461 resultados para ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PENAL


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Durante los siglos XVII y XVIII se presentaron varias querellas ante el Tribunal de Justicia Criminal del Nuevo Reino de Granada, en las que se denunciaba que había personas que ejercían los oficios médicos sin tener títulos que los acreditaran como facultativos en las artes curativas. Por ese entonces, se creía que quienes utilizaban yerbas y conjuros como métodos terapéuticos, por lo general mujeres, debían ser juzgadas como yerbateras-envenenadoras, porque no pretendían curar sino matar a quien consumiera sus preparados. El texto establece que los procesos criminales por envenenamiento constituyen un prisma en el que convergen diferentes problemáticas del periodo colonial neogranadino, relacionadas con la salud, los oficios médicos, las enfermedades, las creencias mágico-religiosas, el ideal de mujer en la época, la delincuencia, y las dinámicas de las instituciones españolas, entre otras. De esta manera, se estudió cómo fue la relación entre los aspectos jurídicos, las leyes criminales (dictadas por la Corona) y las conductas “desviadas” (relacionadas con el crimen por envenenamiento) de los habitantes del Nuevo Reino de Granada, entre los siglos XVII y XVIII. Para ello se revistaron desde diferentes perspectivas, varios temas del mundo colonial neogranadino, relacionados con los rumores, la comidilla, los chismes y la importancia de la comunicación hablada en el virreinato; el problema de la honra, como una de las virtudes más sobresalientes de la época y las creencias de la cultura popular con relación al envenenamiento y los diferentes métodos curativos.

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En resumen, se puede establecer que en la actualidad existe un problema en torno a las políticas penitenciaria y carcelaria generadas a partir del gobierno de Álvaro Uribe Vélez en Colombia, debido a que aun cuando su formulación parecen adecuarse a los 10 fundamentos constitucionales que deben inspirar de por sí toda política generada a partir de un Estado Social de Derecho y procuran un manejo de la problemática básica, no gozan de toda claridad, profundidad y efectividad, tema que se analizará en las siguientes páginas.

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Profundizar y tratar de ver las raíces que hacen aflorar la delincuencia. Se divide en cuatro partes diferenciadas. En la primera parte se hace referencia a los aspectos psico-sociológicos de la delincuencia a través de los siguientes contenidos: evolución de la delincuencia en general, algunos delitos en particular, nuevas formas de delito, juicios de faltas, administración de justicia penal, interpretación sociológica del aumento de la delincuencia y factores sociales, familiares, escolares y laborales. En la segunda parte se hace una pequeña historia de las Instituciones Penitenciarias tratando de ver en este campo los cambios hacia adelante o hacia atrás remitiéndolos a dicha historia. La tercera parte se ciñen a la legislación española para saber la situación en la que se encuentran las condiciones de los penados, dedicando especial atención al campo educativo, sin olvidar las condiciones humanas que tienen en las instituciones penitenciarias. Se explica la reforma penitenciaria de 1979 y el reglamento penitenciario de 1981. En la última parte se refiere a la acción educadora en Instituciones Penitenciarias a través de los siguientes contenidos: trabajo de reinserción social de CEPA, explica tres actividades culturales llevadas a cabo en la prisión de Zamora y muestra un proyecto pedagógico de reeducación y reinserción social. 1) La delincuencia es una consecuencia de nuestra vida moderna, 2) Hay que concienciar que la cárcel no es la única ni la principal respuesta del derecho penal frente al delito, 3) Lo más eficaz es potenciar la prevención de la delincuencia, 4) Debido a la gran masificación de las cárceles se hace muy difícil llevar a cabo iniciativas de reinserción social, 5) Cuando el preso sale de la cárcel tiene muchas dificultades para encontrar un trabajo regular que es la primera condición para la integración social, 6) Son los menos quienes entrando muy jóvenes en prisión toman conciencia de su situación y deciden cambiar su vida, 7) La reglamentación es como una espada que cuelga siempre sobre la cabeza del condenado y se aplica siempre que la disciplina se altera, 8) A la vez que estas personas son privadas de libertad material, se las está privando de la libertad moral y que una persona sin 'libertad' se aleja de su plenitud personal.

