1000 resultados para Leyes de Propiedad Intelectual


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Se cuestiona la abstención de registro de un libro de actas de un consejo de copropietarios.

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Este estudio de caso pretende explicar los efectos del actual del régimen de propiedad intelectual de obtenciones en la seguridad y la soberanía alimentaria de México. A pesar de algunos esfuerzos hechos por parte del Estado Mexicano por defender y apoyar el modo de producción familiar a pequeña escala, los efectos de este régimen y de la liberalización del comercio han llevado a que se desarrolle más el modo de producción agrícola industrial al cual suelen acceder principalmente los medianos y grandes productores agrícolas, afectando la seguridad y la soberanía alimentaria de México.

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Ante el despliegue de posibilidades para crear, reproducir y compartir contenidos que la informática proporciona, surgieron incesantes debates sobre su estatuto económico. Las leyes de propiedad intelectual promulgan medidas cada vez más restrictivas para consumidores y productores, lo que erige barreras a la cultura y favorece monopolios sobredimensionados. Frente a esta situación emergen voces disidentes como el movimiento del software libre. En este artículo, haremos un análisis del debate de los bienes inmateriales, el papel de las leyes de propiedad intelectual y las reivindicaciones del los partidarios del software libre.

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La reciente aprobación de la ley Sinde en medio de un profundo y profuso debate público ha puesto de manifiesto que las ambiciones de las industrias de la cultura no están en sintonía con las de consumidores y ciudadanos. Se ha discutido la necesidad de reformular las leyes de propiedad intelectual, contraponiendo el derecho de los creadores a rentabilizar su trabajo con los derechos de los ciudadanos a la circulación de la cultura. Se hace necesario analizar los términos de este debate, además de los elementos ausentes en la discusión. La participación de los ciudadanos parece limitarse meramente a circular materiales culturales fuera de los cauces comerciales, pero no aparecen tematizadas las prácticas creativas, cada vez más comunes, que también infringen las leyes de propiedad intelectual. Los blogs mantenidos por fans sobre personajes de comic, las versiones dobladas de trailers de películas, el uso de samplers o mashups en la música popular, etc… Prácticas que implican la reelaboración creativa de textos preexistentes que cuestionan la centralidad del autor en su acepción clásica (la protegida por la legislación de derechos de autor). Proponemos contrastar los discursos en torno al derecho de los ciudadanos a la cultura que entienden este ejercicio como mero intercambio de archivos con las citadas prácticas intertextuales que suponen una forma de empoderamiento de las ciudadanos que discuten los límites de la creatividad y la originalidad. El análisis pretende dar algunas pistas para entender dos cuestiones: a) el alcance los derechos culturales de la ciudadanía democrática en la sociedad de la información y b) la necesidad de reelaborar las leyes de propiedad intelectual para dar cabida a las nuevas prácticas de la cultura digital.

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El objetivo de este estudio es analizar las características que tiene el Sistema de Propiedad Industrial, desde el punto de vista de las posibilidades que ofrece para el aprendizaje y desarrollo tecnológico de la empresa colombiana.

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El concepto de propiedad intelectual ha evolucionado a lo largo de la historia y habría que decir que se fraguó con la aparición de la imprenta, pero no se crearon normas hasta el siglo XIX quedando recogida en las leyes nacionales, muchas de las cuales están todavía vigentes. En sus disposiciones, de forma general, se concreta la protección de las obras a favor de los autores reconociéndoles , unánimemente, tanto el derecho moral de paternidad sobre la obra y su integridad, como el derecho patrimonial sobre el disfrute y disposición de los beneficios económicos derivados de su explotación. Los variados matices de las diversas leyes se refieren preferentemente a las limitaciones impuestas en cuanto a la duración del plazo de la protección y a los requisitos y exclusividad en el uso del derecho sobre la obra, y responden a la tensión entre autor-creador y sociedad-destinataria. En líneas generales, podríamos decir que en las naciones latinas se favorecen los derechos del autor, mientras que en los países anglosajones las normas jurídicas dan prioridad al interés público. En los estados socialistas, las últimas disposiciones reconocen de nuevo el derecho del autor sobre sus obras, aunque reducido por los intereses culturales de la comunidad y la intervención del Estado. En España la ley es de 1879 y no ha sufrido modificaciones en sus puntos esenciales.

