409 resultados para UNIVERSIDAD DEL ROSARIO. FACULTAD DE JURISPRUDENCIA - PLANES DE ESTUDIO
Resumo:
Monográfico con el título: 'Formación del profesorado de Música : planes de estudio en Europa y América Latina'. Resumen basado en el de la publicación
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Los indígenas como sujeto jurídico para el reconocimiento de derechos étnicos han sido definidos desde el paradigma del multiculturalismo liberal, basado en características esencialistas de la identidad, como el vínculo con el territorio ancestral rural, el uso de la lengua nativa, y la organización colectiva y comunitaria. Sin embargo, el conflicto armado colombiano ha generado el desplazamiento forzado de gran parte de esta población i1, en su mayoría hacia áreas urbanas y metropolitanas, donde son inaplicables las características que eran tenidas en cuenta para el reconocimiento y la garantía de sus derechos. La ausencia de un sujeto jurídico étnico que responda a las condiciones de un indígena desterritorializado víctima de desplazamiento forzado a causa del conflicto armado que solicita atención individual, se convierte en un obstáculo para la garantía de sus derechos étnicos en la implementación de la política pública de atención, asistencia y reparación a víctimas del conflicto armado, porque las medidas afirmativas y el enfoque diferencial étnico, obligación del ejecutivo, queda a la discrecionalidad de las decisiones administrativas, poniendo en riesgo la garantía del derecho a la identidad cultural y, por lo tanto, a la diversidad étnica y cultural de la nación.
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Los TBI (Tratado Bilateral de Inversión) o también denominado los APPI (Acuerdo de Protección y Promoción de las Inversiones) son acuerdos que buscan la Protección y la Promoción de las inversiones que hagan los nacionales de un Estado en otro Estado conocido como el “Estado Receptor”. Los TBI y APPI fueron concebidos dentro del proceso de descolonización que le siguió a la Segunda Guerra Mundial. Esto se debe a que los Estados que habían colonizado otros territorios, ahora Estados soberanos y sus nacionales, seguían teniendo fuertes lazos e intereses económicos. Con el ánimo de protegerse de posibles expropiaciones, los Estados europeos liderados por Alemania, firmaron un número importante de TBI y APPI, no solamente con sus antiguas colonias, sino con otras. De esta manera, Alemania, Suiza, Holanda, Italia, Bélgica y Suecia suscribieron al menos cuarenta tratados de este tipo con varios Estados asiáticos, africanos y del medio oriente entre 1959 y 1965. Estados Unidos se demoró unos veinte o treinta años más, porque los estadounidenses no solamente aspiraban a obtener protección para sus inversionistas, sino que además solicitaban que se abriera y liberara la economía de los Estados firmantes. Finalmente, fue en la administración de Ronald Reagan que los Estados Unidos comenzó a suscribirlos.
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La Organización Mundial del Comercio es una organización internacional que cumple una doble función. Como lo sugiere su nombre, busca la apertura en materia comercial sirviendo como foro a los Estados, para que estos puedan negociar la eliminación de barreras técnicas y económicas para el comercio. Cuenta también con un Órgano de Solución de Diferencias, fruto de un proceso de casi cinco décadas de ensayos, errores y reformas que son de vital importancia para que los Estados, sin importar su tamaño o la asimetría en temas de desarrollo, puedan participar del comercio mundial en condiciones de igualdad relativa1. Se habla de igualdad relativa y no absoluta, porque la OMC comprende que los países en vías de desarrollo necesitan tiempo, asesoría y recibir inicialmente un trato diferenciado en razón de su condición, para poder entrar a hacer parte de la cadena de comercio internacional. La Organización Mundial del Comercio se basa en la creencia firme de que el comercio internacional abierto conlleva al desarrollo, dado que incentiva la inversión extranjera directa y la expansión de las oportunidades comerciales de los productores y empresarios locales.
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Tesis de la Universidad Central (Madrid), Facultad de Jurisprudencia, leída el 18-06-1853.
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Tesis de la Universidad Central (Madrid), Facultad de Jurisprudencia, leída en 1852.
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Tesis de la Universidad Central (Madrid), Facultad de Jurisprudencia, leída el 21-10-1857.
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El presente artículo aborda el tema de la responsabilidad del Estado por el daño ambiental y las limitaciones del sistema tradicional de responsabilidad jurídica adoptado por el Consejo de Estado para su exigibilidad y reparación efectiva. En especial, afronta las dificultades que se presentan para establecer la prueba del daño y el nexo de causalidad para su imputación al Estado, así como la conveniencia de mitigar esa exigencia en consideración a las connotaciones propias y especiales de esta clase de menoscabos. Propone igualmente que en todos los casos en que se verifique la existencia de un daño ambiental se adopten en la jurisprudencia del Consejo de Estado las medidas tendientes a rehabilitar el medio ambiente afectado, cuando ello fuere posible, o proceder a su compensación o indemnización plena.