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La excepcionalidad de la prisión preventiva se encuentra vigente con la nueva Constitución de la República del Ecuador en el Art. 77 numerales 1 y 11, guarda relación con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, Convención Americana Sobre Derechos Humanos, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en atención a lo dispuesto en el Art. 424 inciso 2º., de la Ley Fundamental, está regulada por el Art. 159, inciso 2º., del Código de Procedimiento Penal. En el capitulo primero he orientado la investigación a la libertad personal como derecho fundamental, y su relación con otros derechos; la limitación de la libertad personal y los derechos de los privados de la libertad, en base a la Constitución, la Ley y pronunciamientos doctrinarios. En el capítulo segundo lo dedico al análisis de las medidas privativas de libertad ambulatoria, como son: la detención y la prisión preventiva, la presunción de inocencia, la responsabilidad del Estado frente a estas medidas, el plazo razonable, concluyendo con la audiencia de formulación de cargos, acudiendo a estudios de autores que tratan sobre la materia. En el capítulo tercero se ha investigado la excepcionalidad de la prisión preventiva, con sus características especiales, su revocatoria, y, análisis de la doctrina jurisprudencial de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En el capítulo cuarto analizo las medidas alternativas a la prisión preventiva, como el arresto domiciliario, la obligación de presentarse periódicamente ante el juez y la prohibición de salida del país, finalizo realizando conclusiones y recomendaciones sobre el tema investigado, que a mi juicio son pertinentes.

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Se realiza un estudio de las instituciones jurídicas de la detención y la prisión preventiva y su aplicación y vigencia en el Sistema Acusatorio. Se hace un análisis histórico de su desarrollo, detectándose en la práctica un irrespeto y abuso de estas instituciones, consecuentemente a las normas del debido proceso y a las establecidas en la Constitución, en la Ley y en los Tratados, Pactos Internacionales y Declaraciones, celebrados y ratificados por nuestro País. Señalándose asimismo, que se pueden solucionar estas fisuras del sistema y con ello, no se menoscabe el prestigio del país, su seguridad jurídica; y, de esta manera, se revitalice la garantía de la aplicación plena de los derechos humanos de las personas. Se ha analizando también la nueva institución de la detención en firme, así como la sustitución de la prisión preventiva, obteniendo conclusiones de menoscabo en la aplicación y respeto de los derechos humanos, en especial de la Policía Judicial, inaplicando los preceptos legales y constitucionales como norma jurídica de la más alta jerarquía, y del sistema procesal en general. En conclusión, estimamos que si se realizan correctivos institucionales y procesales, con una nueva visión y cambio de pensamiento y actitud, lo que previamente involucra un profundo conocimiento y capacitación eficiente del derecho penal de: jueces, fiscales, abogados en libre ejercicio, y en especial de la policía judicial que en su esencia debe ser revisada y finiquitar con su sistema de militarización policial y ésta sea técnica y científica, con personas capacitadas en la materia a su mando; y, la decisión política de quienes se encuentran al frente del gobierno y de las instituciones involucradas en la Administración de Justicia, se podrá llegar a efectivizar el respeto de los derechos humanos de las personas, como el más alto fin de la sociedad y del Estado, conforme lo establece en el Art.16 de la Constitución Política.

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El presente trabajo analiza la factibilidad práctica de la aplicación de la institución jurídica denominada “autoría mediata por dominio de la voluntad en aparatos de poder organizados” desarrollada por el profesor alemán Claus Roxin como criterio válido para determinar los parámetros de imputación de autoría del hombre de detrás en los casos investigados por la Comisión de la Verdad del Ecuador –2010–. Para la consecución de este objetivo macro se ha situado a la investigación en tres estadios, el primero, que se denomina “Doctrina” –Capítulo I– y que corresponde a un análisis doctrinal de los parámetros de autoría y participación en los delitos comunes a la luz de la teoría del dominio del hecho y su clara diferenciación con el tratamiento de los delitos especiales; el segundo, denominado “Legislación Ecuatoriana” –Capítulo II– que corresponde a la adopción de la teoría de dominio del hecho en la legislación ecuatoriana, su relación con la “autoría mediata por dominio de la voluntad en aparatos de poder organizados” y su correspondencia con los delitos investigados por la Comisión de la Verdad del Ecuador –2010– perpetrados en el Ecuador entre 1984 y 1988, calificados como delitos de lesa humanidad; y, el tercero, “Caso Práctico” –Capítulo III– que relaciona los dos estadios anteriores –doctrina y legislación ecuatoriana– con el tratamiento jurídico –desde la autoría y participación– del primer caso de lesa humanidad instrumentado en las Cortes de Justicia ecuatorianas.