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Resumen Con este trabajo la División de Recursos Naturales e Infraestructura (DRNI) de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe, hace un aporte al desarrollo conceptual de las políticas mineras del continente. Es el producto tanto de una búsqueda inicial sistemática como de una dispendiosa labor de seguimiento y actualización de los cambios que se han producido en las legislaciones mineras de los países de América Latina y el Caribe Al presentar este documento la DRNI busca apoyar la investigación sobre la minería y la sociedad y el desarrollo de conceptos claros que orienten la cooperación técnica en esta materia.Para tal efecto, se tomaron los aspectos centrales de la legislación minera, identificando los temas sustantivos en cada ley, las que a su vez son la materialización de la política minera de cada país, enfocadas la mayoría de ellas, en un principio, a incentivar y capturar la inversión privada, en particular la internacional. Hoy, se quieren introducir en ellas cambios que tengan en cuenta a la sociedad civil.En el pasado reciente este material ha sido solicitado estudiado y pedido por gobiernos, universidades, investigadores, promotoras de inversión, congresistas y por supuesto por las empresas mineras interesadas en la selección de alternativas de inversión. Se pretende con el documento, precisar y ordenar las leyes de minería vigentes, dejando de lado el estudio y análisis de su aplicación y modus operandi, habida cuenta de las constantes modificaciones de procedimiento y reglamentarias que se registran. Este compendio sistemático incluye ahora las legislaciones de catorce países de la región: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Perú, Uruguay y Venezuela. Se ha tratado preservar en cada párrafo la identificación de la ley y el número del artículo correspondiente, con lo cual puede el investigador remitirse al cuerpo legal respectivo para un examen en mayor profundidad. Sólo como una referencia general, se ha mantenido incluído el capítulo séptimo, sobre Incentivos y Garantías a la Inversión Privada, la regulación de la inversión extranjera en los países de la región estudiados, aunque se da por descontado que los cambios en esta materia son tan drásticos y ocurren tan rápido que algunas de las normas citadas pueden haber sido reemplazadas ya sin conocimiento nuestro.Es interesante destacar dos aspectos en los nuevos cambios mineros de tercera generación, fruto de los nuevos conceptos constitucionales desarrollados en América Latina, nos referimos a los conceptos de zonas mineras indígenas y zonas mineras negras, y el tema de la océano - minería o minería marina, ambos insertados en la reciente legislación colombiana. La recopilación inicial de leyes ha sido retomada por el señor Eduardo Chaparro Avila, oficial de Asuntos Económicos, quien mantiene un registro completo y comunicación con los países seleccionados, con el propósito de consignar las modificaciones de carácter general que se introduzcan en cada ley o de introducir nuevas normas de otros paises que se sumen a los seleccionados en un principio, en el trabajo base que fue elaborado por el señor Jorge Berríos por encargo expreso de esta División. La utilización de este texto deberá acogerse con todo rigor a las disposiciones y consideraciones de derecho sobre registro y protección de la propiedad intelectual. La CEPAL continuará actualizando este documento, basándose para ello en las sugerencias, informaciones o cambios sugeridos por los lectores, introduciéndolos en el texto y citando la fuente de origen de la modificación.

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Con el ánimo de lograr que Colombia sea competitivo en la exportación de productos agrícolas a nivel mundial, se realizó el programa MERLIN (Métodos de reinvención logística de agro exportación), apoyado entre otras entidades por el Banco de Desarrollo de América Latina-CAF, el cual tenía por objetivo principal demostrar que algunos productos agrícolas podrían ser enviados al exterior vía marítima, beneficiando al productor, al exportador y al consumidor, teniendo en cuenta que el costo de transporte es el factor que más impacta al precio final del producto. Es así como este trabajo de investigación, busca mostrar los resultados para las exportaciones realizadas por la vía marítima, frente a la vía aérea, que se han dado desde el año 2009 y principalmente demostrar a los principales actores del sector floricultor colombiano, que la vía marítima para la exportación puede ser confiablemente utilizada, manteniendo la excelente calidad del producto, disminuyendo los costos de transporte para ese importante sector en Colombia y fomentando la el desarrollo de puertos marítimos en el país.

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El conocimiento y la tecnología constituyen el objeto jurídico de la propiedad industrial, concepto que la disciplina de la propiedad intelectual del derecho ha construido con el fin de regular el circuito económico en que la ciencia y la técnica se transforman por sí mismos en objetos sobre los que versan las relaciones sociojurídicas de propiedad. ¿Pero qué sucede cuando hablamos del conocimiento y las técnicas que han sido generadas por las culturas como las amazónicas en donde las definiciones de propiedad, comercio y tecnología son relativamente nuevas y se hallan imbricadas de nociones distintas del mundo?, más aún ¿Es posible convertir tales conocimientos y prácticas en objetos jurídicos de la propiedad industrial? En este estudio se intenta contestar estas preguntas relacionando el objeto jurídico de la propiedad industrial y los componentes intangibles de la biodiversidad.

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Describe a la música y la innovación en la forma de comercializarla, se inicia con los primeros pasos para grabar y reproducir sonidos, hasta llegar la era del Compact Disk. Se explica la cadena de valor tradicional de la música y se describen a sus diferentes actores, también detallamos cual es la distribución de los ingresos provenientes de la venta de discos compactos. La segunda parte analiza la Industria Discográfica en el mundo y en nuestro país, sus estructuras son explicadas y también se analiza como el irrespeto a las leyes de derechos de autor y propiedad intelectual vienen afectando su desenvolvimiento con un razonamiento del efecto de piratería en el Ecuador. En el tercer capítulo investigamos el cambio que se estaá dando en la forma de entretenernos y comunicarnos, la tecnología y el Internet están desplazando a muchas industrias relacionadas con este tan importante campo económico y social y también referimos cómo la Industria Discográfica está asumiendo este cambio, esta última parte derivada del advenimiento de las nuevas tecnologías que han evolucionado a la comunicación digital. Para culminar el presente trabajo se plantean conclusiones y recomendaciones que emanadas de la investigación que realizamos presentan un panorama más alentador para la Industria Discográfica en nuestro país. La tecnología creciente qpunta a que se considere un espacio para la economía digital y se la considere una nueva oportunidad para alcanzar la prosperidad.

