896 resultados para Ganadería impuestos España s.XVI leyes


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La XVII Reunión de Directores Nacionales de Aduanas de América Latina, España y Portugal, se celebró en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia del 27 al 31 de enero de 1997. Participaron representantes de Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Cuba, El Salvador, España, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana, Uruguay y Venezuela. En calidad de observadores participaron representantes de Australia, Estados Unidos, Francia y Japón. Asimismo, concurrieron representantes de los siguientes organismos internacionales: Asociación de Despachantes de Aduanas del Uruguay, Asociación Internacional de Agentes Profesionales de Aduanas (ASAPRA), Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y Desarrollo (UNCTAD), Conferencia Latinoamericana de Empresas Courier (CLADEC), Instituto Centroamericano de Administración de Empresas (INCAE), Junta del Acuerdo de Cartagena (JUNAC), Organización de Estados Americanos (OEA), Organización Mundial de Aduanas (OMA), Unión Postal para las Américas, España y Portugal (UPAEP).

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[ES]Este artículo rastrea la presencia de Lucrecio en cuatro florilegios renacentistas: el Viridarium illustrium poetarum de Mirándula, los Virtutum encomia de Henri Estienne, los Illustrium poetarum flores de Mirándula y el Florilegium magnum de José Langio. De su análisis se deduce que el De rerum natura fue, pese a sus planteamientos epicúreos y heréticos, una obra comúnmente extractada en estos repertorios. Dado ue estas polianteas renacentistas eran manuales usados por universitarios y escritores de toda Europa, también facilitaron, como se demuestra, la imitación poética del De rerum natura en España.

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Contiene : Leyes Rhódianas / traducidas al castellano por el texto que publicó Leonclavio en su Ius Greco-Romano

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Sign.: [calderon)-2[calderon]4, C4, D3

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Decreto promulgado por Fernando VII

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Hay un ejemplar encuadernado con: La Real Compañia formada por S.M. para llevar a efecto el canal de navegación y riego del reyno de Murcia, las... experiencias de que informa D. Domingo Aguirre... le han confirmado en los abusos y fraudes que hacen muchos... (XVIII/4279).

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Tras la aprobación del Real Decreto Legislativo 2/2008 –Ley del Suelo–, nos encontramos ante un modelo territorial y un modelo de desarrollo, que acaba con el arcaico patrón de ciudad dispersa, encontrándose, no obstante, ante las gravísimas consecuencias espaciales generadas por la denominada “burbuja inmobiliaria”, unida a una crisis de consecuencias insospechadas, en el ámbito de la denominada globalización económica, de la que nuestro país no ha logrado sustraerse con Leyes vacías de instrumentos económicos que se han transferido a las Comunidades Autónomas, nos hallamos ante una oportunidad perdida fruto de una no siempre bien calculada descentralización. De este modo, en el presente artículo nos aproximamos a la importancia que muestran los denominados “instrumentos económicos” en la normativa que recoge los pormenores relacionados con el “suelo”, en España, en la primera de nuestras Leyes, la de 1956, en la de 2008 y en el recién aprobado Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana –Real Decreto Legislativo 7/2015–, en el ámbito estatal. Para ello, tras definir y valorar los enfoques conceptuales relativos al “suelo” y sus tipologías, se concretan y estudian los instrumentos económicos que se recogen en la Ley del Suelo española y su relación con las nuevas formas de “hacer ciudad”.