1000 resultados para DERECHOS DE AUTOR Y EL PROCESAMIENTO ELECTRONICO DE DATOS


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Determinar si hay diferencias cuantitativas entre los hemisferios cerebrales, estudiando: A) el procesamiento de estímulos musicales, escalas clásicas, escalas atonales y acordes, mediante el procedimiento de escucha dicótica. B) las categorías de material verbal, como controles de efecto del modo de procesamiento. 48 sujetos, 24 eran músicos y 24 no músicos,en cada grupo hay 12 varones y 12 mujeres. Todos alumnos de la Universidad de La Laguna o del Conservatorio Superior de Música de Santa Cruz de Tenerife. Entre los 18 y 23 años. Variables independientes: 1) Intergrupo: a) sexo: varón, mujer, b) entrenamiento músical: músico, no músico, c) tipo de identificación: un cambio, tres cambios. 2) Intragrupo: a) hemisferio receptor: derecho, izquierdo, b) categorias estimulares, e. clásicas, e. atonales, acordes. Letras y palabras, c) tipo de juicio: igual, diferente. Variable dependiente: índice de errores. Variables controladas: lateralidad, intervalos de tiempo, secuencias de estímulos, control atencional, emisión de respuesta, edad y nivel cultural, normalidad neurólogica y agudeza auditiva, desconocimiento de las hipótesis y entrenamiento previo y aptitud musical. 1) Para la selección de los sujetos: a) Test de la versión simplificada del Edinbugh Handedness Inventory de Olofiel, 1971, para determinar la lateralidad, b) Test de aptitudes musicales de Seashore. Mide seis aspectos: tono, intensidad, ritmo, sentido del tiempo, timbre y memoria tonal. 2) Para la elaboración de estímulos: cintas cassette, reloj de milisegundos y ordenador. 3) Para la fase experimental: cintas cassette, ordenador, auriculares y 200 estímulos, formados por material verbal y musical.. 1) En el procesamiento de material verbal con el procedimiento de escucha dicótica, tanto en músicos como en no músicos, se obtiene ventaja de hemisferio izquierdo, resultando afectados por el tipo de procesamiento. 2) En el procesamiento de material musical, los músicos obtienen ventaja a favor del hemisferio izquierdo. En los no músicos no aparecen diferencias entre los 2 hemisferios. 3) Hay evidencias a favor del modelo cualitativo de especialización hemisférica, al no haberse encontrado ventajas absolutas a favor de un hemisferio. 4) Los resultados del material verbal y musical, demuestran la menor consistencia y estabilidad del tipo de juicio diferente en el estudio de la asimetría cerebral como escucha dicótica. Es necesario en futuras investigaciones la simplificación de los estímulos para concretar el efecto de las diferencias sexuales, así como para un análisis más pormenorizado de las estrategias utilizadas por los no músicos en el tratamiento de este material. También es necesario el incremento de categorías de material verbal, manipulando los tipos de identificación y dejando como control del efecto del modo de procesamiento, las categorías de material musical.

