942 resultados para Gobierno de José Octavio Bordón


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Las cartas que se cruzaron los hermanos José Gregorio y Agustín Gutiérrez Moreno, recopiladas en este libro, se enmarcan con notable precisión en el ciclo recorrido por la revolución neogranadina. En primer lugar, porque comienzan con la recepción de la infausta e incierta noticia del apresamiento de la familia real española en 1808, y vienen a cerrarse con la llegada de las tropas de Morillo a Santafé en 1816, invasión que baja temporalmente el telón de la revolución. En segundo lugar, porque se abren mostrando la profesión de fe lealista de la que participaban todos los neogranadinos, y acaban cuando José Gregorio es fusilado por haber atentado contra aquel poder monárquico; y en tercer lugar, porque se inician cuando los hermanos Gutiérrez aún se sienten parte de la nación española, y concluyen en el momento en que Agustín consigue armas y trabaja de diversas formas por cimentar la ruptura con la madre patria.

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Nombramiento por parte del gobierno eclesiástico y del virrey de la Nueva Granada José Solís a Miguel José Masústegui y Archer, como cura propio del Pueblo de Ubaque. Incluye el acta de posesión del curato.

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Durante la década de 1930 el capitalismo industrial organizó diferentes espacios de la política y la cultura en Colombia. A través del estudio de caso de Coltabaco, se caracterizan tres momentos de los vínculos del capitalismo industrial con la sociedad colombiana. En el primer momento, se la describen los vínculos políticos que hicieron visible diferentes formas de participación política del sector industrial y su relación con las regiones, las instituciones (públicas y privadas) y las elites dominantes, así como se subraya la importancia del mercado interno para la industria del tabaco. En el segundo momento, se caracterizan los vínculos entre Coltabaco y el sector rural a partir de la labor pedagógica de Coltabaco para la producción de la hoja, así mismo, se describen las representaciones del cultivador vinculado a la industria que fueron difundidas en el sector rural; finalmente, los vínculos entre Coltabaco y el sector urbano se analizan en la tensión por la relación mujer-cigarrillo. En el consumo del cigarrillo, el placer femenino se desligó de condicionantes morales e higiénicos, ganando, a través del gusto, una nueva circunstancia para experimentar la subjetividad de la mujer moderna. Los Problemas del Tabaco no se limitaron exclusivamente al espacio de la política económica, también fueron las costumbres campesinas desvinculadas del ritmo de la industria, y las ideas morales e higiénicas que organizaban la costumbre en la relación mujer-cigarrillo.

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El desplazamiento forzado es uno de los fenómenos más dolorosos y críticos de la historia reciente a nivel mundial e interno. En respuesta a estas circunstancias han emanado de la comunidad internacional y de los Estados afectados diversas normativas y sistemas de atención, todavía en construcción, que pretenden dar respuesta efectiva a las adversas circunstancias de la población que es víctima de este flagelo. El Estado colombiano desafortunadamente no ha sido ajeno a este drama y a partir del año 1995 comenzó a registrar un inmenso número de casos en los que las personas se desplazaban a sus lugares de origen en busca de la protección de sus vidas y de su integridad. La respuesta estatal a esta problemática estuvo dada por la Ley 387 de 1997 y algunos otros instrumentos jurídicos que pretendieron establecer un marco de acción y un direccionamiento de la política pública interna que brindara un adecuado tratamiento a la población desplazada. A pesar de la existencia de la reglamentación, con el paso del tiempo el problema se agudiza, las expectativas de atención a las víctimas se incrementan y son cada vez mayores las demandas sociales de personas en estas circunstancias que pretenden hacer exigibles sus derechos. Con esta crítica situación la Corte Constitucional declara el estado de cosas inconstitucional y fija unos plazos específicos de cumplimiento por parte de los entes que conforman el sistema nacional de atención a la población desplazada, buscando un redireccionamiento de los sistemas de atención y política pública en la materia desde un perspectiva integral de derechos humanos. El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.El Estado colombiano desafortunadamente no ha sido ajeno a este drama y a partir del año 1995 comenzó a registrar un inmenso número de casos en los que las personas se desplazaban a sus lugares de origen en busca de la protección de sus vidas y de su integridad. La respuesta estatal a esta problemática estuvo dada por la Ley 387 de 1997 y algunos otros instrumentos jurídicos que pretendieron establecer un marco de acción y un direccionamiento de la política pública interna que brindara un adecuado tratamiento a la población desplazada. A pesar de la existencia de la reglamentación, con el paso del tiempo el problema se agudiza, las expectativas de atención a las víctimas se incrementan y son cada vez mayores las demandas sociales de personas en estas circunstancias que pretenden hacer exigibles sus derechos. Con esta crítica situación la Corte Constitucional declara el estado de cosas inconstitucional y fija unos plazos específicos de cumplimiento por parte de los entes que conforman el sistema nacional de atención a la población desplazada, buscando un redireccionamiento de los sistemas de atención y política pública en la materia desde un perspectiva integral de derechos humanos. El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.A pesar de la existencia de la reglamentación, con el paso del tiempo el problema se agudiza, las expectativas de atención a las víctimas se incrementan y son cada vez mayores las demandas sociales de personas en estas circunstancias que pretenden hacer exigibles sus derechos. Con esta crítica situación la Corte Constitucional declara el estado de cosas inconstitucional y fija unos plazos específicos de cumplimiento por parte de los entes que conforman el sistema nacional de atención a la población desplazada, buscando un redireccionamiento de los sistemas de atención y política pública en la materia desde un perspectiva integral de derechos humanos. El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.