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El presente trabajo de investigación, tiene como propósito, conocer que aspectos analizan los Fiscales para sugerir una pena en el Procedimiento Abreviado, y conocer si esta es acogida por los jueces o no. Es necesario advertir que en el anterior Código de Procedimiento Penal, no existían parámetros legales para que los Fiscales tomemos en cuenta al momento de sugerir una pena, ocasionando dificultad, al momento de determinar ésta, además de la existencia de varias opiniones en relación a la pena que se le podía poner al procesado. Hoy en día en el Código Orgánico de la Función Judicial, constan reglas, que hacen viable la sugerencia de una pena, en el Procedimiento Abreviado, sin embargo continúan los problemas en la aplicación. La presente tesis parte del estudio doctrinario de la dosificación de la pena, para desarrollar el procedimiento abreviado, específicamente en la pena que sugiere el Fiscal, acudiendo al derecho procesal penal comparado, para desembocar en los principios que rigen a estos sistemas, y concluir con un capítulo en el que a través de encuestas a los operadores de justicia, en este caso los Fiscales, se va a revelar que acciones ejecutan a fin de determinar una pena que va a ser sugerida a los Jueces, para que sea impuesta al procesado.

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En el presente trabajo académico analizamos la aplicación de la técnicas de litigación oral durante la audiencia de juzgamiento, respecto a la falta de aplicación de la reglas de esta disciplina y cómo puede influir en la administración de justicia. El análisis ha sido estructurado de la siguiente manera: en el primer capítulo se estudia la teoría de la litigación oral, estudiamos el alegato de apertura, la teoría del caso, la prueba, el interrogatorio, el contrainterrogatorio, las objeciones; y, el alegato final, con el propósito de conocer dogmáticamente la litigación oral. El segundo capítulo se recoge cual ha sido el accionar de los sujetos procesales (Fiscalía y Defensa) durante las audiencias de juzgamiento, se analiza jurídicamente la manera de presentación de cada una de las fases que se desarrollan durante la audiencia de juicio, se analiza los aciertos y errores que cometen los sujetos procesales; se analiza la presentación práctica del alegato de apertura, el alegato final, los interrogatorios con el propósito de descubrir la realidad pragmática de la litigación oral en el Tribunal Penal; con el propósito de evidenciar prácticas erradas que puedan determinar una afectación de los derechos que representan los sujetos procesales; el análisis fue realizado en base de las estadísticas obtenidas de la investigación de campo. El tercer capítulo tiene como propósito establecer como conclusiones la causas que menoscaban la defensa técnica que reciben las personas procesadas, cuya asesoría jurídica es brindada por abogados públicos o privados; establecer las posibles soluciones a fin de garantizar el derecho a la defensa técnica; ofrecer una fuente de consulta para la comunidad jurídica.

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Inscripto en el análisis del discurso interaccional de tradición angloamericana y optando por un abordaje metodológico etnográfico, este proyecto plantea investigar las relaciones entre textos orales y entre textos orales y escritos vinculados en cadenas textuales en un acontecimiento comunicativo institucional en el que tales relaciones tienen consecuencias directas en la confiabilidad de la información e intervienen en la construcción del conocimiento oficial. La situación comunicativa elegida es el examen y el contraexamen de testigos comunes durante procesos penales orales, de formato común no abreviado, en la jurisdicción de Córdoba capital. En las interacciones verbales con litigantes y jueces en las que emerge el testimonio se ponen en juego otros textos orales (en forma de citas de lo dicho antes por el mismo testigo u otras personas, referencias a rumores u opiniones colectivas, etc.) y textos escritos (actas de secuestro, informes periciales, actas de las declaraciones testimoniales en la etapa de instrucción, etc.). El foco de atención son las prácticas asociadas a la intertextualidad puesto que condicionan el carácter de la prueba testimonial producida ante el juzgador. Postulamos que los litigantes despliegan tácticas locales y estrategias globales reconocibles y recurrentes vinculadas al tratamiento de diversas categorías de textos previos. Además, planteamos averiguar si la participación de los jueces en interacción con los testigos es de suficiente injerencia como para ser un modo importante de generación de prueba testimonial. El enfoque metodológico general es etnográfico y analíticodiscursivo. Se seleccionará una causa por delito grave, se presenciará el debate en la cámara y se registrará el audio de todas las audiencias. Los datos a analizar serán los segmentos en las interacciones en los que se incorpora la lectura o se cita las actas de las declaraciones indagatorias o testimoniales anteriores, y los segmentos en los que se requiere, en calidad de prueba testimonial, la reproducción de dichos. Se procederá a partir de los detalles de la superficie textual y la pragmática de los intercambios y aprovechando el valor heurístico del concepto de voz, buscando identificar patrones recurrentes y los mecanismos generales que los rigen. Sobre esa base, se considerarán los intercambios verbales como interacción social que emerge moldeada por condiciones situacionales e institucionales y otros factores, tales como la incidencia de la pertenencia a grupos sociales o profesionales. Con el estudio se obtendrá una visión de prácticas cotidianas asociadas a la intertextualidad que son de crucial importancia para el carácter de la prueba testimonial producida ante el juzgador. Este paso nos acercará a conocer cómo se lleva a cabo efectivamente la administración de justicia penal y permitirá valorar los patrones de conducta a la luz de las normas procesales.