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El interés sobre la propiedad privada de bienes intangibles se relacionó, inicialmente, con la industria metalmecánica, electrónica y química; en la actualidad, se lo asocia, además, con la industria biotecnológica. La evolución en la investigación de la biotecnología exigió al derecho un reconocimiento por el esfuerzo y tiempo empleado, mediante una patente de invención. De esta manera, poco a poco, se ha ido introduciendo la posibilidad de patentar invenciones que contengan materia viva en el tema de propiedad industrial. En el ámbito internacional, con la firma del Convenio de la Unión de París (1883), se marcó la primera intención de los países de unificar la norma referida a la propiedad industrial. En 1994, con la creación del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), se obligó, a todos los Estados miembros de la OMC, a modificar sus normas internas y otorgar las protecciones mínimas en función de los ADPIC. De esta manera, se abrió la posibilidad de considerar la patentabilidad de la materia viva en el ordenamiento internacional. La línea divisora, que considera la patentabilidad o no, ya no recae en la distinción entre materia viva y materia no viva. Hoy en día, el derecho se haya sumido en una gran perplejidad ante la posibilidad de patentar productos de origen natural e incluso organismos vivos. Para tal efecto, ha mantenido los requisitos de patentabilidad y ha diferenciado lo que corresponde a materia viva existente en la naturaleza de lo que se define como materia aislada o producto obtenido por un procedimiento tecnológico. Abierta la posibilidad de patentar seres vivos, los países desarrollados comenzaron a sentar jurisprudencia en este sentido. Al mismo tiempo, los países en desarrollo cuestionaron y crearon una polémica en relación a estos derechos intelectuales, porque vieron afectados sus intereses y, de esta manera, limitarían las pretensiones de una protección más amplia respecto al tiempo y la materia patentable: actual tendencia de los países desarrollados. Situación que se analiza en esta tesis dentro del marco normativo actual de la Comunidad Andina.

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Incluye Bibliografía

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El presente proyecto se propone investigar la legislación de derechos de autor en relación con la universidad pública, su historia en el contexto nacional y educativo. Indagamos en torno de la normativa vigente, los aspectos facilitadores u obstaculizadores en la educación y las excepciones a las leyes con material de uso educativo en universidades públicas y las modalidades de implementación en el acceso al conocimiento libre. Asimismo, nos interesa conocer la diferencia entre bienes materiales e inmateriales, el estatuto del conocimiento humano como bien inmaterial y los impactos en el tratamiento de los bienes culturales y el conocimiento como bienes económicos susceptibles de apropiación privada.

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Al separarse lo político de lo económico debido al a naturaleza del capital de poder moverse libremente a través de fronteras buscando lugares donde no haya obstáculos a su poder, determina la muerte de la soberanía del estado. Internet como red global de comunicaciones transforma los conceptos de tiempo y espacio los esfuerzos para controlarla y quitarle su libertad y capacidad igualitaria son variados: desde leyes como SOPA, PIPA, pasando por políticas de neutralidad de red y acceso. Existe una creciente brecha entre los ámbitos decisorios institucionales y el universo en el cual se producen, distribuyen, asignan y otorgan los recursos necesarios para la toma y ejecución de decisiones. Este trabajo hace un análisis critico de los esfuerzos reorganizadores que los centros de poder modernos intentan delimitar y marcar el territorio cibernético y definirlo según sus intereses eliminando en el proceso todo tipo de realidades culturales alternativas

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Se analizará el cambio producido en los últimos diez años dentro de la industria editorial a partir de entrevistas a especialistas del campo y bibliografía pertinente. Se prestará particular atención a la incorporación de nuevos soportes de producción y consumo editorial, la digitalización de los fondos editoriales, la política comercial, la calidad de la edición, el precio y características de venta al público y la distribución. La transición del objeto-libro al objeto-digital es un proceso complicado, rodeado de interrogantes y alteraciones de concepciones tradicionalmente establecidas, vinculadas al patrimonio cultural de lo escrito. Así, el libro y su irrupción en el universo digital presenta un fuerte impacto en la creación literaria y científica, en los modos de leer, en la propiedad intelectual y en los conceptos clásicos de comunicación y acceso al conocimiento. Teniendo en cuenta que además de un bien económico, sujeto a las leyes del mercado, el libro es un bien cultural, la predicción documental y el instinto de algunos entrevistados sugiere la futura coexistencia de ambos formatos más que la superación de uno por otro.