994 resultados para : mito jurídico


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La relación entre espacio y derecho ha sido poco explorada. Sin embargo, en los últimos años se han desarrollado trabajos interesantes al respecto. El presente trabajo busca ser una contribución a dicha discusión, buscando romper con el desdén por explicar los fenómenos jurídicos de manera seria, con sus implicaciones teóricas y epistemológicas tanto para la geografía y el derecho, como para las demás ciencias sociales, fomentando así su diálogo. El objetivo es mostrar la compleja relación entre derecho y espacio, adentrándonos en una dimensión poco explorada por la geografía y estudios sociojurídicos: la dimensión mítica del derecho, sobretodo, en cuanto a su relación con la construcción de los territorios nacionales. Se analizará la literatura especializada tanto para el derecho, extrayendo sus implicaciones “territoriales”, como para el territorio, encontrando sus implicaciones “jurídicas”, para contrastarlos con la mitología jurídica, comentando brevemente dos casos para México y Brasil. Se utiliza la categoría de “mito jurídico” y su ciclo producción-recepción-reproducción, pero sobretodo su transformación, como instrumento analítico para desvanecer la dicotomía realidad/representación, como propuesta epistemológica para crear una geografía de las ideas, que lejos de tomarlas como simples “reflejos”, “aspectos simbólicos” o “representaciones” de la realidad, las considere como auténticas prácticas materiales.

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La energía eléctrica y los bienes o activos eléctricos (de acuerdo con la definición técnica) con que se lleva a cabo su prestación, goza de una particular regulación y normatividad, explicables por la importancia capital de este servicio público, sumado al diseño institucional traído por la constitución de 1991, lo que la hace especialmente compleja, dinámica y abierta a precisiones. Es ese sentido, se parte de un entendimiento inicial de todos los activos que conforman una red de generación, transmisión y distribución eléctrica, para de esa forma comenzar a esbozar el régimen jurídico de los mismos, dependiendo de su posición dentro de la cadena de suministro eléctrico. Una vez concluido este acercamiento, se abordan los principales problemas previsibles desde una perspectiva puramente académica, como por ejemplo el relacionado con el alcance de los conceptos de la CREG y su valor normativo, la presunta inembargabilidad de los bienes destinados a la prestación de servicios públicos en cabeza de comunidades organizadas y el problema de la propiedad de particulares sobre activos conformantes de la red de suministro eléctrico y la salida normativa a ese conflicto (pues no debe olvidarse que los propietarios de activos de uso general, de acuerdo con la CREG, deben ser prestadores de servicios públicos domiciliarios) de modo tal que se respeten los derechos de propiedad. De cada uno de estos interrogantes surgen soluciones que lejos de zanjar las discusiones al respecto, buscan abrir el debate sobre un tema de tan capital importancia.

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This legal research aims to demonstrate the prohibition in the Brazilian criminal system of a multiple imputation for the same fact in a simultaneous or successive way. For that it is developed a different idea of the subject. Through comparative, eletronic and bibliographical researches, the dissertation was accomplished in a way to establish the content of the foundations of the criminal procedural emphasizing as fundamental premise the values of the Constitution. In the first section it was demonstrated the limits of the theme and the objective of the research. After that, it was analyzed the basic function of the criminal suit which has the important mission of limiting state's punitive power. In the same way, the criminal procedure corresponds to a warranty of the citizens' freedom. In the same section, it is shown how it is possible to abandon the myth of the real truth in the criminal law system. In the third section of the research, there were pointed elements and definitions about the cognition object, specially the litigious object or "thema decidendum", and also the peculiarities of the judged cases. In the fourth section the subject about origins and evolution of the criminal procedure and its objectives in the legal system is developed to demonstrate its perspectives. Some aspects of the identity's concept of the presupposition of the facts are as well demonstrated in order to relate the theme to the prohibition of multiple imputation. There are also considerations about some other important aspects as the incidence of the legal rules and the possible change on the elements of the penal type. There are several comments about legal procedural in other legal systems comparing them to Brazilian's most elevated Courts. In the end it was systematized the limits to criminal imputation, emphasizing the defende's right as a foundation of the legal system. Is was registered that the ius persequendi can be exercised once