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La reducción de la demanda, específicamente por medios alternativos al sistema penal tradicional, ha sido uno de los componentes más discutidos en los análisis que abordan la lucha contra las drogas. Este artículo se propone determinar el papel de la Organización de Estados Americanos en el establecimiento de los Tribunales de Tratamiento de Drogas en Estados Unidos como mecanismo de reducción del daño en el periodo comprendido entre 1989 y 2013. Se sugiere que la organización internacional, a través de la CICAD, ha jugado un papel de promoción, y evaluación de los Tribunales de Tratamiento de Drogas en Estados Unidos, generando presión entre sus Estados miembro, dada la necesidad de instaurar alternativas legales de reducción del daño. Sin embargo, se presentan deficiencias en los mecanismos de evaluación, ya que las indicaciones realizadas no tienen un carácter obligatorio y por tanto las determinaciones de la CICAD no necesariamente son adoptadas.

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Esta investigación tiene como objetivo estudiar la relación que existe entre política criminal y los derechos humanos carcelarios durante el desarrollo del gobierno de Álvaro Uribe Vélez (2002-2010), y su incidencia en la cárcel Modelo de Bogotá. Pues en Colombia, al amparo de un discurso meramente punitivo, la pena privativa de la libertad se ha vuelto el fin último del aparato judicial, lo que ha ocasionado altos índices de hacinamiento y, colateralmente, violaciones a los derechos fundamentales de la población reclusa en Colombia. Esta investigación se centra en el análisis de la política criminal, entendida como el estudio del conjunto de medidas empleadas por los órganos de gobierno para hacer frente a la criminalidad que afecta a un Estado. En este sentido, se pretende demostrar que la política criminal se ha enfocado en la pena más que en la prevención y/o la reinserción.

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La presente investigación diagnóstica busca analizar el papel de las sanciones implementadas por el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA) a la luz de la justicia restaurativa. A partir de la revisión bibliográfica sobre justicia restaurativa y su relación con la justicia juvenil, lo establecido en el Código de Infancia y Adolescencia (ley 1098 de 2006) y el CONPES 3629 que plantea las disposiciones de política del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, y finalmente, del trabajo de campo realizado con adolescentes privados de la libertad, más una entrevista realizada a un experto, se describe y explica que tanto las sanciones se acercan al paradigma de la justicia restaurativa, la cual se fija en dicho código como una de las finalidades del sistema alternativo para adolescentes. Finalmente, se hacen algunas recomendaciones para la solución de las fallas encontradas en este aspecto del SRPA.

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La corrupción sigue siendo uno de los principales problemas del Estado de Derecho en el siglo XXI. Su incidencia reduce la eficacia de la inversión, aumenta el valor de los bienes y servicios, reduce la competitividad de las empresas, vulnera la confianza de los ciudadanos en el ordenamiento jurídico y sobre todo condena a la miseria a quienes deben ser destinatarios de las políticas públicas.Sin embrago, la lucha que han realizado muchos gobiernos y funcionarios judiciales contra este fenómeno ha modificado sus formas de aparición, pues es cada vez menos frecuente la apropiación directa de los caudales públicos o la entrega de sobornos a los funcionarios, prefiriéndose métodos mucho más sutiles como los sobrecostos, la subcontratación masiva o la constitución de complicadas sociedades, en las cuales tienen participación los funcionarios públicos o sus familias.Este libro constituye un esfuerzo por el estudio jurídico y criminológico de la corrupción y los delitos contra la administración pública en Europa y Latinoamérica y reúne la selección de los temas penales más relevantes de la tesis doctoral del profesor Carlos Guillermo Castro Cuenca, denominada Aproximación a la Corrupción en la contratación pública y defendida en la universidad de Salamanca en febrero de 2008, con lo cual obtuvo la calificación de sobresaliente por unanimidad.