851 resultados para ASPECTOS JURÍDICOS
Resumo:
En Colombia, las minas antipersona (MAP), las municiones abandonadas sin explotar (MUSE) y otros artefactos explosivos improvisados continúan destruyendo las vidas y el sustento de la población civil, especialmente en zonas rurales, y dificultando seriamente el desarrollo de las áreas contaminadas por estas armas en más de 60 países en el mundo. Actualmente, se pueden encontrar minas en lugares como: campos, caminos, lagunas, casas, sembrados, cualquier espacio puede tener presencia de minas y esto representa grandes riesgos para todas las actividades de las personas que habitan en los territorios afectados .La no remoción de estas armas en los territorios afligidos pone en riesgo a muchas personas, especialmente a los niños y niñas ya que por su curiosidad y atraídos por los diversos objetos como las minas llegan a manipularlas.
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El propósito de este trabajo es, no sólo la realización de un documento de análisis de la realidad jurídica de los Afrocolombianos, sino la creación de espacios, para la ampliación de estudios e investigaciones, que generen una conciencia crítica desde la academia, de las necesidades, la discriminación y desconocimiento de derechos que sufren las negritudes en Colombia. La necesidad de este avance, no sólo se hace imperiosa, por el reconocimiento y protección de la diversidad étnica y cultural, sino también porque los AFROCOLOMBIANOS han sido y son, una parte esencial e importante en el desarrollo social, económico, político, ambiental y cultural de Colombia. Una de las más grandes riquezas de Colombia se encuentra en su diversidad, por lo que la divulgación de los derechos de los negros, su efectiva implementación, es inaplazable para que estos se materialicen, así lograr la consecución de una sociedad con igualdad de oportunidades para los Afrocolombianos, donde se respete su cultura, no se discriminen, una sociedad con mayor justicia y equidad.
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En la Constitución Política se consagra el trabajo como un derecho fundamental, objeto de protección cuando sea vulnerado o amenazado; el Estado tiene el deber de protegerlo, creando, estimulando e incentivando las condiciones socioeconómicas propicias que promuevan una oferta de oportunidades laborales para todas aquellas personas en capacidad de trabajar, expidiendo la normatividad que asegure unas relaciones laborales “dignas y justas”, con arreglo a los principios fundamentales básicos y mínimos ideados por el constituyente. El orden normativo primario es el protector del derecho al trabajo, bien sea que se preste independientemente o bajo condiciones de subordinación, en las modalidades de contrato de trabajo o bajo una relación laboral, legal, estatutaria, o reglamentaria.
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Actualmente nuestro país padece una de las expresiones más dramáticas de violencia como es el Desplazamiento Forzado, resultado del conflicto armado interno, las nuevas dinámicas del enfrentamiento y la disputa por un control territorial. Este fenómeno ha ahondado en la exclusión social: aumentando los niveles de pobreza, la informalidad laboral, la continua violación de los derechos fundamentales, la falta de garantía en los derechos prestacionales, entre otras manifestaciones.
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La Autonomía Universitaria, consagrada en el artículo 69 de la Constitución Política de Colombia, le otorga a las Universidades la facultad de poder regularse filosóficamente y de determinarse administrativamente. Es claro que el principio de la autonomía universitaria, se considera como uno de los pilares fundamentales del Estado de Derecho, ya que no se puede concebir un Estado, aparte de las ciencias del saber. Las Universidades, después de la expedición de nuestra actual Carta Política, han gozado de una independencia, lo cual las faculta para tomar decisiones tanto en el ámbito académico, en lo relativo a periodos, materias y notas, como en lo concerniente a su ámbito social, esto es elección y promoción de profesores, nombramiento de directivas y adopción del régimen de alumnos y docentes. Esta independencia por parte de las Universidades de cualquier poder público, no quiere decir que puedan adoptar decisiones arbitrarias, al contrario deben ser estas las primeras en acatar mandatos superiores, dado el papel preponderante que cumplen en la sociedad.
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William Murray fue un jurista singular. Con el nombre literario de Lord Mansfield, creó para su época y para la posteridad una expresión inolvidable: ―Una persona puede usar una copia tocándola, pero no tiene ningún derecho a robarle al autor los beneficios multiplicando las copias y disponiendo de ellas para su propio uso‖1 . En esa opinión se apoyó para decidir el memorable caso de Millar v. Taylor2, donde por primera vez se sostuvo que los derechos de autor son perpetuos y nunca entran a hacer parte del dominio público. La disputa involucraba a Andrew Millar, un vendedor de libros que, en 1729, adquirió los derechos de edición sobre ‗The Seasons’, un poema de James Thomson. Cuando la protección de esos derechos expiró, Robert Taylor comenzó a publicar sus propias copias y a competir con Millar.