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Pós-graduação em Letras - IBILCE

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Resumen: La presente contribución aborda la problemática del consentimiento informado en los tratamientos médicos desde el punto de vista de la filosofía moral y el sistema jurídico italiano actual. En tal análisis pueden vislumbrarse los principales tópicos que esa problemática implica: la relación médico-paciente, los requisitos que debe reunir todo consentimiento dado por el paciente para que sea legítimo, la implicancia o no del principio de autonomía de la voluntad y la cada vez mayor ausencia de la humanización de la medicina. Un recorrido por la más reciente jurisprudencia italiana permite vislumbrar las soluciones que los tribunales han ido otorgando a tales problemáticas.

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Resumen: Este artículo se aboca a un análisis comparativo de tres óperas basadas en el mito de Cenicienta, a partir de las versiones literarias canónicas de Basile, Perrault y Grimm: La Cenerentola de Rossini-Ferretti (1817), Cendrillon de Massenet-Cain (1899), y ¡Cenicientaaa...! de Lambertini (2008). Consideramos aspectos míticos del relato, como el combate cosmogónico, la unión hierogámica, la rivalidad fraterna y el complejo edípico, y estudiamos su vigencia y sus mutaciones a través de las sucesivas estéticas que corresponden a las tres óperas señaladas: iluminismo, romanticismo, posmodernidad.

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Integran este número de la revista ponencias presentadas en Studia Hispanica Medievalia VIII: Actas de las IX Jornadas Internacionales de Literatura Española Medieval, 2008, y de Homenaje al Quinto Centenario de Amadis de Gaula.

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Resumen: El mundo de la ópera es un campo de permanentes ebulliciones aunque todavía se le endilguen acusaciones falsas de inmovilidad y anquilosamiento. No cesan de componerse obras con lenguajes innovadores sobre temáticas inéditas. Se experimenta —a veces, abusivamente— con puestas en escena heterodoxas, y las investigaciones hallan partituras perdidas o relegadas que hacen variar, permanentemente, el mapa del canon del género. En el presente trabajo, se analiza un caso-testigo de estas continuas mutaciones. Es la recuperación entre 2006 y 2011 de tres óperas compuestas entre 1760 y 1830 sobre el episodio del Quijote referido a las bodas de Camacho. Reviste particular relevancia, a mi juicio, porque no solo ha aumentado el caudal del repertorio operístico conocido sino que por sus relaciones con la literatura nos alerta a los estudiosos de ésta acerca de fenómenos que no podemos dejar de considerar. Ellos atañen a la recepción de la obra cervantina y al mito de D. Quijote, mito cuya expansión sobrepasa, ampliamente, al público lector de la obra. Nos conduce, por lo tanto, más allá de lo literario, a las complejidades de la construcción del imaginario cultural.

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Integran este número de la revista ponencias presentadas en Studia Hispanica Medievalia VIII: Actas de las IX Jornadas Internacionales de Literatura Española Medieval, 2008, y de Homenaje al Quinto Centenario de Amadis de Gaula.

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Resumen: En el presente trabajo se estudia y analiza el pensamiento iusfilosófico de Juan Alfredo Casaubón, unos de los autores iusnaturalistas más significativo de la Argentina en el siglo XX. Heredero de la tradición clásica que conocerá en los famosos Cursos de Cultura Católica y, posteriormente, en la Pontificia Universidad Católica Santa María de los Buenos Aires, de la cual será uno de sus profesores fundadores. Abogado, docente, juez, investigador, padre y esposo. Su pensamiento, si bien se puede encuadrar en la Tradición Central de Occidente, tendrá diversas particularidades que le darán a su pensamiento una nueva impronta a la filosofía jurídica. Se ha tratado de sintetizar el pensamiento casaubiano en diez tesis principales que reflejan en su estricta medida todo el corpus de este filósofo argentino. Previo al desarrollo iusfilosófico del autor, se ha tratado de encuadrar su posición filosófica general y, luego, jurídica, a través de su concepción iusnaturalista. Por último, se hará un pequeño homenaje a este gran pensador en el marco de la filosofía argentina del siglo XX.