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Conocer y destacar el lugar de la orientación educativa en la revista Bordón y en la Revista Española de Pedagogía a través de un estudio bibliométrico y mediante un análisis comparado. La revista Bordón y la Revista Española de Pedagogía. Análisis de la productividad de los autores, nivel de colaboración y estudio de los contenidos aplicados. Análisis de la producción bibliográfica sobre orientación educativa. Análisis del nivel de colaboración. Estudio de las citas, estableciendo la relación entre autores que citan y autores citados. Revista Bordón. Revista Española de Pedagogía (REP). Técnicas bibliométricas: ley de Lotka, ley de Bradford. Prueba Chi cuadrado. Gráficas. El análisis de productividad de autores en REP y Bordón dan resultados similares. El mayor porcentaje se sitúa en autores con un solo artículo. Los autores más productivos en ambas revistas son García Hoz y Fernández Huerta. En el análisis del nivel de colaboración predominan los trabajos con una sola firma, en REP es un 95'2 por ciento y en Bordón un 95'1 por ciento. En el análisis de los contenidos pedagógicos existen diferencias entre ambas, pues en REP predominan las ciencias normativas y en Bordón las ciencias aplicadas. Ambas coinciden en el bajo porcentaje dedicado a la orientación educativa. La aplicación de las leyes de Lotka y Bradford evidencian grandes desigualdades en la productividad de autores. Los autores más productivos en REP son Repetto, García Hoz, Benavent Oltra, Díaz Allue, Mallard, Plata, Rivas Martínez, Sánchez Jiménez. En Bordón son del Pozo, Díaz Allue, García Hoz, Plata, Artigas, Azorín, de la Orden, Fernández Huerta, García Yague. Los autores que más citas emiten en ambas revistas son Repetto, García Hoz y Díaz Allue. El estudio de estas dos revistas no debe generalizarse al contexto global de la orientación educativa, especialmente si se tiene en cuenta que las revistas están fuertemente controladas por sus editores que actúan como filtros en la selección de la información.

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Resumen tomado de la revista

