904 resultados para Anticoncepción de emergencia


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La anticoncepción de emergencia a nivel mundial no ha mostrado el impacto esperado en disminuir la tasa de embarazo no deseados. El uso de nuevos medicamentos como los antiinflamatorios no esteroideos (AINES), al alterar el proceso ovulatorio, como una opción para la anticoncepción de emergencia, podría mejorar este resultado. Objetivo: Realizar una revisión sistemática de la literatura para determinar la efectividad de los AINES en alterar el proceso de la ovulación y posible uso en la anticoncepción de emergencia. Materiales y métodos: Se realizó una búsqueda sistemática y ampliada ensayos clínicos acerca de la efectividad de los AINES en la inhibición o retardo de la ovulación. Resultados: En total se encontraron 59 artículos, de los cuales siete cumplieron con los criterios de elegibilidad. Se evaluaron diferentes tipos de inhibidores de la Cicloxigenasa-COX (selectivos y no selectivos), encontrando tasas entre 75% hasta del 100% en la disrupción de la ovulación en las mujeres que recibieron COX-2 selectivos y un gradiente dosis-respuesta. Conclusiones: Los resultados de esta revisión sistemática de la literatura sugieren la efectividad de los AINES (específicamente los COX-2 selectivos) en la alteración de la ovulación y su potencial uso como medicamento para la anticoncepción de emergencia. Se requieren más ensayos clínicos con mayores tamaños de muestra que evalúen esta opción terapéutica.

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Ronald Dworkin distinguía dos tipos de derechos. Los unos, con mayúscula, que generan distintas formas de exigencia cuando son incumplidos, que van desde la protección judicial hasta la rebelión si esta no es efectiva. Los otros, con minúscula, que pueden ser limitados, suspendidos y hasta anulados. La forma fácil de distinguir los unos de los otros es buscarlos en las constituciones. Los primeros están reconocidos (aunque no todos) en los catálogos de derechos; los segundos no. Por ejemplo, tengo derecho a la a vida, en el primer sentido; tengo derecho a escuchar una conferencia, en el segundo. Desde esta perspectiva parecería que no tengo derecho a la anticoncepción de emergencia porque no está expresamente reconocido como tal en la Constitución ecuatoriana ni en los instrumentos internacionales. Así que la discusión va por otro lado. El derecho reconocido en la Constitución ecuatoriana es el "derecho a tomar decisiones libres y responsables sobre su vida sexual" y el "derecho de las personas a decidir sobre el número de hijos que pueda procrear, adoptar, mantener y educar". Para ejercer estos derechos, el Estado tiene la obligación de ofrecer distintos medios que tengan ciertas características: legítimos, varios, no perjudiciales para la salud, conocidos. Si así no sucede, cuando no existe información ni opciones, no existe la libertad para decidir. Luego, el derecho se convierte en ilusorio y el Estado incurre en responsabilidad por violación al derecho.

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La anticoncepción de emergencia se refi ere a métodos que las mujeres pueden usar como respaldo y en caso de emergencia, dentro de los primeros días posteriores a una relación sexual sin protección, con el objetivo de prevenir un embarazo no de- seado. Los métodos anticonceptivos de emergencia no son adecuados para uso regular. Se ha demostrado que las píldoras an- ticonceptivas de emergencia (PAE) que contienen levonorgestrel previenen la ovu- lación y que no tienen un efecto detectable sobre el endometrio (revestimiento interno del útero) o en los niveles de progesterona, cuando son administradas después de la ovulación. Las PAE no son efi caces una vez que el proceso de implantación se ha ini- ciado y no provocarán un aborto.

