1000 resultados para Derecho social
Resumo:
Durante las últimas décadas las ciudades latinoamericanas se caracterizaron por fuertes procesos de crecimiento urbano y profundización de la distribución inequitativa de la riqueza, reforzando el patrón de segregación residencial socioeconómica existente. Desde la supremacía de la lógica del mercado inmobiliario y de suelo vinculada al desarrollo urbano, estas situaciones prefiguran un contexto de reiteradas violaciones al derecho a la ciudad y acaban cristalizando en focos de conflictos sociales y urbanos, que atentan contra la gobernabilidad local del territorio y la posibiidad del ejercicio de derechos inalienables. En Córdoba el nivel de conflictividad urbana ha ido incrementándose. En este sentido, el presente proyecto propone identificar, caracterizar y georreferenciar los conflictos urbanos existentes en la ciudad a partir de la selección de variables urbanas, ambientales y sociopolíticas relevantes en su determinación (acceso al suelo, precariedad habitacional, necesidad de espacios verdes, acceso a infraestructura y servicios públicos, criticidad ambiental, entre otras variables emergentes en campo). También se pretende comprender las representaciones y prácticas de los distintos agentes involucrados respecto de las mismas y de las políticas públicas asociadas. La hipótesis del trabajo sostiene que cuando se analiza el sistema urbano de un modo integral, emergen vinculaciones espaciales que derivan en situaciones conflictivas, predominando la sectorización y la compartimentización según problemáticas focalizadas, no existiendo actualmente políticas que integren la complejidad de aristas que supone el desarrollo urbano. Esto también se observa en el campo de las representaciones y prácticas relacionadas a dichos conflictos, registrándose fuertes diferenciaciones entre las de la ciudadanía afectada por situaciones de violación de derechos a la ciudad, y aquellas que tienen los sectores públicos y/o privados con incidencia en las mismas. Ambas situaciones inciden en la formulación y ejecución de políticas públicas que no terminan de resolver las disputas que se materializan en el territorio. De aquí que el propósito del trabajo sea identificar y caracterizar de manera más integral los conflictos urbanos existentes en la ciudad, confrontando las distintas miradas y acciones que coexisten en su construcción territorial; y en base a ese diagnóstico proponer, a partir de su visibilización, estrategias de superación de dichas tensiones e incompatibilidades.
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Durante las últimas décadas las ciudades latinoamericanas se caracterizaron por fuertes procesos de crecimiento urbano y profundización de la distribución inequitativa de la riqueza, reforzando el patrón de segregación residencial socioeconómica existente. Desde la supremacía de la lógica del mercado inmobiliario y de suelo vinculada al desarrollo urbano, estas situaciones prefiguran un contexto de reiteradas violaciones al derecho a la ciudad y acaban cristalizando en focos de conflictos sociales y urbanos, que atentan contra la gobernabilidad local del territorio y la posibiidad del ejercicio de derechos inalienables. En Córdoba el nivel de conflictividad urbana ha ido incrementándose. En este sentido, el presente proyecto propone identificar, caracterizar y georreferenciar los conflictos urbanos existentes en la ciudad a partir de la selección de variables urbanas, ambientales y sociopolíticas relevantes en su determinación (acceso al suelo, precariedad habitacional, necesidad de espacios verdes, acceso a infraestructura y servicios públicos, criticidad ambiental, entre otras variables emergentes en campo). También se pretende comprender las representaciones y prácticas de los distintos agentes involucrados respecto de las mismas y de las políticas públicas asociadas. La hipótesis del trabajo sostiene que cuando se analiza el sistema urbano de un modo integral, emergen vinculaciones espaciales que derivan en situaciones conflictivas, predominando la sectorización y la compartimentización según problemáticas focalizadas, no existiendo actualmente políticas que integren la complejidad de aristas que supone el desarrollo urbano. Esto también se observa en el campo de las representaciones y prácticas relacionadas a dichos conflictos, registrándose fuertes diferenciaciones entre las de la ciudadanía afectada por situaciones de violación de derechos a la ciudad, y aquellas que tienen los sectores públicos y/o privados con incidencia en las mismas. Ambas situaciones inciden en la formulación y ejecución de políticas públicas que no terminan de resolver las disputas que se materializan en el territorio. De aquí que el propósito del trabajo sea identificar y caracterizar de manera más integral los conflictos urbanos existentes en la ciudad, confrontando las distintas miradas y acciones que coexisten en su construcción territorial; y en base a ese diagnóstico proponer, a partir de su visibilización, estrategias de superación de dichas tensiones e incompatibilidades.