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Decía Tomás de Aquino que “lex non est ipsum ius, proprie loquendo, sed aliqualis ratio iuris” 1: “[…] la ley no es el mismo derecho, propiamente hablando, sino cierta racionalización del derecho”. En concordancia con esto, entre nosotros enseñaba Alberdi que “saber, pues, leyes, no es saber derecho”, dado que “las leyes no son más que la imagen imperfecta y frecuentemente desleal del derecho que vive en la armonía viva del organismo social”, del cual hay que “conocer su genio, su misión, su rol”, porque “es el alma, la vida, el espíritu de las leyes” 2. Esto lleva, según el maestro argentino, a que “en materia de leyes, no se puede hacer nada, si no se sabe el derecho”3. El derecho no es la ley, entonces, pero sin embargo la ley tiene una relación estrecha con el derecho, del cual a veces es su causa eficiente, como ocurre con las materias de mero Derecho Positivo, y otras, es una suerte de causa ejemplar, cuando refleja la justicia natural de las cosas. La causa final inmediata de toda ley, por otra parte, debe ser el derecho, y la mediata, el bien común. El hecho, entonces, de que las leyes tengan una función segunda con respecto al derecho no las vuelve menos importantes. El conocimiento de las leyes, así, no es algo ajeno al oficio del jurista, sino que es un elemento fundamental para la búsqueda de la justicia en los casos concretos...

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Integran este número de la revista ponencias presentadas en Studia Hispanica Medievalia VIII: Actas de las IX Jornadas Internacionales de Literatura Española Medieval, 2008, y de Homenaje al Quinto Centenario de Amadis de Gaula.

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Resumen: El presente artículo presenta las razones jurídicas que fundan la inconstitucionalidad de la ley argentina 26.618 de legalización de las uniones de personas del mismo sexo. Parte del reconocimiento de la igual dignidad esencial de todas las personas y analiza luego la reforma del matrimonio civil dispuesto por la ley 26.618 y la necesidad de reglamentación previa y específica del vínculo filiatorio y de parentesco por adopción y la improcedencia de la aplicación de las técnicas de procreación asistida en las uniones homosexuales o lésbicas. Señala cómo esta legislación afecta a terceros: al menor de edad en desamparo familiar, a la persona por nacer y, también, al matrimonio, a la familia y a la sociedad. El desarrollo presenta los argumentos por los cuales se sostiene que esta ley ha hecho una extensión irrazonable del nombre de matrimonio. También se cuestiona la “cláusula complementaria” prevista por la ley, que evidencia el abuso cometido y la imposibilidad de legislar sin lógica. Considera la actuación de los legisladores y la violación de lo anticipado en las respectivas plataformas electorales y señala que el matrimonio es una realidad anterior al derecho positivo. Finaliza con reflexiones sobre el límite objetivo que surge de la realidad y el riesgo caos social y jurídico-político y la necesidad de derogación de la ley 26.618.

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Resumen: Las Relaciones Internacionales son uno de los temas predominantes en la agenda política actual. ¿Hasta qué punto la teoría hegeliana legitima y, al mismo tiempo, explicita la contradicción-mediación en el escenario de la globalización? Teniendo en cuenta esta cuestión, el objetivo de este artículo es, en primer lugar, presentar la teoría hegeliana del Estado en el contexto de las Relaciones Internacionales y, a continuación, actualizar este debate tratándolo al respecto de la soberanía brasileña. Por último, se presentan los desafíos de la articulación de Derecho Interno e Internacional, y se reconstruyen las posiciones de algunas teorías políticas actuales en vistas a la posición hegeliana