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http://www.iidh.ed.cr/BibliotecaWeb/Varios/Documentos/BD_125911109/Anticoncepcion_oral_emergencia.pdf

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Antecedentes: En Chile aproximadamente 475.297 mujeres se encuentran expuestas al riesgo de embarazos no deseados y abortos provocados, ya sea porque usan anticonceptivos de baja eficacia o no los usan. Objetivos: Conocer el perfil biosocial de las usuarias que demandan la pildora de anticoncepción de emergencia, una vez que ésta estuvo disponible para las beneficiarías de los Consultorios de Atención Primaria del Servicio de Salud. Métodos: Se analizó las características sociodemográficas y antecedentes gineco-obstétricos de la totalidad de las 93 fichas de las mujeres que solicitaron anticoncepción de emergencia entre el segundo semestre de 2006 y el primer semestre de 2007, en un Consultorio de Atención Primaria de Salud del Servicio de Salud Metropolitano de Santiago. Resultados: El perfil obtenido es de una mujer joven de promedio de 23,6 años, soltera, estudiante, beneficiaría exenta de pago del sistema de salud público, con edad promedio de inicio de relaciones sexuales de 16,2 años, que ha tenido entre una y dos parejas sexuales, sin hijos, que no utiliza un método anticonceptivo habitual, que consulta por haber tenido una relación sexual no protegida en las últimas 24 horas. Conclusiones: El perfil identificado corresponde a una población de conducta sexual desprotegida, de alto riesgo de embarazo no deseado y de aborto inseguro, que deben ser incorporadas a los programas regulares de control de la fecundidad.

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La anticoncepción de emergencia se ha diseñado para evitar un embarazo no planificado. La sustancia usada para este fin es el levonorgestrel, que suprime el crecimiento folicular y el desarrollo del cuerpo lúteo. Lo que se ha pretendido con este estudio es determinar el nivel de conocimientos que tienen los estudiantes en cuanto a AE, sus actitudes y prácticas, respecto a esto. 300 alumnos de Medicina de la Universidad de Cuenca, fueron evaluados mediante formularios, todos ellos se encontraban en edades comprendidas entre 20-21 años. Se concluyó que la mayoría de estos, corresponden al sexo femenino y que aunque gran parte de los mismos mantienen relaciones sexuales siendo solteros, utilizan métodos anticonceptivos regulares y muy pocos recurren a AE. Casi todos los estudiantes son católicos, pero la mayoría están de acuerdo con su uso y lo recomendaría a otras personas y se observa que no tienen mayores prejuicios so-ciales, ni religiosos en torno a la contracepción de urgencia. Un alto porcentaje conoce que el LNG se utiliza para AE y los aspectos generales sobre ésta, pero desconocen aquello de más complejidad. Todos los estudiantes que han utilizado la anticoncepción post hoc, han logrado evitar una gestación no deseada y coinciden la mayoría que es un método absolutamente eficaz

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Este material presenta la información mas relevante sobre la normatividad de la AOE en el Perú, dirigido a los/as profesionales de la salud y a los grupos que trabajan en la promoción y difusión de la AOE en un marco de derechos humanos y como una herramienta para mejorar la salud sexual y reproductiva en nuestro país.

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Los anticonceptivos de emergencia son métodos para evitar el embarazo después de haber tenido relaciones sexuales sin la protección adecuada. La anticoncepción de emergencia se utiliza generalmente cuando se rompe un condón, en caso de una violación sexual u otras relaciones sexuales no protegidas. La anticoncepción de emergencia actúa respecto de los espermatozoides impidiendo que éstos puedan migrar o alterando su capacidad de adherirse a las células de la trompa, inhibiendo así su capacidad de fecundación. Su eficacia es mayor, mientras más pronto se use el método, lo cual indica que no actúa después de la fecundación. En consecuencia, no existe vulneración al derecho a la vida del que está por nacer. La anticoncepción de emergencia no afecta de manera alguna al Art. 23.1 de la Constitución Política que garantiza el derecho a la vida, porque su naturaleza es anticonceptiva, no abortiva, consecuentemente de ningún modo se afecta la vida del que está por nacer; además no tiene efectos secundarios. La Organización Mundial de la Salud señala: "la única contraindicación de las píldoras anticonceptivas de emergencia es el embarazo. Nunca se deben administrar las píldoras anticonceptivas de emergencia a una mujer con un embarazo confirmado, en primer lugar, porque no surtirán efecto." La Anticoncepción de Emergencia en nuestro país es legal desde 1998, está reconocida como tal en la Normas de Salud Reproductiva del Ministerio de Salud. En América, 25 países proveen servicios de anticoncepción de emergencia, entre los que destacan Argentina, Uruguay, El Salvador, Venezuela, México, Brasil, Canadá, Estados Unidos y Chile.