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Con la Constitución Política de 1991, se introdujo en el sistema jurídico colombiano un nuevo paradigma de interpretación a partir del cual la Constitución, como norma de normas, fija los límites para que el sistema normativo estructure las directrices que rigen la organización de nuestro país. Ante este inevitable fenómeno jurídico, nuestro sistema tributario no fue ajeno y fue el Artículo 338 de la Carta Política el encargado de sentar las bases para la reglamentación a nivel nacional y territorial de las normas tributarias.
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El régimen económico y de la hacienda pública en Colombia, el cual encuentra sustento en la Carta Política de 1991, se encargó de establecer y consagrar los principios y bases ideológicas sobre las cuales se fundamenta y nutre la institución presupuestaria, siendo ésta una de las herramientas esenciales de las finanzas públicas del país. Bajo este entendido, la Constitución Política propone que el concepto del presupuesto no sólo se entienda desde el punto de vista de su contenido contable y jurídico, sino que, también, éste se aborde desde la perspectiva de su contenido político y económico y, así, ser consecuente con el importante papel que ha de desempeñar éste como instrumento esencial de la hacienda pública. En tal virtud y desde el punto de vista del contenido político, la Constitución prevé la existencia de la repetición del presupuesto y la dictadura fiscal como herramientas para garantizar la continuidad de la actividad pública en las finanzas del Estado cuando el Congreso o el Gobierno no le den trámite oportuno; y éstas, no son otra cosa que mecanismos de control que le hacen eco al mencionado contenido político. 1No obstante, veremos cómo la realidad de la institución presupuestaria en Colombia se caracteriza por una profunda indiferencia social y política que ha impedido que el presupuesto se aprecie como figura trascendente para el afianzamiento de las finanzas del Estado. De esta manera, en primer lugar, haremos mención al presupuesto público y a su régimen jurídico desde el punto de vista de su contenido contable, político y jurídico, haciendo énfasis en su naturaleza jurídica; establecido esto, se expondrán las principales características de la repetición del presupuesto y la dictadura fiscal como mecanismos de carácter sancionatorio que buscan reforzar la participación activa de las ramas del poder público y, finalmente, se analizarán los principales efectos de la Sentencia de la Corte Constitucional C-1645 de 2000 en la institución presupuestaria.
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A través de la política ambiental del país, guiada por los principios constitucionales que rigen el tema ambiental, se han concebido unos instrumentos de punición, reparación y mitigación para contrarrestar los daños ambientales producidos por el hombre. Entre otras normas, el artículo 80 de la Constitución Política, le impone al Estado, representado por las autoridades ambientales, el deber de mitigar, sancionar y exigir la reparación de los daños causados al ambiente, debido a que los recursos naturales renovables le pertenecen a la nación, forman parte del patrimonio natural y aseguran el desarrollo sostenible, la calidad de vida y la seguridad alimentaria de los colombianos.
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En Colombia, la medicina veterinaria es uno de los pocos servicios de salud que no está cubierto por algún tipo de seguro. Los dueños de las mascotas son los responsables de los costos en que incurren en estos casos
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Verificar el estado actual de la protección al accionista minoritario, tendiendo como objeto de estudio la sociedad anónima, por razones naturales de alternativas posibles de financiación
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Analizar, desde un punto de vista crítico, las implicaciones penales derivadas de la actividad médica, igualmente realizar un análisis práctico y conceptual de las obligaciones del médico frente a su paciente con relación a la función desempeñada dentro del campo de la medicina.
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Si se alterara un aspecto clave como la temperatura media global, las ramificaciones tendrían un largo alcance. Los efectos inciertos se adicionan: por ejemplo, podría cambiar el régimen de vientos y lluvias que ha prevalecido durante cientos y miles
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Las acciones colectivas son un instrumento que en manos de los consumidores puede resultar de gran provecho, sobre todo si éste se encuentra bien informado de las instituciones que se encargan de velar por su protección
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El reconocimiento universal de nuevos derechos y valores incidió directamente en la Constitución colombiana de 1991. La nueva Constitución clasifica los derechos en tres grandes grupos: los fundamentales que son de aplicación inmediata