1000 resultados para Pruebas (Proceso penal)
Resumo:
Contiene : Vol. II
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Los códigos de procedimiento penal que precedieron al actual, es decir, a la Ley 906 de 2004, han mostrado una significativa evolución en materia de medidas alternativas para la solución de conflictos, pero, habida cuenta de que el modelo que orientó la expedición de los estatutos anteriores fue el inquisitivo o el formal acusatorio, en su normativa no se encuentran instituciones equivalentes a los preacuerdos cuyo desarrollo es propio de los sistemas acusatorios. Dentro de un sistema penal acusatorio, los mecanismos de solución alternativa de conflictos permiten hacer más ágil el trámite del proceso penal, por cuanto la sentencia proferida después de haberse agotado la totalidad de las etapas procesales no es la única forma de terminación del proceso, sino que se admiten otras formas que podrían denominarse anormales o atípicas por permitir una conclusión precoz de la actividad procesal.
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Este trabajo ha sido elaborado con la finalidad de dar a conocer el informe criminológico y cuales son sus principales utilidades tanto dentro como fuera del proceso penal. De esta manera, este trabajo puede ser de gran utilidad para jueces y tribunales a la hora de conocer las funciones del criminólogo y del informe criminológico.
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Frente a una nueva postura no solo dentro del sistema penal ecuatoriano sino en la mayoría de las legislaciones latinoamericanas, con orígenes europeos y norteamericanos, se encuentra una política criminal de agilidad, eficiencia, negociación, eficacia y rapidez, tendiente a solucionar los conflictos penales que a diario se ventilan mediante procedimientos especiales, distintos al procedimiento tradicional llamado Procedimiento Ordinario. Es por ello que el presente trabajo busca analizar y establecer en base al Código Orgánico Integral Penal los procedimientos especiales, particularizando nuestro estudio en el Procedimiento Abreviado, en relación a su normativa, aplicación, efectividad, haciendo un análisis conciso sobre sus antecedentes, naturaleza y sustanciación, sosteniendo en base a principios constitucionales la correcta y adecuada aplicación de éste novedoso procedimiento. Para tal propósito, es necesario dentro del Capítulo I tratar el Proceso Penal y su reseña histórica en el Ecuador seguida por un análisis de los principios constitucionales, para luego, en el Capítulo II hacer referencia a los sujetos procesales que intervienen en el procedimiento penal; el Capítulo lll trata sobre los procedimientos especiales, finalizando en el Capítulo IV con el estudio del Procedimiento Abreviado como tal.
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El presente tema de investigación, se centra en analizar las formas anticipadas para la terminación de procesos en todo lo referente a adolescentes infractores, sin embargo, previo a ello, hedesarrollado concepciones generales sobre los mismos, su reseña histórica y un análisis de las legislaciones de Brasil, Colombia y Chile; así mismo tomando en consideración que el adolescente es sumamente protegido a nivel internacional, he analizado los Tratados Internacionales de los que elEcuador es suscriptor. Considerando que el juzgamiento de los Adolescentes Infractores tiene cierto carácter especial, que le diferencia del juzgamiento de los adultos, en el Capítulo I también se ha abordado todo lo referente al proceso penal en relación directa a los adolescentes infractores y sus garantías, así como también he desarrollado cada una de las Etapas Procesales para el Juzgamiento de los mismos. Así mismo he realizado un análisis de cada una de las medidas socioeducativas que puedan aplicarse a un adolescente infractor una vez que se ha determinado su responsabilidad en el cometimiento de una infracción, considerándolas como una forma de reeducar al adolescente teniendo como fin su desarrollo.
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47 p.
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La corrupción pública se ha incrementado con la globalización, generando una crisis de investigación que reduce la eficiencia del proceso penal para perseguir y sancionarla. En ese contexto, se plantea que la delación ha estado presente desde época romana, pasando por la Inquisición y época contemporánea, y constituye una herramienta procesal moderna con la cual se busca fortalecer la prevención y persecución de dicho delito. Así pues, se examina los antecedentes, mecanismos y efectos de la delación, el uso del whistleblower y la posición jurídica del delator, así como los aspectos procesales relacionados con la delación en la investigación, la práctica probatoria y los recursos de apelación y casación. Finalmente, se concluye que la colaboración del arrepentido requiere de corroboración y ser sometida a contradicción para que su valor incriminatorio sea empleado en la condena de los delitos.