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Por medio de este estudio, se logra presentar el impacto y utilidad del análisis prospectivo en la evolución y futuro de un sistema. Se utilizó como base de estudio, la Facultad de Administración de la Universidad del Rosario. Se hizo uso de varias herramientas tales como el programa MICMAC, MACTOR y SMIC, los cuales fueron facilitadores en el análisis del futuro a 2015 de la Facultad, pues fueron útiles desde el análisis del estado actual del sistema, hasta la elaboración de las estrategias que encaminaran a la facultad al escenario apuesta. Ahora bien, fue necesario para el desarrollo de este estudio, el apoyo de los miembros de la Facultad desde los estudiantes, hasta las directivas, y a su vez del conocimiento del estado actual y las tendencias de todas las Facultades de Administración.
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Creación un Reglamento especial para el Consultorio Jurídico de la Facultad de Jurisprudencia, con el fin de ajustarlo a las necesidades y condiciones actuales.
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Por el cual se reglamenta el régimen de homologación de materias de los estudiantes de la Facultad de Jurisprudencia que se encuentran en el antiguo sistema de estudios de postgrado y se pasan al nuevo sistema de créditos académicos.
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En consonancia con las tendencias en educación superior, la Administración se ha venido consolidando como una disciplina científica que fundamenta y fortalece la profesión y que ello ha llevado a la creación de escuelas de administración y escuelas de negocios en las Universidades con mayor reconocimiento y prestigio en el ámbito internacional. Que en la Universidad del Rosario se han venido desarrollando postulados académicos en torno a la conjunción entre la Dirección y la Gerencia como áreas que conforman el saber administrativo y que ello le ha permitido definir como proyecto de saber la "formación de líderes estratégicos capaces de asegurar la perdurabilidad de las organizaciones y contribuir a la prosperidad colectiva". Que este proyecto de saber ha incidido de manera directa en los perfiles de formación de los diferentes programas académicos y, al mismo tiempo, ha permitido canalizar las actividades del grupo de investigación en perdurabilidad, logrando su reconocimiento nacional como grupo de alta calidad. Que en los últimos años se ha fortalecido de manera particular este campo disciplinar, por lo que cuenta en la actualidad con tres (3) programas de pregrado, dos (2) programas de maestría y un (1) programa de doctorado, además de doce (12) especializaciones en distintas áreas de la Dirección y la Gerencia. Que la Honorable Consiliatura (máximo organismo de Dirección de la Universidad), en sesión llevada a cabo el día treinta (30) de enero de dos mil trece (2013), aprobó el Plan de desarrollo de la Facultad de Administración y respaldó la intencionalidad del cambio de denominación a "Escuela de Administración".
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Felipe IV de España pide un informe a la Real Audiencia de Santafé sobre la fundación del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario y la facultad de reducir indios infieles, que ha solicitado el Arzobispo de Santafé Cristóbal de Torres y Motones. Escribano don Gabriel de Ocaña y Alarcón. El rey pide que le proporcionen información más amplia sobre el valor de las rentas y su coherencia con el gasto que supone poner en pie el colegio: hacerse cargo de los colegiales y traer de otros lados a los maestros. Aprueba la reducción de indios fieles, aunque considera problemático el uso de los indios como servidumbre, cuestión que ya había prohibido en otras Cédulas.
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Las labores de extensión que adelanta la Facultad de Jurisprudencia buscan ir más allá del desarrollo de proyectos de índole social, pues están encaminadas a ofrecer conocimiento con calidad, pertinencia y que contribuya a la innovación. Conozca los proyectos más importantes.
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La planificación urbana en la consolidación de las ciudades ha venido adquiriendo una gran importancia para el desarrollo urbano, a través de instrumentos de gestión urbana. Dentro de esta investigación se analiza las operaciones estratégicas como un instrumento de gestión que ha tenido cambios en su objetivo, alcance e implementación para poder transformar y mejorar a través de intervenciones urbanas los temas físicos, económicos, sociales y culturales dentro de los territorios. A partir de lo anterior, se identificaron cinco elementos que han limitado la implementación de las operaciones estratégicas que son, una visión a largo plazo, la falta de una gerencia especifica, voluntad política, continuidad y la coordinación y comunicación interinstitucional.