736 resultados para DERECHO COMERCIAL INTERNACIONAL


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Luego de haber compartido su sabiduría internacional y pensador en el campo de la resolución de desavenencias, a través de la publicación –en estas ediciones- de sus apuntes sobre arbitraje internacional, en el Doctor Nicolás Gamboa le presenta en este volumen a la comunidad jurídica sus finas reflexiones sobre los avances y límites del arbitraje internaciones con partes estatales. Su exposición de los avances del arbitraje internacional, con relación a posturas más o menos dogmáticas en cuanto al alcance de la soberanía estatal, es de una precisión y claridad contundentes: la inexorable extensión del arbitraje internacional –a pesar de sus límites y derivas- ha sido tal en los últimos tiempos, que hoy días es considerado mecanismo natural de resolución de controversias entre sociedades y partes estatales. El análisis de los límites del arbitraje internacional con partes estatales que efectúa el Doctor Gamboa Morales es pertinente y oportuno. El “caso argentino” es la mejor prueba. Es menester analizar, con la profundidad que él propone, la inarbitrabilidad de ciertos litigios con Estados soberanos, los intereses y las políticas enfrentados en el arbitraje en materia de inversión y las dificultades que -a pesar de un liberalismo creciente- todavía presenta famosa inmunidad de ejecución del Estado soberano. El lector descubrirá el trasfondo filosófico del arbitraje internacional con partes estatales, leyendo la obra del Doctor Gamboa Morales. No es por nada que esta trabajo corona su merecido ingreso a la Academia Colombiana de Jurisprudencia, en la calidad de Miembro Correspondiente.

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Existe un amplio consenso internacional de que los flujos de inversión en el sector agrícola en los países en desarrollo necesitan ser aumentados. Pero hay también acuerdo en que estas inversiones deben ser sostenibles. Para ser sostenibles, no sólo ha de ser beneficioso para la economía pública, sino también para los hogares rurales y el medio ambiente en el corto y el largo plazo. Para que las inversiones sostenibles tengan lugar, dependera sobre todo del marco jurídico en el que estas inversiones estén situadas. Esto es cierto para los marcos jurídicos nacionales, tanto del país de origen como del país receptor de la inversión. Pero los marcos jurídicos internacionales en los que están inmersos los estados de origen y de acogida también establecen incentivos positivos o negativos para que las inversiones sean sostenibles. Este trabajo presenta una visión general de los marcos normativos que vienen a centrarse en este aspecto. A continuación, se profundiza en la regulación del comercio internacional de productos agrícolas, asumiendo que las inversiones sostenibles en la agricultura suponen un “régimen de comercio sostenible”. De esta manera, el artículo presenta las partes del debate sobre un régimen comercial agrícola sostenible, como ha sido desarrollado por la autora en los últimos años.

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A pesar de su reconocimiento en diferentes jurisdicciones, la apli­cación del principio iura novit curia al arbitraje comercial internacional ha sido objeto de debate. Desde el punto de vista más liberal, el principio es absolutamente aplicable al arbitraje comercial internacional, tal y como sería aplicado por un juez al dictar sentencia conforme a su derecho nacional, mientras que desde la postura más estricta, cualquier manifestación de este principio que permita a los árbitros tomar la iniciativa de traer nuevas cues­tiones de derecho al proceso debe ser rechazada por completo. Partiendo de la premisa de que, por lo general, los miembros de un tribunal arbitral inter­nacional no conocen el derecho aplicable a las controversias que se someten a su conocimiento, ni tienen experiencia o manejo práctico respecto a dicho derecho, la aplicación del principio iura novit curia de forma pura y simple no resultaría adecuada en el contexto del arbitraje comercial internacional en razón de su naturaleza contractual y los intereses involucrados. Por otra parte, rechazar de plano la aplicabilidad del principio en el arbitraje comercial internacional implicaría atar de manos a los árbitros y crearía el riesgo de que se emitan laudos que ignoren o contradigan normas y principios del derecho aplicable, lo que podría afectar su validez y dar pie a que su validez y ejecución posterior se vean cuestionadas. En razón de lo anterior, para que el principio iura novit curia pueda ser aplicado en el contexto del arbitraje comercial inter­nacional, dicho principio debe ser abordado desde una postura intermedia y sufrir una importante adaptación de forma que ciertas manifestaciones del mismo puedan ser aceptadas en casos excepcionales como una herramienta para que los árbitros puedan cumplir cabalmente con los deberes inheren­tes a su función decisoria, incluyendo el deber de no exceder la jurisdicción que les ha sido conferida, de dictar laudos válidos, ejecutables y apegados al derecho aplicable, de actuar en forma imparcial y de garantizar a las partes en todo momento derechos fundamentales derivados del debido proceso, como lo son el derecho a ejercer su defensa en forma adecuada y oportuna, así como el derecho a ser tratadas con igualdad.

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El artículo analiza detalladamente la institución del hardship o excesiva onerosidad, y su aplicación en la contratación comercial moderna. Se refiere al tránsito histórico desde una rigurosa aplicación del pacta sunt servanda, a una reformulación de este principio que se resume en la máxima pacta sunt servanda si rebus sic stantibus. Efectúa una aproximación al hardship como un mecanismo que permite la renegociación de los contratos comerciales internacionales, tradicionalmente expuestos a los más variados cambios de circunstancias, cuando se afecte su equilibrio económico o financiero. Menciona las diferentes formas en que esta institución ha sido configurada en instrumentos internacionales y el derecho comparado. Finalmente se refiere a la aplicación que se ha hecho del hardship en la jurisprudencia extranjera y en el arbitraje internacional.