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La desocupación y precarización laboral juvenil, inscripta en la problemática de la exclusión social, son desde la última década objeto de intensa preocupación en la agenda pública local, lo cual se refleja en distintas políticas sociales que aquí consideramos intervenciones estatales que moldean las condiciones de reproducción social de sectores poblacionales (Danani, 2004), especialmente dominados. En este marco, la definición/implementación de política social supone la puesta en acto de las miradas estatales respecto de un problema social y de sus afectados, así como las formas en que dialécticamente éstos (en este caso jóvenes populares) significan su relación con lo estatal a partir de sus experiencias cotidianas con dicha política. Así, recortamos nuestro objeto de indagación a la interacción entre jóvenes cordobeses populares y lo público-estatal, a partir del ejercicio de su posicionamiento como ciudadanos que la intervención estatal condiciona. Son interrogantes de partida: Cuáles son las concepciones de juventud subyacentes a las políticas sociales destinadas a los jóvenes? Cómo se autoperciben los destinatarios en el marco de la relación con el Estado que la política pública delimita? Cómo sujetos de derecho, como objetos de asistencia? De qué modo significan ellos su relación con el Estado y con la política en el contexto interaccional que la implementación de las acciones estatales -específicas e inespecíficas- supone? El objetivo general de la investigación es conocer y describir el impacto que las políticas sociales específicas e inespecíficas tienen en la construcción de ciudadanía en jóvenes cordobeses de sectores populares. Los objetivos específicos son: -Identificar y describir las concepciones sobre la cuestión juvenil que subyacen al planteo de políticas sociales para jóvenes -Distinguir y detallar propósitos y estrategias destinados a la implementación de programas y proyectos estatales en orden a la inclusión socio-laboral juvenil -Identificar y describir las imágenes que los jóvenes construyen de sí mismos a partir de su experiencia como destinatarios de políticas sociales específicas o inespecíficas -Identificar y describir las significaciones que los jóvenes construyen de su relación con el Estado y con la política en el marco de las intervenciones estatales dirigidas a ellos mismos o a su sector social de pertenencia La estrategia metodológica cualitativa permitirá re-construir la perspectiva de los jóvenes de sectores populares de entre 15 y 25 años de tres ciudades de la provincia de Córdoba (Capital, Villa María y Villa Allende), donde se implementa el Programa nacional "Jóvenes con más y mejor trabajo". Incluirá la triangulación de distintas técnicas: análisis documental, Entrevistas en profundidad y grupos de discusión y finalmente encuestas. El análisis se realizará con asistencia del Programa Atlas Ti. Los resultados esperados son los siguientes: 1-Mapa descriptivo de programas y planes que integran la oferta de política social destinada a jóvenes a nivel nacional, específicamente en lo referido a su inclusión socio-laboral 2-Análisis cualitativo del impacto que produce a nivel psicosocial la intervención estatal destinada a jóvenes de sectores populares, en clave de ciudadanía. 3-Recomendaciones en orden al mejoramiento de las acciones de política social para jóvenes, con una mirada que los potencie como sujetos de derecho
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Investigación elaborada a partir de una estancia en la Columbia Law School of New York, Estados Unidos, entre los meses de septiembre y noviembre del 2006. El Derecho comunitario europeo y español regulan la reparación de los daños causados por el uso o la proximidad de un producto defectuoso mediante gracias al impulso ideológico ejercido por la jurisprudencia norteamericana. El principio de responsabilidad objetiva rector de la directiva europea es fruto de un transfondo operado en los Estados Unidos en los años sesenta, coincidiendo con la revolución tecnològica y el inicio de la producción y del consumo masivos. Tales fenómenos suscitaron la búsqueda de mecanismos jurídicos aptos para canalizar la reparación de los daños inherentes a las actividades industriales tecnológicamente avanzadas. Su principal efecto fue la preocupación por una más justa distribución social de los llamados “costes del progreso”, preocupación que, jurídicamente, desembocó en la solución de la responsabilidad aun sin culpa del fabricante por los daños derivados de su producción industrial. El mérito de tal solución corresponde a determinados teóricos norteamericanos de la responsabilidad empresarial, quienes, inspirándose en ideas formuladas a inicios del siglo XX por los especialistas en Derecho laboral, concluyeron que es la empresa productora quien está en mejor situación de soportar el coste del accidente industrial: al imponerse al fabricante una responsabildad desvinculada de su eventual culpa en la causación del accidente, repercutirá en el precio de sus productos el coste del seguro de responsabilidad civil que se verá abocado a contratar para hacer frente a su responsabilidad objetiva o por riesgo, de manera que el coste de los accidentes acabará siendo soportado por el público consumidor al pagar el sobreprecio de los productos que adquiere. Las repercusiones de tal construcción han sido tanto normativas como judiciales.