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1) Determinar diferencias de grado entre los hemisferios cerebrales en el procesamiento de categorías de material verbal de diferente carga fonológica y semántica; 2) Comprobar diferencias sexuales; 3) Contrastar la explicación dada al resultado de la categoría trios. Experimento I: 24 estudiantes de Psicología, 12 de cada sexo, entre los 20 y 29 años. Seleccionándose aquellos que cumplían los requisitos de lateralidad, normalidad neurológica y agudeza visual. Experimento II: 40 estudiantes de Psicología. Se distribuyeron al azar en dos grupos de 20, manteniendose la proporción por sexos. Experimento I: diseño factorial 2x2x4x2, con el TR e índice de errores como variables dependientes. Un factor de grupo: sexo; tres experimentales: hemisferio receptor, categoría o tipo de estímulo (con cuatro niveles) y tipo juicio (con dos niveles). De los factores experimentales y sus niveles se derivaron 16 condiciones experimentales para cada sexo. Se controló también: la lateralidad, la lateralización de estímulos, el tiempo de exposición, la secuencia de estímulos, el efecto atencional, la emisión de respuesta, edad, nivel cultural, normalidad neurológica, agudeza visual, desconocimiento de la hipótesis y carencia de entrenamiento previo. Experimento II: diseño factorial 2x2x2x5x2, con el TR e índice de errores como variables dependientes. Dos factores de grupo: sexo y tipo de identificación; y tres experimentales: hemisferio receptor, categoria o tipo de estímulo, con cinco niveles y tipo de juicio, con dos niveles; las variables controladas fueron las mismas que en el experimento anterior. Experimento I: 1) Tanto en el análisis de los TR como en el de los errores, en las categorias de letras y sílabas, se observa la no aparición de diferencias hemisféricas; 2) En el caso de las palabras, se observa ventaja del hemisferio izquierdo menos en el análisis de los TR en las mujeres; 3) El resultado de la categoría tríos, con ventaja a favor del hemisferio derecho en el análisis de los TR, es el que constituye una excepción. Experimento II: 1) Desaparece el efecto de la ventaja del hemisferio derecho obtenido en el experimento anterior en el análisis de los TR; 2) En cuanto a las diferencias sexuales, los resultados muestran distintos patrones de especialización hemisférica según el sexo, con una mayor lateralización en el grupo de los varones. Hay evidencias a favor de un modelo cuantitativo o de grado frente a una formulación cualitativa de la especialización hemisférica, así como de la inclusión en el mismo de aspectos dinámicos del procesamiento de la información. Hay evidencias a favor de una diferenciación sexual en el patrón de asimetría funcional de los hemisferios cerebrales.

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En el presente trabajo se analiza la obligación de investigar graves violaciones de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, a la luz de la sentencia de la Corte Constitucional Colombiana referente a la constitucionalidad del Marco Jurídico para la paz. De la aparente remisión que hace la Corte Constitucional a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el deber de investigar graves violaciones de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario se concluye que la Corte Constitucional propone como premisa mayor una obligación que surge de una interpretación extensiva de la Convención Interamericana. De la misma forma, se estudia el tratamiento indebido del derecho aplicable a las amnistías e indultos, que se relaciona con la necesidad de evitar cualquier tipo de impunidad, cuyo concepto sirve para esclarecer cuáles son los estándares que se quiere proteger. Por último, se analiza el contexto al que se pretende aplicar dicha obligación, es decir, la justicia transicional, proponiendo un modelo interpretativo de los fines de la pena, y su aplicación por medio de la favorabilidad penal, para la justicia transicional, que sea acorde a la interpretación de la Convención Interamericana.

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El siguiente artículo es un apoyo de investigación académica al proyecto de grado presentado por el autor para obtener el título de profesional en la carrera de Periodismo y Opinión Pública de la Universidad del Rosario. El trabajo de grado se encuentra en http://davidgranados86.wix.com/freehakki.

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El conflicto armado1 colombiano, se ha caracterizado por su duración y por ser uno de los pocos conflictos que se ha manejado internamente por más de cuarenta años. Desafortunadamente, el fortalecimiento desmedido de los grupos terroristas en los últimos años financiados, por dineros provenientes del secuestro, la extorsión y el narcotráfico, entre otros y las constantes violaciones a los DDHH e infracciones al DIH que se manifiestan en ataques indiscriminados a poblaciones; infraestructura vial, energética y eléctrica; amenazas de muerte, toma de secuestrados, desplazamientos forzados y desapariciones; entre otros métodos de terrorismo indiscriminado, han hecho que la Fuerza Pública colombiana2, en pro de la seguridad y el bienestar de sus habitantes, deba reaccionar a las agresiones del terrorismo, tal como hace mención el capítulo primero.