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La presente tesis tiene como objetivo identificar y analizar las bondades y dificultades del arbitraje comercial internacional en momentos en los que el Ecuador requiere de medios de solución de conflictos que sean aceptados por la comunidad de negocios internacionales. La dolarización exige normas jurídicas claras y mecanismos de solución de controversias que brinden seguridad jurídica a los comerciantes e inversionistas. Dentro de este escenario, el arbitraje, por las consideraciones contenidas en este trabajo, se presenta como el mecanismo de resolución de disputas internacionales más idóneo con el que contamos hoy en día. Destacamos que en Latinoamérica y en el Ecuador el arbitraje internacional permanece aún inexplorado, tanto en la doctrina como en la praxis. ¿El motivo? Parece ser por la negativa que históricamente Latinoamérica ha guardado ante la institución arbitral, reflejada en algunos casos en una incongruente legislación nacional; y, desconfianza injustificada de las cortes judiciales. Pero, hoy por hoy, el contexto latinoamericano ha cambiado significativamente. Observamos que la práctica del arbitraje nacional e internacional se va aplicándolo de manera notable, registrando un incremento en los casos que involucran a partes latinoamericanas. Por ejemplo, en el año 2002 cerca del 11% de los casos administrados por la CCI tienen relación con partes latinoamericanas, en contraste con el 3% registrado en 1993.1 Esta tesis se formula en base a una estructura de 2 capítulos: El capítulo primero trata sobre el desarrollo del arbitraje internacional desde sus orígenes, se hace una breve fundamentación histórica, se puntualiza el arbitraje y la nueva lex Mercatoria, los procesos de integración, una rápida sistematización de los tratados regionales de arbitraje, se analizan las relaciones económicas internacionales, el orden público y la arbitrabilidad, concluyendo con una visión de la perspectiva arbitral en el Ecuador. En el capítulo segundo analizamos las especificidades del proceso arbitral internacional, examinando la autonomía y los efectos jurídicos del convenio arbitral, su procedimiento e instituciones o centros de arbitraje internacionales, culminando con un análisis de las actuales expectativas del arbitraje internacional en Latinoamérica y el Ecuador. Constan 7 anexos que complementan lo aseverado.

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Este artículo trata sobre todo del marco legal del arbitraje comercial internacional en América Latina y el Caribe y la influencia de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional en las leyes de arbitraje adoptadas por la mayoría de los países de la región, que han adoptado un modelo normativo moderna del arbitraje comercial internacional. También incorpora información sobre el marco jurídico en vigor para el arbitraje internacional en América Latina y el Caribe. Por último, muestra el esfuerzo importante en estos países para superar las tendencias nacionales e idiosincrasias formalistas en esta materia. A pesar de la resistencia negativa por los países de la región y de la defensa de un cierto particularismo en la actualidad no existe una actitud hostil hacia el arbitraje comercial internacional.

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Con la creación de los Tribunales Penales Internacionales ad hoc para la antigua Yugoslavia y Ruanda, y con el establecimiento de la Corte Penal Internacional como órgano internacional permanente de investigación y juzgamiento se ha hecho evidente la necesidad de ofrecer un texto especializado, que recoja los diferentes instrumentos del derecho penal internacional. Aunque en el ámbito doctrinario existen importantes aportes que contribuyen a la recopilación de los diferentes textos del derecho internacional público y a los crímenes de guerra, sin que haya un compendio que abarque los diferentes instrumentos internacionales relacionados con el derecho penal internacional. Debido a la pretensión de contribuir al reconocimiento y fortalecimiento de las instituciones del derecho internacional, este texto sólo incluye los temas sustanciales y no procedimentales del derecho penal internacional. Es decir, relaciona los instrumentos jurídicos internacionales que sirven de base dogmática para el estudio de dichas instituciones, y deja de lado tratados sobre asistencia judicial, extradición o mecanismos internacionales de cooperación judicial entre los países.

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El fenómeno de la globalización ha generado importantes cambios en el ejercicio y estudio del derecho en Colombia. Un claro ejemplo es la recurrente incursión de empresas internacionales en el mercado local. Las transacciones más grandes de los últimos años, como las ventas de empresas nacionales como Bavaria y Coltabaco a SAB Miller y Phillip Morris respectivamente, así lo indican. Esto ha llevado a que el abogado de hoy no sólo requiera de un conocimiento sólido de su propio ordenamiento jurídico, sino que además deba conocer, aunque sea de manera tangencial, el derecho comercial internacional y los regimenes basados en el common law. Este conocimiento le facilitara su labor como asesor, permitiéndole entender quién es su cliente y cuáles son sus necesidades. En una palabra, el objetivo de esta obra es proveer al lector herramientas que le permitan asesorar mejor a sus clientes. Este texto va dirigido a empresarios y abogados involucrados en el comercio internacional. Esta obra le permitirá al lector familiarizarse con una figura clásica del derecho estadounidense, entender el racionamiento de las Naciones Unidas al querer unificar la legislación en una materia tan antigua como la cesión de créditos y determinar los efectos de esta figura en el ordenamiento jurídico colombiano.

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El Derecho Penal Internacional es una rama bastante reciente del Derecho Internacional Público. En ese orden de ideas, el Derecho Penal Internacional le debe mucho a otras especialidades del Derecho Internacional, como lo son el Derecho de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, puesto que si bien estas dos especialidades pueden y deben separarse del Derecho Penal Internacional, ciertos crímenes involucran tanto infracciones a las normas de DIH como a las de Derechos Humanos. En consecuencia, han dotado al Derecho Penal Internacional de parte de su contenido y por tanto podríamos considerarlas –guardadas las proporciones- como ancestros evolutivos de la especialidad, materia de esta monografía.