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Tal i com estableix la Carta de les Nacions Unides, el Consell de Seguretat determina l’existència d’una amenaça a la pau, un trencament de la pau o un acte d’agressió i decideix les mesures que han de fer-se servir per restaurar la pau i seguretat internacionals, també l’ús de la força. L’objectiu d’aquest article és explorar la legitimitat d’aquest ús de la força. Amb aquest objectiu, el text parteix d’una definició centrada en les seves dimensions legal, normativa i social. En segon lloc, s’analitzarà com aquestes dimensions estan representades als debats del Consell de Seguretat de la guerra d’Irak de 2003, un dels usos de la força més controvertits i que més debat ha generat als darrers anys. Finalment, l’anàlisi proposat permet treure algunes conclusions sobre les bases canviants de la legitimitat de l’ús de la força.
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En septiembre del año 2010, el Movimiento Nacional Campesino Indígena celebraba su Primer Congreso. Bajo el lema “Somos tierra para alimentar a los pueblos” compartieron y debatieron durante tres días. De este modo, reafirmaron su lucha por la Reforma Agraria Integral y la Soberanía Alimentaria. Se manifestaron por las calles de Buenos Aires para hacer visible “el otro campo”: el de los marginados, ocultados, los pobres, los excluidos del imaginario social, nacional, y también del acceso a los bienes necesarios para el desarrollo una vida digna
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Boletín semanal para profesionales sanitarios de la Secretaría General de Salud Pública y Participación Social de la Consejería de Salud
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En la investigación llevada a cabo nos hemos aproximado, desde un punto de vista cualitativo, a los recursos de formación para la inserción sociolaboral dirigidos a personas inmigrantes en la ciudad de Barcelona. Dicha formación forma parte de los recursos del sistema de bienestar español, caracterizado como mediterráneo (Esping-Andersen, 1990; Ferrara 1996; Moreno, 2002); y responde a los lineamientos de las políticas de integración dirigidas al mencionado colectivo. Para llevar a cabo el trabajo hemos adoptado la perspectiva metodológica de Antropología de las Políticas (Shore y Wright, 1997). La construcción del marco teórico bebió de los aportes que enfatizan el papel político de los Estados-nación en relación con los procesos migratorios (Sayad, 2010), señalando que la inmigración, lejos de ser un proceso que les “sucede” a las sociedades de recepción, es un fenómeno conformado por éstas (Geddes, 2006). La profunda transformación en los modos de la cohesión social (Castel, 1997) en las sociedades de recepción de personas inmigradas constituyen el contexto en el cual actúan las políticas de integración. A través de las condiciones de acceso a los recursos de formación para la inserción sociolaboral, mediante los contenidos impartidos y las maneras en que lo hacen, se configuran los inmigrantes “deseados” e “indeseados” funcionando como “fronteras organizativas”. Los resultados del análisis, indican que se espera que las personas inmigradas sean sujetos disponibles y activos, donde la formación emerge más que como un derecho que favorece y consolida la cohesión social o la “integración”, como un recurso que hay que “merecer”. Paralelamente a dicha emergencia, la formación se perfila como un dispositivo que antes que servir para la promoción social es un débil sustituto del empleo, fatigosamente anhelado por las personas que llevan a cabo los procesos formativos.