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Usability is critical to consider an interactive software system successful. Usability testing and evaluation during product development have gained wide acceptance as a strategy to improve product quality. Early introduction of usability perspectives in a product is very important in order to provide a clear visibility of the quality aspects not only for the developers, but also for the testing users as well. However, usability evaluation and testing are not commonly taken into consideration as an essential element of the software development process. Then, this paper exposes a proposal to introduce usability evaluation and testing within a software development through reuse of software artifacts. Additionally, it suggests the introduction of an auditor within the classification of actors for usability tests. It also proposes an improvement of checklists used for heuristics evaluation, adding quantitative and qualitative aspects to them
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Tesis (Doctor en Derecho) UANL, 2010.
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Resumen de los autores
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El vacío normativo jurisprudencial y doctrinal que existe para la aplicación de la amnistía e indulto en el proceso de paz colombiano frente a la competencia de la Corte Penal Internacional hace necesaria la realización de un estudio de la normatividad vigente en Colombia frente al Tratado de Roma
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La Justicia Penal Militar es el privilegio histórico más importante que ha sido concedido a las Fuerzas Militares colombianas debido a la función pública que desempeñan. De allí, que la presente investigación esté dirigida a comprender las causas que han conducido a que el Fuero Militar sea una figura cada vez más restringida no sólo en el mundo, sino en Colombia. Así mismo, el papel de las víctimas será transcendental en el trabajo para comprender un proceso de deslegitimación de la institución marcial traducido en la generación de un debate nacional en torno a la conveniencia de la ampliación de las competencias judiciales de su jurisdicción especial. Finalmente, se planteará una posible alternativa a partir de la conceptualización sobre la Justicia elaborada por John Rawls en el siglo XX, con miras solventar este fenómeno político, jurídico y social.
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Resumen tomado de la publicación. Resumen en castellano e inglés. Ponencia presentada en las VIII Jornadas de Investigación en Psicodidáctica, Bilbao
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Por años hemos sido testigos por mor de la costumbre y sin detenernos a pensar mucho en ello, los abogados litigantes al contestar una demanda propuesta en contra de nuestros clientes, colocamos como primera -y a veces hasta única- “excepción” a la negativa simple y llana de los fundamentos de hecho y de derecho de la demanda, ya que ha sido corriente considerar que esta aseveración engloba a todas las posibles excepciones o defensas que un caso pueda tener. Se ha considerado entonces y se sigue haciéndolo actualmente, que la negativa simple y llana de los fundamentos de hecho y de derecho de la demanda constituye una “excepción madre” que engloba a todas las demás excepciones. Tanto es así que consignarla en el libelo de contestación a la demanda implica que el juzgador tenga presente que el demandado niega las pretensiones de la demanda y que al actor le corresponde justificarla en todos sus aspectos. En base a este criterio, bastaría con incluir únicamente dicha única “excepción” para que el juzgador pueda revisar todas los posibles argumentos o pruebas que se presenten en un caso concreto con las que se pudiera desvirtuar la demanda, aunque el demandado no los hubiere consignado e incluso supuesto o siquiera advertido. Sin embargo, tendencias procesalistas contemporáneas propugnan precisamente todo lo contrario, esto es, determinan que la naturaleza jurídica de la simple negativa no corresponde a una excepción y, más bien, consiste en un mero enunciado que -para los más extremos- ni siquiera debería existir, ya que no incluye ninguna defensa jurídicamente apropiada. En tal virtud, el hecho de que la litis se haya trabado con la negativa simple de los fundamentos de la demanda no podría obligar al juzgador, bajo pena de que su fallo sea considerado incongruente, a revisar todos los “argumentos” de las posibles defensas. Antes, contra todo anterior presupuesto, se determina que si sólo se hace tal negación, la defensa será estéril. Incluso, el Proyecto de Código de Procedimiento Civil ecuatoriano adopta este criterio, con el que concordamos, y equipara el guardar silencio o consignar excepciones ambiguas o evasivas a un tácito allanamiento a las pretensiones del actor. El presente trabajo logra especificar el alcance procesal que la negativa simple y llana de los fundamentos de hecho y de derecho de la demanda debería tener y, de la consecuencia lógica que su aplicación debería conferir, de modo que los profesionales del derecho conozcamos los parámetros específicos de su enunciado, contestado la demanda con una estrategia defensiva que realmente favorezca al cliente, tendiendo, en último término, a brindar la seguridad jurídica anhelada que busca la uniformidad de los fallos que los jueces pronuncien respecto de su consideración.