mestre em Teatro - especialização em Design de Cena.

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

Dissertação apresentada para cumprimento dos requisitos necessários à obtenção do grau de Mestre em Línguas, Literaturas e Culturas,

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

O autor diz que, de outubro de 1941 a dezembro de 1943, insulou numerosos fungos patogênicos de lesões as mais variadas. Obteve culturas puras de 5 casos de Rinocladiose, 3 de Moléstia de Lutz, apurou um Actinomyces minutissimus, 2 de Malassezia furfur e 2 Actinomyces, ainda em estudos, etc. Uma das observações de Esporotricose merece referência especial. Tratava-se de um indivíduo, morador em Governador Valadares, que apresentava uma lesão gomosa, nodular e verrucóide, fistulosa, localizada na região umbilical, provocada pela dentada de um peixe, de espécie ignorada, que atacou o paciente quando êste se banhava, completamente despido, nas águas do Rio Doce. O ponto da dentada sangrou ligeiramente e pouco depois começavam a aparecer os nódulos, que se sucederam progressivamente sem perturbar o estado geral do paciente. As sementeiras do pus de uma dessas gomas deram culturas puras do Rhinocladium Beurmanni, única espécie que o autor até hoje insulou, em 55 casos de Esporotricose em Minas Gerais. O autor já havia registrado a moléstia pela dentada de ratos, pelos ferimentos de espinhos de roseiras, pedaços de madeira, facas de cozinha, marteladas etc. Pensa, porém, que a moléstia produzida pela dentada de peixe é a primeira vez que se faz referência na literatura. Referiu-se depois o autor aos casos de Otomicoses que lhe chegaram às mãos em 1942, no serviço do Prof. ILDEU DUARTE. Dá o resumo das observações e concluiu que se tratava de lesões produzidas pelo Aspergillus fumigatus de FRESENIUS, 1841, de acôrdo com as lesões histopatológicas e as culturas que obteve.

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

En sus inicios, la huelga como tal, era considerada jurídicamente como un delito o como una libertad, pero no como un derecho, y así, se mantuvo durante muchos años. En una primera etapa, común en los ordenamientos jurídicos europeos del S. XIX, la huelga no fue admitida como un fenómeno de protesta lícito, por su origen y desarrollo claramente colectivo, consti-tuyendo de forma clara un atentado a los principios de la concepción individualista de la rela-ción laboral; de ahí que fuese reprimida enérgicamente por la vía penal al ser considerada un delito. En una segunda etapa, encontramos primero que se toleró a medida que las conciencias políticas y sus nuevas ideas entendieron que el fenómeno era imparable, con lo que a pesar de existir normas penales que prohibían y castigaban esas manifestaciones colectivas de trabaja-dores no se hacía uso de la represión. Más tarde se aceptó abiertamente pero no se reguló, lo que dio lugar a que al ser calificada la conducta del trabajador como una falta voluntaria de asistencia al trabajo, pudiese ser reprimida por el empresario y así justificar su despido por incumplimiento contractual, es decir, la huelga como libertad individual jugaba exclusivamen-te en el marco de la relación laboral individual de trabajo, pudiendo provocar, si esa era la decisión del patrono, la ruptura del contrato. No había excusa, en este supuesto, dado que la orden sindical de ir a la huelga no cambió la naturaleza del acto del trabajador, que, como se ha dicho anteriormente, representaba un incumplimiento de la obligación contractual

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

El actual debate sobre la reforma laboral pendiente en España se centra demasiado en el abaratamiento del despido o las modalidades de contratación como únicas formas de flexibilizar el mercado de trabajo. Este tipo de propuestas, además, choca con la percepción de una fuerte pérdida de seguridad de los trabajadores. En este trabajo nos planteamos cómo conciliar una mayor flexibilidad del mercado laboral sin una pérdida de la seguridad de los trabajadores. Para hacerlo revisamos qué sugiere la teoría, con qué evidencia empírica contamos y cuáles son las experiencias internacionales de las que podemos aprender para así poder hacer planteamientos serios de reformas laborales basados en evidencias y no en ocurrencias. Finalmente proponemos una línea de trabajo de la reforma del mercado de trabajo que no renuncia ni a la mejora de la flexibilidad ni a asegurar el empleo de los trabajadores.

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

Gestión del conocimiento

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

El retiro del servicio de los empleados públicos aparece como una facultad reglada en las normas del empleo público que, cuando se da alguna de las hipótesis legales que lo hacen procedente, facultan al nominador para ejercer sus atribuciones legales, persiguiendo, ante todo, razones del servicio: su mejora, renovación, eficiencia y moralidad, entre otras. A partir del concepto de una buena administración del Estado, establecer la procedencia y elementos estructurales de una política de prevención del daño antijurídico en relación con el retiro del servicio de servidores públicos que, conforme al ordenamiento jurídico gozan de una especial protección constitucional. Conocer el concepto, el alcance, la regulación y desarrollo jurisprudencial de esta trascendental atribución para el servicio público, resulta indispensable para la debida aplicación del derecho, del ejercicio de las atribuciones públicas por parte de la Administración, y para la prevención del daño antijurídico.

Relevância:

10.00% 10.00%

Publicador:

Resumo:

El retiro del servicio de los empleados públicos aparece como una facultad reglada en las normas del empleo público que, cuando se da alguna de las hipótesis legales que lo hacen procedente, facultan al nominador para ejercer sus atribuciones legales, persiguiendo, ante todo, razones del servicio: su mejora, renovación, eficiencia y moralidad, entre otras. El problema jurídico a resolver con el presente trabajo se plantea a partir del concepto de una buena administración del Estado, establecer la procedencia y elementos estructurales de una política para la prevención del daño antijurídico por el retiro del servicio de servidores públicos que, conforme al ordenamiento jurídico, gozan de una especial protección constitucional o legal. Conocer el concepto, el alcance, la regulación y desarrollo jurisprudencial de esta trascendental atribución para el servicio público, resulta indispensable para la debida aplicación del derecho, del ejercicio de las atribuciones públicas por parte de la Administración, y para la prevención del daño antijurídico.