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A pesar de que numerosos juristas (jueces, notarios, registradores de la propiedad...) puedan desarrollarsu carrera profesional sin necesitar conocer lenguas extranjeras, el dominio del inglés es una competenciaimprescindible para desarrollar una carrera profesional como jurista en los principalesdespachos de abogados españoles, en empresas multinacionales o en organizaciones internacionales.Así pues, es lógico que en el actual contexto del espacio europeo de educación superior los nuevosestudios de Grado promuevan el dominio de esta competencia introduciendo el inglés en la docencia.En el ámbito particular del Derecho Financiero y Tributario ello no resulta frecuentemente posible ya quefundamentalmente se estudia el ordenamiento jurídico español y por lo tanto las fuentes se encuentrandisponibles únicamente en castellano. Sin embargo, existen varias estrategias que permiten introducir elinglés en la docencia, aunque sea de forma parcial y afectando ligeramente a los contenidos tradicionalesde las asignaturas. Una posibilidad consiste en tratar cuestiones de Derecho Comparado en lasactividades que se desarrollan en las asignaturas centradas en el Derecho español. Otra posibilidadconsiste en impartir la asignatura de Fiscalidad Internacional en inglés, si bien ello requiere reformularsu contenido y centrarlo en los principios generales en vez de en la normativa española que regula latributación de supuestos de hecho con elementos internacionales. A pesar de que la introducción delinglés en la docencia plantee un importante reto tanto para el alumnado como para el profesorado, entendemosque es algo necesario en los tiempos actuales.
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Esta memoria aborda la Responsabilidad Social Empresarial (RSE) y la Acción Social (AS) de las empresas farmacéuticas como contribución a los ODM y al Derecho Universal a la Salud. El objetivo del estudio es comprobar si dicha contribución se cumple a través de la RSE, o a través de AS, partiendo de la hipótesis que es la AS la herramienta utilizada. Para ello se realiza un análisis cualitativo de las acciones y programas desarrollados por dichas empresas y dirigidos a los países empobrecidos, y contrastándolo con un modelo de RSE y AS, construido tras la revisión las definiciones de los principales organismos, y realizando su análisis conceptual y la definición de sus elementos distintivos.
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La historia de Vera Drake nos recuerda no sólo los tiempos pasados sino también los nuestros, porque, como entonces, las mujeres todavía no controlan su cuerpo; pueden abortar, pero tienen que mentir sobre el por qué; pueden abortar, pero eso no forma parte de su derecho a la salud y a la sanidad básicas. Detrás de ello lo que asomaes una cierta construcción ideológica del aborto que aún mantiene parte de la fuerza que tuvo antaño, y que, por eso, la bioética debe seguir revisando y cuestionando.
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La historia de Vera Drake nos recuerda no sólo los tiempos pasados sino también los nuestros, porque, como entonces, las mujeres todavía no controlan su cuerpo; pueden abortar, pero tienen que mentir sobre el por qué; pueden abortar, pero eso no forma parte de su derecho a la salud y a la sanidad básicas. Detrás de ello lo que asomaes una cierta construcción ideológica del aborto que aún mantiene parte de la fuerza que tuvo antaño, y que, por eso, la bioética debe seguir revisando y cuestionando.
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Para terminar el recorrido, nuestra intención es aportar un grupo de reseñas breves, de carácter a la vez informativo y valorativo. Esta selección de textos responde menos a un criterio de exégesis bibliográfica exhaustiva que a otro, más adaptado y válido para el espacio del que disponemos. Por ello, hemos intentado señalar, dentro de la prolífica producción que en este campo se ha dado durante los años l990s., algunas orientaciones, algunas pistas para retomar, fortalecidos, algunas propuestas que pueden encontrarse en el camino recorrido durante esa década por historiadores y antropólogos preocupados por este tema.
Resumo:
El artículo parte de la situación estructural de hambre crónica que sufre una séptima parte de la humanidad y la contrapone a la vigencia del derecho humano a la alimentación. Analizamos el contenido jurídico de este derecho y nos centramos en el alcance de su exigibilidad, así como en las posibles vías para hacerla efectiva en derecho internacional actual.
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Partiendo de la difundida distinción, entre unos ordenamientos jurídicos abiertos, como el derecho inglés y el anglo americano, que se vinculan en el pasado al Derecho Romano, y otros cerrados o codificados, como los derechos del continente europeo, y tras detenernos en el origen terminológico de ambos sistemas y en su rígida contraposición, se procura destacar en este trabajo que Roma y su Derecho tampoco abrazan en toda su pureza, un sistema abierto.