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Descubrir el pensamiento que tiene Manuel José Quintana sobre los grandes temas de educación. Expone el marco histórico político en que se mueve Manuel José Quintana, estudia el Informe de la Junta creada por la regencia para proceder al arreglo de la instrucción pública, y realiza un análisis comparativo entre el Informe y el Dictamen, entre el proyecto de Decreto y el Informe, y entre el Reglamento General de Enseñanza de 1821 y el Informe. 1) Quintana considera que los estudios, la instrucción pública, la formación intelectual de la comunidad está directamente vinculada con la vigencia de valores abstractos, la libertad. Lo que significa que la instrucción pública es uno de los instrumentos propicios para la transformación radical de España en todas sus facetas. 2) Quintana plantea el problema de la cultura española como una escuela del problema de su Constitución como Estado político. Aquí viene a incidir el tema de la Ilustración, es decir, el hombre más formado intelectualmente es el más libre, o el que más y mejor libremente puede actuar en el seno de la sociedad para cooperar al bien común, del que se olvidan las falsas revoluciones. Por ello, la primera finalidad del plan es la unidad de la enseñanza para evitar que la instrucción fuera un resultado de la fuerza del orgullo individual. 3) La instrucción pública adquiere en el pensamiento de Quintana categoría de institución social por primera vez en nuestra historia, incluso de institución política, puesta al servicio de una idea que prevalece sobre todas las demás, la de lograr el bien común. 4) El fin primero de la instrucción pública es la participación de todos en el saber común, el segundo, puesta en marcha de la posibilidad de formación de la persona, pues sólo la formada intelectualmente, puede elegir los valores oportunos para su felicidad, luego el efecto primero es el impulso primero de la personalidad, formada por ella. De estas ideas se derivan las premisas prácticas de lo que Quintana consideraba instrucción pública ideal, éstas son, la universalidad en cuanto que tenía que llegar a todos; la obligatoriedad en cuanto que la instrucción suponía un paralelismo o identificación entre libertad y cultura o enseñanza; y la gratuidad, ya que el objetivo que se perseguía era la posibilidad de acceso a la instrucción de todas las clases sociales. 5) La labor pedagógica que Quintana realizó con el Informe evoluciono posteriormente a través del dictamen y proyecto de Decreto presentado por una comisión a las Cortes el 7 de marzo de 1814. La evolución se da única y exclusivamente a nivel de especificaciones a la hora de proyectar la instrucción en la realidad concreta, en cuanto a la ubicación de centros y distribución de las materias a enseñar. 6) El Dictamen y proyecto de Decreto, son el primer intento legislativo de sentar una Ley General de bases de la educación en España. Pero teniendo en cuenta que ambos documentos son una asimilación de lo que fundamentalmente sentó el Informe, se le puede atribuir a Manuel José Quintana el primer proyecto de Decreto sobre educación general en España. A la que hay que hay que unir el mérito, dada la copia literal que hace el Reglamento General de Instrucción Pública de 1821 del citado proyecto de Decreto de 1814, de ser el autor de la primera ley general de educación española. 1) Quintana no es solamente uno de esos hombres de la minoría ilustrada que trabajan con una exacerbada fe en la cultura por lograr la felicidad de los ciudadanos y el engrandecimiento de la patria, sino que a él se debe el mérito de haber recopilado todas las ideas que, en torno a la educación, estaban en mente de los intelectuales europeos, y en concreto en los reformadores españoles en ese momento. La prueba de ello está en que el informe no sólo ha sido base para los posteriores decretos de enseñanza, sino que en líneas generales se mantuvo intacto como se puede ver en el Reglamento General de Instrucción Pública de 1821. 2) Es evidente que Quintana desea proporcionar los medios para que surjan nuevas personalidades que integradas en la sociedad, lleven a esta a su perfección armoniosa y ejemplar. El centralismo y control de la enseñanza por el Gobierno, son las respuestas pedagógicas concretas a la historia de su siglo.

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Resumen tomado de la revista

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Se analizan los objetivos, retos y mejoras de la Sociedad Española de Pedagogía. Se incide especialmente en la necesidad de promover y divulgar el estatus de la pedagogía como disciplina científica. Se observa la necesidad de que tanto los individuos como las sociedades adopten una actitud pedagógica, de constante aprendizaje pero también de reflexión ante los cambios. Se plantea como un reto, para la revista Bordón, conseguir mejorar la valoración de la misma por parte de las agencias externas de evaluación, aumentar el rigor metodológico y formal de las aportaciones que se publican.

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El 12 de noviembre de 1912, José Canalejas caía asesinado a tiros en la madrileña Puerta del Sol. El entonces presidente del Consejo de Ministros contaba con 58 años. El autor del magnicidio fue el anarquista Manuel Pardinas. El 12 de noviembre de 2012 se cumple el centenario de su muerte. Canalejas compatibilizó sus estudios de Ingeniería, Filosofía y Letras y Derecho y la gestión de una empresa de ferrocarriles. Fue electo, por primera vez, diputado en 1881. Pasó a integrarse definitivamente en el Partido Liberal de Sagasta. Ostentó diversas carteras ministeriales. En febrero de 1910, Alfonso XIII le llamó para encargarle la formación de gobierno. Se hizo célebre por sus esfuerzos secularizadores en pro de la libertad de conciencia. Intentó dar participación en su proyecto reformista a Pablo Iglesias, pero el PSOE se definía por su oposición frontal al liberalismo. Por otro lado, fue uno de los más firmes defensores de la centralización y la unidad jurisdiccional, para asegurar el principio de igualdad ante la ley.

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Resumen tomado de la web del Departamento de Educación

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Monográfico con el título: 'Ley Orgánica de Educación'

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El Director General responde a las preguntas sobre: visión general de la situación de las enseñanzas medias en España, la necesidad de su reforma, las discrepancias y coincidencias con el proyecto de reforma elaborado por el equipo ministerial del anterior gobierno, los problemas a los que se enfrenta la reforma y su calendario, así como las posibles similitudes sobre este tema con otros países europeos .

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Crónica de lo acaecido en el acto cultural que tuvo lugar en el salón del Ateneo de Madrid donde el historiador argentino José María Rosa pronunció una conferencia sobre el tema 'Don Juan Manuel de Rosas: el Caudillo de la Pampa', en la que ahondaba sobre la biografía de esta figura política, hablando de sus primeras incursiones políticas; de cuando fue designado gobernador y del desarrollo de su Gobierno liberal.