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La Anticoncepción de Emergencia puede prevenir la mayoría de los embarazos cuando se usa después de una relación sexual. Ofrece un respaldo importante en casos de una relación sexual no protegida o de un accidente durante el uso de otro anticonceptivo (como olvido de las píldoras o rotura de un condón), y es especialmente útil después de una violación o sexo coercitivo. Esta hoja informativa se refiere a las Píldoras Anticonceptivas de Emergencia de Levonorgestrel solo (PAE-LNG) que están disponibles en la mayoría de los países.

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http://www.chausa.org/docs/default-source/health-progress/hp1001l-pdf.pdf?sfvrsn=0

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Resumen: El objetivo principal de este trabajo es analizar si la anticoncepción es un asunto perteneciente a la Medicina, como lo indica la práctica, o si merece una visión bajo una perspectiva más amplia. Se analizan publicaciones que estudian el problema de la efectividad de la anticoncepción considerando variables demográficas, económicas y sociales que gravitan a la hora de evaluar la eficacia en anticoncepción. Se incluye en el análisis aspectos espirituales y psicológicos, que generalmente son subestimados, pero que fueron considerados en el pensamiento filosófico y antropológico que desplegó K. Wojtyla, quien parte de la base de la unidad de la persona

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El presente estudio se realizó en febr ero del año 2006, en Tipi tapa, municipio del departamento de Managua, Km 26 carretera norte. En la zona arrocera el Timal, finca del pivote 34, del señor Freddy González, con el objetivo de ev aluar la eficiencia de tres dosis del herbicida Pyribenxozim (pyanc hor 5 EC) aplicado en post emergencia temprana para el control de arvenses en el cultivo de arroz (Oryza sativa L), de riego en época seca. El experimento se estableció en un lote comercial, en un Diseño de Bloque Completo al Azar (BCA), con cinco tratamientos y cuatro repeticiones. Las variables evaluadas en este estudio fueron: composición florística, cobertura, Efectividad del herbicida sobre las arvenses selectividad (Fitotoxicidad) y rendimiento. Las dosis del producto evaluado en el ensayo fueron: T1- (Pyribenxozim 5 EC 0.8 l/ha), T2 - (Pyribenxozim 5 EC 1.0 l/ha), T3 - (Pyribenxozim 5 EC 1.2 l/ha), T4 - (Testigo comercial Bispiribac Sodico (Nominee) 40 SC 1.0 l/ha) (muy utilizado en la zona) y T5 - (Testigo absoluto). En los resultados, se identificaron las arvenses que predominaban en el cultivo, las principales familias predominantes fueron las Poaceae. Los mayores porcentajes de c obertura se encontraron en T1- (Pyribenxozim 5 EC 0.8 l/ha) y el T5 - (Testigo absoluto). Los tres tratamientos evaluados de pyanchor 5 EC controlaron eficientemente las principales arvenses presentes. Sin embargo el mejor resultado sobre el detrimento de las arvenses fue la dosis de 1.2 l/ ha de Pyanchor 5 EC en la que se encontró un 97 % de control. En cuanto a la efectividad sobre el tipo de especies, se observó, que ninguna de las dosis estudiadas logro afectar a las especies Leptochloa filiformis L y Eclipta alba L mismo efecto se observó en el tratamiento en el que se uso el producto comercial Bispir ibac Sodico (Nominee) 40 SC 1.0 l/ha. El herbicida Pyribenxozim (pyanchor 5 EC), es un producto selectivo con respecto al cultivo de arroz. Según esto s resultados, en el rendimien to del cultivo ninguno de los tratamientos afecto su calidad y cantidad según características de la variedad. En cuanto a la probación y registro del producto por el MAG FOR, basado en los resultados obtenidos este actualmente fue aceptado y esta siendo aplicado por los productores de arroz.