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Motivada por entender a cabalidad y profundizar dentro del contexto investigativo algunos aspectos trascendentes del derecho procesal penal, me he propuesto analizar objetivamente y con detenimiento la génesis, el desarrollo y el ejercicio de los der

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Identificar todas aquellas Recomendaciones formuladas por la CIDH que involucran a las Fuerzas Armadas, especialmente el Ejército Nacional, con el fin de establecer la operatividad y el alcance de esas recomendaciones dentro del Estado Colombiano

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Hipótesis: la esencia y las características básicas del Institut-Escola de la Generalitat no son tan sólo válidas en nuestros días, sino también necesarias. Se recopila información a través de lecturas localizadas en diferentes bibliotecas y archivos de poblaciones donde el Dr. Estalella era conocido, y de charlas con personas que vivieron la realidad del Institut-Escola del Parc de la Ciutadella o que conocieron y-o trabajaron con el Dr. Estalella. Libros, boletines, folletos, periódicos, revistas, entrevistas, etc. El hombre continúa siendo él mismo a pesar de la transformación del contexto. Necesita de unos ideales y de una educación que le permita convertirse en ciudadano comprometido en sus derechos y deberes. Es por esto que en la Cataluña de los 80, la esencia, el espíritu y cada uno de los componentes de la tarea formativa del Institut-Escola de la Generalitat son plenamente válidos. Lo que es necesario hacer no es un transplante sino la creación de una Escuela Estalella en la Cataluña de hoy y con el ideario de siempre, bajo la dirección y orientación de la Conselleria de Cultura de la Generalitat de Cataluña.

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Resumen del documento en catalán

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Se trata de un estudio sobre la interrelación de la violencia con el campo del Derecho natural a la luz de los escritos del Angelus Novus de W. Benjamin. Se estructura en torno a una serie de textos del autor escritos alrededor de 1921. Se concluye con una serie de conclusiones sobre la violencia como compañera del ser humano y sobre la corrupción de la sociedad que la permite.

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resumen literal de la revista

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Se intenta analizar el concierto escolar establecido por la Ley Orgánica del derecho a la Educación en 1985 y de manera primordial concluir acerca de la idoneidad de este instrumento jurídico empleado por el legislador. El estudio analiza la legislación educativa vigente en España en lo concerniente a la relación Administración Educativa-centros privados de enseñanza: contenido, aportación financiera. Para ver la idoneidad del concierto escolar, instrumento jurídico empleado por el legislador, se consideran las siguientes variables: contenido esencial de las libertades, principalmente la libertad de elección del tipo de enseñanza, derecho a la educación garantizada en la Constitución, obligatoriedad de la enseñanza, todo ello siguiendo un método analítico en un marco legislativo. Bibliografía, Constitución Española, Estatuto de Autonomía,disposiciones legales de distinto rango, jurisprudencia del Trubunal Constitucional. El derecho de la educación es ante todo y primariamente un derecho de libertad. A los poderes públicos corresponde garantizar la efectividad del derecho a la educación: programación, homologación, inspección, colaboración financiera y prestación directa de la enseñanza a falta de iniciativa social suficiente. La enseñanza es un servicio público en sentido objetivo, objeto de eventuales intervenciones públicas. La escolaridad obligatoria es un derecho irrenunciable por al mismo tiempo un deber, igualmente es un derecho el elegir centro de enseñanza distinto de los públicos, el elegir la formación religiosa o moral. El concierto escolar es el cauce jurídico que ha establecido la LODE para garantizar el derecho a elegir centro distinto de los públicos en condiciones de gratuidad, particularmente para los niveles obligatorios. No es un contrato de gestión de servicios porque su objeto consiste en la financiación de la enseñanza privada, y no en la prestación privada de la enseñanza pública, la LODE fue una Ley conservadora en cuanto aspiró a mantener la financiación de los centros ya financiados. En España no existe por el momento, un cauce adecuado para satisfacer con plenitud el derecho a la gratuidad de la educación obligatoria en libertad.

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Resumen basado en el que aporta la publicación.- Anexo con la lista de entidades que han respondido al cuestionario